2024: el año en que la protección de datos nos recordó su lado político

El 2024 fue un año de progresos esperados en materia de protección de datos para nuestra región. Se aprobó en Chile, luego de seis años de debate regulatorio, la ley de protección de datos; El Salvador también aprobó su ley, y Perú reformó la suya para adaptarla al estándar europeo, un referente que muchos países de América Latina intentan adoptar. Por su parte, Paraguay avanzó en la discusión del proyecto de ley, y se espera que este año suceda su aprobación.

El año pasado también observamos retrocesos significativos, como la eliminación del INAI, autoridad garante del derecho a la protección de datos y el acceso a la información pública en México. Esto ocurrió en el marco de una reforma constitucional que, bajo el argumento de reducir costos operativos, eliminó a distintos entes autónomos. Una supresión que se produce en tiempos en que las Big Tech acrecientan su poder para amasar y explotar nuestros datos bajo condiciones cada vez más asimétricas.

Frente a esos avances y retrocesos regulatorios, en nuestro trabajo en Derechos Digitales hemos observado algunas tendencias regionales preocupantes. Algunas de ellas son nuevas, mientras que otras representan la continuidad de prácticas de explotación de nuestros datos que se expanden y masifican de cara a nuevas y emergentes tecnologías, las cuales amplían el alcance a las tareas de recolección y procesamiento de nuestros datos y con ello, intensifican su impacto en la protección de los mismos. Veamos una por una.

La protección de datos y las tareas estatales de seguridad: una desconexión peligrosa

La primera tendencia tiene que ver con la creciente adopción de prácticas y tecnologías para la extracción de datos por parte de los Estados para fines que, en particular, se enfocan en la seguridad ciudadana y nacional.Se trata de finalidades que las regulaciones de protección de datos han excluido tradicionalmente de su aplicación, bajo una visión arcaica que sugiere que el resguardo de la ciudadanía no es algo que deba consentir esta última.

Enmarcado en esta tendencia vimos con preocupación la expedición de la resolución que en Argentina habilita al ciberpatrullaje, una tarea de seguridad emprendida por el Estado para patrullar (o vigilar) internet “de la manera en que se patrullan las calles” para, en teoría, facilitar la identificación y prevención de los delitos en línea.

Se trata de una resolución que no fija límites claros, respetuosos y garantes de la privacidad y la libertad de expresión en línea. De manera similar, el ciberpatrullaje se despliega también en Colombia, Bolivia, México, Brasil y Uruguay. En cada caso, al parecer, las autoridades se dedican a explorar y observar de cerca lo que publicamos y con quién interactuamos en línea -en ocasiones, con ayuda de algoritmos para automatizar dicha tarea-, para determinar si lo que decimos o con quién conectamos amerita ser perseguido por la vía penal.

Lo cierto es que, pese a la desconexión que persiste entre la regulación de la protección de datos y las tareas de seguridad, y a que sea cierto que el consentimiento no sea propiamente la base jurídica que da pie al tratamiento de los datos en estos casos, los Estados sí deberían observar los principios y obligaciones que garantizan que la recolección de los datos de la ciudadanía sucede de manera responsable, lícita, leal, transparente, segura y, sobre todo, de manera compatible con los derechos humanos.

Pero además, bajo ciertas condiciones, los titulares de los datos deberían conservan el ejercicio de los derechos de actualización, rectificación, y cancelación de su información inclusive en esas tareas. Esto último, de hecho, lo reiteró por su cuenta el fallo Cajar vs. Colombia emitido en 2024 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto a las tareas de inteligencia estatal, y cuyas repercusiones en la regulación de la protección de datos frente a las tareas de seguridad aún están por verse.

Biometría ¿para qué?: el valor vs. el precio de los datos

La segunda tendencia que observamos, tiene que ver con la recolección transaccional de datos sensibles para la realización de modelos de negocio muy poco claros o transparentes. Por ejemplo, identificamos la masificación de los servicios de empresas como Tools for Humanity (TfH) desarrolladora de World –antes Worldcoin– que prometen entregar a las personas criptomonedas a cambio del escaneo de su iris, un dato biométrico que será usado para ayudar a resolver los problemas asociados a la identidad en línea.

La empresa TfH desplegó operaciones en Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guatemala, México, Perú y República Dominicana. Solo las autoridades de protección de datos de Argentina, Colombia, Brasil y Perú abrieron investigaciones a World, entre otras cosas por las condiciones de recolección del consentimiento de las personas, que no parece estar precedido de información clara y transparente sobre las condiciones del tratamiento de los datos biométricos capturados, así como las condiciones del ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición. Sobre el desarrollo de esas investigaciones sabemos poco al día de hoy.

Ahora bien, el contenido transaccional de este tipo de prácticas resulta problemático por dos motivos. En primer lugar, porque asignan un valor económico a la entrega de un dato cuyo valor identificatorio es inestimable por su naturaleza inmodificable, así como profundamente personal, y que por los riesgos de ser instrumentalizado en contra de su titular ha merecido un estatus de protección especial en la mayoría de legislaciones que regulan esta materia. En segundo lugar, porque además de explotar la vulnerabilidad económica de ciertos sectores de la población, se trata de empresas que operan de manera poco transparente frente a los reguladores y los titulares de los datos.

Todo esto para aceitar el modelo de negocio de la identidad digital del que todavía no sabemos mucho, pero frente al cual otras autoridades de protección de datos en el mundo han actuado de manera mucho más contundente y preventiva prohibiendo las operaciones de World, tal y como sucedió en España, Francia, India, Corea del Sur, Hong Kong e incluso Kenia.

Las Big Techs y la IA: nuestros datos a merced de políticas injustas

Y la tercera tendencia, tiene que ver con los cambios poco claros y transparentes de las políticas de privacidad impuestas de manera abusiva en América Latina por distintas plataformas que transitaron a la adopción de sistemas de IA con diversos propósitos, y que asumen, al contrario de lo indicado por los principios de finalidad, transparencia o lealtad en el tratamiento de los datos, que los titulares aceptan por defecto los nuevos términos y condiciones impuestos.

El caso de Meta es quizá uno de los más representativos, pues desplegó un cambio global de su política de privacidad que autoriza de manera retroactiva al uso de los datos de los usuarios de Facebook e Instagram para entrenar a su IA. Un cambio que dejó a sus usuarios en América Latina sin ninguna opción válida para negarse u oponerse.

