Transformar, dejar brechas atrás y unirnos para un futuro justo

¿Por qué es necesario hablar de economía digital y perspectiva de género? A pesar de ser campos que en el día a día son considerados de forma disyuntiva, ambas temáticas deben ser siempre parte de un análisis, que permita la construcción de acciones comprehensivas que lleven hacia la igualdad de género.

¿Qué es la economía digital?

Antes de indagar en el concepto de economía digital, debemos que comprender que es un sistema económico. Un sistema económico es la forma en la cual la economía funciona y estructura a la sociedad en base a la relación entre producción/oferta y consumo/demanda, incluyendo también temáticas de manufacturación, regulación, circulación, distribución, entre diferentes variables. Durante las últimas dos décadas, ha existido progresivamente una revolución digital que se mueve entorno a un nuevo ecosistema dónde las empresas con mayor capital en el mundo pertenecen al sector de tecnologías de la información. En nuestro día a día, interactuamos constantemente con herramientas y productos entregadas por estas empresas que avanza de forma muy rápida y exponencial. A esta nueva economía, que nace como expresión de la a veces llamada Revolución Industrial 4.0, le llamamos economía digital. Esta nueva economía no tiene precedentes y ha dado indicio a la transformación de estructuras no solamente ligadas a la producción económica del mundo, sino también a nivel social.

Lo anterior se ve reflejado en las ocho áreas de acción definidas por Naciones Unidas basadas en las recomendaciones del panel de alto nivel para la cooperación digital, presentando acciones que involucran avanzar para respetar y garantizar derechos humanos en la era digital, promover seguridad, asegurar inclusión digital, entre varios. Estos últimos años también se han posicionado perspectivas claves que destacan las nuevas oportunidades y desafían la reproducción de desigualdades que continúan hoy en día. Entre ellas destacan los enfoques desde la igualdad de género y desde los feminismos.

¿Por qué es necesaria la perspectiva de género en estas temáticas?

Estudios sobre economía desde una perspectiva de género y feministas han abierto campos de estudios esenciales para comprender como diferentes variables que directamente tienen dinámicas vinculadas con la economía, que afectan a mujeres y hombres de manera diferenciada. Por ejemplo, con las temáticas que tienen que ver con lo que es considerado como el “valor del trabajo”, destacando la importancia de considerar trabajos no-remunerados de cuidados o en los trabajos informales. Gracias al esfuerzo de estas perspectivas tenemos la posibilidad de acceder a información esencial de los sistemas económicos, tal como comprender que el trabajo de cuidado no remunerado y el trabajo doméstico representan entre un 10% y un 39% de PIB mundial, que mayoritariamente es realizado por mujeres/niñas y que hace décadas atrás era invisibilizado.

Es por esto que considerar perspectivas de género es crucial,  porque la existencia de injusticias estructurales se extienden (y no reflejan) en el área digital: las brechas de género en el de acceso a Internet, los sesgos de género en inteligencia artificial (IA), las brechas salariales entre hombres y mujeres en áreas STEM, el sexismo, entre otros escenarios; transcribiendo desigualdades que no provienen inherentemente de la Revolución Industrial 4.0 y las tecnologías, si no de los contextos desiguales en los que vivimos hoy en día. Por lo tanto, en esta situación es necesario asesorar desde el trabajo construido anteriormente para visualizar herramientas que nos ayuden a construir un futuro sin discriminaciones y menos desigualdades.

Unas de las perspectivas que han cambiado la forma en la cual observamos a nivel social como las desigualdades afectan de forma diferente a las mujeres es la perspectiva interseccional. En este sentido, si consideramos la economía digital desde una perspectiva interseccional, podríamos observar cómo son afectadas las mujeres por la brecha de acceso, pero de forma desagregada. Por ejemplo, la diferencia de la brecha de acceso de mujeres provenientes de países “en vías de desarrollo” con mujeres de países “desarrollados”, en esta situación, no solamente existe una discriminación generada por las brechas de acceso entre hombres y mujeres, sino que existe un contexto histórico, político, social y económico que les afecta y discrimina de mayor o menor manera dependiendo del país del cual provienen, su pertenencia a comunidades indígenas, su cultura, su edad, su color de piel, su orientación sexual, entre otras variables. La interseccionalidad es crucial también al considerar personas no-binarias y a la comunidad LGBTQIA+.

¿Cuáles son los mayores retos y oportunidades actuales en cuanto a esta temática?

Los sistemas económicos y específicamente la economía digital está ligada directamente a los contextos sociales a los cuales nos enfrentamos día a día, especialmente porque las herramientas de las cuales se “alimenta” la economía son impulsadas en base a la interacción que generamos con éstas y, por tanto, los datos e información que se generan a partir de esto (para otras referencias: la explosión del “big data” y la minería de datos). Dado el contexto, existen múltiples retos actuales  Dentro de estos se encuentran el crecimiento del trabajo informal a través de herramientas digitales, la minería de datos, los sesgos de género en datos, large language models e inteligencia artificial, temáticas de privacidad y seguridad de datos, violencia de género en línea, entre varios.

Por ejemplo, una de las áreas que ha sido destacada por una reciente investigación de Mozilla Foundation es cómo los sistemas de inteligencia artificial afectan desproporcionadamente a mujeres, niñas y personas no binarias. Estos sistemas de IA están usualmente ligados a impulsar a gobiernos a llevar a cabo servicios esenciales, lo cual está ligado intrínsecamente con el funcionamiento de las economías. A su vez destacan que el uso de estas IA no poseen suficientes regulaciones que protejan la información personal de las personas y que incluso, concibe la creación de algoritmos específicos o marketing que genera efectos negativos y discriminación de género.

Por otro lado, uno de los contextos que influyen y son influidos por la economía digital es sobre todo el trabajo. Como especificamos desde Derechos Digitales, el Foro Económico Mundial explica que 65% de los trabajos del futuro serán plenamente dedicados a la innovación y a la tecnología, dónde las normas culturales e institucionales que – si no se actualizan – generarán límites bloqueando el potencial de las niñas en el área digital y, por consiguiente, perpetuarán y acrecentarán desigualdades de género.

 Tal como cuestiona la Dra Becky Faith desde GenderIT en este sentido debemos cuestionar ¿Cuáles son las razones o motivaciones que llevan a buscar un contexto más balanceado (en términos numéricos) laborales? Pregunta que lleva a posicionar finalmente la necesidad de ir más allá de los números, si no que debemos destacar la importancia de medidas comprehensivas que intentan apuntar a la erradicación de las desigualdades de género.

A pesar de enfrentarnos a estos desafíos, este contexto desconocido representa una oportunidad para trabajar con las temáticas de una forma más innovadora e integral. Y es así cómo debemos seguir abriendo paso a la creación de evaluaciones, medidas, políticas públicas y legislaciones responsables que permitan entender las situaciones para tomar acciones en pos de avanzar hacia la igualdad de género.

Reflexiones sobre un futuro menos desigual: la economía digital con perspectiva de género.

