Examen Periódico Universal 4to ciclo, sesión 47 del Consejo de Derechos Humanos

Este informe ha sido elaborado en conjunto por el Instituto Panamericano de Derecho y Tecnología y Derechos Digitales.Se enfoca en el ejercicio de los derechos humanos en el entorno digital del Estado de Nicaragua y analiza el cumplimiento de las 11 recomendaciones aceptadas por Nicaragua que se vinculan a esta materia recibidas durante el tercer ciclo del Examen Periódico Universal (EPU) llevado a cabo en 2019

Censura Digital: ¿Protección de derechos o herramienta de silencio?

Imaginen que deciden transmitir en Youtube los cantos y arengas de una protesta que están presenciando y en la que se reivindica algún derecho. De repente, la policía aparece con altavoces reproduciendo a todo volumen canciones de Taylor Swift. Obvio, la música también es capturada en vivo y transmitida en línea para cientos de espectadores.

Y ¿la intención de la policía? Instrumentalizar la activación automática de los mecanismos de “notificación y retiro” que, en plataformas digitales como Youtube, dan de baja a los contenidos que circulan en línea presuntamente sin permiso de su titular.

Previo a una notificación muy vaga y genérica, se justifica el retiro de un contenido que, en este caso —sucedido en la vida real— no buscaba violar los derechos de una artista o perseguir el lucro, sino registrar la ocurrencia de un evento social y quizás histórico.

Notificación y retirada: viejo como la moda de andar a pie

Este mecanismo de vieja data en la historia de internet, y criticado hasta la saciedad en distintas jurisdicciones que lo han apropiado –incluido Estados Unidos donde nació en el contexto de la Digital Millenium Copyright Act DMCA—, es problemático al menos por dos razones.

Primero, por vulnerar el derecho al debido proceso de las personas usuarias de internet. Las razones del retiro, en la práctica, pueden ser muy vagas o genéricas. El retiro, es ante todo, una decisión unilateral de un privado (la plataforma de internet). Y en caso de acudir a la justicia para defender la validez de su contenido, la persona deberá demostrar que no vulnera el derecho de autor de nadie, o que actuó de buena fe. Ahora, buena suerte reclamando en la justicia de países donde las plataformas sacan con frecuencia de la manga el argumento “allá no tengo domicilio; sobre mí no tienen jurisdicción”.

En segundo lugar, por vulnerar el derecho a la libertad de expresión de las personas usuarias de internet, y en concreto, por promover la censura. En el caso de más arriba, que la obra de Taylor Swift suene de fondo en un video de una protesta, y que la intención de la transmisión en vivo no sea la de perseguir el lucro con la reproducción de la obra de la artista, debería contar en las decisiones sobre la presunta infracción del derecho de autor.

Pero para la “notificación y retirada” el contexto no suele importar mucho. Ni antes del retiro ni después de este, pues cuando la persona afectada decide reclamar ya no en la justicia sino ante la misma plataforma —lo que recibe el nombre de “contra-notificación”— la evidencia sugiere que excepcionalmente, salvo que la persona afectado tenga poder de negociación fruto de su visibilidad, estos reclamos terminan siendo atendidos.

Pese a esto, la “notificación y retirada” recibió el aval reciente de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación en México. En un fallo, cuyo texto aun no se publica, declaró constitucional la reforma que en 2020 modificó la Ley Federal de Derechos de Autor LFDA y que introdujo dicha figura, pero ¿por qué?

Tratados multilaterales y la colonización regulatoria

En México la recepción del mecanismo de “notificación y retirada” estuvo justificada por el tratado de libre de comercio entre México-Estados Unidos-Canadá (TMEC) negociado en 2018 y en vigor desde 2020. El tratado ordena, tal y como lo prevé el capítulo sobre “Derechos de Propiedad Intelectual” (arts. 20.89 y ss) su adopción para las partes.

Que México adoptase el mecanismo de “notificación y retirada” pese a lo problemático que pueda ser, trasciende al mero cumplimiento a toda costa de un compromiso multilateral previamente suscrito. Su adopción es ante todo fruto de los mecanismos de colonización regulatoria que ejercen países del Norte Global sobre los del Sur.

Uno de los países con mayor poder de presión regulatoria luego de suscrito un tratado de libre comercio es Estados Unidos que, cada año, publica el informe “Special 301” que acusa y señala las “deficiencias regulatorias” de los países —mayoritamente del Sur Global- que tienen compromisos comerciales sin cumplir, incluido el TMEC.

La publicación pone a los países en una “lista de observación” o la “lista prioritaria de observación”, para dar un énfasis más o menos ominoso y de reprobación al conjunto de países seleccionados como incumplidores. En ellas se encuentran México (en la lista de observación) a los que sugiere endurecer mucho más la regulación de propiedad intelectual para prevenir y combatir la piratería en línea.

Este mismo mecanismo de presión, de hecho, fue uno de los que influenció en 2011 el trámite sin éxito en Colombia de una reforma que, como la aprobada en México, buscaba adoptar el mecanismo de “notificación y retirada” en la ley de derechos de autor. Pese a que organizaciones de la región que hacen seguimiento anual al Special 301 enfatizan en la necesidad de abolir dicho informe, la presión regulatoria continúa.

¿Qué esperar ahora luego del fallo?

Ahora, conviene esperar la publicación íntegra del fallo, pues en él hay un voto disidente de la Jueza Norma Lucía Piña Hernández, presidenta de la CSJN que precisamente da voz a las preocupaciones sobre el impacto que la “notificación y retirada” en la protección de la libertad de expresión de las personas. La disidencia de hoy, puede ser la voz mayoritaria del futuro.

Pero hasta entonces, veremos cómo el mecanismo de notificación y retiro es instrumentalizado para silenciar a las personas, tal y como sucedió en las recientes elecciones donde opositores políticos lo emplearon para censurarse mutuamente. Casos como el de su uso por cuerpos de policía en contextos de protesta no será de extrañar tampoco.

Hasta que la posición de la Corte pueda mutar a futuro, conviene seguir cuestionando este mecanismo que, pese a ser tan viejo, no logra probar su eficacia en la lucha contra la infracción de los derechos de autor sin sacrificar en el medio los derechos de las personas usuarias de internet.

Una propuesta de ley contra el activismo

¿Qué pasa en Venezuela?

Ya en junio de 2022 y en abril de 2023 se exploraron las potenciales implicancias de este tipo ley en un país sin separación de poderes, además de reseñar cómo ha sido la experiencia en otros países de la región como El Salvador y Nicaragua.

Básicamente se ha llevado adelante la discusión del proyecto de ley de forma unilateral por parte del gobierno y sin participación alguna de la sociedad civil. El borrador que circula de dicha propuesta de ley no es oficial, es decir, no hay certezas sobre los contenidos reales que se llevan a debate. Aun así, fue aprobada en primera discusión por la Asamblea Nacional en enero de 2024 desatando las alarmas de las organizaciones de la sociedad civil y de la comunidad internacional. Pero no es un tema nuevo, sino cíclico y recurrente y ya en septiembre de 2023, varias relatorías de las Naciones Unidas se pronunciaron sobre los efectos negativos de este tipo de ley en el espacio cívico del país.

Desde enero hasta mayo de 2024, la propuesta de ley hibernó cuando Diosdado Cabello anunció que la ley sería aprobada al día siguiente ya se trataba de una deuda con el país. Ante estas declaraciones se hizo evidente que esta propuesta de ley pone a las organizaciones sociales como el «enemigo interno» del país dejándoles además poco margen de reacción.

El 21 de mayo no se aprobó la ley en su totalidad (aunque sí se aprobaron nueve artículos) y se pospuso la discusión en la Asamblea Nacional. Es decir, la amenaza real sigue siendo potencial y como un peso que se balancea sobre la cabeza de la sociedad civil.

