Mujeres haciendo tecnología

“Pregunte al doctor, pida ayuda a la enfermera, llame a los informáticos, pida una cita a la secretaria”. Esta ha sido la primera forma de aprender que las carreras y profesiones tienen género y que las sociedades han ido construyendo de forma intrínseca perfiles que deben ser completados para destacar en ciertas áreas. Las mujeres deben buscar trabajos adecuados que no afecten su condición de “princesas” en la sociedad o, peor aún, deben dedicarse a cuidar sus hogares, hijos y esposos con ferviente devoción. Estos modelos sociales han limitado y han hecho que las mujeres cuestionen sus habilidades, capacidades y límites pero ¿esto es suficiente para detener un sueño y la lucha?

La respuesta parece contradictoria. No, no ha sido suficiente para evitar que las mujeres incursionen en la ciencia, las medicinas, la tecnologías y todo cuanto han querido hacer, sin embargo, algunas han tenido que hacerlo bajo firmas que oculten su identidad o ceder el crédito de propiedad a un hombre. Y sí, a callado a otras y obligado a que interpreten el guíon escrito para ellas. Es por esa misma razón que la lucha hecha, los derechos y el reconocimiento alcanzado tiene más valor para ellas.

Hablando de las áreas que no dejaron de explorar, las mujeres han estado presentes en el campo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) desde los inicios de la computación. Con Ada Lovelace primera programadora del mundo, trabajó junto a Charles Babbage en el diseño de la «máquina analítica» en la década de 1840. Su trabajo incluyó la creación de algoritmos que permitirían a la máquina analítica realizar cálculos matemáticos complejos. Lo que sería “tomar notas y agregar comentarios” resultó en superar el trabajo inicial.

Y si seguimos mirando la historia, nos encontramos a más mujeres que escribieron su propia historia y muchas de ellas en binario. Así como Grace Hopper, una programadora y matemática, conocida como la «reina de la programación» o Radia Perlman, madre de la internet, ella desarrolló el protocolo Spanning Tree o Shafi Goldwasser pionera en la criptografía y la seguridad o quizá como Hedy Lamarr actriz austriaca y científica que hizo importantes contribuciones en el campo de las comunicaciones inalámbricas, creando las bases de lo que hoy conocemos como WiFi (difícil pensar una vida sin esto, ¿no?). 

En la actualidad, las mujeres desempeñan un papel clave en la industria de las TIC, llegando a liderar proyectos de investigación y desarrollo, creando nuevas empresas y diseñando productos y servicios innovadores que están transformando el mundo. Además, las mujeres están trabajando para cerrar la brecha de género en la industria de las TIC, abogando por la inclusión y la diversidad en la fuerza laboral de las TIC.

La presencia de mujeres en la industria de las TIC no solo es importante por una cuestión de equidad de género, sino también porque las mujeres pueden aportar perspectivas únicas, amplias, diferentes y habilidades valiosas a la industria. Los nuevos desafíos globales no miran al género, por eso los equipos que los resuelven y trabajan en ellos, tampoco deberían hacerlo.

Celebramos el papel fundamental que las mujeres están desempeñando en la creación y evolución de las TIC. Al fomentar la participación y la representación de mujeres en este campo, estamos ayudando a garantizar un futuro más justo e igualitario para todas y todos.

Conmemoramos la construcción lenta y silenciosa que hicieron las mujeres del ayer para que las mujeres de hoy tengan más oportunidades y apoyamos a las mujeres de hoy que inspiran y acompañan a quienes serán las mujeres de mañana. Caminamos juntas hacia una reconstrucción de la historia y hacia una sociedad que no impone ni juzga.

¿Tecnologías para la equidad y el empoderamiento? Notas para superar perspectivas coloniales y deterministas sobre las tecnologías

Esta semana se iniciaron los trabajos de la 67a Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW67, por su sigla en inglés). La CSW es una instancia auspiciada por Naciones Unidas que tiene como objetivo avanzar hacia la “igualdad y el empoderamiento de las mujeres”.

Este año, la Comisión tiene como tema prioritario “La innovación y el cambio tecnológico, y la educación en la era digital para lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas”. El tema ofrece muchas posibilidades de avanzar en acuerdos urgentes y necesarios sobre como las tecnologías digitales pueden efectivamente favorecer la equidad de género.

A la vez, representa una oportunidad para reforzar lineamientos que permitan establecer límites necesarios para que estas tecnologías no profundicen desigualdades. Sin embargo, el colonialismo, el punitivismo y el determinismo tecnológico pueden representar barreras importantes para que se alcancen conclusiones significativas. Peor que eso: sumados a la ausencia de una mirada interseccional y de derechos humanos, pueden implicar retrocesos en consensos que se vienen plasmando hace décadas a nivel internacional.

Derechos Digitales ha sido participante activa de las discusiones: en octubre de 2022 co-presidimos la reunión de expertas realizada en preparación para la CSW y participaremos intensamente de las actividades oficiales y paralelas a lo largo de toda la reunión en Nueva York.

En esta columna compartimos algunas impresiones y prioridades que creemos que deben ser consideradas en las discusiones, a partir de una detenida revisión del borrador inicial de conclusiones de la CSW67.

Una perspectiva de derechos para contrarrestar el determinismo tecnológico

Si bien podemos afirmar que desde el derecho internacional han habido avances en comprender que las normas de derechos humanos y su aplicación tienen que acompañar la transformación tecnológica, en la práctica vemos escasos compromisos por implementar tales consensos.

Como resultado, las brechas sociales y de género se amplifican y profundizan. El caso latinoamericano refleja cómo las desigualdades estructurales se replican en el entorno tecnológico y grupos históricamente excluidos del acceso a derechos encuentran no solamente las mismas barreras de acceso y uso de tecnologías, sino que están sujetos a nuevas y más complejas formas de violencia, explotación y exclusión.

Casos como el de Belén Whittingslow en Paraguay y de las trabajadoras en aplicaciones de limpieza son crudos ejemplos de las injusticias que se recrudecen alrededor de estos temas. En el segundo caso, también muestran como las mismas se automatizan en forma de códigos algorítmicos.

La vigilancia masiva o dirigida hacia periodistas, defensoras de derechos humanos y grupos feministas, evidencian cómo prácticas autoritarias de persecución, criminalización y silenciamiento de mujeres se refinan con apoyo de nuevas tecnologías de vigilancia.

Frente a evidencias de crecientes de abusos y vulneraciones de derechos facilitadas por las tecnologías en las últimas décadas, la comunidad internacional se vió obligada a superar el mito de la “independencia del ciberespacio” y reconocer las implicancias de las tecnologías digitales en los derechos humanos. Es fundamental que los gobiernos reunidos en la CSW67 construyan sus consensos a partir de la noción, duramente comprobada en la experiencia vivida de millones de personas, de que la tecnología no va a resolver problemas estructurales como los relacionados al hecho de que ciertas poblaciones han sido históricamente marginadas del acceso a derechos en su totalidad.

Además de compromisos concretos con garantizar efectiva diversidad en la producción tecnológica e incentivos al desarrollo de tecnologías alineadas con el respeto y protección de derechos humanos, los Estados deben garantizar un acceso significativo a internet para todas las personas y que los mismos derechos que ellas tienen fuera de línea se apliquen en línea. Se deben adoptar medidas para limitar y regular el desarrollo y uso de tecnologías con potencial discriminatorio y abusivo en relación a los derechos humanos.

Abordar a la innovación, el cambio tecnológico y la educación digital desde una perspectiva de derechos humanos, reconociendo los marcos existentes en la materia, es crucial para que éstos puedan tener algún rol en el alcance de la equidad de género. Cualquier recomendación distinta puede incrementar brechas de género, avalar prácticas autoritarias y retroceder en consensos duramente conquistados a nivel internacional.

