Charla sobre Derecho de autor y bibliotecas

El pasado miércoles 7 de septiembre, fuimos invitados a dar una charla sobre Derechos de Autor, Bibliotecas y Creative Commons a una jornada de capacitación organizada por el Colegio de Bibliotecarios de Chile A.G. y el Sistema de Bibliotecas de la Universidad Alberto Hurtado, denominada «Movimiento Open Access (OA)”.

Ese día expuso Alberto Cerda, Director de Estudios de Derechos Digitales, quien ante más de 80 bibliotecarias y bibliotecarios de diversas instituciones, expuso sobre Creative Commons y la situación actual de las reformas a la ley de propiedad intelectual que se discuten en el Congreso Nacional.

Fallo australiano condena a Kazaa

El lunes, el juez Murray Wilcox de la Corte Federal australiana falló el caso llevado en contra de Sharman Networks Ltd, desarrollador del popular pero venido a menos Kazaa, donde resolvió si los demandados autorizaron o no la indubitada infracción al copyright por parte de los usuarios del software.

El juez sostuvo que:

«lejos de tomar las medidas que podrían ser efectivas para reducir los intercambios de archivos protegidos por el copyright, Sharman Networks y Altnet han incluido en la página web de Kazaa mensajes que animan a los usuarios a aumentar el número de archivos que comparte».

Tal como se adelantaba en Error500, Kazaa, al guardar las canciones que bajan los usuarios se ponía en una situación bastante desmedrada desde el punto de vista de su responsabilidad por los hechos de sus usuarios, toda vez que una vez comprobado lo anterior habrían buenas razones para sostener que la empresa a lo menos sabía de los intercambios ilegales realizados a través de su red, lo que redundaría en que tuviese responsabilidad legal por ellos. En parte, es similar al argumento sostenido por la Corte Suprema norteamericana en el caso MGM v. Grokster, lo que hace pensar en que dado que el desarrollo dogmático y jurisprudencial en temas de nuevas tecnologías está aún en etapas tempranas, estos fallos sentarán un precedente de facto sobre fallos similares en otras latitudes. Una suerte de efecto mariposa jurídico.

En definitiva, pareciera ser que las futuras versiones de Kazaa incluirán filtros para prevenir el intercambio de obras musicales protegidas y que los dueños de Kazaa deberían aplicar presión a los actuales usuarios de la red para actualizar a la nueva versión del software.

Desde acá es posible descargar el texto completo del fallo.

Más gente comentando acerca de esto: Barrapunto, Error500, madisonian, SVmediaLaw, Furdlog, CoCo, Corante, BoingBoing, BoinBoing2, News.Com, NewsYahoo, etc.

Hipatia 4: Ya está en el aire

Así es. El número cuatro de Hipatia ya está en el aire virtual y en el quisko de la esquina (para los que viven en Chile) junto a la Revista Rocinante del mes de septiembre.

Este número tenemos invitados especiales:

Desde el verano español nos escribe Antonio Córdoba, uno de los responsables de Elastico.net y traductor del libro Cultura Libre de Lawrence Lessig, quien nos estrega una crónica más del absurdo del copyright: Este Himno está registrado.

En portada, Christian Leal, el blogger detrás de El Francotirador, nos invita a conocer y sumarse a la campaña «Mi Primer PC, ¡pero de Verdad!». Una respuesta ciudadana a la criticada campaña del gobierno «Mi Primer PC».

Finalmente, Consuelo Silva, desde la Alianza Chilena por un Comercio Justo y Responsable, nos presenta un excelente artículo sobre Acceso a Medicamentos y Libre Comercio.

Nuevamente, el diseño corrió de cuenta de nuestros amigos de -sieteochenta-. Y, obviamente, tooooodo licenciado con Creative Commons Chile.

Blizzard vs. BnetD

Ayer, la Corte de Apelaciones del Octavo Circuito de San Luis, MO, falló el caso Blizzard v. BnetD, donde tres programadores de código abierto que crearon el servidor BnetD, que operaba en conjunto con Blizzard video games online, fueron demandados por Blizzard, -la compañía detrás de Warcraft, Starcraft y varios otros exitosísimos juegos para PC- por infracción de la DMCA (Digital Millenium Copyright Act) y del EULA (End user license agreement).

El servidor BnetD es un programa que permite jugar en línea juegos pertenecientes a Blizzard con otros jugadores en servidores que no pertenecen a la red Battle.net de propiedad de la misma empresa. El argumento de Blizzard se concentró en que los programadores violaron tanto la DMCA como el contrato EULA debido a que el software desarrollado incluía ingeniería inversa.