¿Por qué la alarma ante este proceso?

La cooperación internacional en sí misma no se limita a los fondos de otros países que puedan recibir las organizaciones sociales. Se basa en el principio de la colaboración entre países y eso incluye intercambio técnico y judicial entre otras formas de trabajo colaborativo.

Una ley que criminalice los fondos internacionales para la sociedad civil organizada envía un mensaje también a aquellos países con los que se tienen relaciones diplomáticas. No sólo con los países que se antagoniza en discurso sino con aquellos con los que se tienen relaciones más cordiales, además de afectar en igual medida a las organizaciones que son afines al gobierno.

Esta propuesta de ley se ha ido perfilando evolutivamente a un detalle en que se castiga a aquellas organizaciones sociales que son críticas al gobierno y que sirve de instrumento restrictivo.

¿Por qué ahora?

La amenaza de aprobar esta ley en un país con una crisis humanitaria compleja, una economía inestable y un panorama sociopolítico y que además tendrá elecciones generales el próximo 28 de julio, viene de alguna manera a atomizar la atención y la acción de las organizaciones sociales. Temen no sólo por el cierre del espacio cívico, sino por el impacto que tendrá esto en las comunidades a las que atienden. Se enmarca en un año donde el gobierno ha recrudecido las detenciones de políticos y activistas contando con más de 250 presos políticos en la actualidad y en donde el discurso sigue sin encontrar una vía para la reconciliación.

Mientras tanto…

El 13 de mayo en Perú, el congresista conservador Alejandro Muñante Barrios, propone el PL 7818/2023-CR, que solicita mediante la intervención del Ministerio Público, la posibilidad de disolución de asociaciones y fundaciones si estas reciben financiamiento para promocionar, realizar, desarrollar, o financie actividades consideradas “ilícitas” en territorio peruano, dejando abierta la interpretación de actividades ilícitas, en las que pueden incluirse organizaciones que trabajan por la despenalización del aborto, por ejemplo. Una propuesta que si bien no es exclusiva de quienes reciban fondos internacionales, estigmatiza la cooperación internacional y criminaliza a las organizaciones por su mandato y labor en la comunidad cuyo efecto será la reducción de la acción de la sociedad civil y el abandono de las comunidades a las que atienden dichas organizaciones.

Por otro lado, este proyecto de ley parece olvidar también que tanto en los convenios de cooperación como en los concursos para recibir fondos, las asociaciones explicitan siempre el uso que harán de los mismos. La propuesta de ley sigue su curso burocrático y de ser aprobado en el Legislativo, traería como consecuencia la disolución de ciertas ONG incómodas para el gobierno de turno y estos grupos religiosos que se han hecho del poder, reduciendo entonces el ejercicio democrático de participación. Perú se sumaría a la lista de países de la región que buscan reducir de forma proactiva la acción de la sociedad civil, tal como pasa en El Salvador y en Nicaragua.

Fuera de la región y más recientemente, Georgia sí aprobó la ley de agentes extranjeros parecido al modelo ruso de la ley que se basa también en el modelo del “enemigo interno”, y que etiqueta a todas aquellas organizaciones o medios de comunicación cuyos ingresos foráneos superen el 20% de su total, obligándoles a registrarse como “portadores de los intereses de una potencia extranjera”. Nuevos modelos de leyes constrictivas que no necesitábamos.  

El costo invisible

Por otro lado, el costo invisible más grande que tiene esta amenaza de ley es el que pagan los activistas de las organizaciones, que trabajan en comunidades pero que también son ciudadanos y que se enfrentan por un lado a la inestabilidad laboral como consecuencia de este tipo de ley y que se suma a las condiciones económicas del país, y por otro, el temor a su seguridad personal por las posibles represiones. Es la carga mental de tener cuidado y hacer un activismo que negocia constantemente con ponerse en la línea de riesgo. Es un contexto que vulnerabiliza en todas las dimensiones posibles al activismo en un juego de desgaste constante en donde todos pierden.

¡Por elecciones más informadas! El urgente compromiso de las plataformas digitales con la transparencia en México

Se avecinan las elecciones en México, en las que elegiremos a la próxima presidencia de la república. Las tecnologías digitales resuenan dentro de los debates entre las candidaturas, quienes las utilizan como bandera del tecnosolucionismo para sus propuestas, pero también por su rol determinante en el proceso electoral debido al gran flujo de información que transita diariamente a través de plataformas digitales.

Por supuesto, en este ejercicio democrático, la desinformación está presente. De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), “el 87% de mexicanas y mexicanos toman como la principal fuente de noticias las plataformas por internet”, por lo tanto, cuando circulan noticias falsas se vuelve un tema de interés público —por ejemplo, cuando el actual presidente demandó fallidamente investigar granjas de bots que le perjudicaban tanto a él como a la candidata de su partido—.

Sin embargo, una excesiva moderación de contenidos que no cumpla con las normas internacionales de derechos humanos puede mermar la opinión de la población, que no está exenta del recibimiento de este tipo de contenido y que, algunas veces, no cuenta con las herramientas para distinguir entre noticias falsas y verdaderas. En este escenario, se espera que las plataformas digitales se preparen, teniendo una amplia colaboración con las autoridades, pero también con una serie de acciones proactivas que promuevan la transparencia de sus actos ante la desinformación.

Entre la opacidad y los limitados esfuerzos por la transparencia

En este periodo electoral hemos visto casos en los que la transparencia de las plataformas digitales y las autoridades deja mucho que desear. En febrero de 2024, circularon noticias sobre la decisión de Instagram de limitar el “contenido político de cuentas que no sigues”. De acuerdo con la plataforma, esta acción fue tomada para que las personas usuarias de Instagram y Threads tengan una “excelente experiencia” en estos sitios, evitando recomendar de manera proactiva contenido político en secciones como en el feed o los reels; la plataforma asegura que esto no afectará la forma en que se muestra el contenido de las cuentas que sí sigue un usuario. Esta configuración se activó de manera automática y las personas no fueron explícitamente informadas.

¿Qué significa esto en un contexto electoral como el que está viviendo México? Que las personas usuarias son limitadas en su derecho a la información. Si bien es completamente válido que las usuarias no deseen recibir este tipo información y contenidos políticos, es necesario comunicarlo de la manera más transparente posible para respetar el derecho a decidir por cuenta propia.  La falta de transparencia sobre el funcionamiento y configuración de las plataformas genera incertidumbre sobre la selección de contenidos que nos están mostrando al navegar por estos sitios.

Asimismo, en México se cuenta con un marco regulatorio desactualizado respecto a la publicidad electoral y su relación con las plataformas digitales. Hoy en día, en entornos digitales hay múltiples brechas y vacíos legales que le impiden a las autoridades mexicanas, como el INE, tomar decisiones imparciales y claras sobre los contenidos falsos o ilegales que circulan en redes sociales y otras plataformas

De acuerdo con la campaña “Censura Electoral”, impulsada por organizaciones locales y regionales, el INE se ha valido de medidas cautelares para solicitar a las plataformas digitales la remoción de contenido, siendo en 2018 (en las elecciones presidenciales previas) uno de los años con más solicitudes. Al no requerir de una decisión de un juez competente, la medida cautelar promueve una arbitrariedad por parte del INE, poniendo en peligro la libertad de expresión de las usuarias y usuarios de estas plataformas.

Lo cierto es que, a pesar de la opacidad y arbitrariedad, las plataformas están colaborando con las autoridades electorales en el combate a la desinformación para este 2024. De forma conjunta, Meta, el INE y  la organización Movilizatorio lanzaron el programa educativo Soy Digital, con miras a brindar herramientas a la ciudadanía para detectar y denunciar noticias falsas, estrategia que incluye un chatbot en WhatsApp para realizar preguntas directas al INE sobre estas elecciones.

