¡Ahora es ya! Reconociendo desafíos y oportunidades desde la agenda internacional para las niñas en la era digital

Hoy en día nos encontramos con una desafiante brecha de acceso al internet entre hombres y mujeres. Según datos recientes de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) tal brecha es del 17% a nivel global, y puede llegar a un 52% dependiendo del país. En este contexto, un reciente estudio demostró que las niñas además enfrentan una inserción a herramientas digitales más tardía comparada con la de los niños, y usualmente es restringida por sus tutores/madres/padres. Además de la brecha actual de acceso, otras brechas son generadas por el cómo se enseña y motiva a las niñas y mujeres jóvenes a interesarse en carreras relacionadas con el área STEM (Ciencia, Tecnología, ingeniería y Matemáticas) y por cómo se presentan recurrentemente situaciones de ciberviolencia hacia mujeres y niñas.

Estos son algunos de los retos a los que nos enfrentamos en la era digital. Por lo tanto, este año es clave reflexionar, porque no solamente el 11 de febrero es el Día Internacional de las Niñas y las Tecnologías de la Información (TICs), sino también porque la temática de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer N°67 (CSW67) de este año es: “La innovación y el cambio tecnológico, y la educación en la era digital para lograr la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas”.

A través de esta columna, se identifican tres “por qué” claves en cuanto a estas temáticas.

¿Por qué hay que hablar de las niñas y las TICs?

Cuando las mujeres y las niñas tienen acceso a Internet y refuerzan sus habilidades para usar tecnologías digitales la sociedad se beneficia, como se indica a través de Bridging the Gender Divide. Según este estudio,  existiría un beneficio para el desarrollo de sus vidas, con mayores oportunidades educacionales, laborales y acceso a la información; explicando que sin cerrar esta brecha digital no sería posible lograr superar los Objetivos de Desarrollo Sostenible. A su vez, el Foro Económico Mundial explica que 65% de los trabajos del futuro para niñas y niños serán plenamente dedicados a la innovación y a la tecnología, dónde las normas culturales e institucionales que no se actualizan generan límites bloqueando el potencial de las niñas en el área digital. Por último, de acuerdo con Plan International, la brecha tecnológica de género también afecta negativamente el potencial de crecimiento económico y desarrollo de los países explicando que, si en tres años 600 millones más de mujeres están conectadas a Internet, se traduciría en un aumento del PIB mundial de entre US$13 mil millones y US$18 mil millones.

Las tecnologías representan, efectivamente, innumerables oportunidades de fuentes de conocimiento, sobre todo considerando el potencial de cambio que poseen las herramientas tecnológicas para las niñas como futuras mujeres a nivel laboral, pero también como futuras líderes de cambio. Entendiendo que ya el 90% de los trabajos tienen un componente digital, se debe impulsar a que niñas se desarrollen y busquen oportunidades motivándolas desde las STEM.

Asimismo, la participación de niñas, mujeres y personas LGBTQIA+ en el espacio digital y la posibilidad de obtener sus beneficios solo se concretiza cuando tal espacio es seguro y receptivo. Factores como la seguridad digital y la respuesta a la violencia de género deben ser abordados no solo desde la regulación, pero también desde la industria, la cual actualmente es mayoritariamente masculina. Es clave contar con mayor participación de personas que representen a las diversidades en la producción tecnológica para avanzar hacia la construcción de espacios digitales seguros, receptivos y respetuosos, dónde compromisos y acciones concretas se muevan en tal dirección.

¿Por qué la CSW67 es importante para las niñas?

La CSW es una sesión de dos semanas organizada por Naciones Unidas donde Estados Miembros, líderes, organizaciones de la sociedad civil y personas con incidencia en la formulación de políticas públicas se reúnen para discutir avances y límites sobre los derechos de las mujeres e igualdad de género.

No se trata de una simple reunión, sino que también reafirma y fortalece los compromisos políticos de los actores previamente mencionados con los derechos de las mujeres y asegura la visibilidad de las temáticas por año. Allí se discuten temas emergentes y se promueve la generación de nuevos acercamientos de propuestas y acciones a las situaciones que mujeres y niñas enfrentan de forma desigual en el día a día.

La CSW67 de este año se llevará a cabo entre el 6 y el 17 de marzo, y es una instancia sumamente importante porque discutirá y establecerá la agenda sobre el cambio tecnológico en la era digital con perspectiva de género a nivel global.

Dentro de la temática principal de este año, existen diferentes temas que fueron destacados por la Reunión del Grupo Experto previo a la CSW67, entre los cuales se encuentran:

  • Las brechas de género en el acceso y las competencias digitales.
  • Ecosistemas de innovación inclusiva y transformación digital.
  • Tecnología e innovación transformadoras de género.
  • Abordar la violencia de género y la discriminación en línea y facilitadas por las TICs; y proteger los derechos de las mujeres y las niñas en línea.
  • La necesidad de mejorar las métricas y los datos desglosados sobre las dimensiones de género de la innovación, el cambio tecnológico y la educación en la era digital.

La CSW es una herramienta importante para las niñas y mujeres jóvenes, ya que en esta se pueden levantar temáticas en las cuales ellas se ven afectadas e involucradas en el día a día. Y de manera más importante, considerar a través de todo este proceso las perspectivas de niñas y mujeres jóvenes es imprescindible para que la agenda tenga una perspectiva multidimensional e integral. La transversalidad de género no puede ser efectiva si se dejan atrás estas perspectivas. Es por esto que la CSW cuenta con espacios –como el diálogo interactivo con representantes líderes juveniles– dónde se comparten experiencias, principios y prioridades relacionadas a la innovación y cambios tecnológicos.

Consecuentemente, el hecho de que estos temas sean posicionados desde perspectivas tanto de niñas y mujeres jóvenes como de profesionales expertos, la importancia recae en que se plasmarán diferentes precedentes, en formato de acciones e información en concordancia a la temática, que serán cruciales para el futuro desarrollo de la era digital con perspectiva de género.

¿Por qué todavía no se soluciona la brecha digital?

Es necesario comprender que temas tan amplios no tienen una sola solución, sino que como su complejidad demuestra, se deben considerar una gran cantidad de variables para aportar desde perspectivas de género. Sobre todo desde la interseccionalidad que reflexione a partir de miradas regionales y locales que complementen soluciones integrales.

La brecha digital depende de cómo se entrega prioridad a los recursos y oportunidades para niñas en las TICs y muchas veces esto representa una dificultad, especialmente cuando los Estados no poseen recursos suficientes para esto. Dado lo anterior, existen múltiples iniciativas desde la sociedad civil para aportar para el desarrollo de estas temáticas para niñas y mujeres a nivel regional y global, desde Derechos Digitales existen diferentes instancias, desde publicaciones (clic aquí para la más actual), levantando proyectos como el Fondo de Respuesta Rápida hasta participando en instancias internacionales, tales como la CSW67.

Se precisan, a futuro, medidas que consideren el esfuerzo y compromiso de distintas partes, y a partir de instancias internacionales, como la CSW67, existe la oportunidad de considerar múltiples perspectivas para identificar las necesidades, prioridades y acciones que se requieren para avanzar hacia la igualdad de género, disminuir la brecha digital y mejorar el futuro para las niñas y las TICs.

Las personas al centro: la apertura en las políticas de ciberseguridad

A mediados de 2022 el gobierno de Chile anunció la designación del nuevo Coordinador Nacional de Ciberseguridad: el Dr. Daniel Álvarez (uno de los fundadores de Derechos Digitales).

La nueva autoridad llegó anunciando dos misiones concretas y cruciales: la evaluación de la Política Nacional de Ciberseguridad 2017-2022, y el desarrollo de su sucesora, una nueva Política Nacional de Ciberseguridad 2023-2028, como cuestiones que se desarrollarán de forma paralela.

