La suspensión de X en Brasil, y la vigencia del Estado de Derecho

El pasado 30 de agosto, la máxima corte de justicia de Brasil, el Supremo Tribunal Federal, emitió una decisión que, entre otras cosas, ordenó la suspensión del servicio de la red social X —antes Twitter—. También decidió establecer sanciones a los usuarios y usuarias que evadieran dicha suspensión a través de distintas herramientas como las redes virtuales privadas (o VPN), e inicialmente ordenó a Apple y Google retirar de sus tiendas de aplicaciones móviles este tipo de herramientas, medida que fue revertida horas después.

La decisión de suspensión inmediata y completa del servicio, que sigue vigente a más de una semana desde su emisión, fue impuesta como resultado de que la red social incumpliera diversas órdenes judiciales dirigidas a la entrega de información de algunos usuarios y el bloqueo de ciertas cuentas y contenidos.

Antecedentes necesarios sobre el fallo 

De la lectura del fallo judicial del 30 de agosto pasado que ordena la suspensión inmediata y temporal de X, y la poca información disponible, emergen dos hechos de contexto para entender cómo y por qué la justicia emitió una de las medidas más gravosas según el Marco Civil de Internet, la normativa de Brasil aprobada hace más de 10 años atrás que regula internet.

En primer lugar, sabemos que el Supremo Tribunal Federal (STF) hace meses ordenó a X la entrega de los datos personales de ciertas personas y el bloqueo de diversas cuentas y contenidos que estaban presuntamente implicadas en actos de intimidación a agentes policiales. Estas órdenes estuvieron  enmarcadas en una investigación llevada a cabo de manera confidencial por ese máximo tribunal, y que buscaba esclarecer los hechos de intento de golpe de Estado así como atribuir las debidas sanciones a sus responsables.

En segundo lugar, sabemos que con posterioridad a la emisión de dicha orden inicial, la red social X habría apelado su contenido, pero el STF se sostuvo en su decisión, por lo que la plataforma debía cumplir el fallo aunque fuera adverso a sus pretensiones. La justicia intentó, por varios medios, amenzar a X a que cumpliera, pero en ese punto la justicia y la plataforma ya no tenían un punto de contacto local que facilitara su comunicación: la red social había suprimido su representación legal, ante la eventual sanción de prisión que podría ser impuesta a sus delegados en Brasil por los reiterados incumplimientos, a lo que se sumó también el despido del resto del equipo de X en ese país.

Por su desacato reiterado, el STF impuso multas cuantiosas a X. De igual modo, congeló los activos de la empresa Starlink, donde Elon Musk –accionista mayoritario de X– también figura como dueño. Al día de hoy, la orden judicial que inició todo este ir y venir, sigue sin ser cumplida.

Ahora bien, hay que reconocer que la decisión de suspensión inmediata y temporal del servicio de X en Brasil es, en definitiva, el desenlace de un conjunto de decisiones sobre incumplimientos judiciales, cuyos efectos fueron escalando. Para que la suspensión sea levantada y se restablezca la prestación del servicio de X en Brasil, el STF exige a la red social que nombre una representación legal en el país –para facilitar la comunicación entre ambas partes–, que cumpla con las órdenes iniciales de entrega de datos personales y eliminación de contenidos, y que pague las multas adeudadas. 

Fuera de discusión: el Estado de Derecho y las decisiones de la justicia

A quienes ejercemos abogacía se nos enseña que la vigencia del Estado de Derecho transita, entre otros, por el imperio de la ley para todas las personas y el respeto a las decisiones judiciales. Y se nos advierte que, aun cuando el contenido de los fallos pueda ser discutible, la controversia en torno a las decisiones judiciales debe transitar por las vías legalmente establecidas para ello. Hay que jugar según las reglas que se espera que se apliquen a todos por igual.

Pero eso no parece ser igualmente aceptado desde el Valle de Silicio (Silicon Valley) . Desde luego, la estrategia de evasión de la ley por parte de las Big Tech fuera de Estados Unidos no es nueva. En países de América Latina se valen de diversas estrategias para justificar por qué los ordenamientos locales no les son de aplicación. Uno de los argumentos más comunes para la elusión de las decisiones judiciales o administrativas apunta a la falta de jurisdicción: la supuesta ausencia de validez o aplicabilidad (para ellas) de la ley de los países en que no está domiciliado su centro de operaciones principal, o  el argumento según el cual la filial registrada fuera de los Estados Unidos no tiene relación alguna con la empresa principal que administra la plataforma de red social, streaming, reproducción de videos, o el servicio que sea. 

Los argumentos varían y, en ocasiones, las plataformas ni siquiera responden al pedido de las autoridades, dejándolas en visto. Pero la maniobra empleada por X en Brasil (en particular, las acciones de su CEO Elon Musk dirigidas a atacar la integridad de los jueces del caso y la justicia en general) no había sido vista de una manera tan cruda y explícita hasta ahora en nuestra región. 

Desacatar un fallo judicial de manera sistemática y cerrar las actividades de la filial de esa Big Tech haciendo imposible la actuación de la justicia, reafirma cuán fácil puede ser para estas empresas desvirtuar la eficacia jurídica y simbólica del derecho. La lógica de la suspensión temporal de un servicio según el Marco Civil de Internet, es que sea temporal en tanto que se espera que la plataforma cumpla con sus obligaciones rápidamente. Pero no parece en este momento que X vaya a cumplir con esta expectativa. ¿Qué hará la justicia ahora de cara a la decisión de bloqueo si la red social, como quedó claro, no tiene interés alguno de cumplir sus decisiones en el futuro próximo? ¿El bloqueo generalizado se mantendrá de manera indefinida?

Pese a todo, en esta tensión que emerge entre el poder de las Big Tech y el poder de los Estados, en lo que pensamos que debemos estar de acuerdo es en el imperio de la ley y en el cumplimiento de las decisiones judiciales en los países democráticos, aún cuando podamos y tengamos el derecho de cuestionar su contenido y los procedimientos aplicados en la toma de la decisión judicial.