El combate a la violencia y censura de género más allá de la criminalización y el paternalismo

Sabemos que la violencia de género facilitada por tecnologías es creciente, y genera múltiples y profundos impactos individuales y colectivos al implicar una forma de censura de género.

En América Latina, la violencia que se manifiesta en el entorno en línea es un duro reflejo de sociedades marcadas por el patriarcado, la misoginia y la homofobia y una extensión de múltiples violencias de género vividas en el ámbito doméstico y los espacios públicos.

La violencia política de género, por su parte, ha representado una barrera adicional a la participación de las mujeres y personas LGBTQIA+ en los espacios de poder y toma de decisión. Junto a la violencia contra periodistas defensoras de derechos humanos, es mucha veces perpetrada por funcionarios y autoridades públicas, como se ha observado en el caso de Brasil, El Salvador y México.

Es urgente el desarrollo de políticas públicas que respondan a esas violencias, responsabilicen a quienes la promueven – incluso cuando se trata de autoridades públicas – y establezcan mecanismos efectivos de reparación. Respuestas desde el derecho penal pueden ser necesarias, pero no son suficientes para dar cuenta de la complejidad del problema y la diversidad de experiencias de vida de las sobrevivientes.

Legislaciones penales promovidas sin perspectiva de derechos humanos pueden ocasionar criminalización y retrocesos en materia de acceso a derechos. El test tripartito y los criterios de legalidad, necesidad y proporcionalidad deben ser considerados en cualquier política o acción destinada a la restricción de contenidos de modo a evitar la criminalización y censura de expresiones legítimas, incluso de activistas mujeres y LGBTQIA+.

Es necesario que la CSW pueda incentivar el desarrollo de conceptos comunes y marcos basados en los derechos humanos para responder a todas las formas de violencia de género, incluyendo las mediadas por las tecnologías.

Por una transformación digital basada en la autonomía

La equidad de género jamás puede ser utilizada como argumento para la implementación de sistemas digitales sin criterios de atención a los derechos humanos, como observamos nuevamente en el caso latinoamericano.

Aquí, muchas de las iniciativas de uso de Inteligencia Artificial (IA) en el sector público se dirigen a grupos en situación de vulnerabilidad que terminan expuestos a la recolección de sus datos para distintos fines sin capacidad de ofrecer su consentimiento informado de manera previa y sin mecanismos efectivos de protección ni acceso a la justicia, incluso frente a decisiones automatizadas que se tomen sobre su presente y futuro.

Además de la garantía de derechos básicos a la protección de sus datos – con garantías especiales para la infancia –, las mujeres y personas LGBTQIA+ deben contar con mecanismos efectivos para participar en decisiones sobre el desarrollo y uso de sistemas con potencial de afectar su bienestar.

Tal como señala la Recomendación sobre Ética de la Inteligencia Artificial, adoptada por 193 países de la Unesco, los Estados deben generar medidas efectivas para la realización de estudios de impacto en derechos humanos en el desarrollo e implementación de este tipo de tecnologías. Especial atención debe darse a sus implicaciones en derechos económicos y sociales y al potencial impacto a grupos en condición de vulnerabilidad. Esos estudios deben efectivamente informar la toma de decisiones sobre su desarrollo y adopción, con el establecimiento de límites estrictos a aquellos que no cumplan con criterios mínimos – como ha recomendado la anterior Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet.

Ningún tipo de innovación puede construirse con base en la vulneración de derechos, la explotación y el incremento de brechas e injusticias de género. Las empresas de tecnología deben cumplir con la responsabilidad de respetar y proteger los derechos humanos y los Estados deben adoptar medidas proactivas para promover marcos de transparencia y rendición de cuentas a tales empresas.

Por una innovación capaz de transformar estructuras de género

Es bien sabido que las tecnologías no son neutrales y que tampoco conllevan en sí mismas el poder de transformar realidades sociales. Sostener que la innovación y el cambio tecnológico pueden en sí mismos generar mayor equidad es ignorar la realidad en que las desigualdades e injusticias se plasman y automatizan en crueles códigos algorítmicos. No sólo eso: las brechas relacionadas al desarrollo tecnológico a nivel geopolítico – con las grandes empresas tecnológicas mayormente concentradas en pocos países del Norte Global – reproducen estructuras de extracción y explotación que nos remiten al contexto colonial.

Hay evidencias desde distintas fuentes y perspectivas de cómo tecnologías desarrolladas bajo lógicas comerciales basadas en la vigilancia no solo no contribuyen con la superación de brechas de género, sino que las profundizan. Cambiar esta lógica implica adoptar medidas concretas y proactivas para la promoción de una innovación no solo responsable, pero comprometida con la justicia de género.

Eso incluye avanzar efectivamente hacia la superación de brechas de género más allá de lo digital, pero también es necesario establecer políticas serias de inclusión y participación transversales y con perspectiva de género, reconociendo los avances y acuerdos relacionados a la gobernanza digital desde múltiples partes interesadas.

Son innumerables las iniciativas de producción tecnológica desde comunidades feministas en el Sur Global capaces de potenciar su uso hacia mayor equidad y justicia. Es urgente que los gobiernos reunidos en CSW67 incorporen miradas críticas a sus lentes tecno-solucionistas y adopten medidas para incentivar el desarrollo y la sostenibilidad de formas alternativas de pensar y construir tecnologías.

Espacios digitales más seguros, más libres y más inclusivos

 El miércoles 8 de marzo, las calles de diferentes cuidades de América Latina se llenaron de mujeres manifestando, por la igualdad de oportunidades, una vida sin violencia machista, la reducción de la brecha de género, entre muchas otras consignas.

Desde una perspectiva de género, ¿qué valor se da en el espacio digital  a los derechos de las mujeres? ¿Existe mayor libertad e igualdad para las mujeres, o se trata de un espacio con más violencia machista y con menor reconocimiento de derechos?

Los movimientos de mujeres se han apropiado de la tecnología como medio denunciar las desigualdades,  organizar campañas , para ocupar espacios en el sector TIC como usuarias, investigadoras, programadoras o creadoras de opinión. Para hacer públicas temáticas invisibilizadas, compartir opiniones, y debatirlas. Las redes favorecen la interacción y la sororidad digital: amplían la  posibilidad de activismo feminista,  la difusión de reclamos o denuncias a través de posteos. Constituyen una herramienta que comparte y expande.

Si embargo, basta analizar  cómo se producen las interacciones en entornos digitales, para percibir que  se reproducen los estereotipos sexistas presentes en entornos offline. Al tratarse de nuevos medios, en contínua evolución, no es raro que aparezcan nuevas formas de violencia de género y que se  intensifiquen las violencias tradicionales. Estas formas se refuerzan debido a la viralidad, permanencia y descentralización.

Es en este contexto, que se vuelven fundamentales los movimientos ciberfeministas (o el llamado feminismo ciberactivista). La defensa de los derechos y la visibilización de problemáticas sociales que estos medios traen aparejados, constituyen los ejes centrales sobre los que trabajan estos movimientos.

Si bien el ciberfeminismo se trata de un concepto en permanente construcción y movimiento  en torno a las diferentes formas de concebir la práctica feminista virtual, se pueden identificar algunos objetivos comunes: el modelo hegemónico del ciberespacio y del diseño industrial responde a un modelo heteropatriarcal, el empoderamiento de las mujeres se favorece mediante la apropiación en el acceso, uso, contribución, diseño y desarrollo de las TIC,  a mayor presencia de mujeres en las TIC, mayor autoridad femenina en la sociedad contemporánea, las TIC brindan la oportunidad de desafiar la autoridad masculina y las relaciones de dominación basadas en el género para crear prácticas más igualitarias.