Desde Derechos Digitales destacamos la importancia de considerar perspectivas reivindicativas del futuro, donde a través del trabajo y aporte en plataformas como la Cumbre del Futuro y el Pacto Digital Mundial de Naciones Unidas se invita a pensar más allá, disociándonos de las narrativas polarizantes a las cuales el área digital se encuentra sujeta y sobre todo, pensar en caminos que construyan la superación de desigualdades que aumentan con el desarrollo tecnológico.

Necesitamos resaltar la importancia de considerar políticas públicas interseccionales que nazcan desde el nivel local, dónde fortalezcan y establezcan el empoderamiento de mujeres y comunidades LGBTQIA+. Esto, finalmente para proteger su privacidad y datos; resguardando derechos humanos y garantías laborales para evitar la perpetuación de situaciones laborales informales y no remuneradas. Se deben habilitar espacios para concebir la importancia del rol de las mujeres, niñas y personas de la comunidad LGBTQIA+ no solamente desde el número de personas que están estudiando carreras STEM – lo cual sigue siendo sumamente crucial – sino que también integrando perspectivas que consideren otras aristas. Como, por ejemplo, el trabajo no remunerado de cuidados, su valor y extensión en la transformación digital, y analizando finalmente el modo en que les afecta y afecta a la economía digital.

Esto nos brinda la oportunidad de repensar cómo estamos configurando y siendo afectadas por la economía digital, y cómo podemos dar cabida a que estos temas se conciban desde las políticas públicas y acciones a nivel local y global.

 También la importancia a nivel individual, dónde finalmente la concepción de temáticas – como la privacidad y la seguridad de datos, la violencia de género digital, entre otras – sean concebidas como variables que afectan la economía digital y que deben ser trabajadas de forma comprehensiva e interseccional para el fortalecimiento de la democracia, disminución de desigualdades y avanzar hacia un futuro sostenible.

Un FRR para el 8M

En el mundo digital se replica el contexto presente en el mundo off line: las mujeres y niñas son de los grupos más vulnerables a situaciones de violencia basada en género, que además puede ser incrementada por otras condiciones, como ser migrante, pertenecer a una comunidad indígena, o a comunidades de bajos recursos. Al mismo tiempo y tal como pasa en situaciones fuera de la pantalla, mujeres con un perfil público desde el activismo o por trabajar en la política o periodismo también se ven vulneradas y atacadas por su género en espacios digitales. Es así como las mujeres y niñas navegan el mundo social que muchas veces normaliza y ve como positivo desarrollar piel gruesa, siendo responsabilidad de ellas las estructuras sociales que sistemáticamente buscan oprimirlas.

Ante este contexto, se hace necesario tener opciones para dar respuestas e intervenir en la prevención y defensa de los derechos de mujeres y niñas y el Fondo de Respuesta Rápida es una herramienta que apoya a la sociedad civil para atender estas situaciones urgentes en entornos digitales.

Las iniciativas que se apoyan desde el FRR son variadas en las dimensiones que intervienen, desde la prevención entre jóvenes universitarias y migrantes a través de mecanismos de alerta temprana, estrategias de reacción frente a situaciones de peligro en línea hasta litigio estratégico en casos de extorsión digital. Estos proyectos tienen en común el objetivo de protección de mujeres y niñas en actividades cotidianas y rutinarias, que son parte de su vida y de su identidad, que es donde residen las potenciales amenazas.

Las amenazas en la cotidianidad

La Fundación Datos Protegidos en Chile trabaja para brindar apoyo para víctimas de violencia de género y extorsión digital, sentando un precedente importante en el país y para la región. Con el apoyo del FRR, llevaron adelante el caso de José Miguel Zárate quien fue acusado de los delitos de amenaza, extorsión, sabotaje informático y difusión sin consentimiento de imágenes íntimas de más de 18 mujeres. El impacto de esta intervención obliga a la discusión más profunda del sistema y sobre lo que ocurre con la violencia digital en Chile en donde “se requiere instalar el debate sobre las sanciones, reparación y garantías respecto a la vida privada de cada mujer, adolescente y niñas ante la gravedad de las circunstancias y el impacto social que este tipo de violencia ha generado por el uso masivo de nuevas herramientas tecnológicas”.

Igual de cotidiana es la situación crítica que la Red Interuniversitaria Seguras y Educadas de Guatemala atendió através de Tecnofeministas para desarrollar alertas tempranas y sistemas de cuidado y protección de las universitarias para hacerle frente a la violencia machistas en las universidades del país. Es una forma de reclamar su espacio y dar una respuesta que ninguna otra institución da: “que nadie diga que nosotras no pertenecemos a este lugar. Que lo escuchen las universidades y las autoridades del país, porque las mujeres hacemos uso de la Internet y merecemos hacerlo sin ninguna amenaza.” Tecnofeministas ofrece una escuela de formación digital en la que las participantes puedan aproximarse a los parámetros técnicos del internet e identificar estrategias de acción ante situaciones de ciberacoso sexual.

Por otra parte, para que en las comunidades las mujeres y niñas puedan tener una presencia en internet segura a pesar del contexto, la corporación Cambio Sostenible en Colombia ha estado trabajando con ellas en el proyecto Digitalmente Seguras, que busca reducir la vulnerabilidad de este grupo en entornos digitales, especialmemte como consecuencia de la pandemia de la COVID-19 que afectó duramente la economía de muchos grupos y comunidades. En su trabajo evidenciaron “un aumento de 1000% de los índices de explotación sexual y reclutamiento forzado en el contexto covid 19, de las cuales 7 de cada 10 víctimas son niñas y mujeres” mientras que la inmigración a este país mantenía su ritmo.

Sólo una muestra

Los proyectos presentados son una muestra de las intervenciones que hacen organizaciones y activistas en la región para que el entorno digital sea un espacio de oportunidades para el libre goce de derechos para las mujeres y niñas. Estas iniciativas que se multiplican de país a país, resaltan la carencia de una respuesta institucional contundente en forma de marco legal, formación e implementación que brinde protección, reparación y justicia necesarias para lograr un mundo más justo y seguro.

Mujeres haciendo tecnología

“Pregunte al doctor, pida ayuda a la enfermera, llame a los informáticos, pida una cita a la secretaria”. Esta ha sido la primera forma de aprender que las carreras y profesiones tienen género y que las sociedades han ido construyendo de forma intrínseca perfiles que deben ser completados para destacar en ciertas áreas. Las mujeres deben buscar trabajos adecuados que no afecten su condición de “princesas” en la sociedad o, peor aún, deben dedicarse a cuidar sus hogares, hijos y esposos con ferviente devoción. Estos modelos sociales han limitado y han hecho que las mujeres cuestionen sus habilidades, capacidades y límites pero ¿esto es suficiente para detener un sueño y la lucha?

La respuesta parece contradictoria. No, no ha sido suficiente para evitar que las mujeres incursionen en la ciencia, las medicinas, la tecnologías y todo cuanto han querido hacer, sin embargo, algunas han tenido que hacerlo bajo firmas que oculten su identidad o ceder el crédito de propiedad a un hombre. Y sí, a callado a otras y obligado a que interpreten el guíon escrito para ellas. Es por esa misma razón que la lucha hecha, los derechos y el reconocimiento alcanzado tiene más valor para ellas.

