En la Mira 2: Un panorama de las amenazas digitales en América Latina

La segunda edición de En la mira analiza más de 100 casos ocurridos en la región entre junio de 2024 y mayo de 2025. El reporte documenta el avance de distintas formas de vigilancia y censura, filtraciones masivas de datos, desinformación en procesos electorales, violencia de género facilitada por tecnologías, explotación de datos biométricos y cortes de internet.

La publicación fue desarrollada por Derechos Digitales en el marco del Observatorio Latinoamericano de Amenazas Digitales (OLAD), una alianza integrada por 14 organizaciones de América Latina que trabajan en la defensa de los derechos humanos en el espacio digital.

Apuestas en línea: bloquear no basta

El 21 de septiembre, la Subsecretaría de Telecomunicaciones de Chile instruyó a seis proveedores de internet bloquear 37 dominios, la segunda tanda después de otros 42 el 1 de septiembre. Tres días antes, el presidente Lula da Silva afirmó que piensa acabar con las bets en Brasil y respondió a los clubes de fútbol que alertaban por el costo de esa promesa. En agosto, el gobierno argentino incorporó por decreto la ludopatía a las problemáticas prioritarias de salud pública, mientras en su Senado siguen detenidos proyectos del Ejecutivo y de Diputados. Ecuador anunció un nuevo reglamento que faculta el bloqueo de plataformas no autorizadas. Y en Colombia, donde el cierre de sitios es rutina administrativa desde hace años, Coljuegos informó en julio que había retirado más de 46 mil sitios en cuatro años.

Un oficio técnico, un anuncio presidencial, un reglamento, un decreto sanitario, nuevos impuestos y una maquinaria de bloqueos. Todo en respuesta a los riesgos denunciados de la industria de las apuestas en línea sobre la población. La preocupación se ha extendido por la región sin una respuesta común. Las apuestas en línea llegaron a América Latina como una operación publicitaria antes que como una actividad económica regulada, y la reacción institucional ha sido tan dispersa como tardía.

Subiendo la apuesta

La publicidad de casas de apuesta en línea se ha vuelto omnipresente en el fútbol profesional masculino en la región y en el mundo, alcanzando también al auspicio directo de incontables equipos. En Brasil, las casas de apuestas patrocinan a nueve de cada diez clubes de la Serie A; en Argentina, las apuestas son el rubro con mayor presencia en las camisetas después de los bancos; en Chile, los dieciséis equipos de Primera División tienen acuerdos con casas de apuestas.

Esa exposición es masiva. Un estudio de las universidades de Bristol y Oxford sobre los 104 partidos del último Mundial contabilizó un aviso de productos “dañinos” cada siete segundos, entre miles para sitios de apuestas deportivas y aún más para mercados predictivos. La Premier League acordó retirar a las casas de apuestas del frente de las camisetas, y los clubes trasladaron los logos a las camisetas de entrenamiento. En Uruguay, donde ya hay una prohibición vigente sobre la publicidad de apuestas deportivas, la futura final de la Copa Libertadores del 28 de noviembre representa un enorme desafío, con un patrocinador oficial del rubro para la confederación regional, la mayoría de los equipos con marcas de apuestas en sus camisetas y una lucrativa final que podría dar pie a multas.

Esos eventos internacionales son un punto sensible. Durante el Mundial, la organización brasileña Ctrl+Z revisó los 98 anuncios de apuestas con pronósticos emitidos en los primeros quince días de transmisiones de CazéTV por YouTube, y encontró que solo 35 acertaron. Un seguimiento de ICL Notícias sobre 48 partidos registró 61% de sugerencias fallidas. La Secretaría Nacional del Consumidor abrió en junio una investigación, que extendió días después a Globo, SBT, N Sports y Amazon, y firmó luego un convenio con la autoridad autorregulatoria para vigilar la publicidad engañosa del sector. La reacción, sin embargo, no se limita a los grandes torneos. En Argentina, la Secretaría de Industria y Comercio impuso advertencias sanitarias en toda la publicidad de apuestas y habilitó un canal para denunciar a influencers que las omitieran. En Colombia, Coljuegos abrió treinta y cinco procesos sancionatorios contra influencers y empresas. En Chile, la Polla Chilena denunció ante la instancia de autorregulación publicitaria a cuatro agencias y productoras por hacer campañas para plataformas sin autorización legal.

Pero las razones para preocuparse exceden la mera molestia por el exceso de publicidad y vienen también desde la salud pública. En el Perú, el Ministerio de Salud ha reportado más de once mil casos atendidos de trastorno de juego patológico en 2024 y más de catorce mil atenciones por ludopatía en 2025. En Argentina, las consultas por juego compulsivo a la línea nacional de atención crecieron 27% durante 2025, y en agosto un decreto equiparó la ludopatía a otros trastornos adictivos en sus mecanismos de desarrollo y su abordaje terapéutico.

Una preocupación especial surge a propósito de la susceptibilidad de niñas, niños y adolescentes. En Perú, los casos de juego patológico en menores de 18 años crecieron en 18%, casi el doble que el total. Una encuesta nacional de la Cruz Roja Argentina encontró que seis de cada diez adolescentes están expuestosa sitios de apuestas en línea, que el 16% ya ha apostado alguna vez y que la mitad de quienes lo hicieron recibió ayuda de una persona adulta. El Observatorio Argentino de Drogas registró en su estudio de 2025 que más de un cuarto de estudiantes secundarios apostó dinero en el último año; la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires llegó a un hallazgo similar dando cuenta de que un cuarto de ellos conoció los sitios a través de influencers. En Brasil, el Instituto Alana denunció a Meta en 2024 por permitir que influenciadores de entre 6 y 17 años promocionaran apuestas en Instagram, y meses después constató que cuatro de los nueve perfiles identificados seguían promoviendo juegos de azar, tras lo cual el Supremo Tribunal Federal suspendió toda publicidad de apuestas dirigida a niñas, niños y adolescentes.

Cerrando las puertas del casino

Frente a lo que en varios países se considera una actividad ilegal, la herramienta preferida ha sido el bloqueo de sitios. Si bien parte de la industria en Chile ha planteado dudas sobre la infracción del principio de neutralidad de la red, que impide bloquear contenidos, aplicaciones o servicios legales, la ilicitud y el bloqueo han sido declarados por la Corte Suprema, al acoger un recurso de protección de la Lotería de Concepción en septiembre de 2025 y ordenar impedir el acceso a sitios de juegos de azar no autorizados. Por cierto, una medida popular no es necesariamente una medida adecuada. Desde la Declaración Conjunta de 2011, las relatorías de libertad de expresión consideran que el bloqueo obligatorio de sitios enteros es una medida extrema, «análoga a la prohibición de un periódico», y por tanto solo justificada según se ajuste a normas internacionales.

Un par de paradojas aparecen con esa medida. La primera es que no es difícil eludir un bloqueo por DNS, que se sortea usando otro resolutor, una VPN o simplemente un dominio nuevo, lo que ha llevado al aumento de sitios por bloquear. La sentencia obliga a los proveedores de internet, y el procedimiento fijado encarga a la autoridad de telecomunicaciones comunicar a esos proveedores un nuevo listado de dominios a bloquear. Así, cada dominio nuevo se incorpora sin una nueva resolución judicial que lo individualice, por iniciativa de un competidor (la Lotería de Concepción) y con la validación de un organismo que, según la Contraloría, carece de competencias para fiscalizar las apuestas en línea. El mismo día de la última orden, el gremio de plataformas reclamó que los dominios incorporados no están contenidos ni en el fallo de la Corte Suprema ni en la resolución que originó el procedimiento. La segunda paradoja es del Estado. Las mismas plataformas cuya actividad la Corte Suprema considera ilícita están inscritas para pagar IVA, al punto de que diputados del propio oficialismo exigieron al gobierno resolver la contradicción.

El asunto se vuelve más serio allí donde no interviene ningún tribunal, y el alcance de la restricción se define por circular o por reglamento, contra el estándar interamericano de restricciones a derechos mediante leyes en sentido formal. En Colombia, una circular del MinTIC de 2025 fijó el procedimiento por el cual Coljuegos solicita, el ministerio valida y los proveedores ejecutan, con un alcance que incluye aplicaciones móviles, perfiles de redes sociales y canales de video. En Perú, el Mincetur bloqueó treinta y seis plataformas por decisión propia. Ecuador otorgó esa facultad por reglamento en junio, y el proyecto del gobierno argentino la repartiría entre distintos órganos. Y en Brasil, donde Anatel ha bloqueado cerca de cincuenta mil sitios por determinación del Ministerio de Hacienda, ese mismo mecanismo se usó en abril contra veintisiete plataformas de mercados predictivos, entre ellas Polymarket y Kalshi, donde las apuestas exceden a lo deportivo y han llevado a millonarios intentos de predicción sobre la próxima elección presidencial brasileña. Polymarket siguió accesible en varios estados sin necesidad de VPN, y su cuenta en Instagram publicó más de cien publicaciones sobre las elecciones brasileñas entre abril y agosto.

La casa siempre gana

Aunque parezca una obviedad que es necesario que el Estado intervenga allí donde hay denuncias de problemas, persisten las dudas sobre la idoneidad de los mecanismos y las capacidades institucionales para ejecutarlos apropiadamente. Brasil, con ley desde 2023 y decenas de miles de sitios bloqueados, necesitó un decreto adicional para perseguir los flujos financieros. En noviembre de 2025, los sitios cuyo bloqueo fue ordenado en Chile seguían operativos aunque las compañías declararan haber cumplido.

