#Venezuela: Cuando el atacante es el gobierno

La práctica de implementar bloqueos, shutdowns parciales y otras restricciones técnicas a la libertad de expresión en Venezuela no es reciente: los activistas de la libertad de expresión y los derechos digitales han reportado censura a páginas web al menos desde 2007. Esta práctica se suma a la restricción gradual de otros medios de comunicación, entre ellos: radiodifusión, prensa escrita y canales de televisión. Desde 2014, el gobierno de Venezuela bloqueaba herramientas de evasión de la censura, como TunnelBear, y para 2018 se confirmaba el bloqueo de la red Tor. La combinación de estos distintos factores, sumada a ciertas declaraciones polémicas por parte de personeros del gobierno de Nicolás Maduro, así como la promulgación de normativas como la llamada “Ley contra el odio”, evidencian desde hace tiempo ya una clara intención por incrementar el nivel de control sobre el flujo de contenido en redes.

Durante las últimas semanas, en el contexto de la crisis política y humanitaria que atraviesa el país, vemos con preocupación cómo las restricciones técnicas a la libertad de expresión están incrementándose en Venezuela. Entre otras medidas, se están experimentando bloqueos más sofisticados de contenidos, como filtrado de SNI a redes sociales (Twitter, YouTube e Instagram) que tienen lugar en momentos coyunturales de circulación de contenido político, como sucedió con las declaraciones dadas por el presidente de la Asamblea Nacional y presidente encargado, Juan Guaidó, que ante el bloqueo de los medios de comunicación tradicional son transmitidas a los venezolanos fundamentalmente a través de streaming.

Recientemente, se ha documentado un nuevo tipo de ataque, donde no solo se bloquea el acceso a contenidos sino que además se pone en riesgo la información personal de los usuarios activistas, al redirigirlos deliberadamente a portales falsos de registro de voluntarios para la recepción de ayuda humanitaria.

El portal objeto del ataque, voluntariosxvenezuela.com, fue anunciado por la coalición Ayuda y Libertad y por la Asamblea Nacional venezolana con la intención de aglutinar un voluntariado en torno a la entrega de medicinas, alimentos y otros productos de primera necesidad para contribuir a paliar la emergencia humanitaria compleja que atraviesa el país. Sin embargo, apenas horas después del anuncio del sitio, se descubrió que éste estaba siendo objeto de un ataque de suplantación de identidad. Según ha documentado la organización venezolana VeSinFiltro, la autoría de este nuevo tipo de ataque puede vincularse directamente al gobierno de Nicolás Maduro. Para entender mejor cómo se llevó a cabo esta campaña vale la pena hablar de cómo funcionan algunas partes de la internet que usamos para navegar a este o cualquier otro sitio.

Consultas DNS: cómo hacemos humanamente recordable la ubicación de un servidor

Cuando queremos acceder a un sitio web, generalmente recordamos un nombre como “derechosdigitales.org”, sin embargo, los servidores en internet se ubican de una forma más compleja: a través de direcciones IP que se reparten a lo largo de internet y son usadas para generar rutas eficientes que nos permitan llegar a servidores específicos en corto tiempo.

Cuando queremos consultar un sitio web específico tenemos que preguntarle a “alguien” cuál es la dirección IP de un sitio web particular para poder acceder. Este “alguien” es un servidor DNS que se encarga de recibir nombres de dominio (como derechosdigitales.org) y los transforma en las direcciones IP correspondientes (en este caso 92.243.9.206). Este proceso funciona así:

Normalmente, nuestros equipos usan como servidores DNS aquellos determinados por nuestro proveedor de servicio a Internet (ISP), que generalmente están bajo el control del mismo proveedor. Esto resulta en mayor rapidez de respuesta y una mejor experiencia de navegación. Lamentablemente, en algunos casos esto puede ser algo negativo, ya que cuando el control de estos servidores DNS está en manos de actores con intereses poco éticos o ilegales, esta tecnología puede ser usada de forma abusiva contra las personas que la utilizan.

Bloqueos por envenenamiento de registros DNS

Cuando quien administra el servidor DNS no quiere que un usuario pueda acceder a un sitio bastará con configurar como respuesta a la pregunta “¿Cuál es la dirección IP de sitioreal.com?” Simplemente “No existe”:

Esta es la técnica que se ha usado en Venezuela desde hace varios años por parte de varios proveedores para bloquear sitios web.