Asimismo, vale la pena mirar con cautela el caso de Brasil que nos enseña que la relevancia económica de un mercado puede no ser suficiente garantía para incentivar el cumplimiento de la ley local. ¿Qué suerte le espera al resto de países de la región cuando tengan que lidiar con la red social X en el marco de decisiones de moderación de contenido, o acciones de lucha contra la desinformación o violencia que suceden y circulan en esa plataforma?

Un debate que no es nuevo: el bloqueo de servicios digitales

La suspensión temporal de un servicio, en el caso de Brasil, está fundamentado por el Marco Civil de Internet y en tanto que ley válida y democráticamente discutida y aprobada por el Congreso, ha de ser aplicada aun cuando entendamos hoy, de cara al estado del arte tecnológico, que es inconveniente y merece ser repensada frente a los estándares regionales sobre la licitud de las medidas restrictivas de la libertad de expresión.

La suspensión de la totalidad de un servicio puede ser desproporcionada, pues sus efectos se extienden a la generalidad de personas usuarias del servicio que no están vinculadas con la decisión judicial inicial. El fin perseguido, en el caso brasileño, que apuntaba a la entrega de datos de ciertos usuarios y bloqueo de contenidos y cuentas, no es proporcional de cara a los efectos generados para todas las personas que acceden a X en ese país. Pero la suspensión generalizada, aun cuando sea temporal, tampoco es útil si se emplea como incentivo para obligar al cumplimiento de las decisiones judiciales, como ya quedó claro con la reacción de X.

Cuando el sistema interamericano de derechos humanos se refirió en 2013 y 2016 a la medida de bloqueo –adoptada en Brasil como “suspensión temporal”-, lo hizo para referirse a un recurso extraordinario o excepcional, disponible en manos de los Estados para, entre otros, luchar contra la explotación sexual infantil, o la “piratería” en línea, y más recientemente, la desinformación. Su vocación era la de servir como recurso aplicable sobre los contenidos ilegales, y no como una medida para afectar de manera generalizada el servicio o el medio que lo difunde –salvo que el servicio sea en sí mismo ilegal–.

Para sugerir la distinción entre el contenido y el medio en materia de bloqueos, la Relatoría para la Libertad de Expresión acudió a la analogía con el cierre de un periódico o cualquier otro medio de comunicación, dejando en claro que en línea y fuera de ella, ese tipo de bloqueos –o suspensiones– erosionan el ecosistema mediático e informativo. La suspensión temporal de una plataforma como X en Brasil, aunque pueda ser legal, ¿continúa siendo una medida legítima, necesaria y proporcional en una sociedad democrática? 

Cierre: preguntas pendientes y matices necesarios

La situación de X se suscita en un contexto de restablecimiento de la democracia luego de un período de debilitamiento institucional y democrático en Brasil, donde los cuestionamientos al orden constitucional no solo provienen de actores políticos tradicionales, sino también de la instrumentalización por terceros de las plataformas digitales para propagar desinformación y erosionar la institucionalidad o el espacio público digital. Allí, los intentos de contener esa crisis han alcanzado inevitablemente la discusión sobre el rol de las plataformas tecnológicas y sus responsables.

En tal contexto, cabe preguntar por el futuro de la investigación penal en que la entrega de datos personales de los usuarios de la red social X iba a ser clave para determinar la identidad de las personas que habrían participado en eventos que amenazan el orden democrático. El cierre de las operaciones de X en Brasil significa, desde luego, un obstáculo serio para la impartición de justicia en ese caso. Sin embargo, sus consecuencias no pueden ser observadas de manera aislada o fuera de contexto.

En este caso, el desafío para la sociedad civil no radica únicamente en frenar los excesos de quienes instrumentalizan el debate público, sino también en encontrar un balance justo entre derechos fundamentales y las obligaciones de los actores que interactúan en el ecosistema digital. 

Por ahora, es necesario adoptar un enfoque que trascienda las posturas simplistas o radicales, en lugar de hacer eco de la polarización existente que no considera las complejidades socio-técnicas y jurídico-legales del problema. A medida que el caso de X en Brasil siga en desarrollo y se conozcan mayores detalles de los contenidos de las decisiones judiciales que confluyen, habrá que avocar los análisis tanto la importancia de la libertad de expresión como la responsabilidad de los actores privados en la esfera pública global, el cumplimiento de estándares internacionales de derechos humanos, la importancia de actualizarlos de cara al estado del arte tecnológico actual, y el rol de la justicia en la aplicación de la ley y los retos que enfrenta en esa tarea.

La amenaza persistente de la censura en Internet y cómo evadirla

Cuándo nos conectamos a algún servicio en internet, nuestra comunicación atraviesa varias computadoras conocidas como ruteadores. El primer dispositivo al que nos conectaremos es el ruteador de internet de nuestra casa – si lo hacemos a través de internet fijo – o la antena de telefonía celular, si lo hacemos con internet móvil. Luego, la comunicación sigue a través de otros dispositivos en la red del proveedor de internet y de otros proveedores de comunicación hasta llegar al destino. En cualquiera de estos sitios se podría filtrar el contenido de nuestras comunicaciones.

Cuando un Estado quiere bloquear contenidos o aplicaciones, una posibilidad para concretarlo es obligar a los proveedores de acceso a internet – también conocidos como ISPs por sus siglas en inglés – a hacerlo en su favor. Dado que el ISP es responsable por conectar una computadora de origen a un sitio web ubicado en una computadora de destino, basta que este intermediario no efectúe la comunicación para que el sitio quede inaccesible.

Otra forma de bloqueo se da a partir de modificaciones en los registros de nombres de dominio (DNS), el que asocia dispositivos físicos a nombres y números que lo permiten ubicar en la red. Estas no son las únicas formas de operar la censura en Internet, sobre el funcionamiento técnico y las estas estrategias de bloqueo hablamos en otra columna.

El diseño de Internet implica que los proveedores de Internet sepan quién solicita el acceso a un sitio y la dirección IP de destino. Con esta información es posible operar la conexión, pero también la censura. Cuando estos registros se almacenan por periodos largos de tiempo, sea por requisitos técnicos o legales, puede facilitar prácticas de vigilancia, una vez que esos datos permiten identificar patrones de acceso por parte de usuarias específicas. Por eso, el uso de herramientas para evadir la censura en muchos casos también sirve para proteger la privacidad de las comunicaciones.