Hablando de las áreas que no dejaron de explorar, las mujeres han estado presentes en el campo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) desde los inicios de la computación. Con Ada Lovelace primera programadora del mundo, trabajó junto a Charles Babbage en el diseño de la «máquina analítica» en la década de 1840. Su trabajo incluyó la creación de algoritmos que permitirían a la máquina analítica realizar cálculos matemáticos complejos. Lo que sería “tomar notas y agregar comentarios” resultó en superar el trabajo inicial.

Y si seguimos mirando la historia, nos encontramos a más mujeres que escribieron su propia historia y muchas de ellas en binario. Así como Grace Hopper, una programadora y matemática, conocida como la «reina de la programación» o Radia Perlman, madre de la internet, ella desarrolló el protocolo Spanning Tree o Shafi Goldwasser pionera en la criptografía y la seguridad o quizá como Hedy Lamarr actriz austriaca y científica que hizo importantes contribuciones en el campo de las comunicaciones inalámbricas, creando las bases de lo que hoy conocemos como WiFi (difícil pensar una vida sin esto, ¿no?). 

En la actualidad, las mujeres desempeñan un papel clave en la industria de las TIC, llegando a liderar proyectos de investigación y desarrollo, creando nuevas empresas y diseñando productos y servicios innovadores que están transformando el mundo. Además, las mujeres están trabajando para cerrar la brecha de género en la industria de las TIC, abogando por la inclusión y la diversidad en la fuerza laboral de las TIC.

La presencia de mujeres en la industria de las TIC no solo es importante por una cuestión de equidad de género, sino también porque las mujeres pueden aportar perspectivas únicas, amplias, diferentes y habilidades valiosas a la industria. Los nuevos desafíos globales no miran al género, por eso los equipos que los resuelven y trabajan en ellos, tampoco deberían hacerlo.

Celebramos el papel fundamental que las mujeres están desempeñando en la creación y evolución de las TIC. Al fomentar la participación y la representación de mujeres en este campo, estamos ayudando a garantizar un futuro más justo e igualitario para todas y todos.

Conmemoramos la construcción lenta y silenciosa que hicieron las mujeres del ayer para que las mujeres de hoy tengan más oportunidades y apoyamos a las mujeres de hoy que inspiran y acompañan a quienes serán las mujeres de mañana. Caminamos juntas hacia una reconstrucción de la historia y hacia una sociedad que no impone ni juzga.

Espacios digitales más seguros, más libres y más inclusivos

 El miércoles 8 de marzo, las calles de diferentes cuidades de América Latina se llenaron de mujeres manifestando, por la igualdad de oportunidades, una vida sin violencia machista, la reducción de la brecha de género, entre muchas otras consignas.

Desde una perspectiva de género, ¿qué valor se da en el espacio digital  a los derechos de las mujeres? ¿Existe mayor libertad e igualdad para las mujeres, o se trata de un espacio con más violencia machista y con menor reconocimiento de derechos?

Los movimientos de mujeres se han apropiado de la tecnología como medio denunciar las desigualdades,  organizar campañas , para ocupar espacios en el sector TIC como usuarias, investigadoras, programadoras o creadoras de opinión. Para hacer públicas temáticas invisibilizadas, compartir opiniones, y debatirlas. Las redes favorecen la interacción y la sororidad digital: amplían la  posibilidad de activismo feminista,  la difusión de reclamos o denuncias a través de posteos. Constituyen una herramienta que comparte y expande.

Si embargo, basta analizar  cómo se producen las interacciones en entornos digitales, para percibir que  se reproducen los estereotipos sexistas presentes en entornos offline. Al tratarse de nuevos medios, en contínua evolución, no es raro que aparezcan nuevas formas de violencia de género y que se  intensifiquen las violencias tradicionales. Estas formas se refuerzan debido a la viralidad, permanencia y descentralización.

Es en este contexto, que se vuelven fundamentales los movimientos ciberfeministas (o el llamado feminismo ciberactivista). La defensa de los derechos y la visibilización de problemáticas sociales que estos medios traen aparejados, constituyen los ejes centrales sobre los que trabajan estos movimientos.

Si bien el ciberfeminismo se trata de un concepto en permanente construcción y movimiento  en torno a las diferentes formas de concebir la práctica feminista virtual, se pueden identificar algunos objetivos comunes: el modelo hegemónico del ciberespacio y del diseño industrial responde a un modelo heteropatriarcal, el empoderamiento de las mujeres se favorece mediante la apropiación en el acceso, uso, contribución, diseño y desarrollo de las TIC,  a mayor presencia de mujeres en las TIC, mayor autoridad femenina en la sociedad contemporánea, las TIC brindan la oportunidad de desafiar la autoridad masculina y las relaciones de dominación basadas en el género para crear prácticas más igualitarias.

La construcción de espacios digitales más libres, más seguros y más inclusivos es tarea de los gobiernos, de las empresas tecnológicas y de la sociedad civil. Las herramientas y los medios, en constante cambio, hacen que sea una tarea desafiante y en continua. Y no hay dudas, la construcción es colectiva.

¿Tecnologías para la equidad y el empoderamiento? Notas para superar perspectivas coloniales y deterministas sobre las tecnologías

Esta semana se iniciaron los trabajos de la 67a Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW67, por su sigla en inglés). La CSW es una instancia auspiciada por Naciones Unidas que tiene como objetivo avanzar hacia la “igualdad y el empoderamiento de las mujeres”.

Este año, la Comisión tiene como tema prioritario “La innovación y el cambio tecnológico, y la educación en la era digital para lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas”. El tema ofrece muchas posibilidades de avanzar en acuerdos urgentes y necesarios sobre como las tecnologías digitales pueden efectivamente favorecer la equidad de género.

A la vez, representa una oportunidad para reforzar lineamientos que permitan establecer límites necesarios para que estas tecnologías no profundicen desigualdades. Sin embargo, el colonialismo, el punitivismo y el determinismo tecnológico pueden representar barreras importantes para que se alcancen conclusiones significativas. Peor que eso: sumados a la ausencia de una mirada interseccional y de derechos humanos, pueden implicar retrocesos en consensos que se vienen plasmando hace décadas a nivel internacional.

Derechos Digitales ha sido participante activa de las discusiones: en octubre de 2022 co-presidimos la reunión de expertas realizada en preparación para la CSW y participaremos intensamente de las actividades oficiales y paralelas a lo largo de toda la reunión en Nueva York.

En esta columna compartimos algunas impresiones y prioridades que creemos que deben ser consideradas en las discusiones, a partir de una detenida revisión del borrador inicial de conclusiones de la CSW67.

Una perspectiva de derechos para contrarrestar el determinismo tecnológico

Si bien podemos afirmar que desde el derecho internacional han habido avances en comprender que las normas de derechos humanos y su aplicación tienen que acompañar la transformación tecnológica, en la práctica vemos escasos compromisos por implementar tales consensos.

Como resultado, las brechas sociales y de género se amplifican y profundizan. El caso latinoamericano refleja cómo las desigualdades estructurales se replican en el entorno tecnológico y grupos históricamente excluidos del acceso a derechos encuentran no solamente las mismas barreras de acceso y uso de tecnologías, sino que están sujetos a nuevas y más complejas formas de violencia, explotación y exclusión.