Redirecciones por envenenamiento de registros DNS

Pariendo del ejemplo anterior, en vez de decirle a los usuarios que un sitio no existe, también es posible responder de forma errónea que el sitio que buscan está en una dirección falsa. Esto permite ataques en donde se hacen sitios muy parecidos a los verdaderos, con el fin de engañar a los usuarios brindándoles información falsa o robando sus datos personales. Este tipo de ataque generalmente requiere complicidad entre quien administra el servidor DNS y quien administra el sitio falso.

Este tipo de ataque no se había documentado en Venezuela en el pasado; sin embargo, el día 12 de febrero se vio por primera vez la ejecución de este tipo de redirecciones en el ISP más grande del país, CANTV.

Uso de servidores DNS de confianza

Una de las medidas más recomendadas para sortear este tipo de ataques es el uso de servidores diferentes a los de nuestro proveedor para realizar las consultas DNS. Cuando un servidor DNS sea confiable, no debería haber problemas de bloqueos o redirecciones relacionadas al envenenamiento de registros DNS. Esta medida se ha recomendado ampliamente en el contexto venezolano y ha resultado exitosa en la mayoría de los casos, salvo en aquellos en los que se emplean técnicas diferentes a los bloqueos por manipulación de registros DNS. Algunos servidores conocidos son 8.8.8.8 y 8.8.4.4 de Google, 1.1.1.1 de Cloudflare y 208.67.222.222 de OpenDNS, entre otros.

Inyección de paquetes DNS: Llevando la manipulación técnica de información al siguiente nivel

Las consultas DNS viajan por defecto sin mayores protecciones por la red hasta el servidor DNS al cual se le pregunta por un sitio particular; por lo tanto, aun usando un servidor DNS de confianza diferente al de nuestro ISP para sortear ciertos tipos de bloqueo o redirecciones, es posible para el proveedor ver estas consultas DNS y saber a dónde queremos navegar realmente. El mayor problema con esto es que aún teniendo el equipamiento correcto se pueden interceptar estas solicitudes DNS y sustituirla por otras arbitrarias. Esta es una práctica deliberada que no se puede justificar a través de errores de configuración u otras causas fortuitas. Esta técnica puede servir tanto para bloquear como para redirigir, como se vio en los ejemplos anteriores.

Bloqueo
Redirección

¿Qué significa esto en el contexto venezolano?

Venezuela cuenta con una larga historia de persecución política a través de la captura de datos personales que data del año 2004, con  la creación de la infame “Lista Tascón”: una base de datos que contenía la información personal de todos los ciudadanos que habían firmado solicitando un referendo revocatorio contra el entonces presidente Hugo Chávez. Esta lista fue utilizada para el amedrentamiento y la persecución de quienes en ese momento se oponían al gobierno, y aún hoy en día puede encontrarse -y adquirirse- en línea. Durante las décadas siguientes, el gobierno chavista continuó acumulando una enorme cantidad de datos personales, a través de los sistemas electorales, alimentarios y de salud pública, entre otros mecanismos, como el carnet de la patria.

En este contexto, el temor de los ciudadanos de que sus datos personales se encuentren en una nueva base de datos creada con fines de persecución política es hoy más legítimo que nunca. La administración de Nicolás Maduro, a través de CANTV y Conatel, las cuales están todavía bajo su control, está ejerciendo ataques de suplantación de identidad a activistas opositores de forma deliberada y con fines desconocidos. Si bien este ataque fue frenado por un grupo de activistas que se dieron a la tarea de detectar el ataque y reportarlo ante las organizaciones pertinentes como proveedores de hosting y navegadores web, los usuarios en Venezuela tendrán que adoptar medidas de seguridad más contundentes en función de proteger sus datos y su privacidad. Ya no basta con sólo cambiar los servidores DNS a otros de confianza, como se vio desde el mes de enero en donde se comenzaron a usar bloqueos mediante la interceptación de SNI, sino que se hace indispensable verificar elementos como la url y el certificado de seguridad al navegar en proveedores nacionales, incluso cuando se esté seguro de que se ingresó bien la dirección y que se está usando un servidor DNS de confianza.

Ante la sofisticación de las medidas de represión, censura, amedrentamiento y persecución que enfrentan las personas disidentes en Venezuela -y el daño que conllevan para el ejercicio democrático en un contexto tan delicado- es importante conocer las implicaciones de la tecnología que permitan hacer frente y sortear las estrategias de ataque que despliega el gobierno del país.