En definitiva lo que hacía el programa BnetD es permitir a todos quienes tuviesen un juego de Blizzard programar sus propias partidas de juegos en red y disfrutar de varias características del juego bloqueadas por defecto por el servicio de Blizzard Battle.net.

La defensa de los programadores, asumida por la EFF y por el estudio Day Casebeer Madrid & Batchelder sostuvo que el trabajo de los programadores diseñando y distribuyendo BnetD se enmarcaba dentro del fair use, por lo que no debía proceder la demanda por violación de la DMCA y del EULA.

La corte sostuvo que la DMCA prohibe la ingeniería inversa requerida para crear el programa, y que las licencias del tipo “click-wrap” y “browse-wrap” son aplicables para prevenir la ingeniería inversa, por lo que el programa BnetD se encuentra fuera de la legalidad.

Llama la atención que en Estados Unidos la gente no pueda decidir qué hacer con los productos que compra. Tal como se señala en una nota de Corante, la DMCA le entrega a Blizzard la posibilidad de obligar a la gente a conectarse a sus propios servidores si quiere jugar online, pero el la regulación del copyright estaba pensada para estimular la competencia y la creatividad, no para destruirla.

Seminario sobre TICs, Políticas Públicas y Desarrollo

El pasado 6 de julio de 2005, fuimos invitados por TICS ChileTICS Chile a un Seminario Panel denominado «Tics, Políticas Públicas y Desarrollo:Un desafía para todos los sectores del país.

Según informan en el comunicado de prensa, el seminario contó con la participación del Subsecretario de Telecomunicaciones, representantes de la sociedad civil, empresas, academia discutieron y criticaron la actual Agenda Digital chilena.

En la reunión, se plantearon críticas y propuestas a lo que han sido las políticas chilenas en esta materia, y a la Agenda Digital que propone un conjunto de iniciativas hacia el 2006 para potenciar a estas tecnologías como herramientas al servicio del desarrollo nacional.

El debate iniciado en este encuentro, continuará en la lista de debates del proyecto TICsChile a las que se puede acceder en el sitio TICS Chile De estas conversaciones, se elaborará un documento con propuestas a entregar al candidato que resulte electo en las próximas elecciones presidenciales. En el sitio también se podrá acceder a las imágenes con las intervenciones de los panelistas.

Remirando las políticas públicas de TICs en Chile

Las miradas críticas apuntaron a la falta de participación de distintos sectores del país en el diseño y propuesta de planes y programas públicos para definir cuáles son las áreas prioritarias y las acciones que se hacen necesarias para seguir avanzando en lo realizado hasta el momento: ampliar el acceso comunitario a Internet, diseñar acciones de alfabetización digital, promover el desarrollo de empresas y pymes dedicas a generar soluciones locales tanto en aplicaciones y programas, como de contenidos, entre otras.

«Necesitamos trabajar más en la apropiación social y comunitaria con sentido de las TICs, porque ellas potencian la libertad y variedad de expresión ciudadana al ser una oportunidad para crear medios de comunicación y proyectos locales, y ser un espacio en el que la información y los contenidos se democratizan», señaló Pía Matta, presidenta de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias de América Latina y el Caribe (AMARC).

Un ejemplo de esto es el programa Foro Ciudadano, que se transmite a través de una red de radios comunitarias en todo el país y que tiene su portal web. Claudia Wladdimiro, periodista de esta iniciativa relató cómo han logrado posicionarse como un espacio que presenta una agenda de temas ciudadanos y como un medio independiente que ha logrado su sostenibilidad.

En esa misma línea, Hugo Muñoz, de la Universidad Arcis, apuntó a la necesidad de mejorar las perspectivas con que se trabaja hoy en el tema de alfabetización para que deje de ser sólo un tema de saber cómo manejar equipos, y sea un apoyo a las necesidades y acciones que tienen las distintas comunidades. Destacó la importancia del software libre como herramienta que busca hacer más accesible soluciones digitales en materia de programas y aplicaciones.

También se apuntó a las falencias en el marco regulatorio y legislativo del sector, ya que se ha tendido a ver Internet y los nuevos medios digitales desde una mirada técnica y no social también. Daniel Alvarez, director de la Corporación Derechos Digitales, se refirió a la necesidad de avanzar tanto en el tema de la infraestructura tecnológica como de los contenidos, ya que redes como Internet permiten ser productores de contenidos, información y conocimiento de manera colectiva y solidaria, resguardando los derechos de quien ha sido creador, pero también facilitando su uso y reutilización. Por ello, recientemente presentaron en Chile la licencia Creative Commons, que apela a las oportunidades de una cultura libre.