Solo la autoridad de protección de datos de Brasil (ANPD) reaccionó al emitir una medida cautelar que prohibía desplegar dicho cambio en tanto que dejaba a los titulares de los datos de ese país sin opciones para rechazar la nueva política en cuestión. Con posterioridad, Meta desplegó en ese país su política de manera mucho más clara con autorización de la autoridad, y habilitó -a diferencia del resto de países de la región- canales para el ejercicio del derecho a rechazar los cambios propuestos.

Cambios similares sucedieron en las políticas de otras plataformas como X, Linkedin, Adobe y Google, entre otras, que además habilitan a que terceros puedan usar los datos de sus usuarios para entrenar a sus sistemas de IA. Se trata de cambios que, en la mayoría de los casos, se han introducido de manera subrepticia y silenciosa, algo que la Comisión Federal de Comercio en Estados Unidos (FTC por sus siglas en inglés) ha calificado como una práctica injusta y engañosa.

Frente a este panorama ¿hay motivos para la esperanza?

Estas tendencias están acompañadas de un panorama regulatorio que, en gran medida, todavía limita a las pocas autoridades activas de la región a desempeñar roles de simple monitoreo preventivo y vigilancia pasiva. Aún queda pendiente avanzar hacia un rol sancionador más robusto donde, por ejemplo, las multas ejemplarizantes puedan ayudar a generar nuevas pautas de conducta para actores del sector privado y público; o donde las autoridades asuman un rol activo y oficioso, en el cual la imposición a iniciativa propia de medidas cautelares pueda ayudar a prevenir la afectación de los derechos de las personas.

Hay motivos para la esperanza, pero debemos moderar nuestras expectativas. Es cierto que, cada vez más, el listado de países sin regulación de protección de datos se reduce. Y aunque esto es importante, no es motivo para cantar victoria, pues hace falta todavía cambiar visiones arcaicas como aquellas que sugieren que los Estados, cuando realizan cierto tipo de tareas -como las de seguridad- tienen un cheque en blanco que les habilita a dar tratamiento a los datos personales de la ciudadanía de cualquier manera.

También es cierto que las regulaciones vigentes en protección de datos precisan de un balance necesario cuando su ejercicio se enfrenta a otros derechos, como el de libertad de expresión o acceso a la información. Y que persisten otros retos igualmente urgentes para que las regulaciones aprobadas y vigentes cobren vida y sirvan como verdaderas herramientas de protección a las personas.

Por ejemplo, urge el robustecimiento de las capacidades humanas y técnicas de las autoridades de protección de datos, así como establecerlas en países donde aún no existen. Además, es fundamental garantizar los recursos necesarios para su funcionamiento, y dotarlas de la independencia y autonomía que las habiliten para actuar frente a otras dependencias estatales así como frente a las Big Tech que, cada vez más, buscan eludir o intimidar a las normativas y autoridades que ejercen su poder regulatorio.

Desde luego, el trabajo de organizaciones como Derechos Digitales será aportar a esto último, y vigilar para que las promesas de regulación no se queden en el papel, sino que se traduzcan en verdaderas garantías para los derechos humanos en el entorno digital. El 2024 nos recordó que la protección de los datos personales no es solo una cuestión técnica o legal, sino una lucha política que enfrenta intereses poderosos, ya sean estatales o corporativos.

Nos encontramos frente a un panorama complejo, pero también un momento clave para definir el futuro del derecho a la protección de datos en nuestra región. Las decisiones que tomemos hoy serán cruciales para establecer un equilibrio entre el avance tecnológico y la protección de los derechos fundamentales. Solo si mantenemos la vigilancia activa, exigimos mayor transparencia y contribuimos a fortalecer las capacidades regulatorias de las autoridades, podremos garantizar que los datos personales de millones de personas no se conviertan en una mercancía desprotegida, sino en una herramienta que potencie su dignidad y autonomía. El desafío es enorme, pero no podemos darnos el lujo de detenernos ahora.

Vigilancia Estatal: Los riesgos de los IMSI Catchers

Hace pocas semanas se aprobó en Chile el proyecto de Ley Antiterrorista que actualiza la ley vigente para facilitar nuevos mecanismos de investigación y persecución. La discusión tuvo varios puntos álgidos, como por ejemplo, la ampliación del concepto de delito terrorista incluyendo a individuos sin necesidad de asociación con actividades terroristas. Pero sin duda el apartado que generó mayor debate fue la inclusión del uso de “IMSI Catchers” o “antenas falsas” para el espionaje en el contexto de las investigaciones.

En el marco del espionaje estatal, un IMSI Catcher, Stingray o simplemente una “antena falsa” es un dispositivo electrónico, compuesto por hardware y software, que simula ser una antena de telefonía legítima, pero en verdad no lo es, ya que su objetivo es capturar datos de los dispositivos que estén a su alcance, mediante un ataque de intermediario o MITM (man-in-the-middle), esto es, la instalación de un dispositivo “en el medio” de una comunicación entre personas.

Esto es facilitado por la forma en que funciona la telefonía móvil. El diseño arquitectónico de las redes móviles se basa en la división geográfica en pequeñas áreas o células, cada una cubierta por una o más antenas que reciben y redistribuyen señales. Estas antenas tienen áreas de cobertura que se sobreponen, garantizando así que no haya sectores sin señal. Dado que un dispositivo móvil puede detectar múltiples antenas simultáneamente, utiliza un protocolo para seleccionar aquella con la señal más potente.

En términos generales, las antenas actúan como intermediarios entre los dispositivos móviles y la estación telefónica, donde se generan los enrutamientos de las comunicaciones. Por otro lado, las “antenas falsas” operan de manera similar a las antenas reales, pero se diferencian en quién controla su operación y en el hecho de que pueden ser móviles, no requiriendo una instalación fija. Estas antenas falsas replican los parámetros de identificación de una antena legítima, engañando así a los dispositivos. Uno de los principales mecanismos para captar la señal de los dispositivos es por medio del uso de una potencia de señal mayor a la que presentan las antenas legítimas del sector.