La construcción de espacios digitales más libres, más seguros y más inclusivos es tarea de los gobiernos, de las empresas tecnológicas y de la sociedad civil. Las herramientas y los medios, en constante cambio, hacen que sea una tarea desafiante y en continua. Y no hay dudas, la construcción es colectiva.

Belén Whittingslow vs. Paraguay

En contextos de marcada desigualdad de género como en Paraguay y la región, son bien sabidos los niveles de discriminación, estigmatización y denegatoria de justicia que se evidencian en los casos donde mujeres denuncian ser víctimas de acoso sexual. Pero ¿Qué sucede cuando el acoso se ejerce mediante medios digitales? La respuesta no sorprende: la desprotección se profundiza.

Es así que el caso de Belén no puede ser analizado de manera aislada del contexto donde sucede. Un contexto marcado por altos índices de impunidad en casos de violencia de género, incluyendo casos de acoso sexual. Paraguay ocupa el puesto 100 de 153 países del mundo y 23 de 25 países de la región en el Global Gender Gap Index del Foro Económico Mundial del 2020, con una prevalencia de violencia de género de 17,9%. En particular, el caso tiene relación con los elementos estructurales que invisibilizan el acoso sexual como una forma grave de violencia, que ocurre de manera extendida y con impunidad en diversos ámbitos, especialmente los educativos y laborales.

Cuando las violencias son ejercidas a través de medios digitales, como en el caso de Belén, la falta de acceso a la justicia se agrava en tanto este tipo de violencia no ha sido abordada de manera integral por la legislación y las políticas públicas en Paraguay, al no considerarse que las TIC o las nuevas tecnologías profundizan la desigualdad de género y reproducen y/o refuerzan la violencia. 

Así, el caso de Belén evidencia muy claramente la falta de reconocimiento, por parte del Estado paraguayo, de que la violencia de género en línea constituye una violación de derechos humanos y una forma de discriminación y violencia.  Así también como la falta de aplicación debida de los instrumentos internacionales fundamentales de derechos humanos.

El proceso kafkiano al que fue sometida Belén

Mientras Belén estudiaba derecho en la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción” de Paraguay, fue víctima de acoso sexual por un profesor de la Universidad., En el momento de los hechos, el profesor era también agente estatal integrante del Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de Paraguay, órganos con competencias fundamentales para el nombramiento y remoción de operadores judiciales.

El acoso sexual se inició de manera presencial dentro de la institución académica, en el marco de una relación estudiante-profesor, y continuó perpetuándose de manera digital, principalmente por medio de mensajes e imágenes enviadas a través de la aplicación instantánea de mensajería WhatsApp.

Tras una investigación deficiente y plagada de irregularidades, donde se destaca especialmente la negativa de realizar las pericias de los celulares (principal prueba del acoso), la denuncia fue desestimada.

La decisión fue ratificada mediante una resolución basada en estereotipos y prejuicios de género, donde el Fiscal Adjunto calificó el acoso sexual denunciado como una situación de “galanteo y cortejo”, ignorando abiertamente las manifestaciones de Belén y las pruebas adjuntadas que visibilizaban su clara disconformidad con la situación.

Sumado a esto, el sistema judicial fue utilizado como un medio para intimidarla y amenazarla. Así, inmediatamente después de la desestimación de la denuncia, Belén fue involucrada en dos procesos judiciales que continúan hasta el día de hoy.

Al día siguiente de haber sido notificada de la desestimación de la causa de acoso sexual, Belén fue imputada y posteriormente acusada penalmente sin pruebas en su contra, de haber pagado para falsificar calificaciones de la Universidad en exámenes que no rindió, dentro de la causa conocida como “Compra-nota”. Básicamente la Fiscalía presentó evidencias que correspondían a otras personas imputadas para sustentar los cargos, sin contar con ninguna que incrimine a Belén. Por otra parte, Belén se encuentra demandada en una acción civil por daños y perjuicios en la cual su acosador le reclama una indemnización de 450.000 USD, alegando que las declaraciones hechas por Belén  causaron daños a su imagen pública.

En ambas situaciones, la defensa de Belén ofreció reiteradamente la realización de la pericia de los teléfonos como forma de probar la conexión entre la denuncia de acoso con los dos procesos en cuestión. En la causa civil, resultaba especialmente evidente la necesidad de realizar la pericia dado que era la única forma de probar que las declaraciones no eran falsas. La producción de la prueba fue negada en ambos procesos. Vale destacar que uno de los argumentos utilizados en sede civil fue que la prueba ofrecida era sobreabundante e innecesaria por haber sido tratada en sede penal.

Por la causa penal de “compra-notas”, que está estrechamente vinculada a la intensificación de los mensajes e imágenes enviados a Beleén por su acosador, es que Beleén se encuentra actualmente como solicitante de refugio en Uruguay luego de que fuera declarada en rebeldía sin justificación legal, y fuera cancelada su defensa.

Marco internacional: pronunciamientos relevantes

Los instrumentos universales y regionales de derechos humanos establecen las obligaciones de los Estados de combatir todas las formas de discriminación contra la mujer, y de proteger sus derechos humanos, incluyendo el derecho de toda mujer a no ser objeto de violencia.

Si bien dichos cuerpos normativos no hacen referencia al ámbito digital- principalmente porque fueron elaborados previamente al desarrollo de Internet y las TICS- a medida que los espacios digitales se transforman y evolucionan, también deben hacerlo la aplicación y puesta en práctica de las normas de derechos humanos en ese sentido. Siguiendo el informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer acerca de la violencia en línea de 2018, en el plano normativo, la interacción de la tecnología y las normas de derechos humanos de la mujer se caracteriza por el reconocimiento del principio de que los derechos de las personas también deben de estar protegidos en entornos digitales.

En el mismo sentido, la resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 5 de Julio del 2018 reconoce que la definición de la violencia contra las mujeres y niñas se aplica de igual forma al espacio digital, condena todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, incluida la violencia sexual y de género cometidas mediante el uso de las tecnologías digitales.

La CIDH ha manifestado que la violencia en Internet ha surgido como una nueva forma de violencia por razones de género, notando que se esté extendiendo rápidamente y que supone un peligro significativo. Mediante el informe “Violencia y discriminación contra mujeres, niñas y adolescentes: Buenas prácticas y desafíos en América Latina y en el Caribe”, reconoce que la violencia en línea contra las mujeres, adolescentes y niñas deriva en un riesgo elevado de actos violentos y de discriminación.

Conforme señalan las organizaciones litigantes, se espera que con la presentación de este caso ante el sistema interamericano,  llegue la tan esperada justicia para Belén y que el caso impulse a la generación de estándares interamericanos respecto a la violencia de género en línea, así como también políticas públicas adecuadas para la garantía de la independencia judicial en Paraguay. Desde Derechos Digitales, sumamos nuestras fuerzas a este caso que representa la realidad de muchas mujeres en la región.

La industria de la desinformación y el papel de las plataformas en los ataques a la democracia brasileña

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El pasado 8 de enero, Brasil vivió escenas de terrorismo y violencia con actos golpistas que atacaron la propiedad pública y la democracia. Esto actos fueron perpetrados en Brasilia, por simpatizantes del expresidente Jair Bolsonaro .