Prioridades para una Agenda Digital chilena 2.0

Alfredo Piquer, presidente del gremio empresarial ACTI (Asociación Chilena de Empresas de Tecnologías de la Información), también señaló la necesidad de crear instancias que permitan la participación de otros sectores que no fueron considerados en la actual agenda digital «Un aspecto clave es que necesitamos un mejor entendimiento del rol que las innovaciones en este campo implican para las estrategias de superación de la pobreza, transparencia de la gestión pública, y las necesidades que tiene el país», señaló.

Tanto Piquer como Fernando Prieto, presidente de la Fundación País Digital, coincidieron en la importancia de hacer mayores esfuerzos entre el sector público – privado – académico para financiar investigación y desarrollo aplicada en el país, orientada a las distintas necesidades que existan. «Las TICs ayudan en la medida que hay una estrategia y un objetivo a lograr claro y sólido», dijo Prieto.

«Necesitamos dejar de lado los mitos y los miedos que hay entre el sector privado y la sociedad civil, para trabajar juntos en potenciar esta mirada desde el desarrollo humano de lo que pueden ser nuestras políticas en materia de TICs», llamó la atención Ruben Araya, investigador y profesor de la Universidad Bolivariana y activista por los derechos de Internet. Araya se refirió a los temas que faltan en la actual agenda digital, especialmente en relación a fomentar la participación ciudadana multisectorial en estos procesos, y a la necesidad de proteger el dominio público y fortalecer los derechos humanos a la información y la comunicación.

Desde la iniciativa puesta en marcha por la CEPAL, Martin Hilbert, coordinador del programa de Sociedad de la Información, destacó como el proceso chileno de trabajo en una estrategia nacional en materia de TIC es un ejemplo para otros países de la región. A pesar de reconocer el avance que han implicado las distintas acciones puestas en marcha por el gobierno, hizo ver la necesidad de comenzar a tener una mirada de economías de escala para que programas de acceso como redes de infocentros y telecentros se transformen en centros de desarrollo y emprendimiento social, y también para que los programas de alfabetización digital, impliquen apoyar emprendimientos comunitarios y locales.

Los panelistas también señalaron la importancia de mejorar los mecanismos de financiamiento y fomento, tanto para empresas, pymes, como para proyectos sociales de acceso a Internet (a través de las redes de infocentros, telecentros). A la vez de pensar en cómo generar instancias que permitan aprender a generar sostenibilidad propia.

Por último, en relación a la alfabetización digital se señaló que esta no sólo debe apuntar a una capacitación, sino como parte de una estrategia de educación continua, no sólo apuntando a personas individuales, sino que a comunidades de manera de que allí se encuentre el sentido de acceder, usar y apropiarse de las ventajas que ofrecen las TICs. Complementariamente, se propuso que estas acciones se potencien con acciones que ayuden a emprendimientos productivos y sociales, a nivel nacional y local.

El video y audio de las presentaciones puede ser descargado libremente desde
TICS Chile

Fuente: TICS Chile publicado bajo licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-LicenciarIgual 2.0 (Chile)

NIC Chile implementa IDN

NIC Chile, entidad asignadora de nombres de dominio, ha anunciado la próxima adopción de Internacionalized Domain Name (IDN), esto es, nombres de dominio redactados conforme caracteres idiomáticos nacionales. Así pues, a partir del próximo 21 de septiembre a las 11.00 horas podrán registrarse, bajo el ccTLD .cl, nombres de dominio que incorporen las letras ñ, á, é, í, ó, ú, y ü.

La adopción de IDN contribuye al desarrollo del país mediante el empleo de las tecnologías de la información y comunicación, desde que ya hace algún tiempo se ha observado que los nombres de dominio no sólo permiten la localización de recursos en Internet, sino también la individualización de ellos.

Más aún, para Derechos Digitales, la apropiada identificación de usuarios del sistema de nombres de dominio beneficiará a todo tipo de usuarios, tales como empresas a la hora de consignar sus marcas y productos, pero también a entidades sin fines comerciales, desde que Internet es también una plataforma desde la cual impulsar la asociatividad de las organizaciones sociales, así como una relación más estrecha entre los ciudadanos y el Estado.