Una vez conectados a una antena falsa, los dispositivos tienen dos posibles cursos de acción, según el propósito de la falsa antena. El primero es la denegación del servicio, y el segundo, actuar como intermediario entre el dispositivo y la red legítima. Esta última opción es más habitual, ya que a la vez que no interrumpe la comunicación, permite la recolección de datos de identificación del dispositivo, como el IMSI (International Mobile Subscriber Identity o Identidad Internacional de Suscriptor Móvil), un número único asignado a cada dispositivo móvil. Poseer el IMSI de un dispositivo facilita su rastreo a través de redes telefónicas legítimas, generalmente mediante una orden judicial conforme a las regulaciones locales. Además, existen varios tipos de comunicaciones que pueden ser captadas o intervenidas como los mensajes de texto pues carecen de cifrado.

A su vez, se ha demostrado que las llamadas realizadas mediante protocolos de la generación 2G pueden ser interceptadas debido a su cifrado débil, como demostró Chris Paget en DEF CON 18. Aunque los protocolos de redes 3G, 4G y 5G utilizan esquemas de cifrado más robustos, una antena falsa aún puede forzar un ataque de degradación de servicio, limitando los dispositivos a conectarse solo a redes 2G. Es decir, forzando a los dispositivos a utilizar protocolos menos eficientes, menos avanzados y menos seguros. Este fenómeno no es inusual dado que algunas redes de telefonía todavía operan bajo este protocolo. Otra vulnerabilidad es la extracción de metadatos: incluso si un dispositivo se comunica a través de protocolos que permiten que la información en tránsito esté cifrada, la antena falsa puede registrar cuando se conecta a un sitio específico, cuando utiliza aplicaciones de mensajería o cuando realiza llamadas.

Problemas plausibles

El uso de tecnologías de “antenas falsas” trae consigo una serie de riesgos asociados. En primer lugar, quien tenga acceso al manejo del dispositivo de interceptación puede utilizarlo sin que exista una contraparte que pueda tener control sobre su uso. En una columna pasada, explicamos el funcionamiento de las interceptaciones telefónicas a través de la infraestructura del proveedor, que por requerimientos legales actúa en la práctica como un agente de registro y control de las interceptaciones solicitadas por los cuerpos investigativos. El control sobre el uso de “antenas falsas” es algo que está muy lejos de quedar bien definido en la nueva ley, tal como expresamos también en conversación con la Radio y Diario Universidad de Chile.

En segundo lugar, debemos enfatizar que se trata de un mecanismo de vigilancia no solo altamente intrusivo, sino también indiscriminado respecto de quienes están cerca del dispositivo. Dentro de la operación de una “antena falsa” es posible captar a todos los dispositivos que estén dentro de su radio de acción y no solamente un dispositivo de interés, afectando la privacidad de personas que no son el objetivo de una investigación. En términos metafóricos esto ha sido ejemplificado como “pesca de arrastre” o “pescar con dinamita” debido a su grosera falta de proporcionalidad.

El tercer gran problema en la disponibilidad de este tipo de tecnologías es la posibilidad de uso dirigido a lugares o grupos con fines de persecución de actividades lícitas, bajo la excusa de aplicabilidad de la ley. Por ejemplo, serviría para poder identificar los dispositivos de personas que participan de una movilización social. Dado que operan dentro de un radio específico, pueden captar todos los dispositivos en un área específica, para eventualmente identificar participantes. Esta factibilidad técnica es preocupante, especialmente considerando precedentes donde se ha solicitado a los proveedores de servicio que entreguen información de los dispositivos conectados en ciertas áreas durante manifestaciones, como ocurrió durante el estallido social en Chile. Asimismo, es concebible su implementación en zonas ya estigmatizadas, como poblaciones en sectores socioeconómicos bajos, así como en regiones donde existen procesos activos de reivindicación territorial por parte de grupos indígenas.

Atrapando al catcher

Sin embargo, no se trata de una tecnología infalible o inevitable. El riesgo de ser interceptado por IMSI catchers puede minimizarse significativamente si se toman ciertas precauciones. Entre las medidas efectivas se incluyen configurar el dispositivo para usar exclusivamente redes 4G, emplear aplicaciones de mensajería y llamadas con cifrado robusto como Signal, y utilizar servicios de VPN o TOR, entre otras.

El uso de “antenas falsas” tiene un gran alcance y potencial en contextos de sociedades donde las personas no tienen un alto grado de preocupación por sus comunicaciones, en especial cuando los niveles de conectividad son tan altos. Me atrevería a decir que actualmente la mayoría de las personas vive de esta forma, lo cual allana aún más el camino para peligrosas prácticas de vigilancia masiva. Pero esto no debería significar una aceptación de que las comunicaciones sean seguras, ni de que el Estado esté siempre a un paso de vigilar todo lo que hacemos. Necesitamos no solamente comprender los riesgos, sino también empujar por cambios en la regulación y en la conducta de los agentes públicos.

Reconocimiento facial

En Derechos Digitales creamos ReconocimientoFacial.info como un espacio para reunir reportes, campañas, noticias, recursos y documentos legales que visibilizan los riesgos del uso del reconocimiento facial en América Latina. Bajo la idea de que “el reconocimiento facial no nos protege, nos vulnera”, buscamos explicar por qué esta tecnología es intrusiva, poco fiable y discriminatoria, y promover el debate público y el acceso a la justicia frente a iniciativas de vigilancia que avanzan sin regulación adecuada.

Transformaciones y desafíos en los derechos digitales en América Latina: un balance de 2024

En 2024, la intersección entre tecnología y derechos humanos ha cobrado una relevancia sin precedentes en América Latina. En un panorama global que anticipaba decenas de elecciones, pero que está todavía marcado por los horrores del genocidio y la guerra, como también por autoridades locales embelesadas con las promesas por la IA y pugnas políticas globales sobre el futuro de las redes digitales, vale la pena hacer una breve retrospectiva de lo que nos ha tocado enfrentar este año.

Encerrando en la lámpara al genio de la IA

La discusión sobre la regulación de la inteligencia artificial (IA) se intensificó en América Latina en 2024. Diversos países de la región han estado explorando marcos regulatorios para controlar los riesgos de estas tecnologías sin impedir su desarrollo ni excluir a los países de la economía global. El reciente avance en Brasil de un proyecto de larga discusión parece acercar esa regulación a la realidad.