Mientras tanto, Google lanzó su programa Transparencia México para combatir noticias falsas, que implica, entre otras cosas, ajustes en su buscador para mostrar información oficial sobre el proceso electoral; posibilidad de tener mayor información sobre las imágenes, por ejemplo, saber cuándo se indexó por primera vez ese contenido; alianza con proyectos de audio fact checking, y monitoreos de contenido de publicidad engañosa en YouTube.

En este entorno digital, en donde la inteligencia artificial (IA) juega un papel importante en la generación de contenido —mismo que algunas veces es difundido con la intención de generar desinformación— , tanto Meta con su política de anuncios sobre temas sociales, electorales y políticos lanzada en noviembre de 2023 y Google con su programa antes mencionado, buscan alertar cuando una imagen o contenido han sido creados o modificados con IA u otras tecnologías.  A esto se suma una iniciativa proactiva de Meta: su biblioteca de anuncios, la que también ha sido implementada en otros países.

Para transparencia, lineamientos claros

La realidad del ecosistema de opacidad, tanto por parte del gobierno como de las plataformas digitales, genera una preocupación y una traba metodológica para realizar investigaciones sobre el panorama de desinformación en procesos electorales, tal como lo enfatiza Anna Bentes en su investigación sobre las elecciones brasileñas de 2022. La difusión de noticias falsas, la remoción de contenidos sin criterios claros de derechos humanos y la limitación de contenidos consumidos por las usuarias por decisión unilateral de las plataformas son una forma explícita de vulnerar los derechos humanos en entornos digitales como la libre expresión y el acceso a la información.

Existe una delgada línea entre la regulación y la injerencia que debe ser tratada cuidadosamente en las políticas públicas en esta materia. Por una parte, se debe fomentar que los marcos regulatorios en procesos electorales motiven la transparencia de las plataformas digitales sobre sus configuraciones, decisiones e infraestructura para combatir la desinformación con un enfoque de derechos humanos. Por otra, que la colaboración entre autoridades y plataformas no debe implicar la solicitud arbitraria de las autoridades para la remoción de contenidos. De esta forma se evitan abusos y vulneración a los derechos políticos electorales por parte de las plataformas y las autoridades.

Más importante aún, es necesario que las autoridades en México construyan una estrategia clara sobre la transparencia y la desinformación en elecciones, que tengan claridad de los lineamientos y estándares regionales e internacionales de derechos humanos y que las colaboraciones con plataformas se realicen basadas en una amplia comprensión del ecosistema de desinformación en México. Los programas existentes muestran un buen inicio para prevenir a la población, dotándole de herramientas para identificar noticias falsas o promover una cultura de la verificación de la información. Sin embargo, hace falta un mayor alcance de estas acciones para contar con elecciones más y mejor informadas.

En línea, con todas (las partes interesadas)

Libertades de expresión y prensa, garantizadas por el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y, sin embargo, tan frágiles en todo el orbe. Cuidar de que estos derechos puedan ejercerse es una tarea colectiva. Más todavía en el escenario en que nos encontramos, donde la expresión y la prensa no habitan los soportes tradicionales, sino que se trasladaron al campo virtual. Campo poco regulado y en que las grandes compañías tecnológicas lideran lo que fluye al interior y desde sus plataformas.

Esta edición de la Conferencia del Día Mundial de la Libertad de Prensa se enfocó en cómo enfrentar la crisis climática a la luz de fenómenos recientes y acelerados relacionados con los desórdenes informativos. Además, se dedicó tiempo a profundizar en cómo dichos desórdenes están proliferando en internet. La visión tradicional de “la prensa” como grandes conglomerados dedicados exclusivamente a producir y difundir información bajo estrictos (en el mejor de los casos) criterios periodísticos, ha quedó obsoleta ante el auge de las plataformas que ofrecen un soporte similar, pero sin ningún tipo de control.

Como señala esta columna de Patricia Peña, “la relación de los medios periodísticos digitales se vuelve incómoda con las plataformas digitales, tanto las de los motores de búsqueda como las de redes sociales (…) porque actualmente son su principal competidor” en cuanto a las ganancias recibidas por avisaje. Esta tensión no se resolverá sola, y probablemente tampoco por vías judiciales, camino por el que han optado algunas empresas editoriales.

Apostamos por la incorporación de todas las partes interesadas en estos debates, en los que necesariamente debemos hilar muy fino. La responsabilidad de las empresas, las garantías que los Estados y gobiernos deben ofrecer, los términos y condiciones bajo los que las personas usuarias operan en los entornos digitales, y mucho más, requieren la colaboración de voluntades en una relación mutuamente beneficiosa. Es decir, donde conviven diferentes entidades como una compañía y una organización de la sociedad civil que en un principio pueden parecer poco similares, pero que trabajan en conjunto para beneficiarse las unas a las otras, en lugar del parasitismo al que, lamentablemente estamos acostumbradas.

Lo importante es participar y hacer amigas

Uno de los grandes y constantes desafíos que hemos encontrado a lo largo de los casi veinte años de historia de la organización es la comunicación de procesos cerrados de discusión sobre materias regulatorias de internet que se ejecutan, a veces, en secreto; que reúnen a autoridades de alto nivel tanto de gobiernos como de empresas, y que suceden en los idiomas del poder y los negocios (inglés y francés, por lo general), a un público latinoamericano y con acceso restringido a estas instancias.

Muestra de ello es lo difícil que se nos hace traducir la palabra multistakeholder, puesto que las definiciones sobre qué es una “parte interesada” seguramente son distintas dependiendo del país en América Latina y ciertamente difiere mucho la idea que tiene el Norte Global de ella respecto de cómo la concebimos en el Sur. Esto no impidió que el multistakeholderism o la preocupación por la incorporación de todas las partes interesadas en los debates sobre libertad de expresión y regulación de plataformas fuera protagonista durante el WPFD.

Nuestra realidad digital contemporánea está compuesta por múltiples actores: gobiernos; empresas; sociedad civil; la comunidad técnica, y la academia. Todos ellos tienen un puesto asegurado en las mesas donde se decide, a niveles globales, cómo hacer de esta realidad un ecosistema en que la relación entre dichas partes sea positiva para todas. No obstante, lo que hay también pone a prueba los límites de este esquema de gobernanza, puesto que los retos a los que nos enfrentamos solo aumentan.

La información no tiene dueño

La desinformación, el discurso de odio y el abuso de la inteligencia artificial para la creación de noticias falsas son algunos de los problemas asociados con el ejercicio del periodismo y la prensa libre. Esta situación rompe la promesa de la democratización de la información y el acceso libre al conocimiento. En la era digital caracterizada por el capitalismo de plataformas, las famosas plataformas no solo facilitan y controlan las interacciones entre usuarios y entre servicios, sino que también monetizan dichas interacciones y transferencias masivas de datos, creando fortunas jamás vistas hasta ahora.

Esta forma de generar riqueza es un divorcio radical de los modos tradicionales de organización de la actividad económica. No es que los dueños de los medios de producción hayan desaparecido, por supuesto que no, sino que a la par de estos emergió, en un pestañeo, una nueva clase propietaria de la información; y la información es lo que más abunda por estos días: en tu teléfono, en la vía pública, en tu refrigerador. Este escenario, tan próspero para tan pocos, se sustenta a partir de la datificación de afectos y anhelos. Una vida es igual a un bit que, a su vez, es igual a mercancía.

Para atender la evidencia patente de que compañías y personas lucran con difusión de contenidos falsos y/o maliciosos en línea, junto al desorden regulatorio en esta materia producto del frenético avance de todas las tecnologías, para el que los marcos normativos existentes parecen no poder seguirle el ritmo, es que la UNESCO se propuso como misión, en 2021, la creación de directrices para la regulación de plataformas digitales.