El esfuerzo viene acompañado de otros sucesos. A nivel nacional, el avance en la extendida discusión de una reforma profunda a la ley de datos personales, y el retrasado pero recuperado debate de una ley marco de ciberseguridad muestran un contexto de avance en varios frentes.

A nivel internacional, Chile sigue junto a varios países de la región negociando normas no vinculantes para el ciberespacio o “cibernormas” para el comportamiento de los estados en el ciberespacio en un grupo de trabajo de la Primera Comisión de Naciones Unidas, y reglas de combate e investigación de ciberdelitos en el Comité Especial designado en la Tercera Comisión.

Hay un aspecto que sobresale ahora que el proceso de una nueva PNCS está en curso: la participación ciudadana en la definición de posturas y medidas oficiales relacionadas con la seguridad en el ciberespacio.

Proteger personas, no máquinas

La discusión por el desarrollo de reglas, principios y normas no vinculantes para el comportamiento de los estados en el ciberespacio, que lleva varios años y varias iteraciones en el OEWG de la ONU, parece ir encaminada con buenas intenciones en ese sentido.

Con insistencia de organizaciones de la sociedad civil y la academia, y con el apoyo de varios Estados (también de Latinoamérica), se ha destacado la necesidad de poner a las personas y los derechos humanos no solamente en el centro de los esfuerzos de protección, sino también como parte de la discusión en el OEWG.

No obstante, resulta un desafío permanente que la implementación de las normas no vinculantes sea efectivamente un espacio para la participación. Con frecuencia, da la impresión de que ciertos aspectos de la implementación de estas normas no vinculantes son más bien un asunto eminentemente técnico, donde la experiencia, la pericia y la perspectiva de múltiples partes interesadas, distintas del Estado y algunas empresas de seguridad, no tiene un espacio.

¿Es posible confiar en que los Estados incorporen a distintas partes interesadas al momento de implementar normas no vinculantes? ¿Es posible esperar al menos el compromiso de una mayor interacción a través de sus programas y estrategias de ciberseguridad? Ello depende fundamentalmente de la forma en que cada Estado observa, e integra, los aportes de esos distintos actores.

Los próximos pasos

Hace varios años, cuando analizamos los niveles y el impacto de la participación de múltiples partes interesadas en la formulación de la PNCS 2017-2022 de Chile, observamos con grata sorpresa lo que resultaba un positivo ejemplo. La convocatoria del gobierno de la época para sostener reuniones con distintas partes interesadas y de abrir la consulta pública a cualquier persona que quisiera intervenir, se vio reflejada en un texto final que efectivamente incorporaba cambios coincidentes con propuestas desde fuera del gobierno.

En nuestra opinión, esa mayor interacción permitió no solamente mejorar la comprensión y las capacidades entre distintos actores (Estado incluido), sino también dotar a la PNCS 2017-2022 de mayor calidad y legitimidad.

Un informe de la OEA y GPD, lanzado públicamente a fines de junio de 2022, daba cuenta de la experiencia en la región, relevando los procesos que integraron de distinto modo a la participación multisectorial. Tan solo falta que esa apertura se adopte como norma no vinculante a nivel global.

Creemos firmemente que las distintas partes interesadas, especialmente aquellas dedicadas a la promoción de derechos humanos o que representan a grupos especialmente vulnerables a ataques cibernéticos, son actores relevantes en la formulación y en la implementación de políticas sobre el ciberespacio, facilitando la capacitación, proponiendo políticas o medidas concretas, y ayudando a la sensibilización en cuestiones de seguridad digital.

Con esa experiencia, el nivel en materia de participación para una estrategia de ciberseguridad no debería ser un menor que en la ocasión anterior. No obstante, hasta ahora es poco lo que hemos encontrado en mejoras sustantivas.

Es positivo que la política chilena sea objeto de evaluación, como también que el nuevo proceso esté marcado por una mayor participación en audiencias. Pero todavía restan dudas, de cara a la ciudadanía, sobre cuáles son las fechas, etapas e instancias de interacción directa con el proceso, como también extrañamos una difusión amplia de las medidas que se adoptarán hacer de la elaboración un proceso abierto, transparente e inclusivo.

Que las experiencias pasadas se conviertan efectivamente en lecciones aprendidas tanto de lo nacional como de lo regional y mundial, depende ahora de las autoridades. La sociedad civil está atenta.

Derechos digitales en América Latina: un problema en capas

A mediados de 2019, Derechos Digitales abrió las postulaciones al Fondo de Respuesta Rápida para la Protección de Derechos Digitales en América Latina (FRR), concebido como una manera de responder a las necesidad de las organizaciones y activistas trabajando en la región, ante situaciones urgentes que no pueden ser atendidas por el ciclo regular de financiamiento. El objetivo es contribuir a la construcción de un entorno digital libre y abierto, mediante una opción flexible, sin fechas restrictivas y minimizando los requisitos burocráticos. Al ser un fondo creado en Latinoamérica para Latinoamérica, se reducen también las brechas de idiomas que pueden tener algunos fondos.

Al poco tiempo de haber comenzado sus operaciones, el panorama mundial cambió radicalmente debido a la rápida expansión del COVID-19 y las distintas medidas adoptadas por los gobiernos para hacerle frente, muchas de ellas de carácter tecnológico, lo que conllevo la magnificación y multiplicación de situaciones de riesgo en distintas dimensiones de la cotidianidad. El riesgo de pasar por encima de los derechos humanos, usando como excusa la pandemia, fue una justificación común para la implementación de mecanismos y tecnologías sin la suficiente probidad. Las organizaciones y activistas de la región levantaron la voz, demostrando de paso los derechos digitales no son una preocupación de nichos, sino de todas las comunidades.

Esto hizo que el FRR tuviera una posición privilegiada para comprender el impacto de las amenazas a los derechos humanos en entornos digitales, no como algo teórico y reservado para discusiones especializadas, sino como una situación que pone en desventaja y vulnerabilidad a comunidades y grupos enteros. El contacto directo con organizaciones y activistas durante la pandemia ha hecho que el FRR funcione como línea de atención primaria, que puede dar pistas sobre potenciales problemas estructurales que involucran a los derechos digitales. Da la oportunidad de ver dónde están las dolencias y carencias más importantes, junto con potenciales áreas que serán relevantes en el futuro cercano.

Capas de problemas

Hay que tener en cuenta que, al hablar de América Latina, debemos dar cuenta de las profundas diferencias. En cuestiones de internet, un país puede no ser la unidad descriptiva más adecuada. Más bien, el mapa se configura por capas, es decir niveles o tipos de problemas, y diversas capas pueden estar presente en un mismo país y los mismos retos pueden presentarse en las mismas zonas de varios países.

Por ejemplo, un país puede estar enfrentando problemas con la violencia en línea o con la implementación de tecnología de reconocimiento facial y, al mismo tiempo, tener regiones que estén luchando por tener un acceso significativo a internet que habilite el ejercicios de derechos o comunidades que estén decidiendo cómo conectarse de forma independiente. Países que puedan ser considerados aventajados en la conectividad, pueden no garantizar la calidad de la conectividad, complejizando la aproximación al problema y señalando la necesidad de mejores indicadores de inserción.

Desde el FRR se observan al menos tres capas de trabajo con los derechos digitales:

  • La capa principal son los retos de conectividad y cobertura, así como capacitación, educación y entrenamiento en el uso de Internet que permita el uso y goce de derechos;
  • En la capa media se encuentran los usos y el monitoreo de las actividades de internet que afectan directamente a grupos y personas, como violencia en línea, ataques en línea, acoso a personas y organizaciones, entre otros;
  • Y la tercera capa es de políticas públicas, implementadas por gobiernos nacionales o locales para el uso de tecnología, con poca probidad en la garantía de derechos y sin participación de las comunidades en la toma de decisión.