#Venezuela: ¿Qué está pasando con los bloqueos en internet?

Desde hace algún tiempo hemos visto con preocupación una serie de retrocesos en términos de garantías democráticas en Venezuela, ya que progresivamente se ha restringido el ejercicio de la libertad de expresión y de información; el cierre de programas de radio, bloqueos a canales de televisión y la monopolización del papel prensa figuran entre las prácticas que disminuyen las ventanas informativas de los ciudadanos en el país.

Con el paso del tiempo esta intención de limitar la difusión de información crítica se extendió a internet, comenzando con señalamientos a medios de comunicación digitales y llegando a la detención arbitraria de personas por el contenido de sus publicaciones en redes sociales. Sin embargo, en términos técnicos, las medidas que se tomaban para limitar el acceso a la información en internet fueron más rudimentarias y en su mayoría consistieron en el bloqueo de sitios web mediante la modificación de registros DNS, los cuales eran implementados de forma esporádica e irregular entre los proveedores de acceso a internet (ISP).

La importancia de los registros DNS recae en la lógica de navegación con la cual logramos acceder a las páginas de internet. Cuando queremos ir a un sitio web nuestras computadoras preguntan a un servidor DNS en qué dirección IP (como se identifican los equipos en internet) podemos encontrar el sitio; cuando este servidor nos da de vuelta una dirección, nuestro navegador dirige nuestra conexión a ese servidor y exitosamente nos muestra el sitio de interés.

Cuando existen bloqueos por modificación de registros en el servidor DNS, este indica que no existe una dirección IP para ese sitio o nos enviaría una dirección IP errónea. Basta con configurar nuestra computadora o router para usar un servidor DNS confiable diferente al de nuestro proveedor de servicio para sortear este tipo de bloqueos.

Aumento de sofisticación en los bloqueos

Cuando en junio de 2018 se comenzó a reportar que desde el ISP más importante del país se estaba bloqueando el acceso a la red Tor, se evidenció que los responsables de la censura técnica estaban elevando el nivel de los bloqueos ejecutados. Con la información que se pudo recoger a través de análisis especializados, se determinó que no sólo se estaba bloqueando el acceso a las direcciones IP de los nodos que componen la red Tor, sino que también se estaban bloqueando algunos menos usados dentro de la misma para establecer conexiones en contextos de censura: poniéndose a la par de otros países con más trayectoria y sofisticación en el manejo y bloqueo de tráfico de la red Tor.

En enero de este año, en un contexto político con poderes que se desconocen entre ellos y estructuras paralelas (dos congresos, dos tribunales supremos de justicia, dos fiscalías generales, etc.), el presidente de la Asamblea Nacional asume la presidencia interina alegando un vacío de poder ya que no consideran válida la elección de mayo de 2018 por carecer de condiciones mínimas para ser vinculante. Acto seguido, en el portal Wikipedia apareció reflejado Juan Guaidó como presidente de la República, a las pocas horas los primeros usuarios comenzaron a reportar que no podían acceder al sitio a través de los servicios de CANTV: el ISP más importante del país, que además es manejado por el gobierno.

Después de recopilar evidencia técnica se descubrió que este bloqueo fue hecho por filtración de paquetes SNI. Para poder realizar este tipo de bloqueos es necesario tener un entendimiento más completo sobre el funcionamiento de la transmisión de datos en internet y capacidad de configuración del equipamiento correspondiente; para poder filtrar paquetes SNI en cuyo contenido figuren palabras clave particulares, en este caso wikipedia.org.

La técnica de bloqueo por filtración de paquetes SNI requiere que se revise el tráfico web de forma masiva ya que hace que un paquete necesario para establecer una sesión segura no sea entregado, impidiendo que se establezca la conexión de forma exitosa: evitando así la visualización de un sitio web, en este caso Wikipedia.

Luego de llevarse a cabo este bloqueo, el cual está siendo ejecutado de forma variable en el tiempo y en las diferentes regiones del país, se reportó que usando la misma técnica se estaba bloqueando el acceso a servicios como Youtube, Twitter e Instagram. Lo cual provee aún más evidencia sobre el uso intencional de esta nueva técnica para restringir el acceso a sitios incómodos para los entes censores.