Derechos Digitales ha realizado contribuciones a este proceso en cuatro ocasiones (1, 2, 3, 4) y en todas hemos recalcado que los dueños de las plataformas deben hacerse cargo de las eventuales violaciones a derechos fundamentales que ocurran en ellas, que su quehacer se rija bajo estándares internacionales de protección de derechos humanos, y que incorpore una perspectiva de género transversal a todas sus políticas. También abogamos por la inclusión explícita de derechos a las comunicaciones privadas y al uso de tecnologías de cifrado, especialmente en defensa de ataques y persecuciones por parte de Estados.

A pesar de nuestras sospechas iniciales, en este punto de la discusión podemos reconocer que el proceso ha dado lugar a sinergias interesantes que abren la puerta para alianzas claves para equilibrar, en parte, las asimetrías de poder propias de estos espacios. El futuro de los entornos digitales está lejos de ser una asamblea directa, no cabe ilusionarse. Sin embargo, hemos recogido aprendizajes sobre cómo aproximarnos a los desafíos mencionados desde distintos enfoques, de la mano de diferentes actores y actrices, en un contexto situado en América Latina.

Todas las manos

En la recién estrenada edición del reporte Global Information Society Watch, Renata Ávila toma el tema del multistakeholderism y levanta tempranamente las alertas correspondientes: hay falta de referencias para las comunidades que desean ser parte sobre cómo hacer de su contribución una participación significativa, lo que resulta en que procesos que son presentados y dirigidos para múltiples partes interesadas deriven en un ejercicio de blanqueo para quienes participan siempre a través de la tokenización de minorías incorporadas a la mesa precisamente con ese propósito, como para decir: “sí, somos inclusivos” y rendir la cuenta respectiva.

Otro aspecto que es subrayado a lo largo de nuestras contribuciones al proceso es el imperativo de idear maneras constructivas para fomentar la inclusión verdadera y un ejemplo es la creación de consultas regionales sobre los temas que plantea UNESCO. Plazos rígidos y poco tiempo para estudiar las versiones del documento de Directrices que no están en inglés y participación limitada en los debates sobre los contenidos del texto van en la dirección opuesta.

Pero, pese a que el tamaño de la mesa de la toma de decisiones es reducido y las sillas, incómodas, la infraestructura de internet somos todas. Las libertades de expresión y prensa también son fundamentales para hacer de la participación algo valioso y viceversa: la buena participación multisectorial garantiza que estos derechos se ejerzan de manera cabal y en todo lugar. Estas son parte de las reflexiones que pudimos entregar durante la Conferencia y que, por cierto, seguiremos trabajando de aquí en adelante.

Ola Bini y la criminalización del conocimiento

“El caso de Ola Bini se ha convertido en un emblema de la persecución que viven las personas expertas en seguridad digital en la región”, escribíamos hace unos meses en el marco de la presentación del libro “Colateral”, de Diego Cazar sobre el mencionado caso. Como organización que trabaja en la defensa de los Derechos Humanos en entornos digitales, hemos abordado este asunto en reiteradas oportunidades y apoyado la campaña #FreeOlaBini.

Se trata del programador sueco detenido en 2019 en Ecuador, acusado de ser cercano a Wikileaks y de participar en intentos para desestabilizar al gobierno ecuatoriano. En agosto de 2019, la fiscalía general del Estado lo acusó de acceso no consentido a un sistema informático de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT) en el año 2015. 

Bini fue arrestado el 11 de abril de 2019 cuando pretendía viajar a Quito con destino a Japón, apenas unas horas después de que el Gobierno ecuatoriano, bajo el mandato de Lenín Moreno, pusiera fin al asilo de Julian Assange en su Embajada en Londres.

En esa ocasión, escribíamos que “no existen antecedentes suficientes ni para la inicial acusación de ser parte de una red de espionaje digital, ni de otras de ‘defraudación fiscal’ o ‘tráfico de influencias’, manteniéndose hasta hoy una investigación con características de persecución política”.

Ola Bini salió en libertad luego de 70 días mediante un recurso de hábeas corpus. El vínculo entre Bini y Assange fue utilizado en reiteradas ocasiones durante el juicio y luego de este. El 31 de enero del 2022 un tribunal ratificó, por unanimidad, la inocencia de Ola Bini.

Sin embargo, el viernes 5 de abril de 2024, más de un año después de haber declarado la inocencia de Ola, un tribunal de apelaciones revocó el fallo de inocencia dictado en 2023 y lo condenó a un año de prisión y a una multa de 1.840 dólares. El 8 de abril de este mismo año, tres días después del fallo, un tribunal de la provincia de Pichincha (Ecuador) aceptó la solicitud de suspención de la condena presentada por la defensa de Ola.  Además, estableció nuevas condiciones para el sueco que deberá “presentarse cada 15 días ante la autoridad competente, no salir del país sin autorización del juez, tener domicilio determinado, ejercer un trabajo, profesión u oficio; no ser reincidente y no ser procesado por otra causa”.

Durante estos años, la sociedad civil, y la defensa de Binihan denunciado diversas irregularidades en el proceso que deberían haberse resuelto en 2019, todo como resultado de un proceso que ha sido suspendido varias veces.

Más allá de la suspensión condicional de la pena de un año de cárcel impuesta por el delito de acceso no consentido a un sistema informático en grado de tentativa, el abogado a cargo del caso Carlos Soria Ávila, nos comentó que apelará para que en la instancia de casación los jueces de la Corte Nacional de Justicia analicen los fallos.

 Según palabras del abogado, el caso representó una “pena ambivalente”, es decir, “tiene un componente de privación de libertad en un centro de detención, un año, por haber sido un tema de tentativa, y no haberse consumado el supuesto delito”. Sin embargo “la pena fue suspendida para que pueda ser cumplida fuera de un centro carcelario, pero esto solo en caso de que perdamos la apelación y el recurso de casación”, proceso que todavía continúa.

Soria Ávila nos dijo que en su opinión “El fallo es completamente ridículo, antitécnico, antijurídico, incluso porque hacen precisiones ajenas al ordenamiento jurídico nacional, e incluso a nivel dogmático. El razonamiento de la pena es que, porque Ola tiene el conocimiento y tiene las capacidades para poder cometer un delito por su formación en este ámbito, lo hacen responsable de haber intentado cometer el delito”. Es decir, “ni siquiera es porque haya hecho algo, sino porque tiene las capacidades”. Se refiere a la pena como una “criminalización del conocimiento pura y dura, en la que se pretende generar miedo en las personas que se dedican a la seguridad y privacidad digital”. Destaca también, que “el profundo desconocimiento del tema técnico en el país es asombroso. Es preocupante, además porque se está persiguiendo a los defensores de los derechos digitales. Y esto es un aliciente perverso para el Ecuador”.

En una conferencia en 2013, Ola Bini propuso la posibilidad de transformar a Ecuador en un paraíso de la privacidad informática.  Hoy declara: “Yo pensé que en ese entonces existía la posibilidad, pero la verdad es que el panorama político ha cambiado mucho. Lamentablemente, no estoy seguro si es posible recuperar esta posibilidad ahora. Hay otras luchas más importantes, como por ejemplo reformas sobre ciberdelitos, o la figura de agente informático encubierto”.

En la condena a Bini se mencionó lo peligroso que podría ser debido a sus conocimientos técnicos. Al respecto, opina:  “Los jueces dijeron claramente que me condenan porque yo tengo la posibilidad de cometer delitos por mis conocimientos. Y claro, es muy peligroso para muchas personas en Ecuador, pero especialmente personas que trabajan con ciberseguridad”.