Evadir la censura

Una primera medida de protección contra la censura son las redes virtuales privadas, o VPNs. Esta tecnología permite generar un canal cifrado desde nuestros dispositivos hasta uno de los servidores de VPNs que, por su vez, nos irá dirigir al destino deseado. El ISP solo podrá ver que existen conexiones cifradas a ciertas direcciones IPs de las VPNs, pero no sabrá hacia donde esta nos está direccionando o el tipo de actividad que se está realizando. De este modo, salvo que los ISPs empiecen a bloquear las VPNs o que las mismas VPNs bloqueen determinados contenidos, no será posible impedir el acceso.

El colectivo Riseup provee desde hace mucho tiempo la VPN RiseupVPN que se puede utilizar de manera gratuita y sin entregar datos de registro. En la coyuntura actual de Venezuela proveedores de VPN como ProtonVPN y TunnelBear están ofreciendo acceso gratuito a sus servicios si la conexión proviene de Venezuela.

Si mucha gente empieza a utilizar estos servicios, entonces el Estado podría intentar bloquear las VPNs. Se podría intentar con otras que no están mencionadas acá y seguir jugando el juego del gato y el ratón. Otra opción es aprovechar el hecho de que la tecnología de VPNs se basa en estándares abiertos, lo que permite a otros proveedores implementar VPNs propias de forma autónoma con software libre. Lo que se necesita para esto es un servidor virtual (VPS) que se puede contratar por un costo bajo y alguien con conocimientos de Linux.

Outline es una solución sencilla que nos permite implementar nuestros propios servidores de VPN de manera fácil y segura. Al usar una solución como esta se tendría un servicio que sería menos visible que el servicio de VPNs conocidas pero se requieren ciertos conocimientos técnicos. Una vez implementado el servidor es fácil conectarse desde computadoras o celulares.

Otra opción para evadir la censura es la red de anonimato Tor. Para acceder a este red no es necesario pagar ni entregar datos personales. Al igual que las VPNs, Tor se puede instalar en teléfonos celulares y computadoras. La forma más común de acceder a la red es a través del navegador Tor, disponible para computadoras y celulares Android, en el caso de Iphone se puede usar el navegador Onion Browser.

Mediante este navegador se puede evadir la censura de sitios web, pero no es tan evidente su uso para evadir el bloqueo de aplicaciones como Signal o WhatsApp. En el caso de celulares, existe la aplicación Orbot que funciona de forma similar a una VPN, pero con la red Tor. En este caso se podría conectar Orbot a la red Tor y decirle que ciertas aplicaciones funcionen a través de esta aplicación. De esta manera se podría utilizar Signal, WhatsApp, X o cualquier otra aplicación.

Estas son algunas soluciones para evadir la censura en Internet, pero no son las únicas. Como documentado en años anteriores, incluso en el caso de Venezuela, es posible a los operadores bloquear incluso el acceso a la red de Tor. Así, es recomendable probar más de una opción por si el Estado llegara a bloquear una de estas, se puede usar otra.

Documentar la censura del Internet

La censura en Internet normalmente está asociada con acontecimientos que suceden en la sociedad. En el caso de Venezuela tiene que ver con las elecciones, pero se han registrado bloqueos de comunicaciones en otros países de la región durante eventos de conmoción social.

El proyecto OONI es una herramienta de software libre que se puede instalar en nuestros teléfonos o computadoras para que realice pruebas recurrentes a sitios web y aplicaciones y así identificar si estas están bloqueadas. Los datos recolectados pueden ser subidos a OONI para ser accesibles por investigadores a través de su explorador.

El uso de OONI es simple y hace unos años publicamos una guía sobre como hacerlo. Es importante tener cuidado y estar atentos a los riesgos que podemos tener al monitorear bloqueos de Internet, debido a que algunos países restringen este tipo de actividad.

En el caso de Latinoamérica hay organizaciones que utilizan OONI y herramientas similares para detectar bloqueos. Nos gustaría destacar el trabajo de organizaciones como Conexión Segura y Libre (antes Venezuela Inteligente) con su proyecto VEsinFiltro donde documentan bloqueos a Internet en este país. En Colombia se encuentra la Fundación Karisma con el Observatorio de Bloqueos de Internet en dónde han publicado una guía para investigar de bloqueos de Internet.

Internet es una herramienta esencial para poder informarnos, pero también para ejercer un conjunto de derechos fundamentales, como a la educación, la salud, entre muchos otros. La censura de sitios y aplicaciones afecta directamente el ejercicio de estos derechos, además de limitar la libre expresión y asociación en momentos de crisis política, como observamos ahora en Venezuela. Poder documentar estos casos es de suma importancia para denunciar abusos, desarrollar mejores estrategias para evadirlos y también para exigir comunicaciones libres.

La red es vulnerable a ser censurada, y necesitamos seguir presionando agentes públicos y privados a que atenten a sus obligaciones internacionales de mantener la integridad de Internet. Por otro lado, su naturaleza abierta permite que tengamos herramientas para poder evadirla. Es recomendable aprender a usar estas herramientas incluso si en nuestro país no existen bloqueos aparentes, ya que para cuando existan estaremos listas para seguir comunicándonos y accediendo a información relevante.

Elecciones abren nuevo frente de violencia, represión y censura

El 28 de julio de 2024 se llevaron a cabo las elecciones presidenciales en Venezuela con una notoria participación en todos los centros de votación del país y del exterior. La jornada transcurrió en calma hasta que el Consejo Nacional Electoral (CNE) dio resultados dando como ganador al actual presidente Nicolás Maduro con 51,20% de los votos escrutados hasta ese momento.

Después de las imágenes de celebración de Maduro, Edmundo González y María Corina Machado, el candidato opositor y la principal figura de la oposición en Venezuela, dieron declaraciones rechazando los números ofrecidos por el CNE. La declaración no fue sólo un acto de rebeldía al aire: la promesa de tener las pruebas en la mano es un desafío frontal a las capacidades del oponente de dar una respuesta convincente y rápida a su auto-proclamada victoria. Cabe el recordatorio de que el CNE como entidad de poder electoral, no es considerado un ente independiente, sino una extensión del poder oficial, así como otros poderes públicos.