En este contexto, Derechos Digitales ha enfatizado la importancia de poner los derechos humanos en el centro de la regulación y del desarrollo de la inteligencia artificial, destacando la necesidad de una participación ciudadana efectiva en su desarrollo e implementación. También hemos avanzado significativamente en demostrar, a través de la evidencia situada, cuáles son las características de la implementación en la región por entidades públicas, más allá de los compromisos declarados. A pesar de los desafíos, nuestra más reciente edición de Latin America in a Glimpse ofrece una luz de esperanza para un desarrollo comunitario, situado y feminista de estas tecnologías, en lugar de rendirnos a la voluntad de algunos gigantes de la tecnología.

Pactos mundiales, pero sin todo el mundo

El Pacto Digital Mundial (GDC, por sus siglas en inglés) aparecía como uno de los hitos más significativos del año, con una importante búsqueda de incidencia por incontables activistas de todo el mundo, para sumar sus voces a las de los Estados representados en la Organización de las Naciones Unidas (ONU). En los escasos espacios de participación abiertos, Derechos Digitales hizo valer sus expectativas sobre el GDC, enfatizando la necesidad de una perspectiva efectiva de género en el GDC, basada en principios feministas para la inclusión de género, y recomendando un enfoque basado en derechos humanos que considere intersección de género y derechos en áreas clave. No obstante, un resultado decepcionante en esas materias y de muy difícil participación para actores no estatales, nos hace sumarnos a la preocupación global sobre el proceso de implementación, que seguiremos con celo.

Otro proceso preocupante terminó de manera casi trágica: tras más de dos años de negociaciones, la ONU aprobó el texto final de un nuevo tratado internacional para combatir el ciberdelito. Organismos expertos y activistas alrededor del mundo advirtieron por años que el texto contiene falencias importantes que pueden ser utilizadas para validar abusos contra los derechos humanos, incluida la falta de salvaguardas suficientes en materia de protección de derechos frente a la cooperación internacional.

Libertad de expresión, siempre bajo ataque

En un año que vio nuevas preocupaciones no solo por los usuales bloqueos, sino también por la siempre presente violencia contra periodistas y por la posible promulgación de leyes mordaza en distintos países, o el levantamiento de restricciones y cierres contra organizaciones activistas, el uso de internet para la libre expresión parece ser cada vez más un riesgo que una oportunidad.

Independiente de las decisiones de ciertos gobiernos, recientes cambios como la compra de Twitter (ahora X) por un magnate controvertido, han complicado aún más el panorama para el ejercicio de la expresión en plataformas privadas. Así, el bloqueo de lo que era Twitter en Brasil levantó preocupación por el efecto aparentemente desproporcionado, como consecuencia de actos de autoridad legalmente tramitados por la falta de colaboración de la plataforma con procesos judiciales. Eso, sin siquiera discutir la decadencia de una plataforma que sigue siendo relevante para una minoría, y su incapacidad de mantenerse como un espacio seguro.

La arbitrariedad para la censura de contenidos en plataformas digitales quedó además validada en México, por medio de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que validó el sistema de notificación y retirada, cuestionado por su facilidad para lesionar derechos humanos en línea en nombre del derecho de autor y sin real efecto sobre la “piratería”.

Tecnologías para la vigilancia: un paso adelante, diez atrás

En 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió un fallo histórico en el caso presentado por el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR), destacando que las actividades de inteligencia deben respetar la privacidad y la protección de datos personales. Esta decisión expuso la vigilancia sistemática ejercida sobre defensores de derechos humanos en Colombia, incluyendo el monitoreo de comunicaciones privadas, y estableció un precedente crucial para limitar abusos en las tareas de inteligencia en toda la región. Esto es especialmente relevante en un contexto en que los Estados latinoamericanos continúan utilizando herramientas intrusivas, como el software Pegasus, sin mecanismos efectivos de supervisión democrática, a pesar de los aprendizajes de la última década. Aunque el fallo representa un avance normativo, la persistencia de prácticas de espionaje y monitoreo masivo refleja la urgencia de fortalecer marcos regulatorios que protejan los derechos humanos.

Por otra parte, el ciberpatrullaje se ha consolidado en 2024 como una herramienta de vigilancia estatal en América Latina, presentada como un mecanismo para prevenir delitos pero aplicada también como medio para vigilar discursos críticos. Esta práctica, que implica el monitoreo constante de redes sociales y espacios digitales, permite perfilar usuarios, recopilar información personal y observar la actividad de activistas y periodistas sin salvaguardas legales suficientes.

Salir a la calle tampoco nos aleja del peligro. El uso de tecnologías de reconocimiento facial en América Latina ha seguido expandiéndose en 2024, especialmente en espacios abiertos al público como estadios. Si bien estas herramientas se presentan como soluciones para mejorar la seguridad, han sido criticadas por facilitar el control social y la vigilancia masiva. Su implementación ha afectado desproporcionadamente a comunidades vulnerables y restringido libertades fundamentales, como el derecho a la protesta.

Contribuyendo y colaborando

En julio de 2024, Derechos Digitales anunció las organizaciones seleccionadas para participar en el primer ciclo del Fondo para la Promoción de los Derechos Digitales (FDD). Este programa fue diseñado como una herramienta para fortalecer las capacidades de las comunidades en la región, sensibilizándolas sobre la importancia de proteger sus derechos en el entorno digital. A través de este fondo, se busca fomentar el desarrollo de iniciativas locales que promuevan un espacio digital más inclusivo, libre y seguro, donde los derechos fundamentales sean respetados y defendidos.

Este fondo se complementa con el ya consolidado Fondo de Respuesta Rápida de Derechos Digitales (FRR), que en 2024 celebró cinco años de funcionamiento. Desde su creación, este fondo ha permitido canalizar recursos hacia acciones urgentes de defensa de los derechos humanos en el entorno digital, proporcionando respaldo inmediato a comunidades y activistas que enfrentan amenazas o vulneraciones en línea.

Ambos mecanismos, al operar en conjunto, constituyen un esfuerzo integral para fortalecer el ecosistema de defensa de los derechos digitales en América Latina. En total, los fondos administrados por Derechos Digitales completaron un año de impacto significativo, apoyando 29 proyectos distintos distribuidos en 14 países de la región, abarcando una amplia gama de temas. Con este modelo de financiamiento, Derechos Digitales continúa impulsando estrategias de defensa y promoción de los derechos digitales, respondiendo a los desafíos urgentes de la región.