La descripción de estas capas es un esfuerzo por sistematizar la diversidad que coexiste en Latinoamérica.

Ciertamente, hay prioridades diferentes por países en cuanto a los derechos digitales y su impacto social. Por ejemplo, las consecuencias del censo digital, la implementación de tecnologías de reconocimiento facial en espacios públicos, el impacto de la minería cripto o la violencia basada en género, que sirven para esbozar prioridades futuras en la región y quedan como antecedentes de lo que puede pasar en otros países.

En tanto, constatamos en terreno y con  la experiencia adquirida, más otros esfuerzos de monitoreo, que las zonas rurales de la región son las que más carecen de acceso y herramientas para la conectividad, aunque el porcentaje de cobertura haya crecido en los últimos años. Esto se traduce en una cadena causal visible: menos recursos, menos capacidad de acceso a internet de calidad, menos capacidad de participación y, en consecuencia, las comunidades se hacen más invisibles y con menos capacidad de ejercer sus derechos humanos de participación pública, libertad de asociación, acceso a la información pública y libertad de expresión.

Los indicadores de cobertura, aun cuando cuentan con información de avances, necesitan complementarse con el uso real que tienen las comunidades, cómo se integran estas al uso de internet, qué herramientas de seguridad tienen y, también, qué posibilidades de conectividad independiente podrían lograr. Información que sí manejan o tienen capacidad de recolectar las organizaciones y activistas que hacen trabajo comunitario.

Ya en el 2023, con una pandemia disminuida en fuerza, la prioridad de atender las situaciones urgentes e importantes de los derechos digitales consolida la misión del FRR.

¿Tienes un proyecto que te gustaría postular al FRR? Más información aquí.

Una última mirada a los derechos digitales en 2022

Cuando comenzamos 2022, una esperanza comenzaba a crecer en buena parte del mundo: las vacunas para reducir los contagios y los síntomas de la COVID-19 surtieron efecto y llegaron a más grupos de la población. Lentamente, aspectos de la vida prepandémica volvían a materializarse y, después de dos años dramáticos, el mundo parecía realinearse.

Pero el año inició con tumulto mundial: una invasión en Europa oriental creaba una crisis humanitaria de incalculable costo humano, que a su vez desviaba la atención de otras crisis en África oriental, en Asia meridional, en América Latina. Nuevas desigualdades, internas y externas, se hicieron patentes, ahora bajo la presión del riesgo vital de una pandemia que no termina.

Como en buena parte del mundo, América Latina ha visto el agravamiento de las distintas crisis superpuestas, agudizadas por un horizonte de crisis económica que está en pleno desarrollo. Aun así, grandes aires de esperanza se sintieron en la región, en la resistencia al abuso y la injusticia, y en la participación política en varias elecciones.

En América Latina, el 2022 partió con revelaciones de hackeo a periodistas en El Salvador, en una réplica de lo que fue descubierto años antes en México, revelando que el espionaje ilegal estatal con herramientas importadas continúa en la región.

A la vez, la vigilancia masiva todavía es una disputa inconclusa. En una insigne victoria para el activismo local, en México el invasivo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), aprobado a fines de 2021, fue declarado inconstitucional, impidiendo la vinculación entre la identidad de un usuario de teléfono y su información biométrica, entre otros datos, en una decisión anunciada en abril. Poco antes, se había detenido en el metro de San Pablo, Brasil, el uso de un sistema de reconocimiento facial automatizado, aunque luego fue autorizado por la justicia. Esa batalla continúa, ahora contra una iniciativa por extender el reconocimiento facial a toda la urbe. En la Ciudad de Buenos Aires, en tanto, la justicia declaraba la inconstitucionalidad de un sistema de reconocimiento facial.

En Colombia, una preocupación constante por la incorporación de mecanismos legales para fórmulas riesgosas de identidad digital, como también un debate sobre neutralidad de la red y zero-rating se tomaron parte de la agenda después de la fuerte escalada de violencia de las protestas de 2021. El uso de máquinas digitales para el proceso electoral fue, como siempre, objeto de escrutinio.

Al igual que en Colombia, y ante los ojos del mundo, una nueva elección presidencial en Brasil ofrecía esperanza, pero también mostraba algunos de los peores temores de la región: torpes intentos de control de la desinformación amenazaban con alterar el funcionamiento de la mensajería personal, mientras varias acusaciones de desinformación enfrentaban al gobierno y a las iniciativas de empresas privadas por controlar el discurso en línea. Que todo eso ocurriera mientras aumentaba el gasto en tecnología de hackeo y vigilancia hacía temer por el futuro.

Por cierto, las protestas sociales de los últimos años no cesaron. En Ecuador, fuimos parte del reclamo de la sociedad civil en rechazo a la represión y la vigilancia en el marco de protestas sociales a mediados de año. Presentamos a la ONU múltiples antecedentes sobre situaciones de afectación de derechos, especialmente vinculados a la expresión y la protesta, en un informe dentro del contexto del Examen Periódico Universal. En paralelo, continúa el cuestionado juicio contra Ola Bini a pesar de las reportadas infracciones al debido proceso. También vimos que persiste la represión de la expresión y la protesta en Nicaragua, incluido el allanamiento y cierre de organizaciones y de medios de comunicación, alarmando a expertos internacionales que exigen visitar el país. Y, en Venezuela, informes tanto de la industria de las telecomunicaciones como de la sociedad civil, mostraron el nivel de vigilancia y represión en ese país.

Al mismo tiempo, Brasil progresaba en un área sensible para toda la región: la protección de datos personales. Sin ser un debate ajeno a la contingencia, Brasil avanzó en el otorgamiento de autarquía de carácter especial a su nueva autoridad de control de datos personales. Por su parte, Ecuador –que promulgó su ley en 2021– inició este año el proceso de reglamentación de la ley. En Chile, paso a paso se Avanza en un proyecto de reemplazo a una ley que hoy es ineficaz ante casos públicos de vulneración de los derechos sobre los datos.

También hubo otros relevantes debates legislativos en la región, para los que este recuento quizás no basta. Fuimos testigos de la discusión por una nueva ley de inteligencia artificial en Brasil, como también en iniciativas de leyes sobre ciberseguridad, sobre desinformación y sobre ciberdelitos en varios países de la región. Nuestro trabajo de monitoreo continúa con intensidad para identificar las oportunidades, los riesgos a las libertades y derechos que puedan acompañar a esas iniciativas. Nos involucramos en la discusión por una nueva constitución en Chile, con propuestas surgidas desde distintos lugares y grupos del país.

No obstante también aprovechamos instancias globales que afectan a América Latina. Como ejemplos, contribuimos a informes de oficinas de expertos de Naciones Unidas sobre apagones de internet y sobre inteligencia artificial y privacidad. Participamos en procesos como la reunión de plenipotenciarios de la UIT, en la peligrosa discusión por un nuevo tratado sobre ciberdelitos, en el debate global sobre normas para el comportamiento de los Estados en el ciberespacio, y mucho más.

Mirar hacia el futuro

Todo lo anterior es apenas una muestra de lo intenso que fue el trabajo del año desde nuestro activismo. No obstante, también hubo muchísima colaboración, la misma que creemos que es parte esencial de la proyección hacia el futuro de la labor de Derechos Digitales.