Represión multidimensional sin tregua

Los días siguientes al 28 de julio han estado marcados por la ausencia de explicaciones sobre los resultados electorales y la represión implacable a la protesta contra la declaración de victoria de Maduro, dejando un penoso saldo de al menos 24 personas fallecidas y más de 2 mil personas detenidas para el 4 de agosto, según anunció Maduro. Las cifras de personas detenidas, desaparecidas y muertas por las protestas, así como las denuncias de limitaciones a obtener defensa privada o investigaciones de los casos son alarmantes y se suman a un histórico de vulneración de derechos humanos que se intensifica en estos días.

La criminalización no se limita a quienes protestan, sino que se ha extendido a quienes participaron como testigos de mesa durante las elecciones y, como parte de su ejercicio cívico, fueron responsables de cuidar todo el proceso electoral y de las actas obtenidas una vez finalizado el proceso de transmisión de votos.

Más allá de la represión en las calles y quizás de forma menos evidente para la observación internacional, el gobierno se ha utilizado de las tecnologías en sus esfuerzos por controlar cualquier cuestionamiento a la narrativa oficialista. Por un lado, son incontables los testimonios de cómo las fuerzas de seguridad detienen y confiscan teléfonos de las personas detenidas sin mayores garantías de respeto a su privacidad y a la confidencialidad de sus comunicaciones. Por otro, sistemas más sofisticados de vigilancia también se han puesto en marcha.

Automatizando la vigilancia y la desconfianza

Para entenderlo es necesario volver a 2022, cuando el gobierno lanzó una aplicación para teléfonos inteligentes denominada VenApp, que serviría como plataforma para denunciar deficiencias en los servicios públicos, por ejemplo, algún corte de luz. Sin embargo, es poco lo que se supo sobre su desarrollo o cómo se daría la protección de los datos ingresados por las personas al hacer uso de la misma. Para hacer uso de la aplicación, la persona da su número de cédula de identidad, teléfono y en ocasiones, las direcciones de casa por georreferencia.

En los días posteriores a las elecciones, una pestaña fue agregada a la aplicación: ella permite a cualquier usuaria denunciar a manifestantes y otros opositores en la plataforma. La nueva funcionalidad fue anunciada por el mismo presidente, quien incentiva la población a utilizarla. Básicamente, ahora cualquier persona puede denunciar a sus vecinos por, según sus propios criterios, participar en actos desestabilizadores (incluyendo el cierre de vías públicas, una modalidad popular para manifestarse contra la deficiencia de servicios básicos). Después de solamente una semana de las elecciones, el gobierno anunció haber recibido más de cinco mil denuncias por medio de la aplicación y que atendería a todos los reportes.

La medida es un paso más en una estrategia de persecución que se basa en la fractura social y la polarización política en una sociedad ya afectada por múltiples crisis. Y que apuesta en otros mecanismos tecnológicos además de VenApp, como grupos de mensajería instantánea y de redes sociales, creados exclusivamente para este mismo fin: estimular que vecinos denuncien unos a los otros para que luego el gobierno intervenga con su aparato represor. Según relatos en los medios de comunicación, ya hay víctimas de esta práctica de vigilancia comunal.

Aunque se pueda cuestionar hasta que punto realmente el gobierno es capaz de procesar todas las denuncias recibidas en sus distintos canales, su mera posibilidad – sumada al registro diario y el histórico de abusos y vulneraciones de derechos humanos – es suficiente para amedrentar y silenciar cualquier voz de indignación frente a la injusticia.

El rol de las empresas de tecnologías se ve también evidenciado en el contexto venezolano. Además de contar con empresas dispuestas a desarrollar funcionalidades diseñadas para la persecución política, el gobierno Maduro se apoya en la ausencia de controles de contenidos de algunas plataformas para fomentar su red de denuncias en grupos de redes sociales. WeChat y Telegram han sido apuntadas como las preferidas por el presidente. En el caso de Telegram, la aplicación de mensagería es conocida por sus frágiles garantías de seguridad y la ausencia de controles a la distribución de información – en comparación con otra aplicación de uso masivo en América Latina, WhatsApp – y, en tiempos recientes, ha sido promovida por líderes de carácter autoritario en otros países de la región.

Lo mismo ocurre con los bloqueos de aplicación, que requieren colaboración de los proveedores de internet para ejecutarse. A dos semanas de las elecciones y aún sin respuesta oficial del CNE, el oficialismo opta por cargar contra las plataformas de redes sociales y experimentar formas de aislar a Venezuela por diferentes vías. Además de boicotear WhatsApp, la aplicación de mensajería instantánea más popular en el país, también ha decidido bloquear Signal, preferida por quienes buscan más seguridad y encriptación más robusta en sus comunicaciones – algo esencial un momento de persecución política intenso como el actual. Al mismo tiempo, ha ordenado un bloqueo a la red social X (antes Twitter), una de las principales fuentes de información para muchos venezolanos, durante 10 días.

¿Cómo llegamos hasta aquí?

El oficialismo en Venezuela ha implementado distintos mecanismos para controlar el acceso a la información y limitar la libertad de expresión a lo largo de los años y las medidas que se ven tras el último proceso electoral no son inéditas o novedosas. Al contrario, se vienen denunciando hace mucho por activistas dentro y fuera del país.

La hegemonía comunicacional instaurada desde los gobiernos de Hugo Chávez dio paso a la reducción sistemática de medios de comunicación tradicionales que eran críticos al gobierno. Reducir todos los medios hasta casi su extinción ha sido una marca de fábrica del chavismo. Es importante tener esto en cuenta porque en la actualidad, las fuentes confiables de información y con perspectiva variada existen escasamente de manera digital y apoyándose en gran medida en el periodismo ciudadano como una forma de ejercer libertad de expresión. A las medidas administrativas contra medios vigentes en varios estados del país, se suman las múltiples restricciones a los medios digitales, registradas también después del periodo electoral.

Por otro lado, y de forma contradictoria se ha incentivado el uso de herramientas digitales oficiales para distintas funciones – como en el caso de VenApp, normalmente con poca transparencia sobre sus proveedores o garantías de protección y seguridad. Eso ha incluido, por ejemplo, el uso de tecnologías de vigilancia para la verificación de identidad. Mientras el país enfrenta una crisis humanitaria sostenida, se han implementado sistemas biométricos para controlar la adquisición de productos de primera necesidad, resultando en diversas denuncias de discriminación hacia personas extranjeras y, especialmente, transgénero en años recientes.