Mirando hacia 2025: desafíos y prioridades para los derechos digitales

A medida que nos acercamos a 2025, el escenario global estará marcado por la implementación de acuerdos clave y el desarrollo de procesos internacionales que definirán el futuro de los derechos digitales. La revisión de los veinte años de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información (WSIS+20) será un momento decisivo para evaluar los compromisos adoptados hace dos décadas y proyectar un modelo más inclusivo, sostenible y centrado en derechos humanos para el desarrollo digital. Será una oportunidad para insistir en la participación de la sociedad civil y en la necesidad de garantizar la conectividad, sin comprometer libertades esenciales en nombre de la seguridad o el progreso económico.

Al mismo tiempo, se espera que comience la implementación del GDC, en un proceso todavía rodeado de incertidumbres y preocupaciones. La sociedad civil tendrá el desafío de incidir en los mecanismos de seguimiento y aplicación del Pacto, para asegurar que las decisiones adoptadas protejan los derechos humanos y no se conviertan en herramientas de control o exclusión.

En paralelo, tras su adopción, podría iniciarse la implementación del Tratado sobre Cibercrimen, con implicaciones directas en la regulación de la vigilancia estatal, la cooperación judicial y el intercambio de datos. La vigilancia transfronteriza, el acceso a información privada y las obligaciones impuestas a las empresas tecnológicas requerirán un escrutinio constante para asegurar que los esfuerzos por combatir el cibercrimen no se conviertan en justificaciones para expandir la vigilancia masiva

Con un año electoral en varios países de América Latina, 2025 también traerá desafíos para la estabilidad democrática en la región. Las tecnologías digitales jugarán un papel central tanto como herramientas para la participación política como instrumentos para perjudicar al espacio cívico. Nuestra participación en el proyecto Civic DEFENDERS aparece así como una oportunidad para ejercer nuestra misión junto a organizaciones de todo el mundo.

Al final de un nuevo año de intenso activismo, reafirmamos nuestra confianza en la capacidad de la sociedad civil para liderar cambios significativos y sostenibles. La construcción de un futuro digital justo, inclusivo y democrático dependerá de mantener la solidaridad transregional, de amplificar las voces de la Mayoría Global y de asegurar que los derechos humanos estén al centro de cada decisión que impacte a las tecnologías. Desde Derechos Digitales, seguimos comprometidas a trabajar para ese futuro.

11 años después de Snowden: ¿Realmente estamos más protegidos?

Edward Snowden era un analista de inteligencia que trabajó para la CIA y la NSA. Al inicio de su carrera consideró que su trabajo correspondía al deber patriótico de defender a su país. Con el tiempo se dio cuenta que era parte de un sistema de vigilancia global secreto que era utilizado incluso para espiar dentro del país. Él consideró que la población de un país democrático debería, al menos, estar enterada de que algo así sucedía. Por este motivo filtró miles de documentos que demostraron lo que sucedía a periodistas que publicaron varios reportajes en importantes medios a nivel global.

En los mismos se pude ver las diversas formas en las que la NSA recolectaba, analizaba y luego utilizaba esta información para operaciones de espionaje alrededor del mundo. [RB1]  En una diapositiva se puede ver las capacidades recolección de información a nivel global a través de un mapa mundi dónde se explica cómo se recolectaba la información desde los cables fibra óptica, a través de embajadas, espiando comunicaciones satelitales, en colaboración con agencias de otros países o mediante ataques informáticos.

Toda esta información recolectada se almacenaba en centros de datos para luego ser accedida a través del sistema XKeyScore. Este sistema funciona de forma parecida a buscadores de internet dónde puedo realizar búsquedas. La diferencia radica en que las búsquedas se las hace sobre información privada. Los documentos muestran que se podían hacer consultas sobre como leer todos los correos electrónicos de persona X, saber quiénes usan correo cifrado en un país determinado, contraseñas de cuentas en línea, entre muchas otras. Básicamente un buscador sobre las vidas privadas de miles de millones de personas, sin ningún tipo de control.

Uno de los programas expuestos que más llamó la atención es el conocido como PRISM ya que involucra a grandes empresas de internet como Google, Facebook, Apple, Youtube, Microsoft, Yahoo, entre otras. Estas empresas tienen plataformas que funcionan como software de servicio, también conocido como “la nube”. Cuando compartes un documento con Google Drive, no solo lo compartes con tus colegas, sino también con Google. Cuando envías un correo usando Outlook, ese contenido es accedido por Microsoft. Si guardas tus fotos en la nube de Apple o de Google sucede lo mismo.

Resultaba lógico entender que estas empresas tendrían acceso a nuestra información para poder brindarnos el servicio. Algunas personas considerábamos que era probable que las empresas se aprovechen de nuestra información. Lo que la gran mayoría no imaginábamos era que además nuestras comunicaciones privadas eran vigiladas por agencias de inteligencia como la NSA. Lo que aprendimos en ese momento fue que, si no eres ciudadano de Estados Unidos y no resides en ese país, la NSA puede acceder a los datos de los servicios de estas empresas para informarse sobre ti. Estamos hablando de llamadas de voz y video, correos electrónicos, chats documentos, fotos, ubicación etcétera.

La recolección de este tipo de información sumada a la capacidad de análisis de la NSA permitieron hacer operaciones de espionaje a lideres mundiales como Angela Merkel, Enrique Peña Nieto o Dilma Rousseff. También existieron operaciones mediáticas para manipular la opinión pública como fue la operación QUITO que promovía una visión favorable para Inglaterra sobre las Islas Malvinas en América Latina.

Esto es un resumen muy superficial de lo que aprendimos hace 11 años. Es importante mirar para atrás y pensar qué cambió desde entonces. ¿Se suprimieron estos programas y ahora nuestra privacidad esta más aseguradas? Personalmente creo que algunas cosas mejoraron y otras han empeorado.

El escándalo de las revelaciones generó una discusión a nivel mundial sobre la privacidad en Internet. Una de las primeras consecuencias fue el Marco Civil de Internet en Brasil dónde se fortaleció la protección de los derechos civiles en internet y en particular la privacidad. En el caso de Europa, esto promovió la discusión de la protección de los datos que personales que en 2017 se vio reflejada en el Reglamento General de Protección de Datos Personales (RGPD). Esta legislación sirvió para que países como Ecuador tengan su ley de protección de datos personales en 2021.