Como organización, el año también fue de oportunidades de cooperación cruciales para la región. Volvimos a albergar un evento virtual de difusión, intercambios y aprendizajes. Participamos muy activamente en la organización del Foro de Gobernanza de Internet de América Latina y el Caribe, el LAC IGF. Nos reunimos con nuestras aliadas de la coalición Al Sur para comenzar a pensar en el futuro, en un primer encuentro presencial después de años. Mantuvimos numerosos talleres y reuniones con organizaciones e instituciones a nivel regional y global. Y nos sumamos como socios organizadores, con esperanza, al Movimiento por una Mejor Internet.

Logramos también apoyar a 21 iniciativas de acción de 12 países de la región a través de nuestro Fondo de Respuesta Rápida, no solo facilitando la respuesta ágil a situaciones de emergencia, sino también favoreciendo el aprendizaje en múltiples contextos de activismo. Es a través de procesos como este que la colaboración de 2021 con el ODIA argentino ayudó en la declaración de inconstitucionalidad del sistema de reconocimiento facial en Buenos Aires. Mecanismos de apoyo como este Fondo demuestran que existen nuevas posibilidades para la articulación de organizaciones en la región.

Lo más importante: en una época global de grandes cambios, consolidamos un equipo sólido, de muy diversos orígenes y perfiles, fortaleciendo nuestra capacidad de trabajar en distintos ámbitos. Sabemos que en 2023 habrá más cambios, pero también que con ellos vendrán nuevas oportunidades de colaboración interna y externa.

Aunque ha sido un año desafiante, sentimos orgullo por el camino recorrido y mucha esperanza en el que queda por recorrer. La mirada introspectiva ha sido fuente de gran aprendizaje, como también de importante reflexión sobre lo que necesitamos seguir haciendo. Porque creemos en nuestro derecho y en nuestra capacidad de crear un futuro más justo para América Latina, reconocemos lo que significa el fin de 2022 y damos la bienvenida a 2023.

Cyber-violencia contra mujeres y niñas: el caso de los stalkerwares

Desde el inicio de la pandemia por COVID-19, la violencia contra mujeres y niñas se ha agravado. Este aumento se compone de diversas aristas, y comprende aquello que ocurre tanto los espacios “físicos” como en internet.

De acuerdo con un estudio de la Unión Europea sobre “ciber-violencia” contra niñas y mujeres, existen diferentes tipos de violencia en internet, de las cuales se destacan el cyber-stalking (equivalente al ciber-acoso), trolling, cyber-harrasment (equivalente al grooming), cyber-bullying, discursos de odio online, flaming (comentarios de odio, insultos y otros), abuso sexual basado en compartir imágenes no consensuadas y doxxing (publicación de documentos y datos privados al público).

En línea con el reciente Día Internacional para Eliminar la Violencia contra las mujeres y niñas, y dentro del contexto de 16 días de activismo de Naciones Unidas, es necesario reflexionar sobre el stalkerware, un tipo de software que habilita una forma particular de violencia.

¿Qué es un stalkerware?

Normalmente comercializados como herramientas de seguridad para controlar el acceso al contenido online de niños y niñas, el stalkerware es precisamente lo que indica su nombre en inglés: software diseñado para acechar (observar con atención y con cautela a alguien sin ser visto) y acosar (perseguir sin tregua ni descanso a una persona a una persona).

Se trata de software que en muchos casos está disponible en el comercio y que al ser instalados en un celular, computadora u otros dispositivos electrónicos, otorgan acceso de forma remota a la información contenida en los dispositivos, pudiendo incluir la ubicación geográfica, las búsquedas en la web, mensajes de texto, correos electrónicos, fotos y contactos. Usualmente el stalkerware se ejecuta en segundo plano, sin que la persona afectada haya dado su consentimiento o siquiera sepa que está instalado en su dispositivo, y es común que el uso de estas herramientas se realice en el marco de una relación afectiva, (amigos, novios, familiares, etc.), cuando una persona busca controlar a la otra.

Uno de los problemas principales es el gran desconocimiento sobre los stalkerwares: según un reporte publicado por Kaspersky, un 60% de las personas no sabe de su existencia. Esta falta de reconocimiento e información genera vulnerabilidades que pueden facilitar el sometimiento de una persona a esta forma de violencia.

Un estudio publicado por Women’s Aid documentó que, en al menos el 29% de los casos de violencia intra-familiar, las parejas o ex parejas utilizaron stalkerware; por ejemplo, en múltiples casos en Estados Unidos, los perpretadores reconocieron instalar el software en teléfonos que regalaron a sus hijos e hijas después de un divorcio, con el objetivo de vigilar a la expareja. En otros países se identifican dinámicas similares en casos de “amistad”, las cuales instalaban stalkerware en el dispositivo de conocidos o también en el caso de parejas que no necesariamente experimentaban violencia física.

Sin embargo, todos los casos son claro ejemplo de una intención, realizada sin consentimiento, con el fin de tener poder y control por sobre la otra persona, lo cual es una trasgresión a la privacidad, acoso, y, por ende, violencia. 

Impactos más allá de internet

Todas las monedas tienen dos caras. Aquí, una cara es aquello que ocurre en línea y la otra es lo que sucede fuera de internet. Uno de los aspectos que deben ser considerados al entender los impactos de la utilización de stalkerwares es que no solamente tienen repercusiones sobre nuestras acciones en línea, sino que el acceso a la información personal y sensible, sin autorización, por parte de un tercero extiende su capacidad de control fuera de internet, perpetuando esta situación de violencia.

Para tener una radiografía de la situación del cyber-stalking, un estudio reciente de Plan Internacional reveló que más de la mitad de niñas y mujeres jóvenes, entre los 15 y 25 años, han sido víctimas de esta forma de violencia, mientras que el el 1er Estudio Nacional de Ciber Acoso y Salud Mental realizado en Chile, y publicado en 2021, revela que un 47% de las personas entre 15 y 29 años declara haber sido víctima de “violencia digital” en los últimos tres meses; tanto en 2020 como en 2021 se observó que la mayoría de las personas afectadas eran mujeres.

El stalkerware no es una consecuencia directa del cyber-stalking, sin embargo, es necesario considerar desde una perspectiva más amplia el contexto, como se explica en el reporte “Protecting Women and girls from violence in the Digital Age”: en una sociedad patriarcal, quienes cometen actos de violencia probablemente tienen una red de apoyo que se comporta de la misma forma, justifica y normaliza la violencia. Estos aliados, que antes solamente podían encontrarse de forma off-line, hoy en día comparten ideas que se desarrollan, fomentan y fortalecen en internet. 

Desafíos a futuro

Si bien en la región existen diferentes políticas públicas que abarcan estos temas, con la intención de mitigar la violencia contra mujeres y niñas en el ámbito digital se identifican dos desafíos principales, que deben ser tomados en cuenta para avanzar hacia la erradicación de la ciber-violencia: primero, no existe una definición universal, ni regional, que considere las violencias en internet y fuera de internet en un mismo nivel, dejando el ámbito digital como un área subyacente de la violencia con las mujeres y niñas. Se genera así la percepción de una falta de priorización de las variables involucradas en este tipo de violencias. 

Por otro lado, es clave considerar la importancia de reflexionar sobre la existencia de medidas efectivas para la erradicación de estas prácticas, las cuales deben ser aprendidas de la historia, dejando de tomar medidas centradas en las víctimas, sino que deben considerar los problemas estructurales a nivel macro, que permiten que estos problemas ocurran. La educación a potenciales perpetradores de este tipo de violencia y el reforzamiento de estructuras legales, que regulen y no permitan la agravación de estas situaciones, son clave para generar avances sustantivos.