Sobre lo que sigue

Pasadas casi dos semanas de las elecciones, la oposición tiene una página web que recopila los soportes de las actas resguardadas por los testigos de mesas y sigue firme en la petición de respuestas al CNE con la publicación de los resultados oficiales y la realización de las auditorías correspondientes. La comunidad internacional ha estado presente y activa desde el mismo día de las elecciones para pedir transparencia en los resultados y presionando al CNE para que muestre sus resultados. Las organizaciones y activistas de derechos humanos por su vez están sobrepasados para procesar el volumen de casos de abusos, además de tener que enfrentar el riesgo personal que implica el ejercicio de su activismo.

Mientras que la firmeza de la oposición y el sólido respaldo internacional son positivos políticamente, la tensión social y las consecuencias de las represalias continuarán hasta que exista una resolución política. Desde Derechos Digitales seguimos atentas, con nuestros canales y nuestro programa de Latinoamericano para la Seguridad y Resiliencia Digital a disposición para apoyar la importante labor de la sociedad civil venezolana. Junto a más de 100 organizaciones, expertas y activistas, hacemos un llamado urgente a que se ponga fin a la violenta represión, a la vigilancia y a la censura – en las calles y en las redes.

Contribución a la consulta de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión sobre discurso no protegido

La contribución se centra en el punto n. 13 de la consulta que preguntó a la sociedad civil y otros actores sobre cuál debería ser el rol de los actores privados de internet frente al discurso no protegido. El aporte recoge algunos de los estándares del sistema interamericano en derechos humanos en esa materia, así como el trabajo de AlSur y principios aplicables en esa materia.

Assange y el acuerdo para la libertad

JULIAN ASSANGE ES LIBRE, anunció Wikileaks en sus redes sociales. Salió de la prisión de máxima seguridad de Belmarsh la mañana del 24 de junio, tras 1.901 días detenido.“Este es el resultado de una campaña global que abarcó organizaciones de base, defensores de la libertad de prensa, legisladores y líderes de todo el espectro político, hasta llegar a las Naciones Unidas. Esto creó el espacio para un largo período de negociaciones con el Departamento de Justicia de Estados Unidos que condujo a un acuerdo que aún no se ha cerrado formalmente”, informaron. Los posteos se acompañaron con un video de Assange subiendo a un avión. La prensa mundial cubrió su llegada a las Islas Marianas para la audiencia donde aceptarían  el acuerdo propuesto entre el Gobierno de EE.UU. y Assange, y su posterior regreso a Camberra, Australia, el 26 de junio.

Los medios internacionales reportaron que el fundador, editor y portavoz del sitio web WikiLeaks obtuvo la libertad bajo fianza tras declararse culpable de un delito relacionado con filtraciones de material clasificado del gobierno de Estados Unidos. Wikileaks había publicado casi medio millón de documentos militares secretos relacionados con las guerras de Estados Unidos en Iraq y Afganistán, además de informaciones sobre lo que ocurría en la prisión de Guantánamo.

Las acusaciones y los años de prisión

Assange estuvo encarcelado en Inglaterra desde 2019, enfrentando una posible condena de 175 años de prisión. Antes, había permanecido siete años en la embajada de Ecuador en Londres, hasta que en abril de 2019, Ecuador le retiró su asilo. Luchaba contra la extradición a EE.UU, enfrentando 18 cargos penales por su papel en la obtención y divulgación de documentos clasicados de defensa nacional, algunos de los cuales exponían presuntos crímenes de guerra.

Los cargos contra Assange se presentaron en Estados Unidos durante la administración de Trump, en 2019, tras revisar una decisión previa de 2013 bajo la administración de Obama, que había concluido en no acusarlo, considerando la libertad de prensa. Sin embargo, con Trump, el Departamento de Justicia revisó el caso, imputando finalmente 18 cargos por manejo indebido de información clasificada.

Este año, expertos de la ONU mencionaron que una extradición y procesamiento en Estados Unidos del fundador de WikiLeaks podría tener graves implicaciones para la libertad de expresión. “El derecho internacional de los derechos humanos proporciona fuertes protecciones a los denunciantes, a las fuentes periodísticas y a los que informan en interés público”, afirmó Irene Khan, Relatora Especial sobre libertad de expresión. “Hago un llamado a Estados Unidos y al Reino Unido, que profesan defender el derecho a la libertad de expresión, a que respeten estos estándares internacionales en el caso de Julian Assange”, concluyó en su declaración.

El acuerdo para la libertad

Este 24 de junio de 2024 la defensa de Assange negoció una sentencia de 62 meses durante la que no estará bajo custodia estadounidense, ya que recibirá crédito por el tiempo que estuvo preso en Reino Unido. Assange, ante un tribunal federal en las Islas Marianas, territorio estadounidense en el Pacífico, se declaró culpable de «conspiración para obtener y revelar información relativa a la defensa nacional», según una carta del departamento de Justicia presentada ante el juzgado.

“Su caso no fue sólo una detención arbitraria que equivalía a tortura en su contra, sino también un intento de silenciar a la nueva generación de periodistas. Pero el coraje es contagioso y esto continúa”, manifestó Renata Ávila, portavoz y parte del equipo que defiende a Julian Assange.  

La libertad no es algo inesperado

El diario Página 12 menciona que “El primer ministro de Australia, Anthony Albanese, había pedido en varias ocasiones a Estados Unidos que concluyera el caso. En abril, el presidente estadounidense Joe Biden dijo que lo estaba considerando”.

 Desde su encarcelación, múltiples organizaciones internacionales que defienden la libertad de prensa piden su liberación, alegando a derechos como la libertad de prensa y libertad de expresión. «El eterno encarcelamiento y tortura de Assange fue un atentado contra la libertad de prensa a escala mundial», declaró el presidente de Colombia, Gustavo Petro a CNN.