Como las investigaciones indican, hay indicios de graves falencias -y posiblemente incluso de indulgencia y perjurios- en la actuación de las autoridades encargadas de la inteligencia y seguridad en los edificios de los tres poderes de la República, pues no habrían previsto ni estaban preparados para la escala de los ataques, que se fue articulando paulatinamente en las semanas previas.

Según apunta la investigación del medio Desinformante, los ataques fueron convocados por redes sociales y en grupos en aplicaciones de mensajería. A lo largo de toda la semana previa a los actos golpistas, grupos y canales bolsonaristas lanzaron llamados «con todo pagado» para atraer manifestantes en Brasilia.

Según una investigación de Agência Pública, los simpatizantes de Bolsonaro utilizaron el código “Festa de Selma” para coordinar la invasión. La expresión, acuñada por Steven Bannon, alude al término «Selva», utilizado por los militares. La investigación además muestra que la expresión había sido utilizada libremente por los bolsonaristas durante días en redes sociales abiertas como Twitter.

Además, mientras destruían propiedades públicas e invadían edificios de la República, los terroristas fotografiaban, filmaban y transmitían en vivo sus actos de violencia en plataformas como Facebook, Instagram y Youtube.

Fue solo después de la decisión de la Corte Suprema de suspender los perfiles de las personas que participaron en los actos que las plataformas tomaron medidas. Como apunta un informe de SumofUs, así como en el episodio en el Capitolio de EE. UU. el 6 de enero de 2021, las plataformas digitales facilitaron los ataques terroristas al permitir que contenidos extremistas fueran ampliamente compartidos durante meses, y que contenidos favorables a un golpe de Estado se recomendaran activamente a los usuarios , incluyendo llamados explícitos a la violencia.

Frente a esto, el tema se vuelve urgente en el contexto de las discusiones sobre derechos digitales: ¿cuál es el papel y la responsabilidad de las plataformas digitales en situaciones de crisis democrática como la ocurrida en Brasil el pasado 8 de enero?

El contexto tecnopolítico de los ataques golpistas y el negacionismo electoral de Bolsonaro

Durante años, el expresidente Jair Bolsonaro y sus partidarios estuvieron haciendo campaña contra las máquinas de votación electrónica, cuestionando la integridad electoral y fortaleciendo una narrativa de fraude. Según el informe «Desinformación en línea y disputas electorales: Quince meses de publicaciones sobre fraude en urnas electrónicas y voto impreso auditable en Facebook», elaborado por el proyecto Democracia Digital, una iniciativa de Escola de Comunicação, Mídia e Informação da FGV, «Entre noviembre de 2020 y enero de 2022, Se encontraron 394.370 posts sobre fraude en máquinas de votación electrónica y votos impresos auditables, publicados por 27.840 cuentas, entre páginas, perfiles personales y grupos públicos”. Entre las doce cuentas que concentran el mayor volumen de interacciones (más de 1 millón cada una) en publicaciones de Facebook sobre fraude electoral y voto impreso, el perfil oficial de Jair Bolsonaro es uno de sus principales voceros, junto al de otros políticos que lo apoyan, indica el estudio.

Los ataques a las urnas electrónicas y el discurso de fraude electoral no solo se vieron fomentados por las declaraciones del expresidente y sus seguidores en las redes sociales. Hubo un intento efectivo de aprobar una enmienda a la Constitución (PEC 135/2019) para introducir «la emisión de papeletas físicas», que pasó a ser conocida como PEC do Voto Impresso.

El negacionismo electoral de Bolsonaro se fortalece desde hace tiempo en sus declaraciones y acciones, y también es estimulado por una industria de desinformación, teniendo las plataformas digitales como principal medio para producir y difundir sus narrativas.

Como lo muestra el estudio de NetLab/UFRJ y un experimento realizado por GlobalWitness, durante el período electoral, el sistema publicitario de Meta no detectó el aumento de contenido de desinformación que atacó la integridad de las elecciones brasileñas de 2022.

En 2022, más de 100 entidades de la sociedad civil y la academia se unieron a la campaña «Democracia Pede Socorro» y publicaron un informe y dos balances con advertencias y recomendaciones sobre el papel de las plataformas digitales en la protección de la integridad electoral brasileña.

Entre los aspectos más destacados, las entidades señalan que la protección de la integridad electoral debe incorporarse como un valor reflejado en las políticas de moderación de contenidos y en sus condiciones de uso, que no deben restringirse al período electoral. Además de adaptar sus políticas al contexto brasileño, las plataformas deben establecer protocolos de gestión para cualquier crisis institucional de gran escala, como el ocurrido el 8 de enero. Otro punto destacado en las recomendaciones es que las plataformas no deben permitir la difusión de contenidos con denuncias infundadas de fraude electoral o que puedan atentar contra la integridad electoral, ni manifestaciones infundadas de cuestionamiento del resultado electoral tras la divulgación del Tribunal Superior Electoral (TSE).

A pesar de los ataques bolsonaristas al proceso electoral, el 30 de octubre de 2022 él fue derrotado en las urnas. Desde el final de las elecciones, los simpatizantes de Bolsonaro han cuestionado los resultados de las urnas, pedido un golpe de Estado, bloquearon carreteras, ocuparon la puerta de los cuarteles e demandaron la intervención de las fuerzas armadas para revertir los resultados de las elecciones. Todas estas acciónes resultaron en los atentados del 8 de enero.

Democracia y plataformas digitales

Si bien un episodio complejo como el del 8 de enero está asociado a diferentes aspectos sociales, históricos, políticos y coyunturales, los atentados golpistas en Brasilia también nos revelan la insuficiencia de las políticas actuales de las plataformas para prevenir movilizaciones antidemocráticas a través de sus redes sociales y/o aplicaciones de mensajería, así como para contener la difusión de contenidos de desinformación relacionados con la integridad electoral.

La articulación golpista por medio de las plataformas es, en parte, uno de los efectos de años de campañas de desinformación perpetradas por una industria publicitaria que produce y difunde fake news, teorías conspirativas y discursos de odio en las redes sociales: y que fue, poco a poco, contribuyendo a la polarización de la sociedad brasileña y la radicalización de la extrema derecha.

Reconocer el papel de las plataformas en la crisis de la democracia brasileña no implica atribuir una causalidad directa entre el intento de golpe y la gobernanza de las plataformas, sino comprender la centralidad de las grandes tecnologías en la mediación de la comunicación política actual.

Para evitar nuevos ataques a otras democracias en otros contextos, discutir la responsabilidad de las plataformas es fundamental en los debates sobre la regulación de plataformas en Brasil y en toda América Latina para garantizar mecanismos más efectivos contra la desinformación, protocolos específicos y más consistentes para enfrentar procesos electorales y crisis institucionales, así como más transparencia y control por parte de la sociedad civil.

*Ejemplo de mensajes que circularon en Telegram: https://desinformante.com.br/atos-antidemocraticos-redes-sociais/

*Convocatoria a a actos golpistas en una red social usando el código «Festa de Selma» https://apublica.org/sentinela/2023/01/bolsonaristas-usam-codigo-festa-da-selma-para-coordenar-invasao-em-brasilia/

*Anna Bentes es profesora adjunta e investigadora de la Escuela de Comunicación, Medios e Información de la Fundación Gertúlio Vargas en Brasil y actualmente trabaja como investigadora visitante en Derechos Digitales analizando la difusión de desinformación en el contexto electoral brasileño. Es miembro del Consejo de la Red Lavits.

Sobre reivindicar el futuro

Hace décadas que nos enfrentamos a narrativas que intentan imponer una idea única de cómo las tecnologías irán a salvar o destruir a la humanidad. Navegamos entre extremos que van del optimismo al pesimismo, pero que se fundan en nociones deterministas de que las tecnologías – presentadas como neutrales – tienen por sí mismas, el poder de transformar el modo en que vivimos, para el bien o el mal.