No basta con regular limitando el acceso y reemplazando el bloqueo por más identificación. Casi todas las medidas de protección que se reclaman, como la verificación de edad, los límites de depósito, la autoexclusión y la detección temprana del juego problemático, exigen establecer quién es cada persona que apuesta y observar lo que hace dentro de la plataforma. Es decir, aumentar la vigilancia. La infraestructura que permite identificar es exactamente la que permite perfilar, como mostró el caso de DraftKings. ¿En manos de quién queda, y bajo qué supervisión? Hoy, en manos de operadores cuyo negocio depende de que la persona siga jugando, y bajo una vigilancia desigual según el país.

El desplazamiento hacia la capa de pagos, que un proyecto de ley contempla en Chile, parece ofrecer un camino, aunque tampoco es gratuito y conlleva sus propias dudas. Trasladar el control a bancos y procesadores reproduce la arquitectura del cumplimiento delegado en intermediarios, con sus propias preguntas sobre error, opacidad y revisión. Y no resuelve la arista de la sobrecarga publicitaria ni los otros riesgos sobre poblaciones en condición de vulnerabilidad.

Mientras los gobiernos persiguen dominios y discuten intermediarios, la industria sigue patrocinando ligas completas, operando con interfaces manipulativas y acumulando datos de millones de personas sin supervisión efectiva. Eso no admite esperar a la herramienta perfecta. Los Estados deben acompañar desde ya a quienes se han expuesto al daño, con autoexclusión, atención en salud y prevención escolar. Y deben dejar de confiar en códigos de conducta y listas de dominios para imponer obligaciones exigibles a las empresas y a toda su cadena comercial, con límites a la publicidad y al patrocinio, deberes de diseño, protección de datos fiscalizada por autoridades capaces y sanciones efectivas.

Esas obligaciones tienen que estar en la ley, y las restricciones que se impongan deben cumplir los estándares interamericanos de legalidad, necesidad y proporcionalidad. No se trata de un freno a la regulación, sino de la condición para su efectividad y para su resistencia a la impugnación. Hasta que eso se materialice, en esta mesa, la casa sigue ganando.

Protección de datos: avances, retrocesos y tensiones cruzadas en la región

La agenda por la regulación de la protección de datos personales se volvió, en los últimos meses, un espacio de iniciativas cruzadas. Esto ocurre en un contexto donde la proliferación de tecnologías basadas en la extracción, el análisis y la explotación de datos, desde sistemas de inteligencia artificial hasta plataformas de perfilamiento y reconocimiento facial, crece de manera constante y exige marcos normativos capaces de estar a la altura del desafío de proteger los derechos fundamentales. Buena parte de los usos y desarrollos empresariales y estatales de estas tecnologías implica, desde el diseño mismo de estos sistemas, la captura y el tratamiento de datos personales: un sistema que analiza reclamos de clientes, una base de ventas cruzada con perfiles de consumo, un proceso de selección laboral asistido por algoritmos;todos funcionan sobre base de información personal. Que una norma no mencione explícitamente a la inteligencia artificial no significa que no la alcance.

De esta manera, la actualización de las  leyes de protección de datos personales se ha convertido en una de las vías más concretas para dar un marco de protección a las personas frente a estos desarrollos tecnológicos. Paraguay y Chile publicaron recientemente nuevas leyes, con estándares diversos entre sí. En Argentina, en cambio, la discusión sigue trabada, mientras conviven en el Congreso proyectos que buscan elevar los estándares de protección junto con una iniciativa del Poder Ejecutivo que, de aprobarse, implicaría un retroceso en la materia.

Paraguay estrenó, el 27 de noviembre de 2025, su primera ley general e integral en materia de protección de datos personales, la Ley Nº 7.593. Hasta entonces, el país regulaba lo relativo a la protección de datos a partir del marco de regulación de la información crediticia. A partir de esta nueva norma, existe un marco general que alcanza a cualquier organización, pública o privada, que trate datos de personas. La ley surge con un fuerte impulso de la sociedad civil: fue construida durante cuatro años de incidencia sostenida por la Coalición de Datos Personales, un espacio conjunto entre organizaciones de la sociedad civil, la academia, especialistas y el sector privado que existe desde 2017, y que en 2021 presentó ante la Cámara de Diputados el primer anteproyecto, sostenido luego con talleres técnicos, consultas públicas y revisión legal colaborativa a lo largo de todo el trámite parlamentario.

La ley paraguaya se inspira en buena medida en el Reglamento General de protección de datos (RGPD) de la Unión Europea e incorpora, en su artículo 4, principios como la licitud, la transparencia y la minimización o proporcionalidad. También crea la Agencia Nacional de Protección de Datos Personales (art. 34), con facultades para inspeccionar y sancionar, y con un régimen de infracciones que distingue nueve faltas leves (art. 44) y treinta y siete faltas graves (art. 45), sancionables de forma indistinta o acumulativa. La entrada en vigencia de la norma está prevista para noviembre de 2027, según lo establecido en el artículo 57.

Chile había dado un paso similar antes, con la Ley Nº 21.719, promulgada en diciembre de 2024. Se trata de la reforma más profunda a la regulación de datos personales del país, con entrada en vigencia plena prevista para el 1 de diciembre de 2026, tras un periodo de transición de veinticuatro meses establecido en las disposiciones transitorias de la propia ley. La norma crea la Agencia de Protección de Datos Personales (art. 30), y eleva los estándares de protección a un nivel equivalente al del  RGPD, con multas que pueden llegar a veinte mil unidades tributarias mensuales, suspensión del tratamiento por hasta treinta días y, en caso de reincidencia, sanciones que escalan hasta el cuatro por ciento de los ingresos anuales de la empresa infractora (art. 35).

Sin embargo, la puesta en marcha de la autoridad de control enfrentó demoras durante el primer semestre de la actual gestión de gobierno, en funciones desde marzo de 2026. La propia ley establece que el Consejo Directivo de la agencia debía quedar constituido seis meses antes de la entrada en vigencia de la norma, es decir, a más tardar a fines de mayo de 2026. El 20 de mayo de 2026, la Sala del Senado desechó el oficio del presidente José Antonio Kast que proponía a tres consejeros para encabezar la Agencia, al no alcanzar el quórum de dos tercios requerido por la ley. Después de expresar sus intenciones en declaraciones públicas , autoridades de gobierno ingresaron un proyecto de ley para postergar en un año la entrada en vigencia de la norma, que también contempla modificaciones para facilitar la instalación de la agencia fiscalizadora, cambiar su modo de operación y permitir sanciones más bajas durante el primer año de funcionamiento.

En Argentina, el cuadro es distinto pero igual de revelador. La Ley 25.326, sancionada en el año 2000, lleva un cuarto de siglo sin actualizarse de fondo. Durante la gestión anterior de gobierno, bajo el mandato de Alberto Fernández, la Agencia de Acceso a la Información Pública llevó adelante un proceso participativo, con mesas de diálogo abiertas a distintos sectores, y elaboró un anteproyecto de actualización, enviado para su tratamiento al Congreso a mediados de 2023 y alineado con la normativa europea, al igual que los otros proyectos mencionados. Ese anteproyecto, sin embargo, perdió estado parlamentario al terminar 2024, sin haber sido tratado en el Congreso.

Desde entonces, la discusión legislativa se fragmentó en al menos tres proyectos que conviven hoy en el Congreso. Dos de ellos, impulsados por un diputado y un senador de distintos bloques, retoman el espíritu de aquel anteproyecto de la AAIP y buscan alinear la normativa argentina con estándares internacionales como el RGPD y la ley de protección de datos de Brasil, incorporando principios como la privacidad por diseño y por defecto, la responsabilidad proactiva y demostrada, y nuevos derechos para los titulares de datos, entre ellos la portabilidad y la oposición a decisiones automatizadas. El tercero, presentado por un diputado en abril de 2026, propone un texto que contempla la derogación de la ley vigente, toma como referencia, según consta en sus fundamentos, regímenes como los de Corea del Sur, Reino Unido y Singapur, e incorpora, además, figuras pensadas para la actividad económica, como un sandbox regulatorio y una categorización de responsables según su tamaño.

El dato más significativo, no obstante, es otro. El propio Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, elaboró y presentó en una mesa cerrada su propio proyecto de ley de protección de datos personales, por fuera de los tres que ya se discuten en el Congreso. En julio de 2026, la Fundación Vía Libre, que participó de ese encuentro, envió sus observaciones y advirtió que, si bien actualizar la Ley 25.326 es necesario, una reforma que amplía las excepciones al consentimiento y reduce el control externo sobre quienes procesan datos, en particular el propio Estado, constituye un retroceso respecto de los estándares de derechos humanos que la propia norma dice perseguir. Entre los puntos que la organización pidió corregir se cuentan la exigencia de un consentimiento activo, conocido como opt in, en lugar de uno presunto, conocido como opt out; la protección de los datos inferidos por sistemas de perfilamiento en igualdad de condiciones que los datos brindados directamente; el uso excepcional, y no generalizado, de biometría y reconocimiento facial; la garantía de una revisión humana significativa de las decisiones automatizadas, y no un mero trámite formal; la igualdad de trato para quienes brindan menos datos, de modo que eso no derive en un servicio distinto o en la exclusión de servicios básicos, y el diseño de una autoridad de control con capacidades técnicas y recursos reales para hacer cumplir sus decisiones.

El panorama regional, entonces, no es lineal. Paraguay estrena una ley general donde antes había un vacío regulatorio, aunque su vigencia efectiva todavía está a dos años de distancia. Chile cuenta con una norma robusta cuya implementación quedó presa de un conflicto entre el Ejecutivo y el Senado para conformar su autoridad de control. Y en Argentina, mientras el Congreso discute varios proyectos que buscan elevar los estándares de protección, el propio gobierno impulsa, desde un ministerio pensado para reducir regulaciones, una iniciativa que, según las organizaciones que la analizaron, iría en sentido contrario.