Asimismo, destaca que las auditorias de seguridad son medidas muy importantes para mantener la seguridad.  Sin embargo, es difícil determinar si el conocimiento adquirido podría ser suficiente para una condena.  Actualmente subraya, “sería muy peligroso estudiar estos temas. Vamos a quedar sin expertos que sepan cómo protegernos, y el resultado es que habrá más incidentes y ataques de ciberseguridad”.

La seguridad informática es un problema grave en Ecuador. En el año 2019, ocurrieron las filtraciones de Databook y Novaestrat, donde se filtraron datos personales de la población de todo el país. Estos casos marcaron el inicio de muchas filtraciones de datos y fallas de seguridad que no han parado desde entonces.

Dentro de este contexto, lo que Ecuador necesita son personas con conocimientos en seguridad digital para fortalecer los sistemas y garantizar la seguridad de los datos de la ciudadanía. En lugar de penalizar el conocimiento técnico, como si estuviéramos viviendo en la Edad Media, necesitamos fomentar un mayor conocimiento y una mayor investigación.

Es más urgente que nunca contar con conocimientos en seguridad informática que ayuden a tener sistemas más seguros.

Organizaciones de la sociedad civil rechazan la criminalización de la defensa de derechos digitales y el uso indebido del sistema judicial en el caso de Ola Bini en Ecuador y exigen el respeto al debido proceso y a los derechos humanos

Las organizaciones y activistas abajo firmantes expresamos nuestra preocupación y nuestro firme rechazo ante las múltiples irregularidades, ilegalidades y vulneraciones al debido proceso observadas durante 5 años en el caso de Ola Bini, programador y defensor de derechos humanos. Este caso no solo ha expuesto deficiencias críticas y la debilidad en el sistema judicial ecuatoriano, sino que también ha revelado cómo las prácticas gubernamentales amenazan continuamente los principios fundamentales de justicia y libertad en el Ecuador.

Las irregularidades en el caso incluyen:

La sentencia emitida por los jueces Pacheco y Fabara, este último actualmente bajo investigación por supuestos actos de corrupción por parte de la Fiscalía (https://inredh.org/dos-de-tres-jueces-revocaron-la-sentencia-que-declaraba-inocente-al-activista-digital-ola-bini), parece haber sido influenciada por presiones políticas externas, pues no existe prueba alguna que justifique dicha sentencia. Esta decisión no solo ignora la falta de evidencia, sino que además sentencia a Bini a un año de prisión y al pago de multas económicas, basándose en la presunta «tentativa» de acceder a un sistema de telecomunicaciones de la CNT, una acusación que ni siquiera fue objeto de la teoría del delito inicial de la Fiscalía. 

La decisión judicial no solo suma a un manejo terriblemente irresponsable y manipulado del caso, sino que también establece un precedente alarmante para las libertades en general.[1] En particular, la criminalización de herramientas como Tor, que son vitales para garantizar la seguridad y privacidad en línea, junto con el intento de penalizar la adquisición y posesión de conocimientos técnicos, apunta a una tendencia peligrosa de interpretar habilidades tecnológicas como amenazas potenciales, en lugar de reconocerlas como componentes esenciales para la innovación y la seguridad informática. Este enfoque no solo socava los derechos fundamentales a la privacidad y la libre expresión, sino que también pone en riesgo la integridad y la evolución de un entorno digital seguro en el Ecuador.

Por todo lo anterior, instamos a las autoridades competentes a:

  • Revisar y corregir de inmediato las irregularidades presentadas en este caso.
  • Asegurar un proceso justo y transparente en la apelación de Ola Bini y en todos los casos judiciales en el país.
  • Cesar el uso de sistemas judiciales y de seguridad como herramientas de represión.
  • Adoptar medidas para fortalecer un sistema judicial justo, imparcial y libre de influencias políticas.
  • No criminalizar el conocimiento ni las capacidades técnicas individuales o colectivas.
  • No criminalizar el uso de herramientas tecnológicas que son fundamentales para el libre ejercicio de la libertad de expresión y la privacidad, derechos humanos esenciales.

Asimismo, hacemos un llamado a la comunidad internacional y a las organizaciones de derechos humanos para que continúen observando de cerca este caso y exijan al Ecuador el cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.


[1] Al respecto, la Misión de Observación del caso Ola Bini ya ha expresado las implicancias para la vigencia de los derechos digitales de una sentencia dictada al margen de criterios técnicos y jurídicos: https://articulo19.org/ola-bini-inocente-una-sentencia-clave-para-la-defensa-de-derechos-digitales/ 

Firmamos en orden alfabético:

Access Now – Internacional

Article 19 – Internacional

Association for Progressive Communications (APC) – Global

Associació Pangea Coordinadora Comunicació per a la Cooperació – España/Cataluña

Barracon Digital – Honduras

Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.” (CSMM) – Ecuador

Centre for Information Technology and Development – Nigeria

Código Sur – Costa Rica

Conexión Educativa – Ecuador

Cooperativa Autogestionaria Sulá Batsú – Costa Rica

Cooperativa Tierra Común – Mexico

CryptoRave – Brasil

Derechos Digitales – América Latina

Digital Defenders Partnership – Internacional

Electronic Frontier Foundation – Internacional 

Fantsuam Foundation – Nigeria

Front Line Defenders – Internacional

Fundacion Acceso – Costa Rica

Fundación InternetBolivia.org – Bolivia

Fundación Karisma – Colombia

Fundación Openlab – Ecuador

Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH) – Ecuador

JCA-NET – Japan 

Jokkolabs Banjul – Gambia

LaborNet – Estados Unidos

LaLibre.net Tecnologías Comunitarias – Ecuador

MariaLab – Brasil

May First Movement Technology – Estados Unidos/México

Rhizomatica – México

Saravá – Brasil

SeguDigital – México

Ser Valiente en Red – Perú

SocialTic – México

Sursiendo, Comunicación y Cultura Digital – México

Taller de Comunicación Mujer – Ecuador

TEDIC – Paraguay

Las múltiples caras de la violencia contra periodistas en El Salvador

Ante el profundo cierre democrático que prevalece en el Salvador, el entorno digital se ha convertido en un canal indispensable para ejercer la libertad de expresión, libertad de prensa y la defensa de los derechos humanos.

Desde Derechos Digitales hemos documentado en varias oportunidades  las situaciones de censura, violaciones al derecho de acceso a la información, y limitaciones a la libertad de expresión que se viven en El Salvador desde hace años. 

En el difícil contexto, es sumamente importante reflexionar sobre el estado de medios, periodistas y personas encargadas de mantener informada a la población.

Violencia Digital hacia periodistas en elecciones

El domingo 4 de febrero de 2024 se realizaron las elecciones presidenciales en el país. Resultó reelecto el candidato del partido Nuevas Ideas, Nayib Bukele, con el 81% de los votos tras un proceso permeado por distintos cuestionamientos. 

En el período previo a las elecciones, entre julio de 2023 y febrero de 2024, la Asociación de periodistas de El Salvador (APES) monitoreó los ataques recibidos por la prensa y los periodistas.  El informe resultante reportó 64 casos, la mayoría ocurridos en el ámbito digital. Otro reporte de APES, sobre «Vulneraciones a la prensa» indica que los tipos de ataques más comunes limitan seriamente su labor como periodistas, debido a que la censura de la que son víctimas restringe el libre ejercicio de su profesión. Declaran que sufren declaraciones estigmatizantes, acoso, difamación, amenazas legales, vigilancia y ataques vinculados al género hacia periodistas mujeres. 

La situación tuvo repercusiones en medios y organizaciones del continente y el mundo. Reporteros Sin Fronteras, en conjunto con organizaciones internacionales vinculadas a la libertad de prensa y expresión, condenaron públicamente las agresiones sufridas por la prensa en el marco de las elecciones salvadoreñas. Su llamado fue “para que se establezcan las condiciones y garantías necesarias para que las y los periodistas puedan ejercer su labor, la ciudadanía esté informada, y se reconozca el papel de los medios en el fortalecimiento de la democracia”.