Nociones tales como “inteligencia artificial” conllevan una idea de poder maquínico que oculta las varias capas de construcciones sociales y culturales que permiten operar a un sistema sociotécnico aplicado. Por ejemplo, al calcular si una mujer de piel negra está o no autorizada a entrar en determinado espacio, o si un video denunciando violencia policial será invisibilizado porque configura una violación de determinadas reglas de contenido en una plataforma de red social privada.

Estas narrativas no se quedan en el campo simbólico, sino que son instrumentos de poder que han sido movilizados para impulsar prácticas y políticas concretas, exclusivamente basadas en el determinismo tecnológico y a costa de la protección de los derechos humanos – como hemos identificado en distintos ámbitos- en los últimos años en América Latina.

Cuando el péndulo se inclina hacia el optimismo, observamos situaciones como la implementación de sistemas de reconocimiento facial en los más variados ámbitos y sin ninguna evidencia de que sean eficaces y libres de riesgos. A veces, incluso en ausencia de las infraestructuras necesarias para su implementación, lo que ha dejado cámaras sin uso en la región.

Cuando el péndulo se inclina hacia el pesimismo, se busca criminalizar tecnologías y las formas de utilizarlas, en vez de abordar los problemas que ese uso revela. Pudimos ver eso cuando la industria de entretenimiento emprendió su cruzada en contra de la piratería y las herramientas que permitían el acceso a contenidos protegidos por derechos de autor.

Pacto Digital Mundial

En la actualidad nos vemos atravesadas por diversas crisis sobrepuestas, algunas más visibles que otras. A la crisis ambiental se ha sumado la crisis de salud manifestada por la pandemia de COVID-19, además de las diversas crisis económicas, políticas, migratorias y sociales en la región. Pensar el futuro parece casi imposible frente a la incertidumbre que se impone.

Sin embargo, el Secretario General de las Naciones Unidas, António Guterres ha propuesto a los Estados construir una agenda de acción común que incluirá una Cumbre del Futuro y, en ese marco, desarrollar propuestas para el futuro digital. Según el Secretario General, la cooperación digital será crucial para que las tecnologías digitales se centren en el bien común y garanticen que «los daños potenciales del ámbito digital» no «corran el riesgo de eclipsar sus beneficios».

Un Enviado para la Tecnología fue designado por el Secretario General para liderar la construcción de un Pacto Digital Mundial, que parte de un proceso abierto y será finalmente definido por los gobiernos de todo el mundo.

Los temas puestos en discusión son: conectar a todas las personas a internet, incluyendo las escuelas; evitar la fragmentación; proteger los datos; aplicar los derechos humanos en línea; introducir criterios de responsabilidad para la discriminación y los contenidos engañosos; promover la regulación de la inteligencia artificial; el bien común digital como bien público global.

Hacia un futuro múltiple y multiplicado

No es la primera vez que la ONU lidera un proceso para pensar el rol de las tecnologías en la sociedad. Desde la primera Cumbre Mundial de la Sociedad de Información, hace 20 años, sabemos que los mismos derechos que las personas gozan fuera de línea, también deben ser protegidos en línea. Incluyendo la libertad de expresión, el acceso a la información y la privacidad.

Sabemos que existen brechas de acceso a las tecnologías entre los países y dentro de ellos. Sabemos que estas brechas incluyen brechas de género y que las violaciones a la privacidad afectan especialmente a niñes, mujeres y grupos vulnerables y marginalizados.

También sabemos que, además de los Estados, las empresas (incluidas las tecnológicas) tienen el deber de respetar y promover derechos humanos, y que las decisiones sobre gobernanza digital deben involucrar las múltiples partes interesadas: gobiernos, sector privado, academia y comunidad técnica, y la sociedad civil.

El Pacto Digital Mundial no puede retroceder en esos consensos, pero también debe ir mucho más allá. Debe escaparse de narrativas deterministas o polarizantes sobre tecnologías y pensar caminos que apunten a la superación de las brechas y desigualdades geopolíticas y sociales que se incrementan a raíz del desarrollo tecnológico.

Reconocemos que el proceso tiene límites y que debemos aún disputar los mecanismos para la participación de la sociedad civil en la redacción del texto final y en su implementación.

La consulta abierta llevada adelante por el Enviado para la Tecnología, disponible hasta el 31 de marzo, ofrece la oportunidad de incidir en la construcción de otras narrativas e imaginarios sobre tecnologías. Narrativas que no estén ancladas solamente en la protección de derechos y la búsqueda por justicia y equidad, sino también en siglos de conocimiento acumulado en la región sobre formas de pensar, hacer y relacionarse con las tecnologías, distintas al tecnosolucionismo predominante.

Escaparse de las trampas que nos encierran en un futuro controlado y monopolizado por modelos coloniales, extractivistas y de explotación es un desafío permanente. Podemos aprovechar la invitación de la ONU para atrevernos a experimentar e imaginar los múltiples futuros viables para nuestras sociedades.

¡Ahora es ya! Reconociendo desafíos y oportunidades desde la agenda internacional para las niñas en la era digital

Hoy en día nos encontramos con una desafiante brecha de acceso al internet entre hombres y mujeres. Según datos recientes de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) tal brecha es del 17% a nivel global, y puede llegar a un 52% dependiendo del país. En este contexto, un reciente estudio demostró que las niñas además enfrentan una inserción a herramientas digitales más tardía comparada con la de los niños, y usualmente es restringida por sus tutores/madres/padres. Además de la brecha actual de acceso, otras brechas son generadas por el cómo se enseña y motiva a las niñas y mujeres jóvenes a interesarse en carreras relacionadas con el área STEM (Ciencia, Tecnología, ingeniería y Matemáticas) y por cómo se presentan recurrentemente situaciones de ciberviolencia hacia mujeres y niñas.

Estos son algunos de los retos a los que nos enfrentamos en la era digital. Por lo tanto, este año es clave reflexionar, porque no solamente el 11 de febrero es el Día Internacional de las Niñas y las Tecnologías de la Información (TICs), sino también porque la temática de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer N°67 (CSW67) de este año es: “La innovación y el cambio tecnológico, y la educación en la era digital para lograr la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas”.

A través de esta columna, se identifican tres “por qué” claves en cuanto a estas temáticas.

¿Por qué hay que hablar de las niñas y las TICs?

Cuando las mujeres y las niñas tienen acceso a Internet y refuerzan sus habilidades para usar tecnologías digitales la sociedad se beneficia, como se indica a través de Bridging the Gender Divide. Según este estudio,  existiría un beneficio para el desarrollo de sus vidas, con mayores oportunidades educacionales, laborales y acceso a la información; explicando que sin cerrar esta brecha digital no sería posible lograr superar los Objetivos de Desarrollo Sostenible. A su vez, el Foro Económico Mundial explica que 65% de los trabajos del futuro para niñas y niños serán plenamente dedicados a la innovación y a la tecnología, dónde las normas culturales e institucionales que no se actualizan generan límites bloqueando el potencial de las niñas en el área digital. Por último, de acuerdo con Plan International, la brecha tecnológica de género también afecta negativamente el potencial de crecimiento económico y desarrollo de los países explicando que, si en tres años 600 millones más de mujeres están conectadas a Internet, se traduciría en un aumento del PIB mundial de entre US$13 mil millones y US$18 mil millones.