En último término, IDN concreta una mejor individualización de las personas en Internet, el denominado derecho a la identidad y, a su vez, contribuye al enriquecimiento de nuestra identidad cultural como Nación, en cuanto comunidad hispano parlante, así como de nuestros pueblos originarios. IDN permitirá que los nombres de dominio registrados bajo el punto “cl” puedan guardar plena correspondencia con nuestra pluralidad de identidades lingüísticas.

Así pues, la implementación de IDN contribuye al desarrollo del país mediante el empleo de las tecnologías de la información y comunicación, ya que la adecuada identificación en Internet incrementa la competitividad, mejora el acceso a los recursos en web y enriquece nuestra identidad cultural como Nación, así como la de nuestros pueblos originarios.

Más información en http://www.nic.cl/anuncios/2005-08-16.html

Alberto Cerda
Director de Estudios
Derechos Digitales

Derechos Digitales en Radio Concierto

Actualización:

El programa ya salió al aire, justo cuando Santiago y rededor se comenzaba a ahogar en tanta agua caída a la fecha. Les dejo la foto de rigor: (de derecha a izquierda) Sergio Fortuño, Cecilia Amenabar y yo.

Si. Este viernes a las 17:40 horas, hemos sido invitados a la Radio Concierto ha conversar con Cecilia Amenabar y Sergio Fortuño sobre derechos de autor, internet y Creative Commons. Los invitamos a sintonizar la radio (en el 88.5 para los que viven en Santiago) o a través de internet.

Aviso de utilidad

Como se habrán dado cuenta, estuvimos «muertos» por un par de días.

El jueves pasado nuestro ¿excelente? servicio de hosting nos comunicó la agradable noticia que había fallecido el disco duro de la máquina que nos alojaba. Afortunadamente teníamos un respaldo de días anteriores, pero nuevamente el hosting nos dió más sorpresas: no podían recuperar la información respaldada. A esas alturas, el alma de abogados que tenemos nos presionaba para que amedrentáramos y demandáramos a esos emprendedores, pero optamos por no hacerlo (por el momento).

Cómo solucionamos el problema?. Bueno, nuestros estimados amigos del Centro del Software Libre (CSOL) salieron al rescate: levantaron el sitio, recuperaron la información y aquí estamos otra vez, transmitiendo.

Perdimos algunos datos, un par de notas y comentarios, pero el resto está nuevamente disponible. Las disculpas a todos.

Atentamente,

Directorio
ONG Derechos Digitales

Creative Commons Chile CCCL

Creative Commons – Chile (CC-CL).

En agosto de 2004 nuestra organización se adjudicó el proceso de implementación de las licencias Creative Commons a la legislación chilena sobre derechos de autor.

Para estos efectos, iCommons seleccionó a Alberto Cerda Silva, Director de Estudios de Derechos Digitales, como Líder Legal de CC-CL. Además, se presentó a la Universidad de Chile como institución anfitriona de CC-CL, siendo seleccionada doña Gabriela Ortuzar, Directora del SISIB-UCHILE como Líder de Comunicaciones.

Durante la primera fase del proceso de implementación, que se desarrolló entre agosto de 2004 y abril de 2005, se tradujo la licencia madre de Creative Commons (by_nc_sa) del inglés al español y se presentó a iCommons para su aprobación. Luego, se realizó la primera adecuación de la licencia a la legislación nacional sobre derechos de autor contenida en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual. Se produjó así el primer borrador de la licencia by-nc-sa_cl el cual fue traducido al inglés para la aprobación de iCommons.

En enero de 2005 fue aprobado el texto presentado y se abrió la fase de discusión pública de la versión nacional de licencia. La discusión estuvo abierta por más de 4 meses, al término de los cuales se elaboró el segundo borrador de la licencia by-nc-sa_cl, el cual ha sido aprobado como el texto definitivo de la licencia y será lanzado a la comunidad nacional e internacional el día 1 de julio de 2005 en el Museo de Arte Contemporáneo con la participación de Lawrence Lessig, fundador de Creative Commons.

El proceso de traducción y adecuación normativa estuvo a cargo del equipo jurídico de Derechos Digitales, compuesto por Daniel Alvarez Valenzuela, Paula Jaramillo Gajardo, Rodrigo Moya García, Claudio Ruiz Gallardo y liderado por Alberto Cerda Silva.

El proceso de difusión e implementación técnica de Creative Commons – Chile ha estado a cargo del equipo de profesionales del Sistema de Servicios de Informacion y Bibliotecas de la Universidad de Chile, dirigido por Gabriela Ortúzar.

Discurso del ministro Gilberto Gil en el lanzamiento de Creative Commons Brasil

Cultura Digital y Software libre

. No debemos olvidar que la cultura digital, que hoy extiende su red por todo el planeta, vivió momentos decisivos bajo el signo del pensamiento transformador; y también bajo el signo de la utopía.