Violencia de género como norma

En este contexto de violencia, agresiones, censura y silenciamiento creciente, no debería sorprendernos que el componente de género ocasione impactos diferenciados. Decisiones gubernamentales como el del Ministerio de Educación de remover todo contenido relacionado a la perspectiva de género de materiales educativos bajo la amenaza de “despedir profesores” que los difundan, reflejan la preocupante postura estatal respecto a la desigualdad de género. Conforme ha sido referido por organizaciones de la sociedad civil, la medida no solamente implica un retroceso, sino que amenaza con elevar los índices de violencia sexual. 

De hecho, cifras como las identificadas en el “Informe sobre violencia digital basada en género dirigida hacia mujeres periodistas”, publicado también por APES en enero de este año, demuestran que la violencia sexual es central en los ataques recibidos. Dicho informe, indica que durante el período de análisis, entre el 1 de octubre de 2023 hasta el 10 de enero de 2024, se registraron un total de 45.530 ataques digitales. Las mediciones señalan que el 17.5% de todos los comentarios contra mujeres periodistas son de tipología de violencia sexual. A su vez, se identifica que el 7% de los ataques dirigidos a hombres periodistas se basan en contenido transfóbico, homofóbico y misógino; lo cual denota que existe un fuerte componente de violencia basada en género incluso cuando ésta está dirigida a los hombres.

El informe puntualiza que las situaciones de violencia suceden generalmente en reacción a posturas de periodistas sobre la administración actual, especialmente en el marco de investigaciones o coberturas periodísticas en el marco del contexto electoral.

Los análisis realizados por APES concluyen que los principales agresores han sido funcionarios públicos, además de las Fuerzas Armadas, partidos políticos, instituciones públicas, entre otros. Los perfiles están compuestos tanto por influenciadores afines al gobierno, como de cuentas anónimas o automatizadas – los bots, conocidos en El Salvador como “troles”- y utilizan direcciones IP localizadas en Estados Unidos. Esto significa que se trata de cuentas que en su mayoría, son muy difíciles de rastrear.

Cabe señalar que El Salvador no cuenta con una legislación específica sobre violencia de género en línea, y a pesar de que cuentan con leyes aplicables a estos ámbitos como la ley especial integral para una vida libre sin violencia (LEIV) y la ley de Delitos Informáticos, expertas señalan que «esto no ha dado una garantía ni una mayor protección legal hacia este grupo de personas, como son las mujeres«. En ese contexto, no se puede perder de vista que al ser los responsables de las violencias ejercidas miembros estatales o afines al gobierno – como indican los informes – inevitablemente, como mínimo, se dificulta la aplicación de la legislación existente.

Violencia y vigilancia institucionalizadas

El pasado 27 de marzo, se cumplieron dos años del régimen de excepción, que implicó una serie de reformas legales en un Estado que continúa evadiendo sus obligaciones en materia de derechos humanos. En febrero de 2022, la Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó una reforma del código penal que legitimaba el espionaje digital, como parte de la consolidación del poder de Bukele. Desde el su primer mandato, la represión hacia la prensa ha aumentado a pasos agigantados. Bukele ha atacado continuamente a los medios de comunicación, acusándolos de promover “fake news”.

Un claro ejemplo de esto es el del periódico “El Faro”, uno de los principales medios de comunicación independientes de El Salvador, cuyos miembros han sido objeto de hostigamiento, amenazas, intimidaciones y estigmatización (principalmente en espacios digitales) en base a sus labores periodísticas. Así lo ha reconocido la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) mediante el otorgamiento de medidas cautelares a favor de 34 miembros del periódico y su posterior resolución de seguimiento. La resolución indica que la información presentada demuestra que los derechos a la vida y a la integridad física de los miembros de «El Faro» se encontraba en situación de gravedad y urgencia. Para ello, la Comisión consideró las amenazas, el acoso y las agresiones recibidas por las periodistas mediante redes sociales, así como el seguimiento de las oficinas del periódico por determinados periodos de tiempo, presuntamente por el Organismo de Inteligencia del Estado.

Además de los ataques por múltiples medios y formatos, una investigación liderada por Citizen Lab en conjunto con organizaciones latinoamericas identificó que el software espía Pegasus había sido instalado en los teléfonos de al menos 35 periodistas y miembros de la sociedad civil. En el caso de “El Faro”, las investigaciones señalan que durante un periodo de 17 meses se tuvo acceso total a los aparatos de más de la mitad de su personal en fechas específicas que coinciden con procesos de investigación específicos llevados a cabo por el medio y con acontecimientos relevantes en la vida política o ataques gubernamentales contra el periódico. La conjunción de hechos, más el peligro diario para sus trabajadores, llevaron al medio a emigrar a Costa Rica

Estos hechos no son aislados, sino que se insertan dentro de una preocupante estructura de vigilancia que se ha ido consolidando como estrategia de gobierno. Así por ejemplo cabe recordar el préstamo multimillonario de 109 millones de dólares para la ejecución de la Fase 3 del Plan de Control Territorial aprobado forzadamente tras la toma militar del congreso. Conforme señalaron los medios de comunicación, el préstamo consolida la militarización de la seguridad pública mediante la adquisición de tecnologías de vigilancia. Entre éstas se encuentran cámaras de vigilancia con un nuevo sistema de reconocimiento facial, además de drones y diversos centros de monitoreos para la policía y el ejército.

Una respuesta urgente

La libertad de expresión y la libertad de prensa son derechos humanos. Que la prensa esté informada, pueda acceder a la información, garantir la protección de sus fuentes e informar sobre lo que sucede sin temer por su integridad física o su continuidad laboral, debería ser una prioridad ineludible en defensa del derecho al acceso universal a la información.

Nada de eso está garantizado ahora en El Salvador. En tal contexto de institucionalización creciente de la violencia y la vigilancia, incluso contra periodistas, y frente a la amenaza latente de una mayor radicalización luego de la victoria electoral, es urgente que las instituciones internacionales refuercen el monitoreo de la situación y la exigencia de medidas concretas por parte del Estado salvadoreño. Además del restablecimiento de las garantías a los derechos fundamentales, es crucial que se incrementen los mecanismos de protección a periodistas.

Conociendo la influencia que el gobierno Bukele ha tenido sobre la extrema derecha latinoamericana, una respuesta fuerte de la comunidad internacional es crucial. Desde la sociedad civil seguimos en alerta máxima para que situaciones como las registradas en El Salvador en los últimos no se sigan repitiendo en nuestra región.

Cibercrimen y castigo

En cierto clásico de la literatura universal de la segunda mitad del siglo diecinueve, deducible a partir del título de este texto, se nos presentan reiteradamente diálogos entre su protagonista, Raskólnikov, y un inspector de policía que dinamizan la historia, a la vez que permiten darle un vistazo a la realidad cultural, histórica e institucional del entonces Imperio Ruso. En uno de esos intercambios, el segundo le espeta al primero: “(…) y es que el caso general que responde a todas las formas y fórmulas jurídicas; el caso típico para el cual se han concebido y escrito las reglas, no existe, por la sencilla razón de que cada causa, cada crimen, apenas realizado, se convierte en un caso particular, ¡y cuán especial a veces!: un caso distinto a todos los otros conocidos y que, al parecer, no tiene ningún precedente”.

Esta deliberada ambigüedad con la que describo la novela tiene dos funciones: evitar spoilers e ilustrar que las definiciones en torno al crimen dependen, en gran medida, de los consensos al interior de cada grupo humano al respecto, sea este un clan, una tribu, un estado, un imperio, e incluso más allá: de acuerdo con el inspector, Porfiri Petróvich, depende de cada caso. Así, no es extraño que los procesos y mecanismos para legislar al respecto se extiendan por meses o años, sea a nivel local, regional o global.