Estos avances y retrocesos muestran que en la agenda de protección de datos persisten tensiones profundas. No se trata solo de una carrera por actualizar normas pensadas para una realidad tecnológica distinta , sino de una disputa sobre el sentido mismo de esa actualización: si sirve para fortalecer el control ciudadano sobre sus propios datos frente al Estado y las empresas, o si, por el contrario, se convierte en una oportunidad para flexibilizar controles en nombre de la desregulación. La resistencia de algunas de las nuevas gestiones de gobierno, en Chile y en Argentina, a sostener o elevar los estándares de protección de derechos es, quizás, el rasgo más constante de esta agenda cruzada.

Una agenda regional más consistente necesitaría, como mínimo, autoridades de control efectivamente independientes y dotadas de recursos, la equiparación entre los datos que las personas entregan y los que los sistemas infieren sobre ellas, y reglas claras para el uso de biometría y de decisiones automatizadas en ámbitos sensibles como la seguridad pública y el acceso a servicios. Sin esos pisos mínimos, cada nueva ley corre el riesgo de convertirse en una promesa aplazada, o en una actualización que, con el argumento de modernizar, termine cediendo terreno.

Escanear libros de manera destructiva: el costo de entrenar a la IA

En “Una soledad demasiado ruidosa”, de Bohumil Hrabal, Hanta ama los libros y, sin embargo, se dedica a triturarlos para convertirlos en reciclaje. En la Praga de los años 70, su oficio consiste en aplastarlos y compactarlos; un trabajo manual, lento, casi agónico que ejerce mientras intenta salvar en secreto algunos ejemplares raros de las políticas de censura del gobierno de turno. El protagonista, reflexiona: “los pensamientos verdaderos vienen de afuera y viajan con nosotros (…) en otras palabras, los inquisidores queman libros en vano”.

Décadas después, el Proyecto Panamá, una iniciativa de Anthropic, devuelve una inquietante actualidad a la imagen de destrucción del libro como objeto. Esta vez, de la mano de la industria tecnológica con el objetivo de extraer masivamente datos de calidad para asegurar el continuo refinamiento de su IA. La estrategia de la compañía consiste en la compra de libros físicos a distribuidoras y librerías de segunda mano que, una vez en su poder, son desmembrados con una cortadora hidráulica, escaneados en su contenido, y desechados como papel para reciclaje.

La estrategia de la destrucción

Este proyecto, que Anthropic quiso mantener en secreto, salió a la luz a comienzos de este año a raíz de un litigio iniciado en su contra por editoriales y personas escritoras por la violación del derecho de autor. El caso en cuestión puso en evidencia la descarga del contenido de librerías pirata, una práctica ilegal y por la cual la compañía compensará a quienes demandan con un acuerdo extrajudicial de 1.500 millones de dólares. Por otro lado, permitió conocer detalles del escaneo destructivo, que estaría amparado por la doctrina legal de la “primera venta”, vigente en Estados Unidos, que habilita a quien compra un libro a disponer de su copia como quiera, sin permiso del titular del derecho, incluso si eso implica destruirla.

El escaneo de libros no es una novedad, el problema actual reside en su carácter destructivo. Cuando atiende a un fin de preservación enfocado en asegurar el acceso al conocimiento, la información y la cultura para el bien público, se realiza bajo condiciones de manipulación y conservación meticulosa de la obra. La destrucción no es siempre necesaria y puede ser una medida aplicable a libros mal impresos o una forma de disposición final de catálogos sin vender cuyo coste de almacenamiento puede ser superior al de su venta, entre otros casos.

Pero Anthropic se inclinó, por una decisión de negocio, por un tipo de escaneo depredador, que implica cercenar libros para hacer más sencilla su digitalización en una industria acuciada por el acceso inmediato a nuevos datos para no detener el entrenamiento de los modelos de IA. Por ahora, los documentos del litigio no permiten precisar cuántos ejemplares han sido comprados, desmembrados y escaneados a la fecha, pero sugieren que la compañía proyectó adquirir en seis meses entre 500 mil y 2 millones de libros, incluidos los llamados raros e incunables —de la época de invención de la imprenta—.

Los libros como nueva frontera de la extracción de datos

Las inteligencias artificiales comerciales dedicadas al lenguaje, como Claude, ya digirieron la mayor parte de los contenidos generados por personas que circulan en línea, y necesitan más datos para sofisticar su funcionamiento.

A internet ya no pueden exprimirlo más. Hoy, más de un tercio de los contenidos que circulan en línea son generados por la IA, y su calidad inferior —comparada con la de los contenidos producidos por personas—, trae consigo un alto riesgo de colapso de la IA: resultados cada vez más incoherentes, homogéneos y sesgados.

La escasez de datos generados por personas es tal que otras compañías desarrolladoras de grandes modelos de lenguaje (LLM por sus siglas en inglés) han empleado salidas similares a las de Anthropic. Meta llegó a contemplar la compra de editoriales para disponer a su antojo de su catálogo. Amazon, de manera secreta, sigue la estrategia del escaneo destructivo. Open AI y Google se han inclinado, por ahora, a la digitalización de libros en el dominio público. Entre tanto, Elon Musk ha señalado que para el caso de Grok se abstendría de destruir libros raros, sin que sea del todo claro qué considera el magnate como tal.

Cuando los LLM colapsan se erosiona no solo la calidad de sus resultados, sino también el atractivo de tecnologías costosas que se disputan un mercado altamente competitivo. De ahí que los libros adquieran hoy relevancia como nueva frontera de la explotación intensiva de datos: ofrecen información comparativamente de mejor calidad frente a otros datos disponibles, como los sintéticos (creados por otras IA), pues su capacidad representativa es más fiel al mundo real y sus dinámicas.

Destruir libros puede ser legal pero ¿es ético?

Según la justicia norteamericana, el escaneo destructivo de Anthropic está conforme a la ley de ese país. Pero la destrucción masiva de libros por parte de un puñado de actores con un apetito intenso de datos, y con los recursos disponibles para satisfacerlo, supone problemas éticos, incluso de derechos humanos, que trascienden a esa consideración jurídica de interés para el derecho local.

Por un lado, la desaparición física de libros, incluidos los más raros e invaluables para la humanidad, no parece orientada precisamente a aumentar el acervo digital del conocimiento humano, facilitar su preservación, o beneficiar el interés público, que son derechos humanos. Está destinada, en cambio, a la construcción de una tecnología comercial capaz de poner en riesgo, a futuro, el trabajo creativo humano. De hecho, en el caso judicial en su contra trascendió que las valiosas versiones digitales de los libros raros e incunables escaneados por la compañía serían de uso exclusivo de esta.

Por otro lado, el rol de un actor comercialmente dominante es también el de contribuir al interés social como forma de retribución colectiva. Pero las prácticas de Anthropic parecen sacar provecho de un ecosistema del libro ya frágil y asimétrico, sin devolver nada o muy poco a cambio.

Las prácticas de la compañía, en particular su negativa a compensar debidamente a los titulares de derechos de autor —sin necesidad de recurrir a un litigio— por las obras, físicas o digitales, utilizadas sin licencia y con fines comerciales, forman parte del problema. De hecho, entre las 300.000 personas autoras que serán compensadas en virtud del acuerdo extrajudicial que la empresa deberá pagar por haber utilizado copias digitales pirateadas de sus libros, existe preocupación por la distribución de esa compensación: sostienen que las editoriales recibirán una proporción significativamente cuantiosa de los fondos, al punto de que algunas afirman que podrían terminar en una situación económica incluso peor que la que tenían al inicio del litigio.

En la estrategia de negocios tampoco parecen importar demasiado los sectores más debilitados de la cadena del libro. Según un correo que consta en el caso legal, un ejecutivo de Anthropic sugirió la necesidad de abordar a librerías de segunda mano, bibliotecas, incluyendo a librerías nuevas “crónicamente desfinanciadas”, para avanzar en la compra de sus catálogos, lo que pondría en riesgo, entre otros, a librerías pequeñas e independientes que en varios países ya se encuentran en vías de extinción.

Las preguntas pendientes

El Proyecto Panamá pone en evidencia una paradoja incómoda. Para enseñarle a escribir bien a una máquina, la industria de la IA está dispuesta a destruir un recurso incalculable para la humanidad: la creatividad humana expresada en los libros.

El problema de la destrucción de libros podrá tener el visto bueno de la justicia norteamericana según su derecho local, pero lo que está en juego trasciende cualquier lectura exclusivamente legal de una única jurisdicción, pues impacta por su escala a la humanidad y derechos que afectan el interés público. La pregunta no es solo si una compañía puede comprar un libro y destruirlo, sino qué ocurre cuando la producción cultural y el conocimiento acumulado durante siglos son tratados como una materia prima, útil en tanto que sirve para alimentar tecnologías con fines comerciales.

En “Una soledad demasiado ruidosa”, Hanta destruye libros por obligación mientras intenta rescatar de la censura aquello que considera valioso. La paradoja contemporánea es distinta y, quizá por eso, más difícil de advertir: aquí los libros no son destruidos para impedir que el conocimiento circule, sino para extraerlo, concentrarlo y convertirlo en insumo de una tecnología cuyo control está en manos de unos pocos actores. El libro sobrevive como dato para interés de actores poderosos, pero desaparece como objeto y patrimonio, como parte de una cadena cultural que incluye a quienes escriben, editan, imprimen, distribuyen, venden, conservan, coleccionan y leen.

Por eso, más que preguntarnos únicamente cuánto conocimiento puede extraerse de los libros para construir mejores modelos de IA, deberíamos preguntarnos qué formas de producción y circulación del conocimiento estamos dispuestas a sacrificar para asegurar el refinamiento de la IA.