Estas legislaciones son muy positivas y en el caso Europea, incluso se ha llegado a multar a empresas como Google y Meta (antes Facebook). Sin embargo, no es suficiente ya que si bien estas legislaciones buscan el consentimiento informado  para el tratamiento de datos personales, en la práctica se traduce como una incómoda ventana dónde se nos pide aceptar la política de privacidad y gestionar las configuraciones de cookies. En la práctica la mayoría de personas aceptan los términos y probablemente todas las cookies.

En lo tecnológico el cambio fue mayor. Antes de las revelaciones de Snowden la mayoría de sitios web funcionaban bajo el protocolo inseguro de HTTP.  En 2015 la EFF en colaboración con otras organizaciones y empresas lanzaron la iniciativa de Letsencrypt que hizo que la implementación de sitios web con el protocolo seguro HTTPS sea accesible para cualquier sitio o aplicación web. Gracias a esta iniciativa hoy casi todos los sitios y aplicaciones que usamos en Internet cifran la comunicación. De esta manera se puede presumir que parte importante de los programas de recolección de información de la NSA quedaran obsoletas. Esta característica no solo nos protege de la NSA, sino de cualquier actor con malas intenciones, desde un ciber criminal a Estados.

Sin duda una mejora importantísima para la seguridad de las comunicaciones de todas las personas que utilizamos internet. No obstante, esto no nos protege del espionaje de programas como PRISM, ya que la información que utilizamos en servicios en la nube generalmente es accesible por las empresas que proveen el servicio como se mencionó anteriormente. Personalmente creo que la situación ahora es peor.

Durante estos 11 años la NSA ha seguido trabajando en secreto y sus capacidades tecnológicas debieron mejorar. Pero la debilidad más fuerte es que empresas mencionadas en PRISM siguen siendo parte esencial de nuestras vidas. Nuestros teléfonos celulares si no funcionan con Android de Google, funcionan con el iOS de Apple. Los sistemas de reconocimiento de voz como Siri, Hey Google o Cortana son todos provistos por empresas PRISM. Por citar dos ejemplos. 

Otro avance importante que tenemos desde las revelaciones de Snowden es la adopción del cifrado extremo a extremo. A diferencia del cifrado de tráfico en la red, con este podemos proteger el contenido de la información incluso de la empresa que provee el servicio. Si ciframos un correo de Gmail, incluso Google no lo podría leer.

Si bien el cifrado de correo electrónico existe hace más de una década, su adopción es marginal. El caso más importante es la adopción de cifrado extremo a extremo es la de WhatsApp en 2016 que permitió a miles de millones de personas cifrar sus mensajes.

Claro que no podemos olvidar que WhatsApp es una empresa de Meta (antes Facebook), que está involucrada en el programa PRISM. La aplicación es de código propietario y no se puede saber cómo está hecha por lo que podría tener una puerta trasera. Incluso me atrevería a decir que tiene una puerta delantera cuándo en las conversaciones de la aplicación tenemos la opción de que participe la inteligencia artificial de Meta. Es una forma cool de pedirnos acceso a nuestras conversaciones.

Otro gran avance que hemos tenido es el desarrollo de aplicaciones de software libre que nos permiten controlar nuestra información.  Existen aplicaciones de chat, correo electrónico, colaboración, edición de documentos y más. En Derechos Digitales, por ejemplo, utilizamos Matrix como nuestro sistema de chat, Nextcloud para compartir documentos, OnlyOffice  para editarlos, Jitsi y BigBlueButton para video llamadas. Ninguna de estas aplicaciones es perfecta, algunas pueden llegar a ser incómodas o fallar en cuestiones que no quisiéramos, pero nos permiten tener agencia sobre nuestros datos y privacidad.

Snowden nos hizo saber que vivimos en una máquina de vigilancia y que estamos perdiendo nuestra privacidad. Ahora como sociedad debemos decidir si queremos seguir atrapados en este sistema o buscamos alternativas. En próximas columnas reflexionaré sobre algunas herramientas que usamos de forma cotidianas y las alternativas que respetan nuestra privacidad. Por lo pronto comparto columnas que escribí sobre aplicaciones de chat, teléfonos móviles, redes sociales y herramientas de video conferencia.

Perfilamiento en redes sociales y ciberpatrullaje como nuevas modalidades de la vigilancia masiva desplegada por los Estados de la región: casos relevantes en América Latina.

En este informe que responde la consulta de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión profundizamos en el ciberpatrullaje y los perfilamientos en redes sociales empleados por los Estados de América Latina y que configuran dos nuevas modalidades de vigilancia masiva desplegada por los Estados. Llamamos la atención de la RELE para que recomiende garantías robustas de protección a derechos frente a dichas prácticas.

Elecciones abren nuevo frente de violencia, represión y censura

El 28 de julio de 2024 se llevaron a cabo las elecciones presidenciales en Venezuela con una notoria participación en todos los centros de votación del país y del exterior. La jornada transcurrió en calma hasta que el Consejo Nacional Electoral (CNE) dio resultados dando como ganador al actual presidente Nicolás Maduro con 51,20% de los votos escrutados hasta ese momento.

Después de las imágenes de celebración de Maduro, Edmundo González y María Corina Machado, el candidato opositor y la principal figura de la oposición en Venezuela, dieron declaraciones rechazando los números ofrecidos por el CNE. La declaración no fue sólo un acto de rebeldía al aire: la promesa de tener las pruebas en la mano es un desafío frontal a las capacidades del oponente de dar una respuesta convincente y rápida a su auto-proclamada victoria. Cabe el recordatorio de que el CNE como entidad de poder electoral, no es considerado un ente independiente, sino una extensión del poder oficial, así como otros poderes públicos.

Represión multidimensional sin tregua

Los días siguientes al 28 de julio han estado marcados por la ausencia de explicaciones sobre los resultados electorales y la represión implacable a la protesta contra la declaración de victoria de Maduro, dejando un penoso saldo de al menos 24 personas fallecidas y más de 2 mil personas detenidas para el 4 de agosto, según anunció Maduro. Las cifras de personas detenidas, desaparecidas y muertas por las protestas, así como las denuncias de limitaciones a obtener defensa privada o investigaciones de los casos son alarmantes y se suman a un histórico de vulneración de derechos humanos que se intensifica en estos días.