Daniela Horta es Cientista política de la Pontificia Universidad Católica de Chile y Máster en Políticas Públicas: Desarrollo y Gobernanza del Institute of Social Studies – Erasmus University Rotterdam y la University of York. Actualmente está cursando una especialización en la universidad Roma Tre (Italia) en Política y Género, y es pasante en Derechos Digitales.

Las máquinas no son suficientes

Palabras como “bot”, “algoritmo” e “inteligencia artificial” se han vuelto parte de nuestro lenguaje cotidiano. A pesar de que muchas veces no tenemos del todo claro qué significan, aluden a un imaginario de total automatización, sistemas súper inteligentes capaces de tomar mejores decisiones, más rápido, sin sesgos, basadas en el análisis de grandes volúmenes de datos.

Sin embargo, la realidad está muy lejos. Y cuando hablamos de la moderación de contenidos en redes sociales son necesarias personas que trabajan como “escudos humanos de internet”, dedicadas a leer, escuchar y mirar todo lo que el resto del mundo no quiere ver.

La moderación de contenidos es un trabajo esencial  en las redes sociales y tiene como función mantener los contenidos de las plataformas en un mínimo aceptable tanto para asegurar la experiencia de las comunidades de usuarias y usuarios, como para incentivar la inversión publicitaria. En 2021, los ingresos de compañías como Meta y TikTok superaron los  50.000 millones de euros, un negocio que solo es posible gracias a la moderación de contenidos.

Se trata de un trabajo que, en gran medida, se hace de forma manual: equipos de personas buscando y marcando textos, imágenes y audios inapropiados; clasificación que, a su vez, se utiliza para entrenar sistemas automatizados. Es decir, la capacidad de un algoritmo para identificar contenido nocivo descansa en trabajo humano. Cada vez que un contenido es retirado de una plataforma, este ha sido visto y marcado por un moderador de contenido humano o un sistema automatizado entrenado con datos proporcionados por un humano.

En general, se trata de un mal trabajo. En su libro GhostWork: How to Stop Silicon Valley from Building a New Global Underclass (Trabajo fantasma: cómo evitar que Silicon Valley construya una nueva subclase global) la antropóloga Mary L. Gray y el científico social Siddharth Suri analizan particularmente el rol de los etiquetadores de datos y moderadores de contenido.

Diariamente, el 98% de los contenidos violentos son retirados de las plataformas por humanos. Quienes realizan estas tareas están sujetas a múltiples riesgos, incluyendo daño psicológico, producto tanto del tipo de contenidos al que están expuestas —asesinatos, suicidios, pedofilia, accidentes y hasta canibalismo, lo peor de internet— y condiciones laborales precarias: vigilancia laboral extrema y jornadas extenuantes, en un trabajo de corta permanencia y alta rotación que no provee la atención psicológica necesaria. Algunas de las consecuencias que se han identificado son son síntomas de ansiedad, depresión y trastorno de estrés postraumático.

Además, es común que las compañías contraten empleados a través de empresas tercerizadas, lo que dificulta la sindicalización y la posibilidad de rechazar prácticas poco éticas o exigir mejores condiciones de trabajo.

Recientemente en Colombia, donde se encuentra uno de los principales centros de moderación de contenidos de TikTok en América Latina (el otro es Brasil), un grupo de empleados denunció sus condiciones laborales, que implican jornadas de 10 a 12 horas, 6 días a la semana, por un salario que apenas supera el mínimo. A cambio, deben analizar más de 1.200 vídeos cortos por turno, con escasos para tomar una decisión respecto a si el contenido viola o no las normas de la plataforma.

 Además, deben mantener su cámara encendida durante todo el turno, para asegurar que nadie más vea el contenido, y su escritorio debe permanecer vacío, con excepción de un vaso transparente con líquido.

Mientras nos enteramos que una red social se vende por sumas exorbitantes y escuchamos sobre los miles de trabajadores despedidos en otra, es mandatorio que reflexionemos sobre el trabajo de las personas que permiten el funcionamiento de las plataformas, quienes aportan la materia prima sobre la cual se sustenta el negocio.

Salarios justos, beneficios laborales, entrenamiento, condiciones mínimas de seguridad y apoyo psicológico a quienes se enfrentan a contenidos que luego serán vetados debería ser una condición irrenunciable para quienes aspiramos a habitar espacios virtuales más democráticos y humanos.

Fondo de Respuesta Rápida: tres años de asistencia inmediata para la defensa y protección de los derechos digitales

Los últimos años han sido de gran agitación política y social en América Latina, así como de gran polarización e inestabilidad. Las luchas históricas en favor de mayor justicia social han tenido como correlato una reacción autoritaria en distintos países de la región. En paralelo, hemos sido testigos de cómo las tecnologías digitales se han integrado a una cantidad cada vez mayor de aspectos de la vida, moviendo aquellas luchas al entorno digital. Este se ha convertido en un terreno de conflicto, donde las tecnologías no son solamente herramientas, sino también el objeto de dichas disputas.

De a poco se ha instalado la idea de que “lo digital” no debe ser entendido como mera extensión de la vida fuera de las pantallas, sino como un espacio para el ejercicio de derechos y un ecosistema en evolución constante.

Y, sin embargo, las brechas de acceso limitan el potencial de las nuevas tecnologías para la construcción de sociedades más justas. Se trata de brechas multidimensionales que tienen su origen en inequidades históricas, que se replican en este nuevo contexto sociotécnico y que van desde cuestiones de orden material (infraestructura, equipos, disponibilidad de conexión), hasta cómo usar la tecnología, comprender sus riesgos, conocer sus ventajas y ser capaz de sacarles partido.

La pandemia es el ejemplo más claro de este escenario de inequidades: la digitalización acelerada y sin miramientos agrandó la brecha entre quienes se encuentran de lado y lado, con un efecto inmediato y claro en cuestiones como el empleo, la educación, la salud, la participación pública e incluso la posibilidad de interactuar con el Estado. La pluralidad de afectaciones a los derechos fundamentales se multiplica a medida que las vulnerabilidades se acrecientan; las vulneraciones multidimensionales facilitadas por el uso o la regulación de la tecnología se vuelven cotidianas y abrumadoras.  

Las organizaciones sociales y los activistas que trabajan en favor de la comunidad en América Latina están ayudando a disminuir las brechas, atendiendo a grupos que no son prioritarios ni para las empresas ni para los gobiernos. El Fondo de Respuesta Rápida para los Derechos Digitales (FRR) es una herramienta que apoya a distintas iniciativas dedicadas a la defensa y protección de los derechos humanos en entornos digitales, ayudándoles a lograr el impacto social deseado. A poco más de tres años de su lanzamiento, podemos dar cuenta de que ha sido un aporte en la región.

Un fondo rápido y flexible

El FRR está abierto durante todo el año para atender a las situaciones de urgencia que se presenten. Las organizaciones y activistas pueden aplicar para una ayuda rápida en dos pasos: el prerregistro y la postulación. Inmediatamente la propuesta es analizada por el Comité de Evaluación, compuesto por especialistas en derechos digitales de América Latina, externos a Derechos Digitales, quienes tienen hasta cinco días hábiles para dar respuesta.

El propósito del sistema de prerregistro como paso previo a la postulación es facilitar la eventual aprobación de fondos de manera acelerada para enfrentar las situaciones urgentes. Postular al FRR significa tener la posibilidad de acceder a fondos en cualquier época del año, sin la espera de los ciclos de asignación de fondos regulares, cuyos procesos de aprobación son largos y burocráticos. Esto permite realizar intervenciones cuando y donde son requeridas.