La cultura no es una materia prima cualquiera: detrás de cada libro hay trabajo, memoria, creación, relaciones sociales e instituciones que hacen posible que el conocimiento se produzca y circule. Cuando ese ecosistema se debilita para satisfacer el apetito de datos de unos pocos actores tecnológicos, la destrucción material de los libros es apenas el síntoma visible de un problema mayor: la concentración del poder sobre el conocimiento y la cultura, y la transformación de aquello que durante siglos fue creado para ser leído, compartido y preservado en insumo digerible para la IA.

Los lentes con inteligencia artificial llegaron a América Latina: panóptico a cielo abierto

En octubre de 2023, Meta y Ray-Ban lanzaron una nueva generación de gafas inteligentes. Las mismas son anteojos normales que incorporan una pequeña cámara, micrófono y la capacidad de comunicarse con el teléfono celular. Estos dispositivos permiten tomar fotos, grabar videos, hacer llamadas, escuchar audio o pedir asistencia mediante comandos de voz. A diferencia de un teléfono inteligente, su apariencia es prácticamente indistinguible de la de unas gafas convencionales, lo que puede dificultar que las personas alrededor sepan cuándo están siendo grabadas y, por tanto, que puedan dar su consentimiento.

Su funcionamiento puede entenderse en tres pasos. Primero, los lentes capturan fotos o videos. Después, envían la información al teléfono a través de una aplicación vinculada (en caso de requerir el uso de IA, la información se reenvía a los servidores de la empresa). Finalmente, el resultado vuelve a la persona usuaria como una respuesta de audio, una acción en la aplicación o, en algunos modelos, un mensaje que aparece en el lente.

La IA es la capa que interpreta esa información, pues puede describir una imagen o responder una pregunta sobre lo que la cámara está mostrando. Por eso, no registra únicamente una foto o un video. También puede reunir el contexto de una situación, como lugares, objetos, conversaciones y personas presentes en el entorno. El alcance depende del modelo, de las funciones activadas y de la configuración elegida por cada persona. Si bien estas funciones pueden sonar atractivas y en muchos casos tendrán usos legítimos, la posibilidad de capturar y procesar ese contexto genera numerosos problemas en relación a la privacidad.

Esta tecnología ya no es una novedad lejana para América Latina ni un producto reservado para Estados Unidos o Europa. En agosto de 2026, los Ray-Ban Meta ya se venden oficialmente en al menos cinco países: México, el primer mercado latinoamericano en sumarse; Brasil, con la línea disponible desde 2025; Chile y Perú, que iniciaron la comercialización oficial a fines de junio de 2026; y Colombia, incorporada en agosto de este mismo año. Meta no es la única empresa con intenciones de fabricar y vender estos dispositivos. Google y Samsung preparan su entrada con lentes basados en Android Extended Reality y la inteligencia artificial de Gemini. Xiaomi, Alibaba y otras empresas chinas también desarrollan dispositivos similares. Se trata de una carrera entre empresas que ya controlan redes sociales, teléfonos, sistemas operativos, comercio electrónico y asistentes de IA.

Al igual que los teléfonos celulares, las gafas están diseñadas con el objetivo de conectarse a los servidores de las empresas de tecnología que las fabrican. Estas compañías ya compiten por quién recolecta datos sobre las personas que utilizan teléfonos celulares o acceden a redes sociales. Los nuevos lentes extienden aún más la capacidad de capturar información sobre las personas, incluso cuando el teléfono celular está guardado en el bolsillo.

El diseño vuelve imposible decir que no

Quien compra los lentes puede aceptar los términos y condiciones de la empresa, puede decidir si vincula el dispositivo a su teléfono y qué permisos activa. Pero esa decisión no alcanza a las demás personas cuya privacidad podría verse vulnerada al ser grabadas sin su consentimiento. Para que el consentimiento sea real, una persona necesita al menos tres cosas. Primero, saber que se está capturando información sobre ella, segundo entender para qué se utilizará y, tercero, tener posibilidad de negarse. Los anteojos con IA dificultan las tres.

Meta incorporó un LED blanco en la parte frontal de sus lentes como medida para advertir a quienes están alrededor cuando la cámara captura imágenes. Es una señal necesaria, pero no suficiente, ya que la luz puede pasar inadvertida en una conversación, en un lugar concurrido o para personas que ni siquiera saben que existen dispositivos capaces de grabar desde una montura aparentemente convencional —y tampoco tienen por qué saberlo—.

Aún así, ese pequeño indicador luminoso no explica de manera clara si está grabando video o tomando fotos, si se registra audio, si el contenido quedará almacenado en el teléfono, si será enviado a los servidores de una empresa o si se publicará en redes sociales. Las autoridades de protección de datos del G7 han advertido que, en estos dispositivos, obtener un consentimiento de las personas alrededor puede ser prácticamente imposible.

No se trata de sostener que toda grabación en un espacio público deba estar prohibida, ni de exigir que una persona pida autorización formal antes de cada foto. Se trata de no perder la capacidad de decidir qué parte de la propia vida se comparte, con quién y bajo qué condiciones. El uso de estos dispositivos sin regulaciones pone en riesgo la privacidad de las personas en el espacio público, privado o incluso íntimo.

Una nueva tecnología afecta la forma en la que nos comportamos como sociedad. Las gafas que podrían ser muy útiles para periodistas en coberturas, para turistas documentando viajes, ya se están utilizando para acosar e invadir la privacidad de las mujeres: grabándolas para luego subir ese contenido a redes sociales sin su consentimiento, como veremos más adelante.

Casos documentados

Estos lentes llegaron a los espacios donde se toman decisiones públicas. Funcionarias y funcionarios públicos en Chile, México y Argentina ya los utilizan, y comienzan a presentarse como un accesorio normal en espacios institucionales sin analizar los posibles riesgos de esta tecnología y la necesidad de regular su uso. Hace 13 años, las revelaciones de Snowden nos demostraron cómo empresas como Facebook (hoy Meta) o Google entregan la información de sus servicios en la nube a agencias de inteligencia de los Estados Unidos y sus aliados. Cabría preguntarse, ¿tendrán estas mismas agencias de inteligencia la capacidad de observar todo aquello que registran las gafas de millones de personas?

Si bien esto es muy probable, no tenemos certeza de que sea así. Lo que sí se sabe es que Meta ya ha compartido grabaciones de los videos a otras empresas. Una investigación del medio sueco Svenska Dagbladet reveló que personal de Sama, una empresa subcontratada en Kenia, revisaba y etiquetaba contenido captado por estos dispositivos inteligentes de Meta para entrenar los sistemas de IA de la plataforma.

Varias de las personas trabajadoras fueron entrevistadas de forma anónima y aseguraron haber visto imágenes extremadamente privadas: personas entrando o saliendo del baño, desnudas o manteniendo relaciones sexuales, así como grabaciones en las que aparecían accidentalmente datos financieros, como números de tarjetas bancarias. Uno de los testimonios describió unos lentes dejados sobre una mesa de noche mientras la esposa de quien los usaba se desvestía sin saber que estaba siendo grabada.

Ese caso revela una primera capa del problema: incluso quien compra los lentes, acepta los términos de Meta y decide usar la IA puede perder el control sobre lo que captura. Para quienes aparecen frente a la cámara, la situación es aún más desigual, no compraron los anteojos, no aceptaron los términos, ni decidieron enviar nada a los servidores de la empresa proveedora. Muchas veces ni siquiera saben que están siendo grabadas. Si quien usa los lentes puede perder el control sobre sus propios datos, la persona captada sin consentimiento parte sin ninguna capacidad de decisión.

Los casos más documentados muestran cómo estos dispositivos se han integrado a prácticas de acoso y exposición no consentida contra mujeres. En España, un hombre fue detenido por grabar 239 videos de mujeres sin consentimiento con este tipo de lentes para promocionar su curso sobre “técnicas de seducción” por el que cobraba € 3000. En uno de los videos intentó besar a una de las víctimas en dos ocasiones y tocarla sin su consentimiento, mientras seguía grabando. Luego el video fue subido a internet y ha tenido más de 700 mil visualizaciones. Un caso similar ocurrió en Bélgica, donde una investigación documentó casos de mujeres grabadas sin saberlo por hombres con Ray-Ban Meta durante interacciones no solicitadas en la calle, contenido vinculado otra vez a negocios de “coaching de seducción”.

Los cursos de seducción no son el único caso de violencia de género facilitada por estos dispositivos. En Escocia, un creador de contenido de TikTok fue investigado por utilizar gafas inteligentes para grabar en secreto a personas durante un viaje, entre ellas mujeres jóvenes que fueron sexualizadas en sus videos. En Corea del Sur, un hombre estuvo bajo investigación por grabar en secreto las citas que tuvo con cuatro mujeres distintas, para luego subir el contenido a redes sociales. Las grabaciones mostraban desde el primer encuentro en la estación de metro hasta la comida, el café y las caminatas juntos.

Otro caso ocurrió recientemente en Inglaterra, donde una menor de 17 años fue abordada y grabada con los lentes de Meta por un hombre que se le acercó en una estación de tren con intenciones de seducirla. Ella sospechó que podía estar siendo grabada por lo que realizó búsquedas en Tiktok y encontró la cuenta de la persona que la grabó con situaciones similares a las que ella vivió. Si bien ella no apareció en los videos de la cuenta, le aterroriza pensar cuándo será su turno. En ese mismo país, una mujer fue grabada en un centro comercial y el video circuló 40 mil veces antes de que ella se enterase. Cuando pidió que lo eliminaran, él la extorsionó pidiendo un pago para remover el contenido.

El mismo mecanismo —grabar sin avisar para luego exponer— se repite también contra otros grupos discriminados. En Delhi, una diseñadora gráfica trans fue filmada sin saberlo con estos mismos anteojos durante una protesta por los derechos de su comunidad. El video fue editado y difundido en redes sociales como contenido de burla y llegó a millones de reproducciones antes de que Instagram lo retirara, más de un mes después.