Basta recordar la conquista contracultural del microprocesador. La contracultura se caracterizó por llevar el procesador desde los consorcios industrial-militares hasta los hogares para su uso personal.

Del mismo modo sucedió una especie de migración contracultural en los laboratorios de alta tecnología y con el sueño de la realidad virtual. California era, en aquel momento, una meca de peregrinación contracultural a la vez que un centro de alta investigación tecnológica. Y todo se mezclaba: Janis Joplin y la ingeniería electrónica; alteradores de estados de conciencia y programación informática. Fue así como Steward Brand, organizador del gran festival psicodélico de 1966 en San Francisco, fue a parar al Media Lab del Instituto de Tecnología de Massachussets, colaborando con Nicholas Negroponte.

En aquella época, algunos militantes de la contracultura empezaron a ver en el microprocesador un instrumento revolucionario de transformación social y cultural. Podemos hablar así de una especie de contraculturalismo electrónico, donde se incluye un libro como Computer Lib de Ted Nelson, un joven criado en las aguas del rock y el underground. La rememorada victora contra la centralización tecnológica se dio en ese contexto; fue una conquista de la ciudadanía.

En otras palabras: lo que vemos hoy en el mundo, la dimensión informática, digital, tiene su punto de partida en el movimiento libertario de la contracultura. Nada más natural, por tanto, desde esa perspectiva político-cultural, que la movilización en favor del software libre, a fin de de hacer posible pragmáticamente un proyecto más de nuestras utopías realistas.

Es una disposición estratégica. El software libre será básico, fundamental, para que tengamos libertad y autonomía en el mundo digital del siglo 21. Es condición sine qua non de cualquier proyecto de cualquier proyecto verdaderamente democrático de Inclusión Digital.

Por todo eso, el Ministerio de Cultura del Gobierno de Lula piensa que Brasil debe prepararse, concretamente, transformarse en un polo del software libre en el mundo. Este es el camino para el dominio completo de la cultura digital; este es el camino para la inclusión de todos los brasileños en el universo cultural contemporáneo.

Cultura digital y derechos de autor

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por Naciones Unidas en 1948, consagró explícitamente el derecho del autor, y también el derecho a la cultura como un derecho humano al afirmar en su Artículo 27 que:

    «1. Toda persona tiene derecho a participar libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y de los beneficios que resulten.
    2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de las que sea autora.»

La aparente contradicción de estos dos postulados -uno que defiende el derecho del autor sobre su obra y otro que consagra el derecho al acceso a esa misma obra- nos remite al equilibrio que debe existir entre esos valores a la hora de elaborar las leyes y tratados para la protección de los derechos intelectuales.

Una de los aspectos más protestados por la sociedad en su conjunto son los mecanismos que impiden el acceso a determinadas obras protegidas. Hoy, dadas las restricciones existentes, es prácticamente imposible, por ejemplo, la realización de cursos a distancia vía Internet sin que se violen en cierto modo los derechos de los autores de los textos, de las fotografías y de las obras audiovisuales presentes en los cursos. Es necesario modificar esta situación, de modo que terceros puedan hacer un uso de las obras sin que ello atente contra los autores de las mismas; sólo así se reestablecerá el equilibrio entre los derechos del autor y los derechos reales de la sociedad, sin causar prejuicio a la legitimidad de aquellos que crearon las obras.

La cuestión de la democratización del acceso a la información cobra una importancia fundamental en el actual estadio de desarrollo del país. La exclusión hoy en Brasil es digital y analógica. Es incomprensible el excesivo plazo de protección conferido a las obras intelectuales. La legislación otorga 70 años después de la muerte del autor, como regla general, y propuestas en el ámbito del ALCA reclaman, específicamente para las obras audiovisuales, un lapso de tiempo superior a los 90 años, cuando sabemos que el ciclo económico es de pocos años.

Por otro lado, la justificación de la temporalidad de los derechos siempre se basó en el interés público o general. Y sabemos muy bien que el modo más corriente de que una obra entre en nuestros días a ser dominio público es la extinción del plazo de protección conferido a la misma. Una parte muy significativa del sustrato cultural de una sociedad en un momento histórico concreto está formado por las creaciones intelectuales que se encuentran en el dominio público. Deduzco así, que también debemos volcarnos en alguna forma de protección del dominio público, por ser un valor de dimensiones incalculables y que por lo tanto no debe estar sujeto a las reglas del mercado.