La criminalización no se limita a quienes protestan, sino que se ha extendido a quienes participaron como testigos de mesa durante las elecciones y, como parte de su ejercicio cívico, fueron responsables de cuidar todo el proceso electoral y de las actas obtenidas una vez finalizado el proceso de transmisión de votos.

Más allá de la represión en las calles y quizás de forma menos evidente para la observación internacional, el gobierno se ha utilizado de las tecnologías en sus esfuerzos por controlar cualquier cuestionamiento a la narrativa oficialista. Por un lado, son incontables los testimonios de cómo las fuerzas de seguridad detienen y confiscan teléfonos de las personas detenidas sin mayores garantías de respeto a su privacidad y a la confidencialidad de sus comunicaciones. Por otro, sistemas más sofisticados de vigilancia también se han puesto en marcha.

Automatizando la vigilancia y la desconfianza

Para entenderlo es necesario volver a 2022, cuando el gobierno lanzó una aplicación para teléfonos inteligentes denominada VenApp, que serviría como plataforma para denunciar deficiencias en los servicios públicos, por ejemplo, algún corte de luz. Sin embargo, es poco lo que se supo sobre su desarrollo o cómo se daría la protección de los datos ingresados por las personas al hacer uso de la misma. Para hacer uso de la aplicación, la persona da su número de cédula de identidad, teléfono y en ocasiones, las direcciones de casa por georreferencia.

En los días posteriores a las elecciones, una pestaña fue agregada a la aplicación: ella permite a cualquier usuaria denunciar a manifestantes y otros opositores en la plataforma. La nueva funcionalidad fue anunciada por el mismo presidente, quien incentiva la población a utilizarla. Básicamente, ahora cualquier persona puede denunciar a sus vecinos por, según sus propios criterios, participar en actos desestabilizadores (incluyendo el cierre de vías públicas, una modalidad popular para manifestarse contra la deficiencia de servicios básicos). Después de solamente una semana de las elecciones, el gobierno anunció haber recibido más de cinco mil denuncias por medio de la aplicación y que atendería a todos los reportes.

La medida es un paso más en una estrategia de persecución que se basa en la fractura social y la polarización política en una sociedad ya afectada por múltiples crisis. Y que apuesta en otros mecanismos tecnológicos además de VenApp, como grupos de mensajería instantánea y de redes sociales, creados exclusivamente para este mismo fin: estimular que vecinos denuncien unos a los otros para que luego el gobierno intervenga con su aparato represor. Según relatos en los medios de comunicación, ya hay víctimas de esta práctica de vigilancia comunal.

Aunque se pueda cuestionar hasta que punto realmente el gobierno es capaz de procesar todas las denuncias recibidas en sus distintos canales, su mera posibilidad – sumada al registro diario y el histórico de abusos y vulneraciones de derechos humanos – es suficiente para amedrentar y silenciar cualquier voz de indignación frente a la injusticia.

El rol de las empresas de tecnologías se ve también evidenciado en el contexto venezolano. Además de contar con empresas dispuestas a desarrollar funcionalidades diseñadas para la persecución política, el gobierno Maduro se apoya en la ausencia de controles de contenidos de algunas plataformas para fomentar su red de denuncias en grupos de redes sociales. WeChat y Telegram han sido apuntadas como las preferidas por el presidente. En el caso de Telegram, la aplicación de mensagería es conocida por sus frágiles garantías de seguridad y la ausencia de controles a la distribución de información – en comparación con otra aplicación de uso masivo en América Latina, WhatsApp – y, en tiempos recientes, ha sido promovida por líderes de carácter autoritario en otros países de la región.

Lo mismo ocurre con los bloqueos de aplicación, que requieren colaboración de los proveedores de internet para ejecutarse. A dos semanas de las elecciones y aún sin respuesta oficial del CNE, el oficialismo opta por cargar contra las plataformas de redes sociales y experimentar formas de aislar a Venezuela por diferentes vías. Además de boicotear WhatsApp, la aplicación de mensajería instantánea más popular en el país, también ha decidido bloquear Signal, preferida por quienes buscan más seguridad y encriptación más robusta en sus comunicaciones – algo esencial un momento de persecución política intenso como el actual. Al mismo tiempo, ha ordenado un bloqueo a la red social X (antes Twitter), una de las principales fuentes de información para muchos venezolanos, durante 10 días.

¿Cómo llegamos hasta aquí?

El oficialismo en Venezuela ha implementado distintos mecanismos para controlar el acceso a la información y limitar la libertad de expresión a lo largo de los años y las medidas que se ven tras el último proceso electoral no son inéditas o novedosas. Al contrario, se vienen denunciando hace mucho por activistas dentro y fuera del país.

La hegemonía comunicacional instaurada desde los gobiernos de Hugo Chávez dio paso a la reducción sistemática de medios de comunicación tradicionales que eran críticos al gobierno. Reducir todos los medios hasta casi su extinción ha sido una marca de fábrica del chavismo. Es importante tener esto en cuenta porque en la actualidad, las fuentes confiables de información y con perspectiva variada existen escasamente de manera digital y apoyándose en gran medida en el periodismo ciudadano como una forma de ejercer libertad de expresión. A las medidas administrativas contra medios vigentes en varios estados del país, se suman las múltiples restricciones a los medios digitales, registradas también después del periodo electoral.

Por otro lado, y de forma contradictoria se ha incentivado el uso de herramientas digitales oficiales para distintas funciones – como en el caso de VenApp, normalmente con poca transparencia sobre sus proveedores o garantías de protección y seguridad. Eso ha incluido, por ejemplo, el uso de tecnologías de vigilancia para la verificación de identidad. Mientras el país enfrenta una crisis humanitaria sostenida, se han implementado sistemas biométricos para controlar la adquisición de productos de primera necesidad, resultando en diversas denuncias de discriminación hacia personas extranjeras y, especialmente, transgénero en años recientes.

Sobre lo que sigue

Pasadas casi dos semanas de las elecciones, la oposición tiene una página web que recopila los soportes de las actas resguardadas por los testigos de mesas y sigue firme en la petición de respuestas al CNE con la publicación de los resultados oficiales y la realización de las auditorías correspondientes. La comunidad internacional ha estado presente y activa desde el mismo día de las elecciones para pedir transparencia en los resultados y presionando al CNE para que muestre sus resultados. Las organizaciones y activistas de derechos humanos por su vez están sobrepasados para procesar el volumen de casos de abusos, además de tener que enfrentar el riesgo personal que implica el ejercicio de su activismo.