Activismo para limitar a las corporaciones

Si bien esta tecnología está siendo adoptada de forma muy rápida, también existen iniciativas encargadas de confrontarla y evidenciar sus riesgos.

El colectivo activista Everyone Hates Elon, con base en Londres, empezó una campaña en julio pasado para revelar los peligros de estos dispositivos. Instalaron un póster llamando a las gafas “el mayor avance en tecnología para pervertidos desde la gabardina”. Después llevaron un anuncio cerca de las oficinas de Meta en Londres donde aparecía la publicidad real de Kylie Jenner, figura oficial de los lentes, pero al cambiar el ángulo su rostro se transformaba en una calavera y el texto mutaba a “Meta: siempre estamos observando”. El tercer golpe de la campaña usó la imagen de Jeffrey Epstein con la frase “Lentes para gente que no entiende el consentimiento”.

En paralelo, el colectivo difundió un modelo de carta para que las personas ejercieran su derecho de oposición bajo el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea. La carta exigía a Meta que dejara de procesar sus datos personales a través de sus gafas, informara qué datos habían sido procesados, con qué finalidad y qué medidas tomaría frente a la objeción. Más de 9000 personas enviaron ese reclamo a la empresa durante las 24 horas de la campaña.

El resultado concreto fue que Instagram anunció que empezaría a bloquear cuentas que suben videos de acoso grabados con estos dispositivos. El activismo demuestra que la presión pública y regulatoria combinadas sí pueden lograr torcer alguna política de la empresa, aunque sea la más superficial de todas: moderar contenido ya publicado, en lugar de prevenir la grabación no consentida.

Desde un punto de vista técnico existen aplicaciones de software libre, como Nearby Glasses, que escanean señales Bluetooth y alerta cuando detecta lentes con IA cerca. Lamentablemente esta es una solución parcial, ya que no identifica de quién son las gafas, solo indica que podría haber un dispositivo compatible próximo. Además podrían existir falsos positivos, ya que se puede confundir con otros dispositivos del mismo fabricante.

La responsabilidad no es de quien camina por la calle

La tecnología transforma la forma en que una sociedad funciona. No era lo mismo salir a la calle o asistir a una fiesta antes de que los teléfonos con cámara estuvieran incorporados a nuestros entornos. El saber que nuestra actividad puede ser grabada hace que limitemos nuestra forma de actuar y de ser nosotros y nosotras mismas. En el futuro, salir a la calle será parecido a caminar por un panóptico distribuido, donde no tendremos la certeza de saber si estamos siendo o no grabados por desconocidos y en caso de serlo, no sabremos a dónde irán esas imágenes ni para qué se utilizarán.

Ese costo no se reparte de forma igual. Para mujeres, niñas, comunidad LGBTIQA+ y quienes ya enfrentan acoso o discriminación, la posibilidad de ser grabadas sin saberlo puede afectar su libertad de circular, participar en una protesta, conocer a alguien, trabajar o simplemente existir en el espacio público sin convertir la propia imagen en contenido ajeno.

La discusión no puede reducirse a que quien compra los lentes “aceptó los términos y condiciones”. La persona que queda frente a la cámara no eligió instalar el dispositivo, activar permisos ni formar parte de esa captura. Por eso, la respuesta no debería consistir en pedirle a cada transeúnte que detecte un LED, descargue una aplicación o aprenda a reconocer una montura. Tampoco basta con moderar el contenido cuando ya se difundió, ni perseguir únicamente a quienes lo utilizan con fines dañinos. La responsabilidad debe recaer principalmente en quienes diseñan y comercializan estas tecnologías. La tarea de regular y supervisar el funcionamiento de los lentes inteligentes es urgente.

El Gemelo Digital y las falacias de la eficiencia tecnológica en la gestión pública

Esta columna fue publicada originalmente en Diario Perfil de Argentina

Días atrás, Javier Milei defendió, en un medio internacional, la actualización del modelo capitalista holandés del siglo XVII para incentivar empresas gestionadas por Inteligencia Artificial (IA) en la Argentina. Entre otras medidas, propone limitar su responsabilidad jurídica. Al trazar este paralelismo, el presidente omite una parte de la historia: aquel lucrativo modelo financiero colonial se sostuvo sobre la base de la explotación, tortura y tráfico de personas esclavizadas.

El modelo adoptado por Milei para posicionar a la Argentina como un centro financiero del futuro tampoco busca el bienestar humano. Más aún, puede profundizar nuevas vías de explotación de su población. El reciente anuncio de un Gemelo Digital Social se enmarca en este proyecto y, desafortunadamente, no es exclusivo del contexto argentino. El despliegue de tecnologías en el sector público en los últimos años ha servido ampliamente para validar iniciativas destinadas a restringir derechos y acceso a servicios esenciales.

Más allá de la ausencia de detalles sobre su operación, el Gemelo Digital, presentado como pionero, se basa en algunos pilares que ya son bien conocidos en procesos de digitalización de los Estados y conlleva problemas similares. El primero es la explotación intensiva de datos personales para distintos fines, vulnerando el derecho de las personas a poder definir quiénes, cómo, para qué, por qué y bajo qué condiciones utilizarán sus datos. Si bien se alega que el uso de datos facilita la toma de decisiones en materia de políticas públicas, no hay garantías de que las bases de datos no terminen en manos de fuerzas policiales, de inteligencia o de agentes privados. La lucrativa industria de datos los requiere para sostener modelos de negocios, entrenar sistemas de IA, generar perfiles de crédito, distribuir publicidad (y desinformación) electoral, entre otros usos. Las consecuencias para las personas y la sociedad son imprevisibles y pueden implicar incluso el acceso de agentes maliciosos para el fraude, la extorsión u otras formas de violencia.

El segundo problema reside en que la vigilancia y el control derivado de los esfuerzos de predicción no se dan de manera uniforme en la sociedad. Las élites son menos visibles para el Estado por su baja dependencia de servicios públicos y su poca frecuencia en espacios hipervigilados, como el transporte público. Ante la ausencia de información sobre los límites a la integración de bases de datos implicada en el despliegue de la iniciativa Gemelo Digital, es imposible saber la extensión de las intervenciones derivadas de su uso. Sin embargo, podemos asumir que impactarán en mayor medida sobre quienes ya se encuentran más expuestas -y no necesariamente en su beneficio-.

El tercero es la narrativa de neutralidad tecnológica que pone a las tecnologías predictivas como eficientes y alejadas de cualquier sospecha. Ellas serían capaces de tomar decisiones incluso de manera más objetiva que las personas. Más allá de la falsedad del argumento, la realidad es que los datos en poder de los Estados suelen estar incompletos, desactualizados, equivocados y fragmentados, y son poco representativos de la realidad social. Anclar políticas públicas en sistemas entrenados a partir de bases de datos de baja calidad, necesariamente implica ampliar sesgos y discriminación, como ha ocurrido en otros intentos de uso de predicción alrededor del mundo.

En síntesis, se busca validar políticas públicas en un sistema automatizado que no responde al escrutinio público o a las demandas sociales. Más que eso: siguiendo los planes de la Casa Rosada, ni siquiera estaría sujeto a forma alguna de responsabilidad por vulneraciones. Bajo la retórica de la innovación y la eficiencia, quedan rezagadas las (hasta hace poco defendidas) libertades individuales y bases de la democracia.

Faltan garantías de que el Gemelo Digital sea viable técnicamente o evidencias de su eficacia en la gestión pública. Pero si se consolida, sus costos para la sociedad argentina podrían ser enormes. Y si fracasa, igualmente habrá abierto una nueva vía más de extracción de riqueza, ya sea mediante datos, inteligencia o recursos públicos. Los riesgos son concretos, los beneficios siguen siendo una promesa.

LinkedIn y privacidad: nuevos métodos invisibles de perfilamiento detrás de las huellas digitales

¿Quién define hoy el límite entre lo público y lo privado? Atravesamos una era en la que los modelos de Inteligencia Artificial demandan enormes volúmenes de datos para ser alimentados, mientras los anunciantes y publicistas afinan su puntería hacia públicos específicos, y las plataformas perfilan a millones de personas, categorizándolas según sus preferencias, comportamientos y deseos. En ese marco, la carrera de las grandes empresas de tecnología se centra en desarrollar mejores algoritmos que sean capaces de conectar datos y estructurar toda esa información.

A esta maratón se sumó LinkedIn, la red profesional por excelencia que, más allá de conectar reclutadores y estudiantes, se convirtió en un repositorio masivo de hojas de vida recopilando desde estudios y experiencia laboral hasta aspiraciones y características ideológicas.

BrowserGate, experto en perfilamiento silencioso

Lo que parece un intercambio controlado de publicaciones y una personalización voluntaria de perfiles adquiere una dimensión alarmante cuando a la conversación se suma BrowserGate. Esta herramienta de LinkedIn analiza el navegador de las personas usuarias cada vez que visitan el sitio mediante un fragmento de código (script) capaz de detectar más de seis mil extensiones de Chrome instaladas y recolectar características específicas de los dispositivos desde donde las personas usuarias se conectan. Esta práctica sitúa en el centro del debate la preocupante precisión del fingerprinting (huella digital única), una técnica que permite identificar a un usuario sin necesidad de archivos de rastreo tradicionales.

El proyecto evolucionó drásticamente: de identificar 38 extensiones en 2017 a monitorear miles en la actualidad. Su modus operandi consta de tres fases consecutivas. Primero, intenta contactar una extensión de forma directa vía API, es decir manda un mensaje directo a la extensión esperando una respuesta. Luego, solicita archivos internos de configuración o rastros de uso del plugin mediante peticiones técnicas específicas. Por último, escanea la página de la extensión (DOM – Document Object Model) examinando cuidadosamente en busca de huellas que cada interacción de la persona usuaria deja en los complementos, permitiendo inferir información sumamente detallada.

¿Cuál es la preocupación si se puede usar navegación incógnita? 