Creative Commons

Es en este sentido que el Ministerio de Cultura está participando en la iniciativa de la Escuela de Derecho de la Fundación Getulio Vargas para el lanzamiento en Brasil de Creative Commons.

Creative Commons nace del esfuerzo de los libertarios del ciberespacio que pasaron a operar como línea evolutiva en el proceso de construcción de las nuevas soluciones; una interpretación de las aplicaciones tecnológicas digitales como fuente de mayor libertad y unificación de la humanidad.

Por un lado, más gente, más masa crítica afectivo/intectual, más compromiso mutuo y colectivo; más vigilancia consensual, etc.

Por otro, más velocidad digital, mayor posibilidad de accesos, mayor comunicabilidad, mayor movilidad, mayor convergencia cultural, corresposabilidad convergente, etc.
Veo las formulaciones audaces de los nuevos pensadores de Creative Commons -los primeros en comprender la dimensión transformadora de las nuevas formas de comunicación- en directa sintonía con los postulados de una nueva filosofía, socioantropología, economía solidaria, demografía optimista y tantas otras nuevas visiones en campos del conocimiento humano hasta ahora al servicio del viejo paradigma.

En su ya clásico ensayo: «Vendiendo vino sin botellas -La economía de la mente en la red global», en la parte introductoria, John Perry Barlow hace, a través de una inteligente disección, un verdadero desarme de la clásica noción de la propiedad intelectual y sus presupuestos, construyendo una nueva y fundada argumentación, que yo llamaría filosófica, en favor de una original noción sobre la posesión de los bienes intectuales, sus nuevas formas de circulación y su nuevo derecho todavía por construir. (traducción de un fragmento del ensayo «Vendiendo vino sin botellas», de John Perry Barlow)

    «Si hay algo en la Naturaleza que sea menos susceptible de propiedad exclusiva que todo lo demás, es la acción del poder intelectual llamada «idea», la cual un individuo puede poseer exclusivamente mientras se la guarde; pero el momento en que se divulga, se convierte por fuerza en la posesión de todos, puesto que el receptor no puede desposeerse de ella. Quien recibe de mí una idea redibe instrucción sin disminuir la mía; igual que quien enciende su vela con la mía recibe luz sin oscurecerme. Que las ideas deberían difundirse libremente entre las gentes por todo el globo, para la instrucción moral y mutua de la humanidad, y la mejora de su condición, parece algo diseñado de forma peculiar y benevolente por la naturaleza cuando las hizo, como el fuego, expandibles por todo el espacio, sin perder densidad en ningún punto, y como el aire que respiramos, en el que ns movemos y tenemos nuestro ser físico, incapaces de confinamiento o apropiación exclusva. Los inventos no pueden así, por naturaleza, ser sujetos a propiedad.
    – Thomas Jefferson

Si nuestra propiedad puede ser infinitamente reproducida e instantáneamente distribuida en todo el planeta sin costo, sin nuestro conocimiento, sin dejar de ser nuestra… ¿cómo vamos a protegerla? ¿Cómo se nos va a recompensar el trabajo que realizamos con nuestras mentes? Y, sin no se nos puede recompensar… ¿quién puede garantizar la creación y difusión de tales actividades?

Desde el momento en que no poseemos una solución para lo que es un tipo de desafío profundamente nuevo -y estamos aparentemente incapacitados para impedir la galopante digitalización de todo lo que no sea obstinadamente físico- nos encontramos navegando en una nave obsoleta que se hunde.

Esta nave, la ley del copyright y de las patentes, se desarrolló para lidiar con formas y medios de expresión completamente diferentes de la carga vaporosa que ahora se ve obligada a transportar. Está haciendo agua. Y está haciendo agua tanto por dentro como por fuera. Los esfuerzos para mantener a flote el viejo navío son de tres tipos: una radical reconversión; una amenaza a los pasajeros que quieran saltar del barco de que serán penalmente procesados y un soslayo absoluto al problema.

La ley de la propiedad intelectual no puede ser enmendada, retroadaptada o expandida para contener los modos de expresión digitalizada, como si pudiéramos la ley que rige la propiedad de tierras y bienes inmuebles a los problemas de sintonización del espectro de ondas de radio (¡Que parece que es lo que se está haciendo!). Debemos desarrollar un conjunto de reglas enteramente nuevo para este enteramente nuevo conjunto de circunstancias.