Casos como el de Belén Whittingslow en Paraguay y de las trabajadoras en aplicaciones de limpieza son crudos ejemplos de las injusticias que se recrudecen alrededor de estos temas. En el segundo caso, también muestran como las mismas se automatizan en forma de códigos algorítmicos.

La vigilancia masiva o dirigida hacia periodistas, defensoras de derechos humanos y grupos feministas, evidencian cómo prácticas autoritarias de persecución, criminalización y silenciamiento de mujeres se refinan con apoyo de nuevas tecnologías de vigilancia.

Frente a evidencias de crecientes de abusos y vulneraciones de derechos facilitadas por las tecnologías en las últimas décadas, la comunidad internacional se vió obligada a superar el mito de la “independencia del ciberespacio” y reconocer las implicancias de las tecnologías digitales en los derechos humanos. Es fundamental que los gobiernos reunidos en la CSW67 construyan sus consensos a partir de la noción, duramente comprobada en la experiencia vivida de millones de personas, de que la tecnología no va a resolver problemas estructurales como los relacionados al hecho de que ciertas poblaciones han sido históricamente marginadas del acceso a derechos en su totalidad.

Además de compromisos concretos con garantizar efectiva diversidad en la producción tecnológica e incentivos al desarrollo de tecnologías alineadas con el respeto y protección de derechos humanos, los Estados deben garantizar un acceso significativo a internet para todas las personas y que los mismos derechos que ellas tienen fuera de línea se apliquen en línea. Se deben adoptar medidas para limitar y regular el desarrollo y uso de tecnologías con potencial discriminatorio y abusivo en relación a los derechos humanos.

Abordar a la innovación, el cambio tecnológico y la educación digital desde una perspectiva de derechos humanos, reconociendo los marcos existentes en la materia, es crucial para que éstos puedan tener algún rol en el alcance de la equidad de género. Cualquier recomendación distinta puede incrementar brechas de género, avalar prácticas autoritarias y retroceder en consensos duramente conquistados a nivel internacional.

El combate a la violencia y censura de género más allá de la criminalización y el paternalismo

Sabemos que la violencia de género facilitada por tecnologías es creciente, y genera múltiples y profundos impactos individuales y colectivos al implicar una forma de censura de género.

En América Latina, la violencia que se manifiesta en el entorno en línea es un duro reflejo de sociedades marcadas por el patriarcado, la misoginia y la homofobia y una extensión de múltiples violencias de género vividas en el ámbito doméstico y los espacios públicos.

La violencia política de género, por su parte, ha representado una barrera adicional a la participación de las mujeres y personas LGBTQIA+ en los espacios de poder y toma de decisión. Junto a la violencia contra periodistas defensoras de derechos humanos, es mucha veces perpetrada por funcionarios y autoridades públicas, como se ha observado en el caso de Brasil, El Salvador y México.

Es urgente el desarrollo de políticas públicas que respondan a esas violencias, responsabilicen a quienes la promueven – incluso cuando se trata de autoridades públicas – y establezcan mecanismos efectivos de reparación. Respuestas desde el derecho penal pueden ser necesarias, pero no son suficientes para dar cuenta de la complejidad del problema y la diversidad de experiencias de vida de las sobrevivientes.

Legislaciones penales promovidas sin perspectiva de derechos humanos pueden ocasionar criminalización y retrocesos en materia de acceso a derechos. El test tripartito y los criterios de legalidad, necesidad y proporcionalidad deben ser considerados en cualquier política o acción destinada a la restricción de contenidos de modo a evitar la criminalización y censura de expresiones legítimas, incluso de activistas mujeres y LGBTQIA+.

Es necesario que la CSW pueda incentivar el desarrollo de conceptos comunes y marcos basados en los derechos humanos para responder a todas las formas de violencia de género, incluyendo las mediadas por las tecnologías.

Por una transformación digital basada en la autonomía

La equidad de género jamás puede ser utilizada como argumento para la implementación de sistemas digitales sin criterios de atención a los derechos humanos, como observamos nuevamente en el caso latinoamericano.

Aquí, muchas de las iniciativas de uso de Inteligencia Artificial (IA) en el sector público se dirigen a grupos en situación de vulnerabilidad que terminan expuestos a la recolección de sus datos para distintos fines sin capacidad de ofrecer su consentimiento informado de manera previa y sin mecanismos efectivos de protección ni acceso a la justicia, incluso frente a decisiones automatizadas que se tomen sobre su presente y futuro.

Además de la garantía de derechos básicos a la protección de sus datos – con garantías especiales para la infancia –, las mujeres y personas LGBTQIA+ deben contar con mecanismos efectivos para participar en decisiones sobre el desarrollo y uso de sistemas con potencial de afectar su bienestar.

Tal como señala la Recomendación sobre Ética de la Inteligencia Artificial, adoptada por 193 países de la Unesco, los Estados deben generar medidas efectivas para la realización de estudios de impacto en derechos humanos en el desarrollo e implementación de este tipo de tecnologías. Especial atención debe darse a sus implicaciones en derechos económicos y sociales y al potencial impacto a grupos en condición de vulnerabilidad. Esos estudios deben efectivamente informar la toma de decisiones sobre su desarrollo y adopción, con el establecimiento de límites estrictos a aquellos que no cumplan con criterios mínimos – como ha recomendado la anterior Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet.

Ningún tipo de innovación puede construirse con base en la vulneración de derechos, la explotación y el incremento de brechas e injusticias de género. Las empresas de tecnología deben cumplir con la responsabilidad de respetar y proteger los derechos humanos y los Estados deben adoptar medidas proactivas para promover marcos de transparencia y rendición de cuentas a tales empresas.

Por una innovación capaz de transformar estructuras de género

Es bien sabido que las tecnologías no son neutrales y que tampoco conllevan en sí mismas el poder de transformar realidades sociales. Sostener que la innovación y el cambio tecnológico pueden en sí mismos generar mayor equidad es ignorar la realidad en que las desigualdades e injusticias se plasman y automatizan en crueles códigos algorítmicos. No sólo eso: las brechas relacionadas al desarrollo tecnológico a nivel geopolítico – con las grandes empresas tecnológicas mayormente concentradas en pocos países del Norte Global – reproducen estructuras de extracción y explotación que nos remiten al contexto colonial.

Hay evidencias desde distintas fuentes y perspectivas de cómo tecnologías desarrolladas bajo lógicas comerciales basadas en la vigilancia no solo no contribuyen con la superación de brechas de género, sino que las profundizan. Cambiar esta lógica implica adoptar medidas concretas y proactivas para la promoción de una innovación no solo responsable, pero comprometida con la justicia de género.

Eso incluye avanzar efectivamente hacia la superación de brechas de género más allá de lo digital, pero también es necesario establecer políticas serias de inclusión y participación transversales y con perspectiva de género, reconociendo los avances y acuerdos relacionados a la gobernanza digital desde múltiples partes interesadas.