La situación actual del Comité Ad Hoc de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) encargado de elaborar una Convención Internacional para la Lucha contra la Ciberdelincuencia así lo evidencia, como hemos señalado desde el inicio de este Comité. La sesión supuestamente de cierre del Comité, finalizada el 9 de febrero, quedó en suspenso dada la falta de acuerdos en asuntos clave: el alcance de la convención, salvaguardas y derechos humanos, además de determinados crímenes específicos. La presidenta de la mesa determinó continuar la discusión en una sesión futura, de diez días de duración, posiblemente en julio de este año, lo que todavía debe ser aprobado y confirmado por la Asamblea General de la ONU.

El punto de partida de este curso fue una carta enviada, justamente, por la Federación Rusa al organismo internacional en 2017, que plantea la preocupación por “la gravedad de los problemas y amenazas que plantean los delitos relacionados con las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC)” y ofrece un texto preliminar de una convención contra la ciberdelincuencia, cuyo énfasis está en la amplia criminalización y promoción de la cooperación internacional para prevenir y combatir tales delitos.

Aunque no es la aproximación clásica para generar un instrumento internacional en instancias de las Naciones Unidas, en general dicha carta parece emanar de un genuino interés por asumir colectivamente los retos que comporta el desarrollo tecnológico. No obstante, la redacción del segundo de los tres objetivos ahí expresados, “impedir los actos contra la confidencialidad, la integridad y la accesibilidad de las TIC, y prevenir el uso indebido de las TIC” tiene la línea que más controversia ha causado en estos siete años: “(…) tipificando como delitos los actos descritos en la presente Convención” y que despierta sospechas sobre las reales intenciones de la Federación Rusa al presentar, más tarde, un borrador del tratado listo en la primera sesión, previo a cualquier discusión plenaria sobre la materia, a la par que está documentado el uso que se le da en ese Estado a tipos penales sobre cibercrimen para criminalizar de manera arbitraria a las voces críticas del actual Gobierno.

Luego, en noviembre de 2019, una resolución, patrocinada por Rusia –junto con Bielorrusia, Camboya, China, Irán, Myanmar, Nicaragua, Siria y Venezuela– para establecer un comité internacional para combatir el cibercrimen pasa en la Asamblea General de la ONU. Estados Unidos, la Unión Europea y otras naciones se opusieron a la resolución, junto con organizaciones de derechos humanos, incluidas la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones y la EFF, las que instaron a la Asamblea General a votar en contra de la resolución, citando preocupaciones de que “podría socavar el uso de Internet para ejercer los derechos humanos y facilitar el desarrollo social y económico”. Un mes más tarde, sin embargo, la Asamblea General resuelve seguir adelante con esta iniciativa.

Un ajedrez imposible

Si las dinámicas de la política doméstica a veces pueden ser agotadoras e incomprensibles, cuando se trata de geopolítica, esto se enreda todavía más. Lograr que los 193 países que ocupan un asiento en la Asamblea General de las Naciones Unidas lleguen a consensos sobre las materias más diversas se vuelve una odisea. Hay diferencias entre países que son simplemente irreconciliables y el escenario provisto por la discusión hasta ahora de este tratado así lo demuestra.

El objetivo inicial de tipificación de delitos facilitados por TIC ha sido impugnado una y otra vez en cuanto a que no hay manera de realizar un catálogo de estos que deje contento a todo el mundo. Los Estados Miembros de este órgano internacional, al decidir sentarse en esta mesa y participar de las discusiones globales, lo hacen en conformidad con lo señalado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, documento rector de la Asamblea de la ONU, además de otros instrumentos similares. Sin embargo, en medio de las discusiones en esta sesión delegaciones de China, Cuba y otros Estados estimaron que el “lenguaje de derechos humanos” presente en el actual borrador es un exceso, siendo este un documento concebido nada más que como una guía en la aplicación de justicia.

Un ejemplo tiene relación con los artículos sobre explotación de menores en contextos digitales. El interés superior de las niñas, niños y adolescentes (NNA), además de la autonomía progresiva de las NNA, es una preocupación de todos los Estados, sin duda, pero las aproximaciones al resguardo de este son radicalmente opuestas entre el bloque occidental y el resto del mundo. Mientras que la UNICEF y la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos enfatizan que los adolescentes que están próximos en edad, madurez y desarrollo no deben ser criminalizados por una actividad sexual consentida y no explotadora, siempre que no exista ningún elemento de coacción, abuso de confianza o dependencia entre los adolescentes, muchas delegaciones como Egipto, Oman, Qatar, entre otras, expresaron que esta descriminalización no debería estar en la Convención.

Supongamos que un adolescente envía una nude o imagen íntima de manera voluntaria mediante una aplicación de mensajería instantánea. Según su nacionalidad, este acto puede constituir o una manifestación del libre albedrío y de la autonomía progresiva que todas las personas adquirimos conforme crecemos, o podría constituir el delito de producción de material pornográfico mediado por las tecnologías, habilitando su persecución y castigo con la ayuda de la cooperación internacional que fomenta el actual borrador del tratado.

Esto no tiene sentido para quienes habitamos el lado occidental del mapa mundial, pero ocurrió. Human Rights Watch documentó, hace un año, los casos de Yamen y Amar, dos jóvenes LGBTQAI+ de Jordania que fueron criminalizadas con base en su actividad en WhatsApp y aplicaciones de citas como Grindr. En ese país, el código penal considera a las relaciones del mismo sexo como ofensas a la moral y refleja el dilema que representa legislar con una perspectiva de derechos humanos a escala global. Los artículos 13 y 15 del borrador más reciente consolidan estas prácticas, al dejar al arbitrio de cada Estado la tipificación de delitos en este tema.

Alianzas inesperadas

No todo es tan oscuro. Esta última etapa demostró que la participación multisectorial logra resultados y, en nuestra región, podemos atribuirlos sin empacho al trabajo de incidencia que hemos realizado desde el consorcio AlSur junto con la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), el Instituto Panamericano de Derecho y Tecnologías (IPANDETEC) e Hiperderecho. Celebramos, igualmente, la articulación que se observa en el Sur Global. Una carta de la International Press Foundation recoge preocupaciones similares a las nuestras, emanadas desde la sociedad civil del continente africano. La Comisión Internacional de Juristas también puso el acento, en una declaración publicada en enero de este año, en la incorporación de principios de no discriminación, legalidad, interés legítimo, y necesidad y proporcionalidad en el texto discutido.

La mayoría de los países de América Latina se mostraron a favor de incorporar garantías de protección de derechos humanos en el borrador, y esto es el producto tanto de la incidencia presencial en las diferentes reuniones del comité como de la producción de investigaciones y relatorías que dan cuenta de la importancia de tales salvaguardas. Asimismo, la cooperación con otras partes interesadas también ha sido clave. El Manifiesto Multisectorial de 2021 fue firmado por organizaciones de la sociedad civil y representantes de la industria tecnológica, toda vez que hay preocupaciones compartidas respecto del alcance del tratado y sus posibles consecuencias en la fragmentación del ciberespacio.

Ahora durante la sesión de clausura, una carta abierta de la sociedad civil y organizaciones de la industria tecnológica puso el acento en que el primer propósito de un tratado de estas características es proteger a las víctimas de cibercrímenes, ofrecerles reparación efectiva y garantías en el resguardo de sus derechos humanos. Además, señaló que “Un nuevo tratado contra el cibercrimen no debe reducir las obligaciones existentes de los Estados en virtud del derecho internacional, especialmente el derecho internacional de los derechos humanos”. Por el contrario: lo que esperamos desde la sociedad civil es que dichas obligaciones se incrementen, en particular en lo que refiere a las consideraciones sobre género. Una victoria que podemos reconocer, en esta fase, es la incorporación de una frase sobre este tema en el preámbulo, fruto del esfuerzo sostenido y conjunto entre múltiples partes interesadas, aun cuando apuntamos a su incorporación transversal en todo el tratado.

