Privacidad de los Correos Institucionales de Funcionarios Públicos

El Consejo para la Transparencia ha resuelto que el ministro Christian Larroulet  debe hacer público el contenido de su correo electrónico institucional entre los días 18 y 21 de julio de 2011. Con ello, el Consejo resuelve que sobre la privacidad prevalecen los requerimientos de la transparencia pública. El ministro, por su parte, ha iniciado ya la reclamación judicial de la medida, la cual estima desproporcionada y que terminaría por socavar la vida privada de todos los ciudadanos. Ni tan cierto, ni tan falso.

Hace algunos años atrás, la ministra Chevesich incautó las comunicaciones electrónicas de cinco años de más de 400 funcionarios públicos, en el marco de la investigación de actos de corrupción gubernamental. ¡Eso si resultaba desproporcionado! Entonces, el reclamo de los funcionarios públicos fue completamente desatendido. Entonces, la oposición –hoy gobernante– no hizo alarma pública por la medida. Tal como hoy no lo hace la actual oposición –en aquel entonces gobernante. Y es que, para nuestra clase política, el derecho a la vida privada parece tema de interés tan sólo cuando “le aprieta el zapato”.

¿Es proporcional develar la privacidad de correo electrónicos de un funcionarios por oposición a 400 de ellos? ¿Es necesario que dicho acceso tenga lugar a cuatro días de comunicaciones electrónicas por oposición a cinco años de ellas? ¿Resultan el acceso y eventual divulgación una medida necesaria, no excesiva y adecuada para la consecución de una finalidad legítima más relevante? Esas son preguntas que deberían contar ya con claras e inequívocas reglas. Pero, no. Tan ambiguas resultan ellas, que de cuando en cuando suscitan dudas.

A la hora de responder las mencionadas preguntas, es necesario considerar que el derecho a la vida privada no sólo protege a la persona a quien se refiere la información, sino que contribuye al fortalecimiento de los derechos humanos y el sistema democrático. Por supuesto, este derecho no es absoluto y está sujeto a limitaciones. Estas limitaciones son aún ambiguas y, mientras no se precisen, dejan abierto el debate cada vez que alguien se siente la víctima del momento.

La situación de los 400 funcionarios públicos afectados en su día se pierde en los anales de la historia. Y así lo hará el caso del Ministro Larroulet, cualquiera sea la decisión que finalmente los tribunales adopten. Pero sería hora de aprovechar la coyuntura para fijar reglas explícitas que armonicen la protección de la vida privada en relación con otros fines de relevancia social, como una investigación judicial, el quehacer policial, o la transparencia pública. Sería hora de fijar pautas inequívocas, procedimientos claros, medidas de resguardo efectivas y responsabilidades apropiadas que garanticen la eficacia de dicha protección, cualquiera sea ese a quién le apriete el zapato.

Alberto Cerda Silva