Buena parte de los que hoy crean propiedad intelectual -los programadores, hackers, navegadores de la red…-ya saben de eso. Infelizmente, ni las compañías para las cuales trabajan ni los abogados de esas compañías tienen experiencia directa suficiente con bienes inmateriales para entender el problema, y sobre todo por qué estos creadores son tan problemáticos. Reaccionan como si las viejas leyes pudiesen funcionar, sea por una expansión grotesca o por la fuerza.

Están equivocados.

La causa de este problema es tan simple como su solución compleja: la tecnología digital está deslocalizando la información de su plano físico, donde las leyes de propiedad de toda suerte siempre encontraron su razón de ser. A través de la historia del copyright y las patentes, la garantía de la propiedad para los pensadores siempre se basó no en sus ideas, sino en la expresión de las mismas. Las ideas se consideraron propiedad de la colectividad humana. Se podían reivindicar cánones, como en el caso del copyright, para alguna frase específica que generó una idea, o una orden con consecuencias posteriores en el desarrollo técnico.

Desde siempre. la razón por la que dicho canon impuesto era el momento en que «el verbo se hacía carne», partiendo de la mente del creador y penetrando en algún objeto físico como un libro o un aparato.

La llegada posterior de otros medios comerciales más allá de los libros no alteró la importancia legal de ese «momento» de transformación física de la idea. La ley protegía la expresión y, con raras y recientes excepciones , expresarse era volverse físico. Porteger la expresión física tenía la fuerza de la conveniencia a su favor. El copyright funcionaba bien porque era difícil hacer un libro. Además, los libros congelaban sus contenidos en condiciones tan difíciles de alterar como de reproducir. Copiar o distribuir volúmenes copiados eran actividades obvias y visibles, fáciles de ser detectadas. Finalmente, a diferencia de las palabras o las imágenes, los libros tenían superficies materiales sobre las cuales se imprimían notas de copyright, marcas de editoras o etiquetas de precio..

La conversión de lo mental en físico era aún más importante para las patentes. Una patente, hasta hace poco, era o una descripción de la forma por la cual los materiales eran puestos al servicio de una determinada finalidad o la descripción del proceso por el cual eso ocurría. En ambos casos, el corazón conceptual de la patente era el resultado material. Si ningún objeto con un propósito pudiese resultar, debido a alguna limitación material, la patente era rechazada. Ni podrían patentarse una botella de Klein, o una azada hecha de seda. Tenía que ser un objeto que presentara alguna funcionalidad.

Así era como los derechos de invención y autoría se vinculaban al mundo a las actividades del mundo físico. Se cobra, más que por las ideas, por la capacidad de plasmarlas en un sustrato; el valor estaba en soporte, no en el pensamiento sustentado. En otra palabras, era la «botella» lo que se protegía, no el vino.

Ahora bien, cuando la información se aloja en el ciberespacio, el hogar nativo de la mente, esas «botellas» se desvanecen como causa de la digitalización. Ahora es posible sustituir todas las formas anteriores de almacenamiento de la información por una «meta-botella»: complejos algoritmos de unos y ceros altamente líquidos.

Así mismo, las «botellas» físicas-digitales a las cuales nos hemos habituado -disquetes y otros limitados soportes de bits comerciables- están desapareciendo cuando la mayor parte de los computadores se conectan en una red global. Internet avanza rápidamente para convertirse el principal medio de circulación de la información y, eventualmente, el único.

En este estado de cosas, todos los bienes de la era de la información, todas las expresiones otrora convertidas en libros, películas o discos, o escritos existirán como pensamiento puro o como algo muy parecido al pensamiento puro: alrededor de la red, a la velocidad de la luz, en condiciones que podemos percibir como destellos titilantes o sonidos transmitidos, pero que jamás podemos tocar o poseer en el viejo sentido de la palabra.

Algunos pueden argumentar que la información requerirá siempre alguna manifestación física, tal como su existencia magnética en el disco de titanio de los servidores distantes, pero esas son «botellas» que no tienen ninguna forma microscópicamente discreta o personalmente significativa.

Algunos argumentarán también que nosotros ya nos movemos con expresiones no embotelladas desde la aparición de la radio, y tendrán razón. Pero en la de la historia de la radio no ha existido manera conveniente de capturar derivados de éter electromagnético y reproducirlos en un soporte manejable con la misma calidad de sonido, como sucede con los soportes actuales. Sólo recientemente esto cambió y poco se ha hecho para enfrentar este cambio.

Generalmente la cuestión del pago de productos radiofónicos por parte del consumidor era irrelevante. Los consumidores, ellos mismos, eran el producto. El medio radiofónico era sustentado bien por la venta a los anunciantes de la atención, en forma de audiencia; bien obligando el gobierno a pagar tasas por el acceso a la radio o por el patrocinio de los programas por parte de las empresas.