Mientras que la firmeza de la oposición y el sólido respaldo internacional son positivos políticamente, la tensión social y las consecuencias de las represalias continuarán hasta que exista una resolución política. Desde Derechos Digitales seguimos atentas, con nuestros canales y nuestro programa de Latinoamericano para la Seguridad y Resiliencia Digital a disposición para apoyar la importante labor de la sociedad civil venezolana. Junto a más de 100 organizaciones, expertas y activistas, hacemos un llamado urgente a que se ponga fin a la violenta represión, a la vigilancia y a la censura – en las calles y en las redes.

Histórica sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: La protección de datos aplica en las tareas de inteligencia

El pasado 18 de marzo la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CtIDH) emitió una sentencia histórica en el caso “Miembros de la Corporación de Abogados José Alvear Restrepo (o Cajar) vs. Colombia. La decisión es de relevancia —entre otros— porque, por primera vez en la historia de la Corte se reconoce el derecho a la autodeterminación informativa en las tareas de inteligencia de los Estados.

El caso: abuso estatal en las facultades de inteligencia

La sentencia condenó al Estado colombiano por haber sometido por más de 30 años a un colectivo de defensores de los derechos humanos y sus familias a actos de intimidación, acoso y vigilancia ilegal de manera sistemática que buscaban amedrentar, disuadir, difamar y estigmatizar su labor como defensores en un contexto de conflicto armado y paramilitarismo.

Para entonces, el Estado emprendió acciones de vigilancia ilegal sobre los miembros del CAJAR de diversas formas que incluyeron intervenciones ilegales de sus comunicaciones privadas, registro ilegal de su correspondencia, registros e intromisiones ilegales a sus domicilios, robos de información, infiltraciones de personal de inteligencia estatal en su organización y actividades, labores de inteligencia sobre sus familias —incluidos menores de edad—. Estas actividades, articuladas con amenazas y atentados a la vida de miembros del CAJAR, forzaron a muchos de sus miembros a vivir y trabajar desde el exilio.

Fruto de la impunidad de casi 4 décadas en la justicia colombiana, el caso de las personas defensoras del Colectivo de Abogados llegó en el 2020 a la CtIDH. La Corte elaboró su sentencia en 2023 y la comunicó a las víctimas el 18 de marzo pasado.

En la sentencia, la Corte declaró la responsabilidad del Estado por la violación de 14 derechos humanos, incluido el derecho a la autodeterminación informativa.

La decisión: la autodeterminación informativa también aplica a la inteligencia estatal.

La decisión de la CtIDH señaló, entre otros, que las personas objetivo de las tareas de inteligencia tienen el derecho a acceder a los archivos de inteligencia elaborado sobre ellas para solicitar que su información en manos del Estado sea revisada, corregida, actualizada, y depurada. Para entender la profundidad de esta decisión hay que considerar tres aspectos esenciales de las tareas de inteligencia.

En primer lugar, que por su naturaleza sigilosa y encubierta, la persona que está siendo objetivo de las tareas de inteligencia no consienteni suele tener conocimientode que está en la mira del Estado. Esta se entera, como suele suceder en nuestra región, por filtraciones de inteligencia que son dadas a conocer por la prensa.

En segundo lugar, que las tareas de inteligencia suelen estar exceptuadas de las regulaciones de protección de datos por razones asociadas a la seguridad nacional. Las razones de esta excepción suelen ser menos claras pero, en general, dotan a las actividades del Estado de una mayor opacidad, dificultando su escrutinio incluso por la vía judicial.

Y en tercer lugar, que en las tareas de inteligencia hay dos grandes categorías de información. La información accionable, es decir, información que fue analizada, puesta en contexto y revisada de cara a otras fuentes de información para orientar la toma actual de decisiones; y los archivos de inteligencia, la información que ya cumplió con su ciclo de vida útil y que el Estado conserva sea para su reutilización posterior u otras finalidades.

El fallo de la CtIDH se refiere precisamente a los derechos que tienen los titulares de los datos personales respecto de la información que reposa en los archivos de inteligencia.

Ahora bien, que las personas puedan, según el fallo, ejercer el control sobre la información que reposa en esos archivos, se traduce en que (i) éstas podrán ejercer escrutinio sobre las condiciones de legalidad, necesidad o razonabilidad en que se justificó el Estado entonces para recoger esa información, o para decidir sobre su conservación, y (ii) en que podrán demandar al Estado su eliminación, actualización o corrección, de ser el caso.

La Corte entendió que el ejercicio de esas facultades aplicable respecto de los archivos de inteligencia estaba amparado por el derecho a la autodeterminación informativa, es decir, el derecho a ejercer control sobre quién, cómo y bajo qué condiciones recoge y conserva nuestra información personal.

En el caso colombiano, la CtIDH llamó la atención para que ese derecho cobre vida en el marco de las acciones de depuración y desclasificación de los archivos de inteligencia, una práctica sugerida a los estados por distintos estándares en derechos humanos en materia de inteligencia que aconsejan identificar, caracterizar e inventariar la información de inteligencia que ya no se necesita pero que el Estado sigue teniendo en sus manos.

El reto a futuro: la vigilancia y sus nuevos despliegues o el “Ciberpatrullaje”

Los efectos regionales de este fallo están por ser explorados, pero sin duda que abre una puerta antes cerrada en la conversación sobre cuál, si alguno, era el control que podrían ejercer las personas sobre la información de inteligencia recogida y conservada por los Estados.

Ahora bien, este fallo seguro que tendrá incidencia en las discusiones actuales sobre actividades de inteligencia no convencional, como el Ciberpatrullaje, es decir, una modalidad nueva de la inteligencia estatal que se despliega en internet y que, bajo la excusa de la protección de la seguridad ciudadana en línea, habilita al Estado a la recolección de información asociada a las interacciones en línea de las personas que han sido declaradas como objetivo de seguimiento.

Si el fallo deja en claro que las personas tienen el derecho de acceder, solicitar la corrección, actualización y eliminación de la información personal que consta en archivos de inteligencia, aquella facultad debería poder ser exigible respecto de los archivos en que se documentan las tareas de “ciberpatrullaje”. Pero para llegar allá, hace falta recorrer un camino más largo en el que se reconozca al ciberpatrullaje como lo que es: una actividad de vigilancia.