La importancia de hablar al respecto radica en que no se trata de cookies ni de consentimiento, sino de una identificación basada en extensiones y hardware alimentando el poder de inferencia de la plataforma. Además, esto implica la posible exposición de datos sensibles -como creencias, ideologías, neurodivergencias o condiciones de salud- sin que la persona los haya declarado en su perfil, basándose únicamente en los complementos instalados. Este procedimiento vulnera el principio  de la protección de datos, sumado a preocupantes antecedentes ya conocidos como la venta de datos por parte de las plataformas y a través de ellas, como lo demostramos recientemente en un informe de Derechos Digitales respecto al mercado ilegal de datos personales en Telegram. Y como en toda red, esto transciende a la información personal hasta llegar a otros nodos con los que se haya relacionado, como una empleadora o una colega de trabajo o universidad.

Mientras LinkedIn argumenta una latente preocupación por evitar el web scraping (técnica que se utilizada para extraer información de sitios web de manera automatizada), proteger los datos de sus personas usuarias y mantener la estabilidad de la plataforma, lo cierto es que abre la puerta a una vigilancia masiva, opaca y difícil de eludir. Y esto no es todo, la empresa tendría la capacidad de detectar herramientas rivales como Apollo, ZoomInfo o Lusha, facilitando la identificación de empleados y empleadores, y planteando una sospecha: no sólo estaría recogiendo datos personales sino también estableciendo inteligencias comerciales y redes de conocimiento sobre organizaciones.

La infraestructura que propone más protección se convierte así en un método de extracción masiva de datos sensibles. Las herramientas de rastreo digital (tracking) no se declaran en su política de privacidad ni en las condiciones de uso. De lo que hablamos es de fragmentos de código incrustados en las aplicaciones para capturar datos y contribuir al perfilamiento, operando desde una lógica que las personas usuarias sin conocimientos técnicos no pueden detectar.

Implicaciones legales de la violación de privacidad

El hecho de que LinkedIn, de forma deliberada y planificada, escanee secretamente los navegadores web podría exponer a la plataforma y su matriz, Microsoft, a consecuencias legales y financieras alrededor del mundo. Si se considera el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea (GDPR), su artículo 9 (“Tratamiento de categorías especiales de datos personales”) lista los datos considerados sensibles y que pueden llegar a inferirse en base al comportamiento digital. Además, en el artículo 83 (“Condiciones generales para la imposición de multas administrativas”) se establece que la multa para empresas equivale al 4% como máximo del volumen de negocio total anual global. En el caso de la creadora de Windows, su ingreso anual al 2025 fue de $281.700 billones, lo que supone una posible multa de $11.286 billones.

A esto se suma la falta de transparencia con las personas usuarias ya que esta práctica no se explicita en la política de privacidad de la plataforma. En términos legales, esto viola el principio de consentimiento informado y las obligaciones de transparencia que el GDPR estipula en sus artículos 13 y 14. Esto aprovecha el desconocimiento de millones de usuarios, quienes no son plenamente conscientes del alcance que tiene sobre su privacidad, su vida laboral y personal.

Indistintamente de si alguna de estas interpretaciones será confirmada o no por parte de las cortes, el caso pone de manifiesto algo mucho más estructural: las leyes digitales actuales fueron pensadas en una internet de cookies visibles y de formularios de consentimiento más o menos sencillos. La técnica de fingerprinting contemporánea opera ya en otra escala. Lo hace de forma silenciosa, distribuida y en una lógica sumamente técnica, difícil de ser identificada por las personas usuarias, aún cuando eligieran no aceptar cookies o navegar en modo incógnito.

La investigación académica sobre el tracking post-cookie ya daba cuenta de que la industria tecnológica se había embarcado en un tránsito hacia mecanismos de tracking más persistentes y difíciles de detectar. Ahora, BrowserGate parece corroborarlo. En regiones como América Latina, donde la fragmentación normativa es la regla y cada país tiene su propia ley de protección de datos, el desafío de enfrenar estas técnicas de rastreo post-cookie parece aún mayor.

Medidas para reducir el impacto

Ante este escenario, las medidas de protección más efectivas se basan en prácticas diarias y persistentes, que pueden requerir más tiempo pero también brindar mayor tranquilidad: revisar las extensiones del navegador instaladas. Cada extensión que se añade no sólo amplía la superficie de ataque que puede experimentar vulnerabilidades o localizaciones, sino que, además, incrementa la noción de singularidad de la persona usuaria dentro de los sistemas de fingerprinting.

La mayoría de las personas mantienen extensiones que ya no utilizan, incluso cuentan con extensiones duplicadas y añaden otras sin necesidad, al tiempo que ignoran que cada extensión puede convertirse en una señal identificatoria. Lo recomendable es reducir al mínimo el número de extensiones, eliminar aquellas que ya no tienen mantenimiento y revisar periódicamente los permisos que tienen como una práctica de higiene digital básica.

Por la misma razón, hacer perfiles de navegación segmentados –diferenciados entre laboral, para ocio y para actividad en redes sociales- ayuda a que las diferentes plataformas no lleguen a unir y construir un único perfil que derive del cruce de hábitos, herramientas y comportamientos. Además, utilizar navegadores de privacidad, como Mozilla Firefox, nos brinda mecanismos de resguardo frente a técnicas de fingerprinting y de tracking más sofisticadas. Y a esto hay que añadir el uso de bloqueadores más avanzados, como uBlock Origin, que permiten restringir scripts de tracking invisibles que funcionan en segundo plano.

Ninguna de estas herramientas garantiza un completo anonimato, pero sí pueden limitar en buena medida las capacidades de las plataformas para crear perfiles persistentes y exhaustivos. La clave está en ser concientes que la privacidad no solo consiste en “no compartir demasiados datos”, sino también en la forma de controlar cuántas señales técnicas dejamos expuestas cada vez que abrimos el navegador. Con más información y estrategias de protección, podremos mejorar nuestra seguridad digital y seguir utilizando internet con mayor autonomía y privacidad.

Defender la democracia latinoamericana como trinchera de los derechos humanos

¿Es la democracia un derecho humano? Esta pregunta fue formulada por Guatemala ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) a través del mecanismo de solicitud de Opinión Consultiva, es decir, una función interpretativa de la Corte que permite analizar los instrumentos jurídicos interamericanos ante nuevos desafíos que surgen a propósito de su aplicación. Dicha pregunta fue discutida en marzo pasado en una audiencia pública en Brasilia, donde distintos actores defendieron sus opiniones tanto a favor como en contra de su reconocimiento como derecho.

La solicitud de Opinión Consultiva por parte de Guatemala se motivó a raíz de situaciones que aquejan a toda la región. El deterioro de las instituciones democráticas, la persecución de personas defensoras de derechos humanos, la fragilidad de los procesos eleccionarios, el uso excesivo de la fuerza por parte del Estado en contextos de protesta, la instrumentalización y debilitamiento de la independencia de los sistemas de Justicia, entre otros. Por lo que Guatemala solicitó a dicho tribunal evaluar si la democracia es un derecho humano, en tanto que resulta “indispensable para el ejercicio de las libertades fundamentales y [otros] derechos humanos”.

La decisión -que será publicada en los próximos meses- será crucial en el contexto actual de América Latina. Por un lado, la región experimenta el auge de regímenes antidemocráticos que promueven políticas de “mano dura”, se distancian de los espacios multilaterales donde predomina el lenguaje de los derechos humanos, y buscan restringir progresivamente su alcance a nivel interno. Por otro lado, asistimos a un incremento de la influencia autoritaria de las Big Tech, cada vez más consolidado mediante alianzas público-privadas y cuyo alcance global tensiona a los regímenes democráticos. Todo ello en un contexto geopolítico marcado por la inefectividad o insuficiencia de los foros multilaterales en contener su poder, mientras asistimos a un despliegue masivo de tecnologías digitales, cuyas implementaciones han traído consigo nuevos fenómenos que aquejan a las democracias, y amplificado otros ya preexistentes.

Las posturas defendidas ante la Corte IDH

Aunque no es posible anticipar el sentido de la decisión de la Corte que, durante tres días de audiencias se mostró interesada pero también cautelosa respecto de los alcances y límites de este eventual nuevo derecho, sí podemos identificar tres grandes posturas que emergieron en el debate.

En un grupo minoritario se expresaron las voces en contra. Entre sus argumentos, sostienen que la democracia no está consagrada como derecho en el corpus iuris interamericano y que el Tribunal no debería exceder sus funciones interpretativas. Desde esta perspectiva, la democracia sería únicamente un sistema político, no un derecho humano. Entre quienes se manifestaron parcialmente a favor, se reconoce a la democracia como un principio fundamental, pero no como un derecho humano, argumentando que aún no existen estándares jurídicos suficientemente desarrollados para su reconocimiento como tal. Durante los debates de la audiencia, la posición mayoritaria fue a favor: se afirma que la democracia es un derecho humano interdependiente, que actúa como condición habilitante para el ejercicio de otros derechos, y que trasciende la dimensión estrictamente electoral (elegir y ser elegido).

Al respecto, vale la pena advertir que, aunque los instrumentos jurídicos interamericanos no explicitan la existencia del derecho humano a la democracia, la Corte IDH tiene algunas claves para emprender su trabajo interpretativo.

Por ejemplo, la Carta Democrática Interamericana, un instrumento que apoya la interpretación de los tratados interamericanos, expresa que los pueblos de América tienen derecho a la democracia. La Carta de la OEA reitera la protección de la persona como fundamento de la democracia y en la prioridad que ésta tiene para los Estados que se comprometen a promoverla en el seno de dicho organismo. La Convención Americana sobre Derechos Humanos -y otros instrumentos regionales- reiteran cuán relevantes son las condiciones democráticas como un objetivo de la región para la garantía de otros derechos. E incluso algunos fallos de la propia Corte -como el caso Gadea Mantilla Vs Nicaragua– señalan que la “democracia en los Estados americanos constituye una obligación jurídica internacional”. Estas, junto a otras fuentes del derecho internacional, fueron de hecho citadas por Guatemala para sostener la existencia del derecho autónomo a la democracia.