La liberación de Assange y su exención de enjuiciamiento por su trabajo con Wikileaks son motivos de celebración. Sin embargo, es crucial que aprendamos de este caso para asegurar que los gobiernos, especialmente en América Latina, comprendan y reconozcan la importancia de preservar la libertad de prensa y expresión para fomentar la transparencia y combatir crímenes contra la humanidad.

Examen Periódico Universal 4to ciclo, sesión 47 del Consejo de Derechos Humanos

Este informe ha sido elaborado en conjunto por el Instituto Panamericano de Derecho y Tecnología y Derechos Digitales.Se enfoca en el ejercicio de los derechos humanos en el entorno digital del Estado de Nicaragua y analiza el cumplimiento de las 11 recomendaciones aceptadas por Nicaragua que se vinculan a esta materia recibidas durante el tercer ciclo del Examen Periódico Universal (EPU) llevado a cabo en 2019

Censura Digital: ¿Protección de derechos o herramienta de silencio?

Imaginen que deciden transmitir en Youtube los cantos y arengas de una protesta que están presenciando y en la que se reivindica algún derecho. De repente, la policía aparece con altavoces reproduciendo a todo volumen canciones de Taylor Swift. Obvio, la música también es capturada en vivo y transmitida en línea para cientos de espectadores.

Y ¿la intención de la policía? Instrumentalizar la activación automática de los mecanismos de “notificación y retiro” que, en plataformas digitales como Youtube, dan de baja a los contenidos que circulan en línea presuntamente sin permiso de su titular.

Previo a una notificación muy vaga y genérica, se justifica el retiro de un contenido que, en este caso —sucedido en la vida real— no buscaba violar los derechos de una artista o perseguir el lucro, sino registrar la ocurrencia de un evento social y quizás histórico.

Notificación y retirada: viejo como la moda de andar a pie

Este mecanismo de vieja data en la historia de internet, y criticado hasta la saciedad en distintas jurisdicciones que lo han apropiado –incluido Estados Unidos donde nació en el contexto de la Digital Millenium Copyright Act DMCA—, es problemático al menos por dos razones.

Primero, por vulnerar el derecho al debido proceso de las personas usuarias de internet. Las razones del retiro, en la práctica, pueden ser muy vagas o genéricas. El retiro, es ante todo, una decisión unilateral de un privado (la plataforma de internet). Y en caso de acudir a la justicia para defender la validez de su contenido, la persona deberá demostrar que no vulnera el derecho de autor de nadie, o que actuó de buena fe. Ahora, buena suerte reclamando en la justicia de países donde las plataformas sacan con frecuencia de la manga el argumento “allá no tengo domicilio; sobre mí no tienen jurisdicción”.

En segundo lugar, por vulnerar el derecho a la libertad de expresión de las personas usuarias de internet, y en concreto, por promover la censura. En el caso de más arriba, que la obra de Taylor Swift suene de fondo en un video de una protesta, y que la intención de la transmisión en vivo no sea la de perseguir el lucro con la reproducción de la obra de la artista, debería contar en las decisiones sobre la presunta infracción del derecho de autor.

Pero para la “notificación y retirada” el contexto no suele importar mucho. Ni antes del retiro ni después de este, pues cuando la persona afectada decide reclamar ya no en la justicia sino ante la misma plataforma —lo que recibe el nombre de “contra-notificación”— la evidencia sugiere que excepcionalmente, salvo que la persona afectado tenga poder de negociación fruto de su visibilidad, estos reclamos terminan siendo atendidos.

Pese a esto, la “notificación y retirada” recibió el aval reciente de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación en México. En un fallo, cuyo texto aun no se publica, declaró constitucional la reforma que en 2020 modificó la Ley Federal de Derechos de Autor LFDA y que introdujo dicha figura, pero ¿por qué?

Tratados multilaterales y la colonización regulatoria

En México la recepción del mecanismo de “notificación y retirada” estuvo justificada por el tratado de libre de comercio entre México-Estados Unidos-Canadá (TMEC) negociado en 2018 y en vigor desde 2020. El tratado ordena, tal y como lo prevé el capítulo sobre “Derechos de Propiedad Intelectual” (arts. 20.89 y ss) su adopción para las partes.

Que México adoptase el mecanismo de “notificación y retirada” pese a lo problemático que pueda ser, trasciende al mero cumplimiento a toda costa de un compromiso multilateral previamente suscrito. Su adopción es ante todo fruto de los mecanismos de colonización regulatoria que ejercen países del Norte Global sobre los del Sur.

Uno de los países con mayor poder de presión regulatoria luego de suscrito un tratado de libre comercio es Estados Unidos que, cada año, publica el informe “Special 301” que acusa y señala las “deficiencias regulatorias” de los países —mayoritamente del Sur Global- que tienen compromisos comerciales sin cumplir, incluido el TMEC.

La publicación pone a los países en una “lista de observación” o la “lista prioritaria de observación”, para dar un énfasis más o menos ominoso y de reprobación al conjunto de países seleccionados como incumplidores. En ellas se encuentran México (en la lista de observación) a los que sugiere endurecer mucho más la regulación de propiedad intelectual para prevenir y combatir la piratería en línea.

Este mismo mecanismo de presión, de hecho, fue uno de los que influenció en 2011 el trámite sin éxito en Colombia de una reforma que, como la aprobada en México, buscaba adoptar el mecanismo de “notificación y retirada” en la ley de derechos de autor. Pese a que organizaciones de la región que hacen seguimiento anual al Special 301 enfatizan en la necesidad de abolir dicho informe, la presión regulatoria continúa.

¿Qué esperar ahora luego del fallo?

Ahora, conviene esperar la publicación íntegra del fallo, pues en él hay un voto disidente de la Jueza Norma Lucía Piña Hernández, presidenta de la CSJN que precisamente da voz a las preocupaciones sobre el impacto que la “notificación y retirada” en la protección de la libertad de expresión de las personas. La disidencia de hoy, puede ser la voz mayoritaria del futuro.

Pero hasta entonces, veremos cómo el mecanismo de notificación y retiro es instrumentalizado para silenciar a las personas, tal y como sucedió en las recientes elecciones donde opositores políticos lo emplearon para censurarse mutuamente. Casos como el de su uso por cuerpos de policía en contextos de protesta no será de extrañar tampoco.