Por tratarse de un fondo flexible, permite a las organizaciones y activistas adaptarse al contexto según lo requieran, sin una recarga en la estructura administrativa y operacional. Este punto suele ser invisibilizado en la cooperación internacional, cuyo foco principal es el apoyo económico y, en ocasiones, el acompañamiento para el trabajo de impacto. Sin embargo, el trabajo de ejecución incluye también la gestión (rendición de las actividades propuestas y ejecutadas) y la administración de fondos según un presupuesto, requiriendo tiempo y dedicación del equipo o del activista en el proyecto. Es así como el FRR, además de atender las situaciones de urgencia puntuales, permite que quienes ejecuten los proyectos creen capacidades que les permitan continuar su trabajo de defensa y protección de derechos más allá del FRR.

Esto es particularmente importante considerando que, en su mayoría, quienes buscan el apoyo del fondo son organizaciones locales que no han formalizado su registro o activistas que tienen trayectoria haciendo trabajo directo con la comunidad y atendiendo a grupos con vulnerables, y que en muchos casos tienen debilidades en su estructura interna para hacer manejo de proyectos.

Impacto regional

El FRR es una iniciativa pionera en nuestra región financiando proyectos, ejecutados desde México hasta el cono sur, en un campo cada vez más relevante: la intersección entre tecnología y derechos humanos a escala regional.

Gracias al apoyo de Ford Foundation, Open Society Foundations y Derechos Digitales, entre junio de 2019 y 2021 el FRR asignó casi US $ 400 mil, apoyando la realización de 56 proyectos en 15 países de la región. En el 2021, el FRR ejecutó más de US $ 130 mil, en 20 proyectos con organizaciones y activistas de Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, México, Nicaragua, Perú, Uruguay y Venezuela. En lo que va del 2022, se han ejecutado 16 proyectos en 11 países de América Latina, asignando más de US $ 115 mil para la protección y defensa de los derechos digitales.

Las propuestas recibidas reflejan la desigualdad de la región, con un amplio rango de temas en derechos digitales: la protección a la niñez y adolescencia, a las poblaciones migrantes; la participación pública de comunidades rurales; la necesidad de participar en espacios de regulación de internet; y la incorporación de nuevas tecnologías.

El trabajo que se hace a través del FRR eleva el nivel de conocimiento en las comunidades, fortalece el músculo de las organizaciones y activistas, y obliga a comunidades y a instituciones a que conozcan más sobre las consecuencias que tiene el uso de tecnologías digitales, más allá de los beneficios potenciales. Los proyectos apoyados por el FRR abren discusiones sobre temas de interés en derechos digitales e invitan a responsables —públicos y privados— a incluir las necesidades de quienes son afectadas por el uso y abuso de las tecnologías. Además, sirven como ejemplo de la capacidad de reacción frente a esas necesidades de decenas de activistas y organizaciones de la región, demostrando el potencial de la sociedad civil para enfrentar la urgencia.

El FRR es una demostración del resultado significativo y duradero que se puede obtener de micro subvenciones, incluyendo a la diversidad de grupos a tomar parte de la conversación y acción para la defensa y protección de los derechos digitales. Por eso, consideramos que es una inversión social segura para el fortalecimiento del tejido social en la región. Con su aporte podemos hacer más (y por más tiempo) para proteger y defender los derechos digitales. Les invitamos a continuar la conversación y a conocer cómo pueden colaborar con el Fondo de Respuesta Rápida.

¿Quieres saber más sobre el FRR? Revisa nuestro reporte 2021 en castellano e inglés.

Fondo de Respuesta Rápida: Hitos 2021

El FRR es gestionado por Derechos Digitales, una organización latinoamericana sin fines de lucro que desde 2005 actúa en favor del desarrollo, la defensa y la promoción de los derechos humanos
en el entorno digital.

Expectativas y borrador: derechos digitales en la nueva constitución

A pocas semanas de la entrega de la propuesta final de nueva Constitución —y a menos de tres meses para el plebiscito— es un buen momento para evaluar la propuesta en diversas materias. En este contexto, surgen preguntas relevantes: ¿Qué novedades hay en materias tecnológicas?, ¿Se cumplieron las expectativas de la ciudadanía en este ámbito?, ¿Qué reformas serán necesarias para implementar el texto constitucional? En esta columna, intentaremos abordar estas dudas.

Tomaremos como referencia el estudio Derechos fundamentales en la nueva constitución para la era digital, realizado por Derechos Digitales para conocer las percepciones de la ciudadanía respecto de los derechos fundamentales en la era digital para la nueva constitución. A través del análisis de conversaciones ciudadanas con diversos grupos de interés (NNA, Adultos mayores, Mujeres, Pueblos Originarios, Personas LGBT+ y Migrantes), se buscó caracterizar las principales percepciones y expectativas de cada grupo en esta materia.

Podríamos resumir los resultados de la investigación en tres argumentos: primero, en la medida que internet hoy funciona como una “llave para otros derechos” (el acceso a la educación durante la pandemia sería uno de tantos ejemplos), de forma que se identifica la necesidad de garantizar el acceso agregado a internet. Entendemos ‘acceso agregado’ como la posibilidad de acceder a una conexión de red, dispositivos e infraestructura eléctrica y de conectividad en diversas geografías; además del desarrollo de competencias necesarias para sacar provecho a las posibilidades que ofrece la tecnología.

Por otra parte, se reconoce la necesidad de regular el entorno digital en atención a riesgos asociados a las nuevas tecnologías. Estafas, venta de datos privados, violencia digital son algunas de las principales problemáticas identificadas. La masificación de internet ha incrementado la percepción de riesgo por parte de algunos grupos. Frente a esto, quienes participaron del estudio señalaron que la normativa actual no da una respuesta satisfactoria para proteger a la ciudadanía frente a situaciones de violencia en internet, ni resguarda de forma comprehensiva los derechos de los ciudadanos en el entorno digital.

Siguiendo las conclusiones del estudio, resulta fundamental reposicionar el rol del Estado para garantizar un entorno digital seguro y abierto para todas las personas, de manera que se encuentran dos expectativas que apuntan a direcciones opuestas: por una parte, la expectativa de acceso y, por otra, de regulación. El tercer argumento, por lo tanto, indica que concebir internet como un derecho estipulado en la carta magna faculta la resolución de esta tensión. Se espera que la constitución garantice el acceso agregado a internet y, al mismo tiempo, vele porque este sea un espacio seguro; el Estado debe garantizar y regular la participación equitativa en entornos digitales.

Ahora bien, ¿qué fue lo que se reconoció finalmente en materias tecnológicas por la Convención Constitucional en el borrador? ¿Se cumplieron las expectativas de la ciudadanía? 

En materia de derechos asociados al uso de tecnologías se aprobaron dos grupos de normas. El primero, en torno al derecho al acceso universal a las tecnologías de la información y comunicaciones, la conectividad, y los deberes del Estado de proveer dicha conectividad, asegurando calidad de servicio, la neutralidad de internet, la superación de brechas, entre otras.

Por otra parte, se amplió el catálogo de derechos fundamentales relacionados a la tecnología, tales como la privacidad, inviolabilidad de los recintos, comunicaciones y documentos privados, la autodeterminación informativa y protección de datos. Y se reconocieron algunos derechos nuevos, tales como el derecho a espacios libres de violencia digital, y a la seguridad informática.

En estos aspectos, la propuesta del borrador constitucional coincide en gran parte con las expectativas de la ciudadanía, al reconocer demandas que son anteriores al proceso constituyente, y que se centraron en torno al derecho de acceso y conectividad, y a mejorar el marco regulatorio en relación con la protección de los derechos fundamentales ante los riesgos de la tecnología.

En cuanto al derecho de conectividad y acceso, este se aseguraría con base en los siguientes principios: El rol de planificación y garantía queda entregado al Estado central en coordinación con los gobiernos regionales; el especial fomento de la cobertura para territorios aislados, rurales y de difícil acceso; y la flexibilidad en cuanto a los actores que pueden participar en la provisión de los servicios de telecomunicaciones.