Son innumerables las iniciativas de producción tecnológica desde comunidades feministas en el Sur Global capaces de potenciar su uso hacia mayor equidad y justicia. Es urgente que los gobiernos reunidos en CSW67 incorporen miradas críticas a sus lentes tecno-solucionistas y adopten medidas para incentivar el desarrollo y la sostenibilidad de formas alternativas de pensar y construir tecnologías.

¿Por qué la privacidad y la protección de datos son clave para la igualdad de género?

Cuando hablamos de protección de datos y privacidad en el ámbito digital es necesario comprender que la temática es compleja y que cuenta con una multiplicidad de debates que intentan abarcarlo de la mejor forma posible. Es necesario tener un espacio para cuestionar por qué esta temática es importante a nivel individual y general, y cómo estas reflexiones podrían generar cambios para que mujeres y personas pertenecientes a la comunidad LGBTQIA+ puedan aprovechar de forma libre y segura plataformas digitales y, en general, su día a día.

¿A qué nos referimos cuando hablamos de la privacidad y protección de datos?

La privacidad y la protección de datos, son usualmente temas vistos de la mano. El derecho a tener una vida privada asegura la libertad y dignidad de las personas, y a su vez está directamente relacionado con garantías tan importantes como la libertad de expresión y protección de datos personales.

Esta relación usualmente es vista en simples palabras, que definen la privacidad de datos como el medio por dónde se define quién accede a los datos; mientras que la protección de datos refiere a la provisión de herramientas y políticas dedicadas a establecer cómo se accede a los datos. Es crucial estar conscientes de que esto tiene mayor profundidad, ya que las definiciones sustantivas varían dependiendo de los marcos normativos de cada país, e instrumentos internacionales a los cuales se asocian.

En la medida en que nuestras vidas se asocian a la actividad online, es más sencillo identificarnos y recolectar información sobre nuestros cuerpos, datos biométricos, gustos, opiniones, entre otros. Y esto, finalmente, pasa por procesos en los cuales las personas consienten o no, a entregar estos datos, sea desde una firma electrónica hasta hacer “clic” al aceptar los términos y condiciones de alguna página web o app.

En este sentido, el cómo se obtienen los datos, y cómo estos se utilizan posteriormente es clave para entender estas temáticas.

Por ejemplo, existen hoy en día aplicaciones que se utilizan para hacer tracking de salud reproductiva de mujeres, que ayudan a monitorear la regularidad menstrual, entre otros temas, que han sido denunciadas por compartir datos con terceras partes, sin protección de privacidad y generando beneficios económicos a partir de esto.

¿Por qué es importante considerar esta temática desde una perspectiva feminista?

El estado actual de desigualdad a nivel socio-económico que afecta a mujeres y comunidades LGTBIQIA+ atraviesa el espacio digital.

El derecho a la privacidad desde una perspectiva de género es particularmente crucial porque el acceso a plataforma digitales permite comúnmente limitaciones que derivan desde una estructura patriarcal. Un ejemplo de esto es la asimetría de poderes, pérdida de privacidad, violencias digitales, discriminación y falta de consideración de la intersección de raza, clase, género, entre otros.

La noción de privacidad ha sido un tema clave desde las perspectivas feministas, sobre todo desde la división entre lo privado y lo público. De esta forma, después de varias décadas abogando por la importancia de considerar lo que pasaba en el ámbito “privado” y no sólo en el público, fue posible comenzar a indagar en temáticas de violencia para tratar con estas temáticas desde lo público. Y es así, como hay que considerar también la dicotomía de lo “online” y lo “offline”. Aunque estas temáticas sean pertinentes a lo “online” y a lo privado, no deben dejar de ser importantes de considerar desde una perspectiva feminista.

En este sentido, un reciente estudio del proyecto alemán llamado Forum Privacy, presenta diferentes perspectivas que se han presentado para considerar perspectivas feministas, destacando sobre todo el cuestionamiento de la noción de “protección”, donde se deben dejar de lados las dinámicas asimétricas de poder, y se debe trabajar formas implementar estas dinámicas desde el respeto y empoderamiento.

La importancia de considerar perspectivas que se integren desde el respeto horizontal y el empoderamiento permite preguntarse quiénes están asegurando la protección de datos y la privacidad, reflexionar quién obtiene beneficios de estos procesos; y sobre todo, como podemos asegurar que nuestras acciones del día a día sean en pos de justicia social y los derechos humanos.

¿Qué está pasando hoy en día en Latinoamérica en cuanto a estas temáticas?

En nuestra región la protección efectiva de datos no es una realidad concreta ya que muchos países no poseen marcos regulatorios generales en la materia, y en temáticas de privacidad a veces no se encuentran actualizadas para que sean consideradas en el área digital. Sin embargo, varios países han considerado el habeas data en sus constituciones y marcos legales, y otros han tomado como ejemplo el caso de la Unión Europea siguiendo los ejemplos del GDPR (General Data Protection Regulation).

Todavía existen muchas oportunidades a futuro para seguir trabajando con estos temas, en esta línea Derechos Digitales ofreció el 2022 un resumen de las legislaciones vigentes en países Latinoamericanos en temáticas de protección de datos.

Abarcando la complejidad

La mayor dificultad, que bien aprovechada presenta una oportunidad, es que esta temática no es un tema que concierne solamente políticas públicas, o leyes, si no, concierne una gran complejidad de variables y actores que lo involucran. Una perspectiva feminista en estas temáticas puede otorgar visiones que comprendan las vivencias desde diversas perspectivas, dónde, por ejemplo, el consentimiento informado y activo – considerando igualdad de poderes – puede representar autonomía, libertad y privacidad.

Desde Derechos Digitales se han creado varias campañas para acompañar a las personas en cuanto a la concientización de la importancia de proteger su privacidad y datos, tanto como la Amistosa Caja Anti-Vigilancia, El Anonimato Nos Defiende, No Temas a Internet, entre varias iniciativas.

Para avanzar hacia la igualdad de género sustantiva es necesario reflexionar desde esta perspectiva que comprende a toda la sociedad, invitando a la creación de marcos normativos que garanticen transparencia e igualdad permitiendo considerar la privacidad y protección de datos.

Belén Whittingslow vs. Paraguay

En contextos de marcada desigualdad de género como en Paraguay y la región, son bien sabidos los niveles de discriminación, estigmatización y denegatoria de justicia que se evidencian en los casos donde mujeres denuncian ser víctimas de acoso sexual. Pero ¿Qué sucede cuando el acoso se ejerce mediante medios digitales? La respuesta no sorprende: la desprotección se profundiza.

Es así que el caso de Belén no puede ser analizado de manera aislada del contexto donde sucede. Un contexto marcado por altos índices de impunidad en casos de violencia de género, incluyendo casos de acoso sexual. Paraguay ocupa el puesto 100 de 153 países del mundo y 23 de 25 países de la región en el Global Gender Gap Index del Foro Económico Mundial del 2020, con una prevalencia de violencia de género de 17,9%. En particular, el caso tiene relación con los elementos estructurales que invisibilizan el acoso sexual como una forma grave de violencia, que ocurre de manera extendida y con impunidad en diversos ámbitos, especialmente los educativos y laborales.