Hasta que la posición de la Corte pueda mutar a futuro, conviene seguir cuestionando este mecanismo que, pese a ser tan viejo, no logra probar su eficacia en la lucha contra la infracción de los derechos de autor sin sacrificar en el medio los derechos de las personas usuarias de internet.

Una propuesta de ley contra el activismo

¿Qué pasa en Venezuela?

Ya en junio de 2022 y en abril de 2023 se exploraron las potenciales implicancias de este tipo ley en un país sin separación de poderes, además de reseñar cómo ha sido la experiencia en otros países de la región como El Salvador y Nicaragua.

Básicamente se ha llevado adelante la discusión del proyecto de ley de forma unilateral por parte del gobierno y sin participación alguna de la sociedad civil. El borrador que circula de dicha propuesta de ley no es oficial, es decir, no hay certezas sobre los contenidos reales que se llevan a debate. Aun así, fue aprobada en primera discusión por la Asamblea Nacional en enero de 2024 desatando las alarmas de las organizaciones de la sociedad civil y de la comunidad internacional. Pero no es un tema nuevo, sino cíclico y recurrente y ya en septiembre de 2023, varias relatorías de las Naciones Unidas se pronunciaron sobre los efectos negativos de este tipo de ley en el espacio cívico del país.

Desde enero hasta mayo de 2024, la propuesta de ley hibernó cuando Diosdado Cabello anunció que la ley sería aprobada al día siguiente ya se trataba de una deuda con el país. Ante estas declaraciones se hizo evidente que esta propuesta de ley pone a las organizaciones sociales como el «enemigo interno» del país dejándoles además poco margen de reacción.

El 21 de mayo no se aprobó la ley en su totalidad (aunque sí se aprobaron nueve artículos) y se pospuso la discusión en la Asamblea Nacional. Es decir, la amenaza real sigue siendo potencial y como un peso que se balancea sobre la cabeza de la sociedad civil.

¿Por qué la alarma ante este proceso?

La cooperación internacional en sí misma no se limita a los fondos de otros países que puedan recibir las organizaciones sociales. Se basa en el principio de la colaboración entre países y eso incluye intercambio técnico y judicial entre otras formas de trabajo colaborativo.

Una ley que criminalice los fondos internacionales para la sociedad civil organizada envía un mensaje también a aquellos países con los que se tienen relaciones diplomáticas. No sólo con los países que se antagoniza en discurso sino con aquellos con los que se tienen relaciones más cordiales, además de afectar en igual medida a las organizaciones que son afines al gobierno.

Esta propuesta de ley se ha ido perfilando evolutivamente a un detalle en que se castiga a aquellas organizaciones sociales que son críticas al gobierno y que sirve de instrumento restrictivo.

¿Por qué ahora?

La amenaza de aprobar esta ley en un país con una crisis humanitaria compleja, una economía inestable y un panorama sociopolítico y que además tendrá elecciones generales el próximo 28 de julio, viene de alguna manera a atomizar la atención y la acción de las organizaciones sociales. Temen no sólo por el cierre del espacio cívico, sino por el impacto que tendrá esto en las comunidades a las que atienden. Se enmarca en un año donde el gobierno ha recrudecido las detenciones de políticos y activistas contando con más de 250 presos políticos en la actualidad y en donde el discurso sigue sin encontrar una vía para la reconciliación.

Mientras tanto…

El 13 de mayo en Perú, el congresista conservador Alejandro Muñante Barrios, propone el PL 7818/2023-CR, que solicita mediante la intervención del Ministerio Público, la posibilidad de disolución de asociaciones y fundaciones si estas reciben financiamiento para promocionar, realizar, desarrollar, o financie actividades consideradas “ilícitas” en territorio peruano, dejando abierta la interpretación de actividades ilícitas, en las que pueden incluirse organizaciones que trabajan por la despenalización del aborto, por ejemplo. Una propuesta que si bien no es exclusiva de quienes reciban fondos internacionales, estigmatiza la cooperación internacional y criminaliza a las organizaciones por su mandato y labor en la comunidad cuyo efecto será la reducción de la acción de la sociedad civil y el abandono de las comunidades a las que atienden dichas organizaciones.

Por otro lado, este proyecto de ley parece olvidar también que tanto en los convenios de cooperación como en los concursos para recibir fondos, las asociaciones explicitan siempre el uso que harán de los mismos. La propuesta de ley sigue su curso burocrático y de ser aprobado en el Legislativo, traería como consecuencia la disolución de ciertas ONG incómodas para el gobierno de turno y estos grupos religiosos que se han hecho del poder, reduciendo entonces el ejercicio democrático de participación. Perú se sumaría a la lista de países de la región que buscan reducir de forma proactiva la acción de la sociedad civil, tal como pasa en El Salvador y en Nicaragua.

Fuera de la región y más recientemente, Georgia sí aprobó la ley de agentes extranjeros parecido al modelo ruso de la ley que se basa también en el modelo del “enemigo interno”, y que etiqueta a todas aquellas organizaciones o medios de comunicación cuyos ingresos foráneos superen el 20% de su total, obligándoles a registrarse como “portadores de los intereses de una potencia extranjera”. Nuevos modelos de leyes constrictivas que no necesitábamos.  

El costo invisible

Por otro lado, el costo invisible más grande que tiene esta amenaza de ley es el que pagan los activistas de las organizaciones, que trabajan en comunidades pero que también son ciudadanos y que se enfrentan por un lado a la inestabilidad laboral como consecuencia de este tipo de ley y que se suma a las condiciones económicas del país, y por otro, el temor a su seguridad personal por las posibles represiones. Es la carga mental de tener cuidado y hacer un activismo que negocia constantemente con ponerse en la línea de riesgo. Es un contexto que vulnerabiliza en todas las dimensiones posibles al activismo en un juego de desgaste constante en donde todos pierden.

¡Por elecciones más informadas! El urgente compromiso de las plataformas digitales con la transparencia en México

Se avecinan las elecciones en México, en las que elegiremos a la próxima presidencia de la república. Las tecnologías digitales resuenan dentro de los debates entre las candidaturas, quienes las utilizan como bandera del tecnosolucionismo para sus propuestas, pero también por su rol determinante en el proceso electoral debido al gran flujo de información que transita diariamente a través de plataformas digitales.