En cuanto a la actualización del catálogo de derechos fundamentales, el borrador coincide en parte con reformas legales que están pendientes desde hace años, como la actualización de la ley de protección de datos, incluyendo una autoridad de control y el reconocimiento legal de la violencia digital dentro del marco legal de prevención de la violencia de género, entre otras. A la vez, hay materias en las cuales quedaría pendiente establecer una propuesta más concreta por parte  del legislador para su implementación, como es el caso de la norma sobre educación digital.

De esta manera, podríamos concluir que la propuesta constitucional se enmarca dentro de un consenso mínimo en materias tecnológicas, siendo explícita en torno a la necesidad de reformas, algunas de las cuales ya están en proceso de discusión legislativa.

No obstante, pareciera existir consenso solo en cuanto a la necesidad de acceso y conectividad, mas no en cuanto a la forma de alcanzarlo. Asimismo, hay un menor acuerdo en cuanto a las mejoras necesarias en materia de derechos fundamentales. Si bien la Constitución entrega algunas directrices respecto a un mayor rol del Estado como garante del derecho, no se compromete con algún modelo de desarrollo en específico.

Más allá del resultado del plebiscito de septiembre, la necesidad de avanzar en materias de acceso y de regulación es evidente. Sin importar si se aprueba o no el cambio constitucional, este proceso deliberativo ha servido para abrir discusiones pendientes sobre las formas de implementación de estos derechos.

El desafío queda abierto para el legislador, puesto que la percepción de que son necesarias mejoras en el acceso a las comunicaciones y a una mejor regulación de los riesgos generados por la tecnología es algo que no se puede ignorar.

Crónica de un deterioro anunciado

El deterioro de la protección a los derechos humanos en Nicaragua y El Salvador es un hecho que puede ser verificado en función de las actuaciones de sus gobernantes. Preocupante es, sin embargo, el acelerado proceso que se vive en El Salvador desde 2019, que contrasta con los años que tardó en imponerse un modelo autoritario en Nicaragua. En ambos casos, no obstante, encontramos similitudes en la forma en la que han ido cerrando los espacios para el disenso y en cómo el irrespeto a los derechos humanos es una práctica cotidiana.

En la presente columna se hará una breve comparación entre la situación salvadoreña, teniendo como reflejo el recorrido del régimen nicaragüense, apuntando los derechos en riesgo con el fin de visualizar los desafíos que se ciernen sobre la región centroamericana, especialmente por la instalación de regímenes de corte autoritario, vulneradores de derechos humanos, que pueden extender su influencia en los demás países de la región. Como veremos, el ejercicio de derechos a través de internet no solo está bajo constante ataque, sino también conlleva riesgos sobre otros derechos consagrados en el sistema internacional de los derechos humanos.

Para el abordaje de los derechos en riesgo será usada la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante, la Convención) como hilo conductor del análisis.

Derechos fundamentales y su ejercicio por medio de tecnologías digitales

El derecho a la libertad de expresión (Art. 13) y el derecho a la libertad de asociación (Art. 16)

Según el Art. 13 de la Convención, el derecho a la libertad de expresión comprende el derecho a buscar, recibir y difundir información o ideas de cualquier índole. De acuerdo al Art. 16, el derecho a la libertad de asociación es el que tiene toda persona a asociarse libremente con fines ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole. La limitación de la libertad de expresión y de asociación es una de las primeras característica comunes del descenso de las sociedades al autoritarismo. La limitación de la libertad de expresión puede adquirir numerosas formas y puede dirigirse a cualquier persona a la que se considere opositora al régimen de turno.

En el caso salvadoreño, el acoso digital al que son sometidas las personas que disienten con el gobierno, en muchos casos, genera autocensura. Este acoso, ejecutado mayoritariamente por cuentas anónimas, también es perpetrado a menudo por altos funcionarios gubernamentales y el mismo presidente, acompañados de ejércitos de adherentes que amplifican el abuso.

Más visibles son las limitaciones que se ejercen contra el periodismo. Sobre este punto se entiende que, más allá de la protección que los Estados deben ofrecer a los periodistas en función de su derecho de difundir información, el derecho de los ciudadanos a buscar y recibir información también se ve limitado cuando los gobiernos persiguen a los periodistas o entorpecen su labor profesional. Tanto en Nicaragua como en El Salvador la prensa es perseguida y acosada, ya sea a través de leyes ambiguas que buscan obstaculizar el contacto de los profesionales con las fuentes de información, mediante procesos judiciales y administrativos maliciosos, así como de acoso en línea y vigilancia digital; todas ellas representan violaciones al derecho a la libertad de expresión.  El asunto es más grave, al extremo que numerosos periodistas en ambos países han tenido que huir a causa de la persecución estatal.

En Nicaragua, también han sido implementadas medidas que indirectamente vulneran el derecho a la libertad de expresión, como la confiscación de papel para la impresión de periódicos, así como la ejecución de los denominados “apagones” de internet que interfieren en la libre circulación de información. Si bien es cierto en El Salvador aún no se han evidenciado “apagones” de internet, es necesario que se mantenga una vigilancia sobre esta forma de restricción de la libertad de expresión, en caso de que esto ocurra. La sociedad civil debe estar consciente de que no podemos esperar hasta ver apagones para preocuparnos por ellos.

En cuanto a la vulneración de la libertad de asociación, en Nicaragua esto es más evidente, manifestado por la cancelación de la personería jurídica de más de 100 organizaciones no gubernamentales y otras instituciones, así como por la promulgación de una Ley que establece requisitos vagos para la conformación de organizaciones que únicamente sirve para entorpecer la organización de la sociedad civil. En el caso de El Salvador, bajo el actual régimen de excepción este derecho está suspendido y se especula que la intención es mantener el estado excepcional como regla.

La Relatoría para la Libertad de Expresión ya dejó claro que algunas de las reformas legislativas crean riesgos de criminalización severa de ejercicios legítimos de la libertad de expresión. No hay que olvidar que el año pasado el gobierno intentó pasar una ley que buscaba retener un alto porcentaje de las donaciones que recibían las organizaciones de la sociedad civil, con el fin de entorpecer su funcionamiento. En el actual escenario de deterioro de las relaciones con la comunidad internacional, no sería raro que este proyecto fuera revivido, por lo que este también es un tema a ser monitoreado.

El derecho a la privacidad (Art. 11)

El Art. 11 de la Convención señala que nadie puede sufrir injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, lo que incluye su domicilio y su correspondencia. La prohibición de injerencia incluye a la autoridad pública.

Otra de las características de un gobierno autoritario es la vigilancia de sus ciudadanos, en particular de los opositores. En el ámbito digital, en Nicaragua esta vigilancia se realiza a través de software especializado y mediante la promulgación de normativa que permite la recolección desmedida de datos personales. Similar situación se vive en El Salvador, donde la revelación del espionaje a periodistas de distintos medios de comunicación y miembros de la sociedad civil con el software israelí Pegasus se convirtió en un ejemplo clásico de la invasión gubernamental a la privacidad.

En reciente audiencia celebrada por la CIDH sobre este caso, la representación de El Salvador no despejó las dudas sobre el estado de las investigaciones que debería estar llevando a cabo la Fiscalía General de la República. En un contexto de tensión política y afectación de derechos civiles y políticos, el uso de esta clase de herramientas es, por sí solo, una afectación grave de los derechos de las personas, que a su vez puede facilitar la vulneración de otros derechos, tal como lo expresaron los organismos de derechos humanos a principios de año.

Otros derechos fundamentales

El derecho a la libertad personal (Art. 7).