Cuando las violencias son ejercidas a través de medios digitales, como en el caso de Belén, la falta de acceso a la justicia se agrava en tanto este tipo de violencia no ha sido abordada de manera integral por la legislación y las políticas públicas en Paraguay, al no considerarse que las TIC o las nuevas tecnologías profundizan la desigualdad de género y reproducen y/o refuerzan la violencia. 

Así, el caso de Belén evidencia muy claramente la falta de reconocimiento, por parte del Estado paraguayo, de que la violencia de género en línea constituye una violación de derechos humanos y una forma de discriminación y violencia.  Así también como la falta de aplicación debida de los instrumentos internacionales fundamentales de derechos humanos.

El proceso kafkiano al que fue sometida Belén

Mientras Belén estudiaba derecho en la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción” de Paraguay, fue víctima de acoso sexual por un profesor de la Universidad., En el momento de los hechos, el profesor era también agente estatal integrante del Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de Paraguay, órganos con competencias fundamentales para el nombramiento y remoción de operadores judiciales.

El acoso sexual se inició de manera presencial dentro de la institución académica, en el marco de una relación estudiante-profesor, y continuó perpetuándose de manera digital, principalmente por medio de mensajes e imágenes enviadas a través de la aplicación instantánea de mensajería WhatsApp.

Tras una investigación deficiente y plagada de irregularidades, donde se destaca especialmente la negativa de realizar las pericias de los celulares (principal prueba del acoso), la denuncia fue desestimada.

La decisión fue ratificada mediante una resolución basada en estereotipos y prejuicios de género, donde el Fiscal Adjunto calificó el acoso sexual denunciado como una situación de “galanteo y cortejo”, ignorando abiertamente las manifestaciones de Belén y las pruebas adjuntadas que visibilizaban su clara disconformidad con la situación.

Sumado a esto, el sistema judicial fue utilizado como un medio para intimidarla y amenazarla. Así, inmediatamente después de la desestimación de la denuncia, Belén fue involucrada en dos procesos judiciales que continúan hasta el día de hoy.

Al día siguiente de haber sido notificada de la desestimación de la causa de acoso sexual, Belén fue imputada y posteriormente acusada penalmente sin pruebas en su contra, de haber pagado para falsificar calificaciones de la Universidad en exámenes que no rindió, dentro de la causa conocida como “Compra-nota”. Básicamente la Fiscalía presentó evidencias que correspondían a otras personas imputadas para sustentar los cargos, sin contar con ninguna que incrimine a Belén. Por otra parte, Belén se encuentra demandada en una acción civil por daños y perjuicios en la cual su acosador le reclama una indemnización de 450.000 USD, alegando que las declaraciones hechas por Belén  causaron daños a su imagen pública.

En ambas situaciones, la defensa de Belén ofreció reiteradamente la realización de la pericia de los teléfonos como forma de probar la conexión entre la denuncia de acoso con los dos procesos en cuestión. En la causa civil, resultaba especialmente evidente la necesidad de realizar la pericia dado que era la única forma de probar que las declaraciones no eran falsas. La producción de la prueba fue negada en ambos procesos. Vale destacar que uno de los argumentos utilizados en sede civil fue que la prueba ofrecida era sobreabundante e innecesaria por haber sido tratada en sede penal.

Por la causa penal de “compra-notas”, que está estrechamente vinculada a la intensificación de los mensajes e imágenes enviados a Beleén por su acosador, es que Beleén se encuentra actualmente como solicitante de refugio en Uruguay luego de que fuera declarada en rebeldía sin justificación legal, y fuera cancelada su defensa.

Marco internacional: pronunciamientos relevantes

Los instrumentos universales y regionales de derechos humanos establecen las obligaciones de los Estados de combatir todas las formas de discriminación contra la mujer, y de proteger sus derechos humanos, incluyendo el derecho de toda mujer a no ser objeto de violencia.

Si bien dichos cuerpos normativos no hacen referencia al ámbito digital- principalmente porque fueron elaborados previamente al desarrollo de Internet y las TICS- a medida que los espacios digitales se transforman y evolucionan, también deben hacerlo la aplicación y puesta en práctica de las normas de derechos humanos en ese sentido. Siguiendo el informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer acerca de la violencia en línea de 2018, en el plano normativo, la interacción de la tecnología y las normas de derechos humanos de la mujer se caracteriza por el reconocimiento del principio de que los derechos de las personas también deben de estar protegidos en entornos digitales.

En el mismo sentido, la resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 5 de Julio del 2018 reconoce que la definición de la violencia contra las mujeres y niñas se aplica de igual forma al espacio digital, condena todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, incluida la violencia sexual y de género cometidas mediante el uso de las tecnologías digitales.

La CIDH ha manifestado que la violencia en Internet ha surgido como una nueva forma de violencia por razones de género, notando que se esté extendiendo rápidamente y que supone un peligro significativo. Mediante el informe “Violencia y discriminación contra mujeres, niñas y adolescentes: Buenas prácticas y desafíos en América Latina y en el Caribe”, reconoce que la violencia en línea contra las mujeres, adolescentes y niñas deriva en un riesgo elevado de actos violentos y de discriminación.

Conforme señalan las organizaciones litigantes, se espera que con la presentación de este caso ante el sistema interamericano,  llegue la tan esperada justicia para Belén y que el caso impulse a la generación de estándares interamericanos respecto a la violencia de género en línea, así como también políticas públicas adecuadas para la garantía de la independencia judicial en Paraguay. Desde Derechos Digitales, sumamos nuestras fuerzas a este caso que representa la realidad de muchas mujeres en la región.

¡Ahora es ya! Reconociendo desafíos y oportunidades desde la agenda internacional para las niñas en la era digital

Hoy en día nos encontramos con una desafiante brecha de acceso al internet entre hombres y mujeres. Según datos recientes de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) tal brecha es del 17% a nivel global, y puede llegar a un 52% dependiendo del país. En este contexto, un reciente estudio demostró que las niñas además enfrentan una inserción a herramientas digitales más tardía comparada con la de los niños, y usualmente es restringida por sus tutores/madres/padres. Además de la brecha actual de acceso, otras brechas son generadas por el cómo se enseña y motiva a las niñas y mujeres jóvenes a interesarse en carreras relacionadas con el área STEM (Ciencia, Tecnología, ingeniería y Matemáticas) y por cómo se presentan recurrentemente situaciones de ciberviolencia hacia mujeres y niñas.

Estos son algunos de los retos a los que nos enfrentamos en la era digital. Por lo tanto, este año es clave reflexionar, porque no solamente el 11 de febrero es el Día Internacional de las Niñas y las Tecnologías de la Información (TICs), sino también porque la temática de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer N°67 (CSW67) de este año es: “La innovación y el cambio tecnológico, y la educación en la era digital para lograr la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas”.

A través de esta columna, se identifican tres “por qué” claves en cuanto a estas temáticas.

¿Por qué hay que hablar de las niñas y las TICs?