Todos los modelos de rentabilización de la radio, ya fueran los anunciantes o el gobierno, alteraban invariablemente la pureza de los bienes ofertados. Aún más, el marketing directo ha asesinado gradualmente el modelo de soporte para la propaganda comercial.

La radio nos ofreció otro tipo de pago por el producto virtual en forma de royalties, que son el canon que cobran los autores a través de organizaciones como ASCAP o BMI. Como socio de ASCAP puedo asegurar que éste no es un modelo que podamos recomendar. Los métodos de monitorización son rudimentarios e imprecisos; no hay ningún sistema de contabilidad paralela que se sujeto de fiscalización. Para ser honesto, realmente el modelo no funciona.

En todo caso, sin nuestros viejos métodos de definición física de la expresión de las ideas, y la ausencia de nuevos modelos válidos para transacciones no físicas, no sabemos como asegurar el pago justo de los trabajos mentales. Para empeorar la situación, esto acontece en el momento en que la mente humana sustituye la luz solar y los depósitos minerales como principal fuente de riqueza. Aún más, la dificultad creciente de hacer respetar las leyes del copyright y de las patentes está, en último término, poniendo en riesgo la fuente por excelencia de la propiedad intelectual: el libre intercambio de ideas.

Lo que quiero decir es que cuando los artículos primarios del comercio, en una sociedad, se asemejan tanto al discurso que están a punto de convertirse indistinguibles del mismo, y cuando los métodos de protección de los mismos se tornan ineficaces, las tentativas de resolver el problema con una legislación más restrictiva amenazan sin duda la libertad de expresión de los individuos.

El mayor constreñimiento a nuestras futuras libertades puede venir no del gobierno sino de los departamentos legales de las corporaciones, que trabajen para proteger, por la fuerza, lo ya sólo puede ser protegido por la eficiencia práctica o por el consentimiento social general.

Es más, cuando Jefferson y sus colegas iluministas diseñaron que devino en la ley americana del copyright su objetivo primario era asegurar la vasta distribución del pensamiento, no del lucro.

El lucro se convertiría en el combustible que llenaría las librerías y las mentes de su nueva república. Las librerías comprarían libros, premiando así a los autores por su trabajo de montaje de las ideas que, de otro modo, «incapaces de confinamiento», estarían entonces accesibles al público.

¿Pero cuál es el papel de las librerías en ausencia de los libros? ¿Cómo paga ahora la sociedad por la distribución de las ideas sino cobrando por las propias ideas?
Una complicación adicional reside en el hecho de que, junto con los soportes físicos en que ha residido la propiedad intelectual, la tecnología digital está también apagando la jurisdicción legal del mundo físico, sustituyéndolo por los mares sin fronteras y, tal vez, permanentemente sin ley del ciberespacio.

En el ciberespacio no sólo no hay fronteras locales o nacionales para localizar la escena de un crimen y determinar el método acusatorio; tampoco hay acuerdos culturales claros sobre lo que constituye un crimen. Diferencias básicas y no resueltas entre concepciones europeas y asiáticas sobre propiedad intelectual sólo se exacerbarán en un área en la que muchas transacciones tienen lugar en ambos hemisferios y aún así, de alguna forma, en ninguno.

También en la más local de las condiciones digitales, jurisdicción y responsabilidad son difíciles de definir. Un grupo de editores musicales denunciaron a Compuserve este otoño por permitir a sus usuarios subir y alojar composiciones musicales en áreas donde otros usuarios podían bajarlas. Como de hecho Compuserve no puede ejercer mayor control sobre el flujo de bits que pasa entre sus usuarios, no se podría, probablemente, responsabilizarla de estar ilegalmente editando esas canciones.

Nociones como propiedad, valor, o la naturaleza de la riqueza en sí están cambiando fundamentalmente, más que en cualquier otra época, desde que los sumerios estamparon la escritura cuneiforme y la llamaron de «grados estocados». Poca gente es consciente de la enormidad de este cambio y menos aún los abogados y funcionarios públicos.

Aquellos que perciben estos cambios deben preparar respuestas para la confusión legal y social que surgirá de los esfuerzos para proteger nuevas formas de propiedad, con los viejos métodos evidenciándose cada vez más fútiles y consecuentemente más durosÂŽ

Este es el problema que vamos a discutir aquí.

©Copyleft de esta traducción: Jordi Sabaté Martí, bajo licencia de Creative Commons cc-by