El Art. 7 de la Convención señala que toda persona tiene derecho a la libertad, de manera general, añadiendo como una de las garantías específicas el derecho a no ser privado de la libertad arbitrariamente (art. 7.3). La privación de la libertad es una consecuencia habitual y nefasta de la persecución del disenso: el ejercicio de la libre expresión, de la libertad de prensa y de la libertad de asociación, inclusive en línea, significa también un riesgo de vulneración de la libertad personal.

En el caso de Nicaragua es patente el nivel de vulneración a estos derechos teniendo como actor al Estado. Basta referirse a la detención y posterior condena de opositores al régimen, incluidos candidatos presidenciales que competían contra Daniel Ortega. Las detenciones se realizaron de manera arbitraria, bajo el amparo de leyes creadas con la única finalidad de reprimir a la oposición.

Por su parte, en El Salvador han sido documentadas cientos de capturas arbitrarias, en el marco del Régimen de Excepción que se encuentra vigente en el país. Las detenciones masivas realizadas por las fuerzas de seguridad no han distinguido entre sujetos pertenecientes a las pandillas y personas inocentes, sin ningún vínculo con estas estructuras delincuenciales y que simplemente viven en las mismas zonas empobrecidas. Las muertes acontecidas en centros penales administrados por el Estado como resultado de las aprehensiones indiscriminadas son responsabilidad directa del Estado.

El derecho a la vida (Art. 4) y a la integridad personal (Art. 5)

La Convención en su Art. 4 señala el derecho que toda persona tiene a que se respete su vida. La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, la Corte) ha establecido como alcance a este derecho, la obligación de los Estados a crear las condiciones necesarias para que no se vulnere este derecho inalienable, así como el deber de impedir que sus agentes o particulares atenten contra el mismo. En su Art. 5, numeral 2, señala que “Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”.

La jurisprudencia de la Corte ha sido, además, constante en el sentido de señalar que la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes están estrictamente prohibidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Además, ha profundizado señalando que esta norma es inderogable y mantiene su vigencia en todas las circunstancias (incluyendo amenazas a la seguridad nacional, guerras, estados de emergencia, entre otros).

En este apartado, ambos países han sido señalados por tratar sin la debida dignidad a las personas que son privadas de libertad. En el caso de Nicaragua, las denuncias de tratos inhumanos y torturas a los opositores presos han sido frecuentes. También debemos recordar los sucesos acontecidos en el año 2018 en el contexto de las protestas que fueron sangrientamente reprimidas por las fuerzas de seguridad, en las que se reportaron centenares de muertos. En el caso salvadoreño, también han sido señalados los tratos degradantes e inhumanos, tanto contra sujetos pertenecientes a las “maras” o pandillas, como a personas inocentes, sobre todo en el marco de las medidas  implementadas para enfrentar el repunte de homicidios desde finales de marzo.

En ambos casos, tanto instituciones de protección de derechos humanos como organismos internacionales han denunciado estos procedimientos. De manera similar, las reacciones de ambos gobiernos hacen alusión a la soberanía de sus países para continuar con estas prácticas. En el caso de El Salvador, la narrativa del aparato de comunicaciones gubernamental está encaminada a atacar a estas organizaciones y a cualquiera que denuncie los tratos degradantes, apuntándoseles como cómplices de las estructuras delictivas.

En este mismo contexto han sido documentadas, por lo menos, 11 muertes de detenidos, ya sea por golpizas o por falta de medicamentos para sus enfermedades preexistentes; y existe el razonable temor que la presión que las capturas masivas ejercen sobre un saturado sistema penitenciario puedan derivar en revueltas o el agravamiento de la salud de los detenidos que podrían desembocar en más muertes.

¿A quien se puede recurrir? El debido proceso y las garantías judiciales (Art. 8)

Una de las garantías con las que una persona debe contar en un juicio penal es la del juzgador imparcial e independiente. Esas características implican, por un lado, que los jueces no tengan un interés directo o una preferencia por alguna de las partes; y, por otro, que el juez cuente con un proceso adecuado de nombramiento, con una duración establecida en el cargo y con una garantía contra presiones externas.

Tanto en el caso de Nicaragua como en El Salvador, eso ha desparecido. En Nicaragua, es sabida la obediencia de los jueces a los designios del gobierno, que ha quedado de manifiesto en los juicios realizados en contra de ex candidatos a la presidencia y propietarios de medios de comunicación. Lo mismo ocurre en El Salvador, desde el 1 de mayo del 2021, cuando la Asamblea Legislativa, destituyó a los 5 magistrados de la sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y al Fiscal General, sustituyéndolos por abogados afines al gobierno; y, posteriormente, emitieron un decreto en el que se jubilaba a más de 200 jueces en todo el país. Además, fueron juramentados de manera polémica jueces en sustitución, mientras otros jueces fueron trasladados a otros juzgados con menor incidencia en el quehacer nacional. En el marco del Régimen de Excepción vigente, el problema de la falta de independencia se agravó al ser instituidos los “jueces sin rostro” que han enviado a prisión a personas detenidas arbitrariamente, en audiencias masivas con la sola apariencia de legalidad.

En tanto que los nombramientos de jueces en ambos países se han dado por voluntad directa de los presidentes, es imposible pensar que estos funcionarios no tienen un interés o preferencia, o que son capaces de ignorar las presiones externas, situación que configura una violación a las garantías judiciales.

Esta vulneración de garantías al debido proceso cierra el círculo de las afectaciones de derechos fundamentales. Sin control judicial sobre la afectación arbitraria de los derechos de las personas por su ejercicio legítimo de derechos fundamentales no existe real resguardo sobre ellos.

¿Aún puede hacerse algo?

Como mencionamos al inicio, es de suma importancia mantener los ojos puestos sobre la situación de El Salvador, tomando como ejemplo el camino que ya ha sido transitado por Nicaragua, principalmente por la voracidad con la que el gobierno de El Salvador ha dinamitado la separación de poderes y el respeto a los derechos humanos.

Es cierto que el régimen de Ortega ha ido más allá con la reciente renuncia, expulsión de funcionarios y confiscación de las oficinas de la Organización de los Estados Americanos; sin embargo, no muy lejos se encuentra el régimen de El Salvador, que vulnera frecuentemente el derecho a la libertad de expresión mediante los ataques a periodistas; que ha tomado el control del Órgano Judicial, imponiendo jueces y Fiscal que responden a sus directrices y frenan la posibilidad de un control a las vulneraciones de derechos por agentes del Estado; y que hace uso de las fuerzas de seguridad de manera arbitraria.

Sin ese control, el rol de los sistemas de cumplimiento de obligaciones internacionales de derechos humanos se vuelve crucial. Por ello, el papel de las organizaciones que protegen los derechos humanos se vuelve fundamental en la región centroamericana.

Si bien las vulneraciones y limitaciones al ejercicio de derechos mediados por tecnologías puede parecer como menos urgentes frente a otras vulneraciones tratadas en este texto, nos parece relevante llamar la atención sobre el caracter sistémico del autoritarismo que está en la raíz de todos los ejemplos acá presentados. No se trata entonces de ponderar la gravedad de una vulneración frenta a otra, sino de entenderlas como un conjunto articulado.   

Para poder colaborar con los ciudadanos de ambos países se requiere de una revisión de las estrategias de incidencia a nivel del sistema interamericano de derechos humanos, en tanto que la posibilidad de utilizar las herramientas jurídicas disponibles en los ordenamientos jurídicos internos de estas naciones es prácticamente una quimera. Por esta razón, tanto un rol más activo de denuncia por la sociedad civil como por órganos internacionales se vuelven necesarios para hacer efectivos los resguardos de los derechos de las personas.