Las tecnologías representan, efectivamente, innumerables oportunidades de fuentes de conocimiento, sobre todo considerando el potencial de cambio que poseen las herramientas tecnológicas para las niñas como futuras mujeres a nivel laboral, pero también como futuras líderes de cambio. Entendiendo que ya el 90% de los trabajos tienen un componente digital, se debe impulsar a que niñas se desarrollen y busquen oportunidades motivándolas desde las STEM.

Asimismo, la participación de niñas, mujeres y personas LGBTQIA+ en el espacio digital y la posibilidad de obtener sus beneficios solo se concretiza cuando tal espacio es seguro y receptivo. Factores como la seguridad digital y la respuesta a la violencia de género deben ser abordados no solo desde la regulación, pero también desde la industria, la cual actualmente es mayoritariamente masculina. Es clave contar con mayor participación de personas que representen a las diversidades en la producción tecnológica para avanzar hacia la construcción de espacios digitales seguros, receptivos y respetuosos, dónde compromisos y acciones concretas se muevan en tal dirección.

¿Por qué la CSW67 es importante para las niñas?

La CSW es una sesión de dos semanas organizada por Naciones Unidas donde Estados Miembros, líderes, organizaciones de la sociedad civil y personas con incidencia en la formulación de políticas públicas se reúnen para discutir avances y límites sobre los derechos de las mujeres e igualdad de género.

No se trata de una simple reunión, sino que también reafirma y fortalece los compromisos políticos de los actores previamente mencionados con los derechos de las mujeres y asegura la visibilidad de las temáticas por año. Allí se discuten temas emergentes y se promueve la generación de nuevos acercamientos de propuestas y acciones a las situaciones que mujeres y niñas enfrentan de forma desigual en el día a día.

La CSW67 de este año se llevará a cabo entre el 6 y el 17 de marzo, y es una instancia sumamente importante porque discutirá y establecerá la agenda sobre el cambio tecnológico en la era digital con perspectiva de género a nivel global.

Dentro de la temática principal de este año, existen diferentes temas que fueron destacados por la Reunión del Grupo Experto previo a la CSW67, entre los cuales se encuentran:

  • Las brechas de género en el acceso y las competencias digitales.
  • Ecosistemas de innovación inclusiva y transformación digital.
  • Tecnología e innovación transformadoras de género.
  • Abordar la violencia de género y la discriminación en línea y facilitadas por las TICs; y proteger los derechos de las mujeres y las niñas en línea.
  • La necesidad de mejorar las métricas y los datos desglosados sobre las dimensiones de género de la innovación, el cambio tecnológico y la educación en la era digital.

La CSW es una herramienta importante para las niñas y mujeres jóvenes, ya que en esta se pueden levantar temáticas en las cuales ellas se ven afectadas e involucradas en el día a día. Y de manera más importante, considerar a través de todo este proceso las perspectivas de niñas y mujeres jóvenes es imprescindible para que la agenda tenga una perspectiva multidimensional e integral. La transversalidad de género no puede ser efectiva si se dejan atrás estas perspectivas. Es por esto que la CSW cuenta con espacios –como el diálogo interactivo con representantes líderes juveniles– dónde se comparten experiencias, principios y prioridades relacionadas a la innovación y cambios tecnológicos.

Consecuentemente, el hecho de que estos temas sean posicionados desde perspectivas tanto de niñas y mujeres jóvenes como de profesionales expertos, la importancia recae en que se plasmarán diferentes precedentes, en formato de acciones e información en concordancia a la temática, que serán cruciales para el futuro desarrollo de la era digital con perspectiva de género.

¿Por qué todavía no se soluciona la brecha digital?

Es necesario comprender que temas tan amplios no tienen una sola solución, sino que como su complejidad demuestra, se deben considerar una gran cantidad de variables para aportar desde perspectivas de género. Sobre todo desde la interseccionalidad que reflexione a partir de miradas regionales y locales que complementen soluciones integrales.

La brecha digital depende de cómo se entrega prioridad a los recursos y oportunidades para niñas en las TICs y muchas veces esto representa una dificultad, especialmente cuando los Estados no poseen recursos suficientes para esto. Dado lo anterior, existen múltiples iniciativas desde la sociedad civil para aportar para el desarrollo de estas temáticas para niñas y mujeres a nivel regional y global, desde Derechos Digitales existen diferentes instancias, desde publicaciones (clic aquí para la más actual), levantando proyectos como el Fondo de Respuesta Rápida hasta participando en instancias internacionales, tales como la CSW67.

Se precisan, a futuro, medidas que consideren el esfuerzo y compromiso de distintas partes, y a partir de instancias internacionales, como la CSW67, existe la oportunidad de considerar múltiples perspectivas para identificar las necesidades, prioridades y acciones que se requieren para avanzar hacia la igualdad de género, disminuir la brecha digital y mejorar el futuro para las niñas y las TICs.

Mensajería segura ¿y también federada?

Después de cinco años de trabajo, el protocolo de Seguridad en la Capa de Mensajería (MLS por sus siglas en inglés) será publicado próximamente por IETF, la principal organización para la definición de estándares de internet. El objetivo principal de este protocolo es facilitar la comunicación cifrada de extremo a extremo entre dos o más personas, quienes pueden utilizar uno o más dispositivos (por ejemplo, utilizar una misma aplicación de mensajería en el celular y el computador). Hasta hoy, algunas aplicaciones como Signal tienen esta capacidad, pero lo hacen por su cuenta y las personas usuarias deben confiar en que pueden hacerlo, y cómo.

Al ser un estándar abierto, MLS es un acuerdo común sobre cómo debe transportarse la información cifrada en sistemas de mensajería instantánea, una vez se ha establecido la comunicación. Por eso, no se ocupa de cuestiones -también importantes para la seguridad- como la autenticación de la identidad de quienes participan de la comunicación y el envío de los mensajes. Solo se trata del transporte. Pero sobre esto volveremos más adelante. Por ahora, es importante mencionar que la publicación de un estándar no garantiza su implementación.

Al igual que Signal, aplicaciones como Whatsapp (con alrededor de 2.400 millones de personas usuarias a finales de 2022) también cifran las comunicaciones, y dada su popularidad es muy probable que sean de las primeras en implementar MLS, ajustándolo a sus necesidades. ¿Qué quiere decir esto? MLS, como muchos protocolos para la privacidad que se han desarrollado en los últimos años, se basan en una mayor complejidad técnica, así como en requerimientos de mayor infraestructura para ser desplegados. Con esto, las empresas más grandes tienen mejores capacidades para implementarlos, sin necesidad de compartir los códigos. Y es así como mantienen su posición dominante en el mercado.

La buena noticia es que existe OpenMLS, un proyecto de implementación de código abierto que permite integrar MLS en cualquier aplicación que incluya mensajería instantánea. La existencia de este tipo de implementaciones contribuye a descentralizar el mercado de internet y también a fortalecer la confianza en los sistemas que utilizamos, pues cuando solo las grandes empresas ofrecen un servicio (como la mensajería instantánea) y nos prometen respetar nuestra privacidad utilizando códigos cerrados, no tenemos más opción que creerles. Pero si el código está abierto, más empresas y personas (con capacidad técnica y de cómputo) pueden instalar y auditar estos sistemas, y es más probable que confiemos en alguna de ellas.

Justamente para limitar el poder de las grandes plataformas digitales, en mayo de 2022 el Parlamento Europeo publicó el Digital Markets Act (DMA), una regulación que en su artículo 7 exige la interoperabilidad entre sistemas de mensajería. Aunque la interoperabilidad, e incluso la federación, han estado en la discusión de MLS desde sus comienzos, esta nueva regulación ha motivado la conformación de un nuevo grupo de trabajo denominado Más Interoperabilidad en la Mensajería Instantánea (mimi), donde se busca encontrar mecanismos para la autenticación de identidad y el envío de mensajes, compatibles con el transporte cifrado de información que ofrece MLS.