Nuestra posición: la democracia sí es un derecho humano

Cada postura tiene matices relevantes. Sin embargo, la posición defendida por Derechos Digitales, junto a CEJIL, Fundación Multitudes, Civicus y la Universidad Rafael Landívar, se enfoca en afirmar la existencia de ese derecho humano a la democracia.

Desde esta perspectiva, la democracia como derecho humano implica aproximarse a un conjunto más amplio de condiciones estructurales que facilitan otros derechos, más allá de los derechos políticos (elegir y ser elegido). Entre ellas, destacan en general, la protección de la división y separación de poderes, la integridad e independencia del Poder Judicial, la integridad de las instituciones democráticas. Así como también otras garantías más recientes que deben ser reconocidas como tal, como la garantía de la integridad de la información -que abarca la salud de los ecosistemas mediáticos y condiciones laborales dignas para el periodismo- y la protección del espacio cívico libre, abierto, seguro y plural, tanto en el ámbito analógico como digital.

Este derecho humano a la democracia interactúa de forma dinámica con otros derechos ya consolidados, como la libertad de expresión, la libertad de prensa y el derecho a la protesta o la privacidad, por mencionar algunos. Se trata de una relación bidireccional. Por ejemplo, sin garantías efectivas para el ejercicio del periodismo -incluyendo condiciones materiales, regulatorias y de seguridad- resulta imposible fiscalizar al poder, una función esencial en cualquier democracia robusta.

Asimismo, cuando el espacio cívico -especialmente el digital- se encuentra sometido a vigilancia masiva por parte del Estado o de corporaciones tecnológicas que no están debidamente reguladas, se generan efectos inhibitorios sobre la participación ciudadana. La autocensura, el silenciamiento del disenso y la criminalización de voces críticas erosionan los contrapesos necesarios frente a las mayorías. En este sentido, la democracia como derecho humano opera como una debida garantía del entorno habilitante que asegura la vigencia efectiva de otros derechos fundamentales.

Riesgos y potencialidades

El reconocimiento del derecho humano a la democracia, sin embargo, debe ser considerado sin ignorar que enfrenta amenazas y riesgos reales. En la región, evidenciamos un creciente fenómeno de desregulación o “simplificación” en materia de derechos (con la excusa de impulsar la innovación o promover el crecimiento económico), así como la desfinanciación de políticas públicas que sostienen los sistemas de protección social. A esto se añaden las amenazas derivadas de la digitalización masiva, donde un puñado de actores poderosos tiene gran capacidad de impacto en su ejercicio.

Entre esos nuevos riesgos, advertimos no solo la capacidad cada vez más expansiva de la desinformación, sino su instrumentalización en operaciones coordinadas por parte de funcionarios públicos que buscan deslegitimar o incentivar a la violencia contra las instituciones democráticas. Este problema, que merece un abordaje integral más allá del meramente jurídico (enfocado desde lo penal ya viene siendo deficiente y miope), se encuentra potenciado, entre otros, por el progresivo debilitamiento de los ecosistemas mediáticos. Esta fragilidad no sólo es generada a través de la asfixia económica que experimentan medios de prensa tradicional y alternativos, como fruto de la usurpación de su modelo de negocios -la publicidad- por parte de las Big Tech que además precariza y pone en peligro el trabajo periodístico, sino también a través de la violencia y estigmatización contra los medios que cuestionan al poder.

Otros retos de gran relevancia amenazan el espacio cívico plural, seguro y abierto, como lo es la violencia de género facilitada por las tecnologías (VGFT). Mujeres y niñas, en toda su diversidad, se encuentran en el centro de este fenómeno que busca silenciarlas, desplazarlas de la esfera pública, denigrar o estigmatizar en su contra, y hasta poner en riesgo su vida e integridad. Este fenómeno se agrava de cara a mujeres periodistas, defensoras de derechos humanos, y aspirantes a cargos públicos, por lo que merece un abordaje estatal más allá del tradicional enfoque punitivo.

Más allá de los riesgos que enfrenta la democracia como derecho humano, su reconocimiento tiene un potencial excepcional para facilitar la garantía otros derechos. Por su carácter colectivo permitiría poner el foco más allá del individuo y reforzar la dimensión estructural de derechos como el de la protección de datos personales y el de la privacidad en la era digital.

Por ejemplo, la vigilancia estatal (facilitada hoy con la colaboración de las Big Tech) tiene efectos profundamente antidemocráticos pues facilita la represión, la persecución y la estigmatización de cualquier persona declarada como su objetivo. La vigilancia apaga la diversidad de voces presentes, tanto en los medios de prensa, así como en el espacio cívico analógico y digital, desalentando también la participación en el debate público. En consecuencia, la protección de la privacidad no puede limitarse a una dimensión individual, sino que debe entenderse también como un componente esencial de la salud democrática.

No obstante, la mayoría de las herramientas jurídicas en la región continúan centradas en la protección individual -por ejemplo, a través de reclamos ante autoridades de protección de datos- o en colectivos específicos, como la protección de las infancias. Este enfoque resulta insuficiente frente a problemas estructurales que enfrenta la protección de la privacidad, como el desequilibrio informativo y de poder entre el titular y los Estados, que vigilan cada vez más a su población al tiempo que erosionan los marcos regulatorios dedicados a imponer pesos y contrapesos sobre dichas tareas.

Reconocer la democracia como un derecho humano, permitiría avanzar hacia mecanismos de protección colectiva de la privacidad mucho más robustos. Asimismo, fortalecería la capacidad de los Estados para exigir el cumplimiento de normas por parte de empresas tecnológicas transnacionales y para garantizar la efectividad de sus propias decisiones regulatorias a nivel interno.

¿Qué podemos esperar de la futura decisión de la Corte IDH?

Esta no es la primera vez que la Corte IDH enfrenta el desafío de reconocer nuevos derechos: ya lo hizo, por ejemplo, con el derecho al cuidado y el derecho a defender derechos. Sin embargo, en esta ocasión el reto es particularmente delicado desde el punto de vista jurídico.

El Tribunal deberá resolver cuestiones esencialmente jurídicas, por ejemplo, cómo reconocer el derecho humano a la democracia sin que esto sugiera la imposición de un modelo político uniforme a los Estados de la región, o cómo definir sus mecanismos de protección, reparación y evaluación de su cumplimiento.

Sea cual sea el resultado, la futura Opinión Consultiva tendrá un efecto jurídico para todos los Estados del sistema interamericano, incluso para aquellos que, aunque mantengan estructuras formales democráticas, actualmente se alejan de los estándares que los sustentan.

El debate sobre si la democracia es un derecho humano no es meramente teórico ni debe ser exclusivamente jurídico: refleja tensiones profundas sobre el presente y el futuro de nuestras sociedades. Reconocerla como tal no implica imponer un modelo político único ni desconocer otros derechos igualmente relevantes, como el de autodeterminación de los pueblos o el principio de no injerencia, sino afirmar que, sin condiciones democráticas sustantivas como la independencia de poderes, la protección de la integridad de la información, o la garantía de un espacio cívico abierto, libre y plural, el resto de los derechos pierde eficacia real.

En un contexto marcado por el autoritarismo emergente y el poder creciente de actores tecnológicos globales, el reconocimiento del derecho humano a la democracia podría convertirse en una herramienta clave para proteger, revitalizar y proyectar los sistemas democráticos de la región hacia el futuro.

Elecciones en un terreno sin reglas claras

Cuando hablamos de desinformación electoral no nos referimos únicamente a “noticias falsas”. Se trata de un conjunto de prácticas que buscan influir en la percepción del electorado, instalar dudas sobre los procesos democráticos o desacreditar candidaturas e instituciones. Incluye desde encuestas falsas y declaraciones inventadas hasta campañas coordinadas de hostigamiento, manipulación de contenido y uso estratégico de tecnologías emergentes como la IA o los deepfakes. Como ha advertido Derechos Digitales en distintos trabajos, el problema no es solo la existencia de contenidos engañosos, sino el ecosistema que permite su circulación y amplificación.

Las elecciones presidenciales recientes en la región, como las de Chile, Bolivia o Costa Rica, muestran que estas dinámicas no son marginales, sino estructurales. Y todo indica que serán centrales en los procesos electorales que se avecinan en 2026 en países como Brasil, Colombia y Perú.

De fenómeno marginal a herramienta política

En los últimos años, la desinformación dejó de ser un fenómeno esporádico para convertirse en parte integrada de las estrategias de campaña. Una investigación reciente de Bolivia Verifica y ProBox sobre las elecciones bolivianas de 2025 lo resume de forma clara: la desinformación digital ya no es algo marginal, sino una práctica que se despliega sistemáticamente en momentos críticos del proceso electoral. Durante esos comicios, se identificaron alrededor de 250 contenidos falsos o engañosos, marcando un precedente en el volumen de desinformación en Bolivia, incluyendo un uso inédito de herramientas de inteligencia artificial.

El estudio también identificó patrones que se repiten en distintos países de la región. El más frecuente fue la circulación de declaraciones falsas atribuidas a candidaturas u otros actores públicos, utilizadas estratégicamente para influir en la intención de voto. En segundo lugar, destacaron las encuestas falsas, utilizadas para instalar percepciones sobre quién va ganando o perdiendo en la contienda.