Compañías como Microsoft, desde el primer momento, han expresado que el tratado no debe entenderse como un conjunto de tipos penales. En cambio, ha de fomentar el fortalecimiento de capacidades a escala global para combatir los delitos en entornos digitales, asegurar la consulta con expertas en la materia y poner especial cuidado en aspectos como el flujo transfronterizo de datos personales.

¿Qué hacer?

Frente al enorme poder que detentan los Estados Miembros en instancias multilaterales, cuyos consensos tienen impacto directo en las vidas de todas las personas, alianzas como las mencionadas son imperativas. Pese a que la suspensión de la sesión deja el tema en un limbo de incertidumbre, puede no ser solamente una mala noticia, por ejemplo, por los costos con este proceso. Pero cuando no hay poder suficiente para detener un proceso, demorar su cierre es una estrategia común desde las partes con menor ventaja.

Todavía queda tiempo para visibilizar los graves conflictos que podría acarrear la aprobación de este tratado y en esto la difusión y socialización de sus consecuencias cobra vital relevancia. Hemos sido testigos de cómo algunos Estados han modificado sus posiciones a partir de las conversaciones de pasillo en la ONU y la multitud de voces que han alertado sobre los aspectos más controversiales del tratado.

Desde el Sur Global, nuestra posición es clara: haremos todo lo que esté a nuestro alcance para impedir que un documento altamente punitivo, tremendamente amplio, sin limitar atribuciones estatales de vigilancia, y sin garantías efectivas de derechos humanos, tenga luz verde. En Derechos Digitales no le restamos importancia a la necesidad de regular el cibercrimen a escala internacional, pues va en la dirección correcta en el resguardo de los derechos humanos de todas las personas. Hemos señalado nuestros reparos y ponemos a disposición nuestras capacidades para seguir bregando por un documento que garantice mayor seguridad en línea a todas las personas, defendiendo y promoviendo los derechos humanos, con una perspectiva de género efectiva.

Tú también puedes colaborar. Visita el minisitio sobre este tema, comparte en tus redes, habla con tus amigas y revisa cuál es la posición de tu Gobierno al respecto. Petróvich, en otra conversación con Raskólnikov, afirma lo siguiente: “¿Qué importan estas normas, que en más de un caso resultan sencillamente absurdas? A veces, una simple charla amistosa da mejores resultados”.

El riesgo constante de ser periodista en México: un caso de filtración de datos personales

A finales de enero de 2024, se dio a conocer que una base de datos personales de más de 300 periodistas estaba circulando en un foro de filtraciones. La base contenía informaciones como la Clave Única de Registro de Población (CURP), el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), identificaciones oficiales, dirección, entre otras. Según se pudo comprobar, ésta pertenecía al Sistema de Acreditación de Prensa de Presidencia, utilizada para el registro de periodistas que desean acceder a las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador.

La noticia genera alarma dados los altos registros de violencia contra periodistas en México. De acuerdo con el informe semestral de Artículo 19, entre enero y junio de 2023, la organización registró 272 agresiones en contra de periodistas y medios de comunicación, de las cuales poco más de la mitad (140) tuvieron a instituciones del Estado como perpetradoras, lo que siembra una desconfianza hacia el gobierno con énfasis en las fuerzas armadas. Mientras tanto en 2022, se registraron 696 ataques, siendo el año más violento que haya monitoreado la organización desde el 2007.

Asimismo, existe el riesgo de que la información, disponible libremente por el filtrado, sea utilizada para incrementar las amenazas y ataques sufridos por comunicadoras y comunicadores en el país. Esta situación puede exponer a periodistas que ya se encuentran bajo el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, y que han asistido a la conferencia matutina. Es sabido que pese a formar parte de los mecanismos de protección, algunas personas no han encontrado la seguridad necesaria, como el caso de Lourdes Maldonado López, quien – incluso habiendo expresado su miedo ante el presidente en una de sus conferencias – fue asesinada en 2022.

El discurso oficial no pareció compartir las preocupaciones de gran parte de la sociedad con relación a la filtración y la situación de los y las periodistas. En un primer momento, López Obrador se refirió a la filtración como una forma de atacar a su gobierno por parte de sus adversarios, como consecuencia de una “guerra sucia”, desviando a sí mismo el centro de atención y minimizando los riesgos implicados a periodistas y sus familiares.

La explicación sobre los hechos tampoco ha sido consistente en el tiempo. Inicialmente el presidente declaró que se trataba de un hackeo para desprestigiar a su gobierno. Posteriormente, la versión oficial de la base de datos a partir de una cuenta y credenciales de un funcionario que dejó de trabajar en la Coordinación de Estrategia Digital Nacional hace dos años.

En este momento, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) declaró que iniciaría una investigación e incentivó a las personas afectadas a presentar las denuncias correspondientes. Fueron 23 periodistas que iniciaron una denuncia penal.

Cuando la irresponsabilidad encuentra la incompetencia

La incapacidad de respuesta y acción del Estado mexicano cuando se trata de las múltiples vulneraciones de derechos humanos sufridas por periodistas no es exclusividad de este caso. La filtración de datos personales de periodistas es un eslabón más en esta cadena.

No es una prioridad y no existe compromiso gubernamental para proteger  periodistas en el país, y este caso sirve para reafirmarlo.  Además, demuestra la poca capacidad del gobierno, especialmente de Presidencia, para implementar medidas de seguridad adecuadas para el manejo de datos personales en su poder, más allá de las obligaciones establecidas por las normativas de protección de datos nacionales. La investigación del INAI en este proceso será crucial para contar con sanciones que impulsen una mejora en la capacitación sobre protección de datos personales. Mientras tanto, la pregunta que queda abierta es la que se refiere a los protocolos de seguridad para inhabilitar cuentas de exfuncionarios públicos.

Esta no es la primera filtración que ha sufrido el Estado mexicano en tiempos recientes. De hecho, fue gracias al hackeo de un grupo autodenominado Guacamaya, en 2022, que se pudo conocer más sobre las prácticas de vigilancia contra civiles – incluso periodistas – implementadas por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). El episodio no sólo contribuye a entender la poca diligencia en materia de seguridad digital por parte del gobierno, sino que también evidencia que el Estado también es cómplice en la fragilización de la privacidad y seguridad de periodistas y sus familiares.

Mientras esto sucede, la vida de las comunicadoras y comunicadores está en riesgo todos los días. Esta filtración de información personal pone en una posición aún más vulnerable a periodistas que se encuentran en la base, en especial aquellos y aquellas que previamente han recibido algún tipo de amenaza, lo que les ha llevado a ser parte del Mecanismo de Protección a Periodistas.

Este caso pone sobre la mesa la relevancia de la protección de datos personales de periodistas, pues su difusión puede traer graves consecuencias. Es crucial realizar una investigación exhaustiva sobre lo sucedido y analizar las medidas de gestión de datos personales que están siendo realmente aplicadas por los sujetos obligados, así como los protocolos de seguridad digital existentes. Esto podría tener como consecuencia el impulso y promoción de mejores prácticas en los gobiernos. Existe también, una necesidad imperativa de reparación del daño a periodistas que vieron vulnerados sus derechos, así como la implementación de una estrategia que contribuya a disminuir los riesgos a los que se puedan enfrentar. 

Sin duda, ejercer la labor periodística en México seguirá trayendo riesgos inminentes hasta que exista un interés y una preocupación efectiva por proteger a periodistas, especialmente por parte del gobierno. Es necesario un compromiso por garantizar el ejercicio de derechos humanos como la libertad de expresión y el acceso a la información, ejes centrales del periodismo.