¿Qué quiere decir esto? Que varias entidades (empresas, personas) pueden operar servicios MLS independientes. Es decir, que tanto la autenticación como el envío de mensajes no deben ser gestionados por la misma entidad, pero cualquier entidad debe garantizar la seguridad (el cifrado) que ofrece MLS. Protocolos como Matrix soportan el cifrado de extremo a extremo y además la federación. Como puede pasar con cualquier sistema, este protocolo presenta ciertas limitaciones para la garantía plena de la privacidad. En su caso, principalmente por la cantidad de metadatos que requiere para establecer las comunicaciones.

Otra buena noticia es que proyectos como Matrix o Phoenix (involucrado en OpenMLS) están contribuyendo en el grupo de trabajo mimi en IETF. Y aunque este grupo no pretende ocuparse del procesamiento de metadatos, la última buena noticia es que, aún cuando hace tiempo se ha hablado de esto, actualmente en el Comité de Arquitectura de Internet (IAB por sus sigles en inglés), el órgano decisor dentro de IETF, se está desarrollando un documento sobre la minimización de datos como principio necesario para el respeto a la privacidad.

Si bien desde América Latina no es sencillo seguir, involucrarse ni mucho menos contribuir activamente en muchos de los procesos que se adelantan en cuerpos de estandarización como IETF, vale la pena saber que, también allí, hay personas comprometidas con la privacidad, la descentralización y, en últimas, la posibilidad de utilizar internet con cierta autonomía todavía.

Las personas al centro: la apertura en las políticas de ciberseguridad

A mediados de 2022 el gobierno de Chile anunció la designación del nuevo Coordinador Nacional de Ciberseguridad: el Dr. Daniel Álvarez (uno de los fundadores de Derechos Digitales).

La nueva autoridad llegó anunciando dos misiones concretas y cruciales: la evaluación de la Política Nacional de Ciberseguridad 2017-2022, y el desarrollo de su sucesora, una nueva Política Nacional de Ciberseguridad 2023-2028, como cuestiones que se desarrollarán de forma paralela.

El esfuerzo viene acompañado de otros sucesos. A nivel nacional, el avance en la extendida discusión de una reforma profunda a la ley de datos personales, y el retrasado pero recuperado debate de una ley marco de ciberseguridad muestran un contexto de avance en varios frentes.

A nivel internacional, Chile sigue junto a varios países de la región negociando normas no vinculantes para el ciberespacio o “cibernormas” para el comportamiento de los estados en el ciberespacio en un grupo de trabajo de la Primera Comisión de Naciones Unidas, y reglas de combate e investigación de ciberdelitos en el Comité Especial designado en la Tercera Comisión.

Hay un aspecto que sobresale ahora que el proceso de una nueva PNCS está en curso: la participación ciudadana en la definición de posturas y medidas oficiales relacionadas con la seguridad en el ciberespacio.

Proteger personas, no máquinas

La discusión por el desarrollo de reglas, principios y normas no vinculantes para el comportamiento de los estados en el ciberespacio, que lleva varios años y varias iteraciones en el OEWG de la ONU, parece ir encaminada con buenas intenciones en ese sentido.

Con insistencia de organizaciones de la sociedad civil y la academia, y con el apoyo de varios Estados (también de Latinoamérica), se ha destacado la necesidad de poner a las personas y los derechos humanos no solamente en el centro de los esfuerzos de protección, sino también como parte de la discusión en el OEWG.

No obstante, resulta un desafío permanente que la implementación de las normas no vinculantes sea efectivamente un espacio para la participación. Con frecuencia, da la impresión de que ciertos aspectos de la implementación de estas normas no vinculantes son más bien un asunto eminentemente técnico, donde la experiencia, la pericia y la perspectiva de múltiples partes interesadas, distintas del Estado y algunas empresas de seguridad, no tiene un espacio.

¿Es posible confiar en que los Estados incorporen a distintas partes interesadas al momento de implementar normas no vinculantes? ¿Es posible esperar al menos el compromiso de una mayor interacción a través de sus programas y estrategias de ciberseguridad? Ello depende fundamentalmente de la forma en que cada Estado observa, e integra, los aportes de esos distintos actores.

Los próximos pasos

Hace varios años, cuando analizamos los niveles y el impacto de la participación de múltiples partes interesadas en la formulación de la PNCS 2017-2022 de Chile, observamos con grata sorpresa lo que resultaba un positivo ejemplo. La convocatoria del gobierno de la época para sostener reuniones con distintas partes interesadas y de abrir la consulta pública a cualquier persona que quisiera intervenir, se vio reflejada en un texto final que efectivamente incorporaba cambios coincidentes con propuestas desde fuera del gobierno.

En nuestra opinión, esa mayor interacción permitió no solamente mejorar la comprensión y las capacidades entre distintos actores (Estado incluido), sino también dotar a la PNCS 2017-2022 de mayor calidad y legitimidad.

Un informe de la OEA y GPD, lanzado públicamente a fines de junio de 2022, daba cuenta de la experiencia en la región, relevando los procesos que integraron de distinto modo a la participación multisectorial. Tan solo falta que esa apertura se adopte como norma no vinculante a nivel global.

Creemos firmemente que las distintas partes interesadas, especialmente aquellas dedicadas a la promoción de derechos humanos o que representan a grupos especialmente vulnerables a ataques cibernéticos, son actores relevantes en la formulación y en la implementación de políticas sobre el ciberespacio, facilitando la capacitación, proponiendo políticas o medidas concretas, y ayudando a la sensibilización en cuestiones de seguridad digital.

Con esa experiencia, el nivel en materia de participación para una estrategia de ciberseguridad no debería ser un menor que en la ocasión anterior. No obstante, hasta ahora es poco lo que hemos encontrado en mejoras sustantivas.

Es positivo que la política chilena sea objeto de evaluación, como también que el nuevo proceso esté marcado por una mayor participación en audiencias. Pero todavía restan dudas, de cara a la ciudadanía, sobre cuáles son las fechas, etapas e instancias de interacción directa con el proceso, como también extrañamos una difusión amplia de las medidas que se adoptarán hacer de la elaboración un proceso abierto, transparente e inclusivo.

Que las experiencias pasadas se conviertan efectivamente en lecciones aprendidas tanto de lo nacional como de lo regional y mundial, depende ahora de las autoridades. La sociedad civil está atenta.

Los Estados tienen la obligación de reforzar y no poner en peligro los derechos humanos

Como les contamos en abril del año pasado, se encuentra en marcha y avanzando a paso firme la elaboración de una “Convención internacional integral sobre la lucha contra la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones con fines delictivos” por un Comité Especial (el “Comité Ad Hoc”) en el seno de Naciones Unidas. 

Derechos Digitales participó de la cuarta sesión de trabajo del Comité Ad Hoc que tuvo lugar en Viena entre el 9 y 20 de enero. En esta columna queremos compartir con ustedes nuestras principales preocupaciones, y por qué creemos que se trata de un tema al que todos deberíamos prestarle más atención desde América Latina.

El trabajo de la cuarta sesión se centró en la revisión de un documento de negociación consolidado (DNC). Previo a la sesión, y en conocimiento del documento preparamos en conjunto con otras 79 organizaciones de sociedad civil, una carta para comunicar al Comité y los Estados nuestras preocupaciones.

Desde el inicio del proceso no hemos estado convencidos de la necesidad de una Convención global sobre ciberdelincuencia. Sin embargo, a través de esta nueva carta, reiteramos la necesidad de un enfoque basado en los derechos humanos para su redacción.