Por supuesto, en este ejercicio democrático, la desinformación está presente. De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), “el 87% de mexicanas y mexicanos toman como la principal fuente de noticias las plataformas por internet”, por lo tanto, cuando circulan noticias falsas se vuelve un tema de interés público —por ejemplo, cuando el actual presidente demandó fallidamente investigar granjas de bots que le perjudicaban tanto a él como a la candidata de su partido—.

Sin embargo, una excesiva moderación de contenidos que no cumpla con las normas internacionales de derechos humanos puede mermar la opinión de la población, que no está exenta del recibimiento de este tipo de contenido y que, algunas veces, no cuenta con las herramientas para distinguir entre noticias falsas y verdaderas. En este escenario, se espera que las plataformas digitales se preparen, teniendo una amplia colaboración con las autoridades, pero también con una serie de acciones proactivas que promuevan la transparencia de sus actos ante la desinformación.

Entre la opacidad y los limitados esfuerzos por la transparencia

En este periodo electoral hemos visto casos en los que la transparencia de las plataformas digitales y las autoridades deja mucho que desear. En febrero de 2024, circularon noticias sobre la decisión de Instagram de limitar el “contenido político de cuentas que no sigues”. De acuerdo con la plataforma, esta acción fue tomada para que las personas usuarias de Instagram y Threads tengan una “excelente experiencia” en estos sitios, evitando recomendar de manera proactiva contenido político en secciones como en el feed o los reels; la plataforma asegura que esto no afectará la forma en que se muestra el contenido de las cuentas que sí sigue un usuario. Esta configuración se activó de manera automática y las personas no fueron explícitamente informadas.

¿Qué significa esto en un contexto electoral como el que está viviendo México? Que las personas usuarias son limitadas en su derecho a la información. Si bien es completamente válido que las usuarias no deseen recibir este tipo información y contenidos políticos, es necesario comunicarlo de la manera más transparente posible para respetar el derecho a decidir por cuenta propia.  La falta de transparencia sobre el funcionamiento y configuración de las plataformas genera incertidumbre sobre la selección de contenidos que nos están mostrando al navegar por estos sitios.

Asimismo, en México se cuenta con un marco regulatorio desactualizado respecto a la publicidad electoral y su relación con las plataformas digitales. Hoy en día, en entornos digitales hay múltiples brechas y vacíos legales que le impiden a las autoridades mexicanas, como el INE, tomar decisiones imparciales y claras sobre los contenidos falsos o ilegales que circulan en redes sociales y otras plataformas

De acuerdo con la campaña “Censura Electoral”, impulsada por organizaciones locales y regionales, el INE se ha valido de medidas cautelares para solicitar a las plataformas digitales la remoción de contenido, siendo en 2018 (en las elecciones presidenciales previas) uno de los años con más solicitudes. Al no requerir de una decisión de un juez competente, la medida cautelar promueve una arbitrariedad por parte del INE, poniendo en peligro la libertad de expresión de las usuarias y usuarios de estas plataformas.

Lo cierto es que, a pesar de la opacidad y arbitrariedad, las plataformas están colaborando con las autoridades electorales en el combate a la desinformación para este 2024. De forma conjunta, Meta, el INE y  la organización Movilizatorio lanzaron el programa educativo Soy Digital, con miras a brindar herramientas a la ciudadanía para detectar y denunciar noticias falsas, estrategia que incluye un chatbot en WhatsApp para realizar preguntas directas al INE sobre estas elecciones.

Mientras tanto, Google lanzó su programa Transparencia México para combatir noticias falsas, que implica, entre otras cosas, ajustes en su buscador para mostrar información oficial sobre el proceso electoral; posibilidad de tener mayor información sobre las imágenes, por ejemplo, saber cuándo se indexó por primera vez ese contenido; alianza con proyectos de audio fact checking, y monitoreos de contenido de publicidad engañosa en YouTube.

En este entorno digital, en donde la inteligencia artificial (IA) juega un papel importante en la generación de contenido —mismo que algunas veces es difundido con la intención de generar desinformación— , tanto Meta con su política de anuncios sobre temas sociales, electorales y políticos lanzada en noviembre de 2023 y Google con su programa antes mencionado, buscan alertar cuando una imagen o contenido han sido creados o modificados con IA u otras tecnologías.  A esto se suma una iniciativa proactiva de Meta: su biblioteca de anuncios, la que también ha sido implementada en otros países.

Para transparencia, lineamientos claros

La realidad del ecosistema de opacidad, tanto por parte del gobierno como de las plataformas digitales, genera una preocupación y una traba metodológica para realizar investigaciones sobre el panorama de desinformación en procesos electorales, tal como lo enfatiza Anna Bentes en su investigación sobre las elecciones brasileñas de 2022. La difusión de noticias falsas, la remoción de contenidos sin criterios claros de derechos humanos y la limitación de contenidos consumidos por las usuarias por decisión unilateral de las plataformas son una forma explícita de vulnerar los derechos humanos en entornos digitales como la libre expresión y el acceso a la información.

Existe una delgada línea entre la regulación y la injerencia que debe ser tratada cuidadosamente en las políticas públicas en esta materia. Por una parte, se debe fomentar que los marcos regulatorios en procesos electorales motiven la transparencia de las plataformas digitales sobre sus configuraciones, decisiones e infraestructura para combatir la desinformación con un enfoque de derechos humanos. Por otra, que la colaboración entre autoridades y plataformas no debe implicar la solicitud arbitraria de las autoridades para la remoción de contenidos. De esta forma se evitan abusos y vulneración a los derechos políticos electorales por parte de las plataformas y las autoridades.

Más importante aún, es necesario que las autoridades en México construyan una estrategia clara sobre la transparencia y la desinformación en elecciones, que tengan claridad de los lineamientos y estándares regionales e internacionales de derechos humanos y que las colaboraciones con plataformas se realicen basadas en una amplia comprensión del ecosistema de desinformación en México. Los programas existentes muestran un buen inicio para prevenir a la población, dotándole de herramientas para identificar noticias falsas o promover una cultura de la verificación de la información. Sin embargo, hace falta un mayor alcance de estas acciones para contar con elecciones más y mejor informadas.