Este tipo de contenidos no circula de forma aislada. Las campañas desinformativas operan de manera coordinada y multiplataforma. Según la investigación de Derechos Digitales sobre elecciones y desinformación en Brasil, una narrativa puede surgir en espacios abiertos como TikTok o X, escalar rápidamente y luego trasladarse a aplicaciones de mensajería como WhatsApp o Telegram, donde su circulación se vuelve más difícil de rastrear o contrarrestar.

Narrativas de fraude y erosión de la confianza democrática

Entre las distintas formas que adopta la desinformación electoral, una de las más persistentes es la instalación de narrativas de fraude. Estas narrativas no necesariamente buscan demostrar irregularidades reales, sino instalar una sospecha permanente sobre la legitimidad del proceso electoral.

En el caso boliviano, este tipo de contenido ocupó un lugar central en la conversación digital durante las elecciones de 2025. Tal como documentaron Bolivia Verifica y ProBox, circularon de forma masiva declaraciones falsas atribuidas a candidaturas, encuestas manipuladas y contenidos diseñados para desacreditar a actores políticos, medios de comunicación y al propio Tribunal Supremo Electoral, con el objetivo de erosionar la confianza en el proceso.

Un fenómeno distinto, pero relacionado, se observó en Costa Rica. Allí, más que instalar una narrativa técnica de fraude, se han visto intentos sostenidos de deslegitimar al Tribunal Supremo de Elecciones a través de contenidos engañosos y campañas de desprestigio, incluyendo la difusión de información falsa desde cuentas institucionales que luego debió ser eliminada. Estos episodios muestran cómo la desinformación puede apuntar directamente a debilitar la credibilidad de las autoridades electorales, incluso en contextos donde estas aún mantienen altos niveles de confianza pública.

Al final, estas supuestas evidencias o ataques directos a las instituciones, terminan funcionando como estrategias para erosionar la confianza en las reglas del juego democrático, desplazando el debate desde las propuestas hacia la legitimidad misma de la elección. En ese terreno, la narrativa anti-sistema no es inocua, ya que abre espacio y favorece a candidaturas que construyen su estrategia precisamente en tensionar las instituciones democráticas.

Violencia política digital y sus efectos en la participación

Otro de los aspectos más críticos de la desinformación electoral en la región es su vínculo con la violencia política de género. Las campañas digitales no afectan a todas las personas por igual, dado que las candidatas mujeres y las personas LGBTIQA+ son, de manera sistemática, objeto de ataques que combinan desinformación, hostigamiento y discursos estigmatizantes.

En Chile, durante la última campaña presidencial, se evidenció cómo redes de cuentas, muchas de ellas automatizadas, amplificaban ataques contra candidatas mujeres, mezclando contenido falso con insultos y discursos de odio. Este tipo de violencia no solo afecta a las personas directamente atacadas, sino que también tiene un efecto más amplio: desincentiva la participación política y restringe quiénes pueden ocupar el espacio público. A su vez, genera un efecto circular: a menor diversidad entre quienes participan y acceden a espacios de poder, menor es también la capacidad de impulsar políticas que aborden estas violencias y sus impactos.

La expansión de herramientas de inteligencia artificial añade una nueva capa a este fenómeno. Como ha documentado la organización Situada sobre deepfakes, estas tecnologías facilitan la creación de contenido manipulado, muchas veces de carácter sexual, que afecta de manera desproporcionada a mujeres. En contextos electorales, esto se traduce en una herramienta particularmente efectiva para desacreditar o intimidar candidatas, reforzando desigualdades estructurales.

En la región, esta dinámica no es aislada. Como advierte IDEA Internacional, la violencia política digital contra mujeres se ha consolidado como una forma sistemática de limitar su participación en la vida pública, combinando acoso, amenazas y desinformación con sesgo de género. Estos ataques no solo buscan desacreditar, sino también reducir su visibilidad y capacidad de incidencia en espacios de decisión.

Inteligencia artificial, regulación y nuevas asimetrías

El uso de inteligencia artificial en campañas políticas es una realidad en América Latina, pero su impacto no es homogéneo. Si bien estas tecnologías permiten producir contenido falso de manera más rápida y a menor costo, su circulación sigue dependiendo de las mismas plataformas digitales que estructuran el ecosistema informativo.

Al mismo tiempo, empiezan a aparecer diferencias relevantes entre países. Mientras en algunos contextos el uso de estas tecnologías ocurre en marcos regulatorios difusos o inexistentes, otros han comenzado a establecer ciertos límites. Como advierte un informe conjunto de Derechos Digitales y otras organizaciones presentado ante Naciones Unidas sobre elecciones e integridad de la información, la falta de regulación clara puede facilitar la amplificación de desinformación y violencia digital en procesos electorales.

El caso brasileño permite observar algunos avances en esta materia. La autoridad electoral ha establecido límites específicos al uso de inteligencia artificial en campañas, incluyendo restricciones a sistemas automatizados para evitar que recomienden opciones de voto. Esto contrasta con otros contextos de la región. En Colombia, por ejemplo, se han documentado casos en que sistemas de inteligencia artificial como Grok han emitido respuestas con sesgo político en el contexto electoral, incluyendo recomendaciones o posicionamientos frente a candidaturas, evidenciando vacíos regulatorios y la falta de estándares claros para este tipo de herramientas.

Brasil, por su parte, muestra las tensiones propias de intentar regular un fenómeno que evoluciona rápidamente, donde las medidas institucionales conviven con limitaciones importantes en la circulación de contenidos en plataformas y aplicaciones de mensajería. La coordinación entre autoridades, empresas tecnológicas y sociedad civil ha sido relevante para responder a episodios de desinformación, pero no ha sido suficiente para contenerlos de manera estructural.

En muchos países de la región, estas condiciones ni siquiera están presentes. La cooperación con plataformas es limitada y los mecanismos de coordinación entre actores públicos y privados son débiles o inexistentes, lo que deja un terreno mucho más abierto para la circulación de desinformación en contextos electorales.

A esto se suma un problema más estructural: las plataformas no solo fallan en colaborar, sino que también han ido cerrando espacios de diálogo en otras esferas del debate público. Como se ha advertido en análisis previos de Derechos Digitales, sus decisiones de moderación, el funcionamiento opaco de sus algoritmos y modelos de negocio que priorizan contenidos polarizantes terminan moldeando el ecosistema informativo, amplificando ciertas narrativas y debilitando otras. En contextos electorales, estas dinámicas no desaparecen, sino que se intensifican.

Reglas que no alcanzan a la política digital

Uno de los principales problemas es que las reglas electorales siguen respondiendo a una realidad que ya cambió. Las normas fueron diseñadas para campañas en televisión, radio o espacios públicos, pero hoy la política se juega en plataformas digitales, con influencers, microsegmentación de mensajes y circulación en aplicaciones de mensajería.

Esta brecha se hace evidente en casos concretos de la región. En Colombia, por ejemplo, las campañas digitales operan en gran medida fuera de los marcos regulatorios existentes, donde contenidos difundidos desde cuentas personales o redes de apoyo no siempre son considerados propaganda electoral, dejando amplios espacios sin regulación.

Este cambio no es solo tecnológico, sino también político. Las campañas digitales permiten adaptar mensajes a audiencias específicas, operar con distintos niveles de visibilidad y, en muchos casos, evadir los marcos tradicionales de regulación electoral. Lo que antes era una franja televisiva, hoy puede tomar la forma de un video viral, una cadena de WhatsApp o una publicación aparentemente espontánea, cuya autoría y financiamiento resultan difíciles de rastrear.

En este escenario, gran parte de la actividad política digital, incluyendo la desinformación, ocurre en zonas grises regulatorias. A esto se suma la falta de colaboración de las plataformas digitales, que no han desarrollado herramientas adecuadas para enfrentar la circulación de contenidos engañosos en contextos electorales en la región, se rehúsan a transparentar cómo funcionan sus algoritmos y no hacen una rendición de cuentas adecuada a sus usuarios y a la ciudadanía en general.

La disputa por el ecosistema informativo

Las elecciones de 2026 no solo van a poner a prueba a las candidaturas, sino también a las condiciones en que se construye el debate público. En un escenario donde la desinformación forma parte de las campañas, la discusión ya no se trata  sobre programas o propuestas, ahora pasa a jugarse en cómo circula la información y quién logra instalar ciertas versiones de la realidad.

Ese terreno no es neutral. Está marcado por plataformas que toman decisiones sin demasiada transparencia, por Estados que llegan tarde -o definitivamente no llegan- a regular estos procesos, y por desigualdades en la forma en que las personas acceden y procesan la información. Estas desigualdades no son solo de acceso, sino también de condiciones: desde modelos como el zero rating que limitan la diversidad de contenidos disponibles, hasta las brechas en alfabetización digital inciden en cómo circula la información. A esto se suma el uso indebido de datos personales para segmentar y dirigir mensajes políticos, muchas veces sin supervisión efectiva, lo que profundiza aún más estas asimetrías.

En la práctica, esto termina definiendo quién puede participar en la conversación pública y en qué condiciones. No todos los actores compiten en igualdad de condiciones, y eso tiene efectos concretos en cómo se construyen las percepciones, las dudas y las decisiones electorales.

La pregunta, entonces, se centra en qué tipo de espacio público estamos construyendo. Y, en última instancia, qué tan capaces somos de sostener procesos democráticos en un entorno cada vez más mediado por plataformas, opaco y difícil de gobernar.

Identidades en venta: El mercado ilegal de compra y venta de datos personales latinoamericanos en Telegram

La investigación documenta la existencia de un mercado ilegal de datos personales que opera en Telegram y que presenta posibles vínculos con bases estatales en América Latina. Identificamos 27 grupos y canales activos en Brasil, Perú y Argentina dedicados a la comercialización de información sensible mediante bots automatizados y pagos digitales. En esos espacios, cualquier persona puede obtener en segundos datos asociados a un número de identidad, nombre o teléfono bajo un modelo que combina consultas gratuitas limitadas y acceso completo mediante pago.