Nuestras preocupaciones se centran en la necesidad de garantizar que los derechos fundamentales tengan prioridad en la forma en la cual se definen los delitos cibernéticos, la forma de producir pruebas respecto de ellos, y al establecer mecanismos de cooperación internacional o de asistencia técnica. 

Lamentablemente, el texto examinado en esta cuarta sesión todavía resulta demasiado amplio en su alcance y no se limita solamente a los delitos cibernéticos en los que la tecnología es parte esencial del delito.

El texto se  expande de forma ambigua hacia otros delitos -muchas veces ya regulados- cuando pueden ser facilitados o cometidos a través del uso de tecnologías de la información. Lo anterior es incompatible con obligaciones internacionales de derechos humanos, y amenaza con criminalizar las actividades legítimas con propósitos de interés público como el trabajo de periodistas e investigadores de seguridad. 

Estuvo en el centro de las discusiones la cuestión de reducir el ámbito de alcance de los delitos contemplados en la Convención a aquellos esencialmente vinculados con el uso de la tecnología, y no expandirlo a los que son meramente facilitados por ella. 

Muchos estados manifestaron su preocupación por la excesiva expansión del listado de delitos considerados, sin embargo al término de las negociaciones la criminalización expansiva de delitos de expresión sigue estando presente en el texto.

También hay en el texto limitadas salvaguardias respecto de los ciberdelitos definidos que pueden impactar negativamente en las actividades legítimas de periodistas, informantes, defensores de derechos humanos, investigadores de seguridad y de ciencias sociales, niños y adolescentes, mujeres, diversidades sexuales, grupos vulnerables, opositores políticos, víctimas de delitos, entre otros. 

Qué nos preocupa, por qué y por qué te debe importar

Organizaciones de la sociedad civil, empresas y organismos internacionales como la Oficina del Alto Comisionado en Derechos Humanos presentaron diversas preocupaciones sobre los temas discutidos en la sesión. Sin intentar ser exhaustivos en la lista, queremos llamar la atención sobre algunos puntos que nos parecen cruciales,  en los que se requiere que el texto de la futura Convención continúe refinándose de cara a la presentación del borrador cero.

Particularmente nos preocupan áreas en las que resulta crucial la atención de los representantes de gobiernos de nuestra región para garantizar la adecuada protección de derechos fundamentales en la persecución del ciberdelito, con miras a la realidad normativa e institucional de América Latina.

También nos ocupan cuestiones que creemos que merecen atención general, por el impacto que pueden tener en la habilidad de ejercer la libertad de expresión, el acceso a la información y resguardar la privacidad. 

Riesgos de criminalización de la labor de investigadores de seguridad y ciencias sociales, periodistas y defensores de derechos humanos

El texto necesita incorporar en los delitos esencialmente vinculados con el uso de la tecnología la referencia a que la acción sancionada debe sobrepasar barreras técnicas. Solo así podrá evitar la ambigüedad de que la violación de términos y condiciones de servicio o políticas de seguridad establecidas por empresas privadas puedan permitir criminalizar la investigación de interés público en el funcionamiento de sistemas informáticos.

Delitos de expresión propuestos son una herramienta para la censura y la represión

Algunos delitos propuestos, como los delitos relacionados con el extremismo o con el terrorismo, son incompatibles con los estándares internacionales de libertad de expresión y pueden ser utilizados por los estados con fines represivos y de control social. Adicionalmente, no existen definiciones uniformes de estos conceptos en el derecho internacional, y muchos estados se basan en esta ambigüedad para justificar abusos contra los derechos humanos.

Respeto por la evolución progresiva de niños y adolescentes

Los artículos referidos a la criminalización de los usos de material de abuso sexual a menores han sido en general acogidos como necesarios por los Estados parte de la negociación. Sin embargo, muchos han afirmado la necesidad de asegurar la consistencia con otros instrumentos en que la materia se regula y ya han sido adoptados, cuestión que aún no se ve bien reflejada en en el texto.

Resulta preocupante que las redacciones discutidas no reflejen aún la necesidad de que, tal como lo afirmó UNICEF en sus aportes durante la tercera consulta intersesional, se considere la evolución de los adolescentes, evitando criminalizarlos por actividad sexual consentida y sin explotación, siempre que no haya elementos de coerción, abuso de confianza o dependencia entre los adolescentes. No se debe responsabilizar penalmente a niños por la generación, posesión o intercambio voluntario y consensuado de contenido sexual de sí mismo u otros, únicamente para su uso privado.

Hay también algunas provisiones que extienden la criminalización a dibujos u otras representaciones visuales o auditivas creíbles de niños que amenazan considerablemente la libertad de expresión y las expresiones artísticas. 

Limitación de la distribución de imágenes sexuales no consentidas a expensas de la autonomía de las víctimas

En el caso de la criminalización de la distribución de imágenes íntimas no consentidas y otras conductas relativas a adultos que involucran el uso de imágenes de contenido sexual con fines de acoso, intimidación o extorsión, resulta preocupante la excesiva vaguedad de la forma en la cual se define el elemento de falta consentimiento respecto de tales materiales, lo que arriesga a una sobrecriminalización.

También preocupa  la ausencia de excepciones a la tenencia, uso o distribución de imágenes que pueden tener un interés público, como la cobertura periodística, la atención y acompañamiento de víctimas, o la misma investigación de las conductas. a criminalización de este tipo de conductas no parece contar con una visión centrada en la víctima.uchas veces lo  primoridal es evitar la revictimización a través de procesos criminales, y manifestar preferencia por otro tipo de mecanismos que puedan ser más eficaces en limitar la distribución del material respectivo considerado lesivo.

Salvaguardas de derechos humanos excesivamente débiles

Desde la sociedad civil y de muchos estados comprometidos con los derechos fundamentales se celebró la incorporación de dos artículos -uno en las provisiones generales y otro en las procedimentales- en los que se aborda la protección de los derechos humanos y el respeto por las consideraciones de género y las condiciones de grupos vulnerables.  Sin embargo, esas protecciones se diluyen en las demás disposiciones de la Convención.

Es necesario que el capítulo de medidas procesales exija autorización judicial previa para los poderes intrusivos que se consagran, así como para garantizar explícitamente el derecho a un recurso efectivo. Resulta esencial retener la referencia a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, y al reconocimiento de la privacidad como derecho humano. 

Ambigüedades que favorecen el hacking estatal, los intentos de retención masiva de datos y el debilitamiento del uso de tecnologías de privacidad

Las provisiones procesales están redactadas de manera poco precisa.  De este modo, pueden ser usadas como una excusa para justificar la vigilancia masiva de las comunicaciones y dan la posibilidad a los gobiernos de desarrollar acciones ofensivas que debiliten la seguridad de los sistemas a través de puertas traseras en tecnologías de privacidad -como el cifrado- u operaciones de hacking que se beneficien de la explotación de vulnerabilidades, forzando a los proveedores de servicios de internet a transformarse en colaboradores de estas prácticas, que pueden ser tremendamente dañinas para la seguridad integral de los sistemas.

¡Ojo acá, Latinoamérica!

Esta Convención tiene el potencial de impactar profundamente en millones de personas en todo el mundo, y es por esto que debemos dejar muy claro que la lucha global contra el ciberdelito no debe socavar el respeto por los derechos humanos.

En abril el Comité Ad Hoc volverá a reunirse para continuar la revisión del texto y esperamos muchos más ojos atentos a la posición de los gobiernos de América Latina en estas cuestiones escenciales para el ejercicio de nuestros derechos fundamentales.