Cuando las mujeres y las niñas tienen acceso a Internet y refuerzan sus habilidades para usar tecnologías digitales la sociedad se beneficia, como se indica a través de Bridging the Gender Divide. Según este estudio,  existiría un beneficio para el desarrollo de sus vidas, con mayores oportunidades educacionales, laborales y acceso a la información; explicando que sin cerrar esta brecha digital no sería posible lograr superar los Objetivos de Desarrollo Sostenible. A su vez, el Foro Económico Mundial explica que 65% de los trabajos del futuro para niñas y niños serán plenamente dedicados a la innovación y a la tecnología, dónde las normas culturales e institucionales que no se actualizan generan límites bloqueando el potencial de las niñas en el área digital. Por último, de acuerdo con Plan International, la brecha tecnológica de género también afecta negativamente el potencial de crecimiento económico y desarrollo de los países explicando que, si en tres años 600 millones más de mujeres están conectadas a Internet, se traduciría en un aumento del PIB mundial de entre US$13 mil millones y US$18 mil millones.

Las tecnologías representan, efectivamente, innumerables oportunidades de fuentes de conocimiento, sobre todo considerando el potencial de cambio que poseen las herramientas tecnológicas para las niñas como futuras mujeres a nivel laboral, pero también como futuras líderes de cambio. Entendiendo que ya el 90% de los trabajos tienen un componente digital, se debe impulsar a que niñas se desarrollen y busquen oportunidades motivándolas desde las STEM.

Asimismo, la participación de niñas, mujeres y personas LGBTQIA+ en el espacio digital y la posibilidad de obtener sus beneficios solo se concretiza cuando tal espacio es seguro y receptivo. Factores como la seguridad digital y la respuesta a la violencia de género deben ser abordados no solo desde la regulación, pero también desde la industria, la cual actualmente es mayoritariamente masculina. Es clave contar con mayor participación de personas que representen a las diversidades en la producción tecnológica para avanzar hacia la construcción de espacios digitales seguros, receptivos y respetuosos, dónde compromisos y acciones concretas se muevan en tal dirección.

¿Por qué la CSW67 es importante para las niñas?

La CSW es una sesión de dos semanas organizada por Naciones Unidas donde Estados Miembros, líderes, organizaciones de la sociedad civil y personas con incidencia en la formulación de políticas públicas se reúnen para discutir avances y límites sobre los derechos de las mujeres e igualdad de género.

No se trata de una simple reunión, sino que también reafirma y fortalece los compromisos políticos de los actores previamente mencionados con los derechos de las mujeres y asegura la visibilidad de las temáticas por año. Allí se discuten temas emergentes y se promueve la generación de nuevos acercamientos de propuestas y acciones a las situaciones que mujeres y niñas enfrentan de forma desigual en el día a día.

La CSW67 de este año se llevará a cabo entre el 6 y el 17 de marzo, y es una instancia sumamente importante porque discutirá y establecerá la agenda sobre el cambio tecnológico en la era digital con perspectiva de género a nivel global.

Dentro de la temática principal de este año, existen diferentes temas que fueron destacados por la Reunión del Grupo Experto previo a la CSW67, entre los cuales se encuentran:

  • Las brechas de género en el acceso y las competencias digitales.
  • Ecosistemas de innovación inclusiva y transformación digital.
  • Tecnología e innovación transformadoras de género.
  • Abordar la violencia de género y la discriminación en línea y facilitadas por las TICs; y proteger los derechos de las mujeres y las niñas en línea.
  • La necesidad de mejorar las métricas y los datos desglosados sobre las dimensiones de género de la innovación, el cambio tecnológico y la educación en la era digital.

La CSW es una herramienta importante para las niñas y mujeres jóvenes, ya que en esta se pueden levantar temáticas en las cuales ellas se ven afectadas e involucradas en el día a día. Y de manera más importante, considerar a través de todo este proceso las perspectivas de niñas y mujeres jóvenes es imprescindible para que la agenda tenga una perspectiva multidimensional e integral. La transversalidad de género no puede ser efectiva si se dejan atrás estas perspectivas. Es por esto que la CSW cuenta con espacios –como el diálogo interactivo con representantes líderes juveniles– dónde se comparten experiencias, principios y prioridades relacionadas a la innovación y cambios tecnológicos.

Consecuentemente, el hecho de que estos temas sean posicionados desde perspectivas tanto de niñas y mujeres jóvenes como de profesionales expertos, la importancia recae en que se plasmarán diferentes precedentes, en formato de acciones e información en concordancia a la temática, que serán cruciales para el futuro desarrollo de la era digital con perspectiva de género.

¿Por qué todavía no se soluciona la brecha digital?

Es necesario comprender que temas tan amplios no tienen una sola solución, sino que como su complejidad demuestra, se deben considerar una gran cantidad de variables para aportar desde perspectivas de género. Sobre todo desde la interseccionalidad que reflexione a partir de miradas regionales y locales que complementen soluciones integrales.

La brecha digital depende de cómo se entrega prioridad a los recursos y oportunidades para niñas en las TICs y muchas veces esto representa una dificultad, especialmente cuando los Estados no poseen recursos suficientes para esto. Dado lo anterior, existen múltiples iniciativas desde la sociedad civil para aportar para el desarrollo de estas temáticas para niñas y mujeres a nivel regional y global, desde Derechos Digitales existen diferentes instancias, desde publicaciones (clic aquí para la más actual), levantando proyectos como el Fondo de Respuesta Rápida hasta participando en instancias internacionales, tales como la CSW67.

Se precisan, a futuro, medidas que consideren el esfuerzo y compromiso de distintas partes, y a partir de instancias internacionales, como la CSW67, existe la oportunidad de considerar múltiples perspectivas para identificar las necesidades, prioridades y acciones que se requieren para avanzar hacia la igualdad de género, disminuir la brecha digital y mejorar el futuro para las niñas y las TICs.

Los Estados tienen la obligación de reforzar y no poner en peligro los derechos humanos

Como les contamos en abril del año pasado, se encuentra en marcha y avanzando a paso firme la elaboración de una “Convención internacional integral sobre la lucha contra la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones con fines delictivos” por un Comité Especial (el “Comité Ad Hoc”) en el seno de Naciones Unidas. 

Derechos Digitales participó de la cuarta sesión de trabajo del Comité Ad Hoc que tuvo lugar en Viena entre el 9 y 20 de enero. En esta columna queremos compartir con ustedes nuestras principales preocupaciones, y por qué creemos que se trata de un tema al que todos deberíamos prestarle más atención desde América Latina.

El trabajo de la cuarta sesión se centró en la revisión de un documento de negociación consolidado (DNC). Previo a la sesión, y en conocimiento del documento preparamos en conjunto con otras 79 organizaciones de sociedad civil, una carta para comunicar al Comité y los Estados nuestras preocupaciones.

Desde el inicio del proceso no hemos estado convencidos de la necesidad de una Convención global sobre ciberdelincuencia. Sin embargo, a través de esta nueva carta, reiteramos la necesidad de un enfoque basado en los derechos humanos para su redacción.

Nuestras preocupaciones se centran en la necesidad de garantizar que los derechos fundamentales tengan prioridad en la forma en la cual se definen los delitos cibernéticos, la forma de producir pruebas respecto de ellos, y al establecer mecanismos de cooperación internacional o de asistencia técnica. 

Lamentablemente, el texto examinado en esta cuarta sesión todavía resulta demasiado amplio en su alcance y no se limita solamente a los delitos cibernéticos en los que la tecnología es parte esencial del delito.

El texto se  expande de forma ambigua hacia otros delitos -muchas veces ya regulados- cuando pueden ser facilitados o cometidos a través del uso de tecnologías de la información. Lo anterior es incompatible con obligaciones internacionales de derechos humanos, y amenaza con criminalizar las actividades legítimas con propósitos de interés público como el trabajo de periodistas e investigadores de seguridad. 

Estuvo en el centro de las discusiones la cuestión de reducir el ámbito de alcance de los delitos contemplados en la Convención a aquellos esencialmente vinculados con el uso de la tecnología, y no expandirlo a los que son meramente facilitados por ella. 

Muchos estados manifestaron su preocupación por la excesiva expansión del listado de delitos considerados, sin embargo al término de las negociaciones la criminalización expansiva de delitos de expresión sigue estando presente en el texto.

También hay en el texto limitadas salvaguardias respecto de los ciberdelitos definidos que pueden impactar negativamente en las actividades legítimas de periodistas, informantes, defensores de derechos humanos, investigadores de seguridad y de ciencias sociales, niños y adolescentes, mujeres, diversidades sexuales, grupos vulnerables, opositores políticos, víctimas de delitos, entre otros. 

Qué nos preocupa, por qué y por qué te debe importar

Organizaciones de la sociedad civil, empresas y organismos internacionales como la Oficina del Alto Comisionado en Derechos Humanos presentaron diversas preocupaciones sobre los temas discutidos en la sesión. Sin intentar ser exhaustivos en la lista, queremos llamar la atención sobre algunos puntos que nos parecen cruciales,  en los que se requiere que el texto de la futura Convención continúe refinándose de cara a la presentación del borrador cero.

Particularmente nos preocupan áreas en las que resulta crucial la atención de los representantes de gobiernos de nuestra región para garantizar la adecuada protección de derechos fundamentales en la persecución del ciberdelito, con miras a la realidad normativa e institucional de América Latina.

También nos ocupan cuestiones que creemos que merecen atención general, por el impacto que pueden tener en la habilidad de ejercer la libertad de expresión, el acceso a la información y resguardar la privacidad. 

Riesgos de criminalización de la labor de investigadores de seguridad y ciencias sociales, periodistas y defensores de derechos humanos

El texto necesita incorporar en los delitos esencialmente vinculados con el uso de la tecnología la referencia a que la acción sancionada debe sobrepasar barreras técnicas. Solo así podrá evitar la ambigüedad de que la violación de términos y condiciones de servicio o políticas de seguridad establecidas por empresas privadas puedan permitir criminalizar la investigación de interés público en el funcionamiento de sistemas informáticos.

Delitos de expresión propuestos son una herramienta para la censura y la represión

Algunos delitos propuestos, como los delitos relacionados con el extremismo o con el terrorismo, son incompatibles con los estándares internacionales de libertad de expresión y pueden ser utilizados por los estados con fines represivos y de control social. Adicionalmente, no existen definiciones uniformes de estos conceptos en el derecho internacional, y muchos estados se basan en esta ambigüedad para justificar abusos contra los derechos humanos.

Respeto por la evolución progresiva de niños y adolescentes

Los artículos referidos a la criminalización de los usos de material de abuso sexual a menores han sido en general acogidos como necesarios por los Estados parte de la negociación. Sin embargo, muchos han afirmado la necesidad de asegurar la consistencia con otros instrumentos en que la materia se regula y ya han sido adoptados, cuestión que aún no se ve bien reflejada en en el texto.

Resulta preocupante que las redacciones discutidas no reflejen aún la necesidad de que, tal como lo afirmó UNICEF en sus aportes durante la tercera consulta intersesional, se considere la evolución de los adolescentes, evitando criminalizarlos por actividad sexual consentida y sin explotación, siempre que no haya elementos de coerción, abuso de confianza o dependencia entre los adolescentes. No se debe responsabilizar penalmente a niños por la generación, posesión o intercambio voluntario y consensuado de contenido sexual de sí mismo u otros, únicamente para su uso privado.

Hay también algunas provisiones que extienden la criminalización a dibujos u otras representaciones visuales o auditivas creíbles de niños que amenazan considerablemente la libertad de expresión y las expresiones artísticas. 

Limitación de la distribución de imágenes sexuales no consentidas a expensas de la autonomía de las víctimas

En el caso de la criminalización de la distribución de imágenes íntimas no consentidas y otras conductas relativas a adultos que involucran el uso de imágenes de contenido sexual con fines de acoso, intimidación o extorsión, resulta preocupante la excesiva vaguedad de la forma en la cual se define el elemento de falta consentimiento respecto de tales materiales, lo que arriesga a una sobrecriminalización.

También preocupa  la ausencia de excepciones a la tenencia, uso o distribución de imágenes que pueden tener un interés público, como la cobertura periodística, la atención y acompañamiento de víctimas, o la misma investigación de las conductas. a criminalización de este tipo de conductas no parece contar con una visión centrada en la víctima.uchas veces lo  primoridal es evitar la revictimización a través de procesos criminales, y manifestar preferencia por otro tipo de mecanismos que puedan ser más eficaces en limitar la distribución del material respectivo considerado lesivo.

Salvaguardas de derechos humanos excesivamente débiles

Desde la sociedad civil y de muchos estados comprometidos con los derechos fundamentales se celebró la incorporación de dos artículos -uno en las provisiones generales y otro en las procedimentales- en los que se aborda la protección de los derechos humanos y el respeto por las consideraciones de género y las condiciones de grupos vulnerables.  Sin embargo, esas protecciones se diluyen en las demás disposiciones de la Convención.

Es necesario que el capítulo de medidas procesales exija autorización judicial previa para los poderes intrusivos que se consagran, así como para garantizar explícitamente el derecho a un recurso efectivo. Resulta esencial retener la referencia a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, y al reconocimiento de la privacidad como derecho humano. 

Ambigüedades que favorecen el hacking estatal, los intentos de retención masiva de datos y el debilitamiento del uso de tecnologías de privacidad

Las provisiones procesales están redactadas de manera poco precisa.  De este modo, pueden ser usadas como una excusa para justificar la vigilancia masiva de las comunicaciones y dan la posibilidad a los gobiernos de desarrollar acciones ofensivas que debiliten la seguridad de los sistemas a través de puertas traseras en tecnologías de privacidad -como el cifrado- u operaciones de hacking que se beneficien de la explotación de vulnerabilidades, forzando a los proveedores de servicios de internet a transformarse en colaboradores de estas prácticas, que pueden ser tremendamente dañinas para la seguridad integral de los sistemas.

¡Ojo acá, Latinoamérica!

Esta Convención tiene el potencial de impactar profundamente en millones de personas en todo el mundo, y es por esto que debemos dejar muy claro que la lucha global contra el ciberdelito no debe socavar el respeto por los derechos humanos.

En abril el Comité Ad Hoc volverá a reunirse para continuar la revisión del texto y esperamos muchos más ojos atentos a la posición de los gobiernos de América Latina en estas cuestiones escenciales para el ejercicio de nuestros derechos fundamentales.