Una particularidad de este tipo de bloqueos es que es resistente a algunas soluciones para acceder a sitios bloqueados: en el momento en que el ISP vea que queremos consultar un recurso en el dominio bloqueado nos interrumpirá la conexión, sin importar conozcamos la dirección IP del servidor al que nos queremos conectar (frustrando así un cambio de DNS por parte del usuario). En este escenario, la recomendación más sencilla es utilizar servicios de Red Privada Virtual (VPN) o Tor, ya que usando estas tecnologías nuestro ISP sólo ve tráfico de red cifrado y no puede saber a dónde nos queremos conectar.

Ante estos acontecimientos, vemos con preocupación la escalada en la sofisticación técnica con la que se están ejecutando los bloqueos en Venezuela. La combinación de bloqueos por filtrado de paquetes SNI y el bloqueo de plataformas de evasión de censura como Tor configuran una estrategia de censura técnica de alta eficacia, que obliga a los usuarios que deseen acceder a los contenidos bloqueados a tomar medidas cada vez más engorrosas a nivel de usabilidad o incluso inaplicables en aquellos contextos en los que el ancho de banda o la intermitencia del servicio no permiten establecer conexiones estables a la red Tor o a servicios VPN.

Desde Derechos Digitales nos hemos sumado al descontento de organizaciones internacionales ante el clima de represión y censura en Venezuela, del mismo modo hacemos un llamado a la comunidad local y global para participar en las iniciativas de registro de incidentes de bloqueo y mapeo de servicios que organiza la sociedad civil venezolana para hacer frente a estos abusos, promover la libertad de expresión y defender los derechos humanos en el país.

Ciberseguridad: ¿En qué debe poner atención el gobierno de Andrés Manuel López Obrador?

En el sexenio de Enrique Peña Nieto se implementó el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en este programa se propuso la creación de una Estrategia Nacional de Ciberseguridad  (ENCS) que tiene como objetivo mejorar las capacidades nacionales de seguridad cibernética en el país. Para lograr esto se realizaron mesas de trabajo en donde se incorporó a diferentes actores como lo son la sociedad civil y derechos humanos; la comunidad técnica y académica; el gobierno; el sector financiero y la industria privada.

Con ayuda técnica de la Organización de los Estados Americanos (OEA) se realizaron durante los meses de abril a julio de 2017 mesas de trabajo donde se dieron una serie de recomendaciones por parte de estos múltiples actores para crear una estrategia que incluyera  principios rectores basados en una perspectiva de derechos humanos, un enfoque de riesgos y la colaboración de múltiples actores en todas las fases.

Durante y posterior a estas mesas de trabajo la OEA dió recomendaciones específicas al gobierno en materia de derechos humanos, desarrollo e investigación académica, marco jurídico, terminologías y un modelo de gobernanza para que en la propuesta final se reflejará  una inclusión y preservación de los derechos humanos.

Se recomendó que la  contribución a la estrategia se amplíe a un enfoque de toda la sociedad y no en un grupo pequeño, asimismo se recalcó la importancia de  incorporar otras disciplinas como las humanidades y la ingeniería tradicional.

Para la construcción de la ENCS era importante incorporar una responsabilidad compartida por parte del gobierno y la población; generar campañas de sensibilización para públicos específicos, -incluidos los grupos marginados-, hablar de las amenazas que pueden existir en internet pero también de las oportunidades que este espacio representa.

Se planteó la incorporación de la niñez temas de protección de datos y privacidad a través de los planes de estudio.  La privacidad y la protección de datos deben formar parte de la currícula nacional básica; asimismo plantearon que la reforma educativa era una buena oportunidad para este cambio.

La mesa de sociedad civil recomendó la  posibilidad de ratificar el Convenio sobre Ciberdelincuencia o mejor conocido como Convenio Budapest que tiene como objetivo establecer herramientas legales para perseguir penalmente aquellos delitos cometidos ya sea en contra de sistemas o medios informáticos, o mediante el uso de los mismos  debido a que el delito cibernético no es un problema exclusivo del país sino que se está dando a nivel mundial. Sin embargo, en México existe evidencia sólida de que es el mismo Estado el que ha usado las tecnologías de la información y las comunicaciones para violar los derechos humanos de sus ciudadanos. La incorporación de herramientas penales  puede resultar contraproducente en un país con altos niveles de corrupción e  impunidad porque pueden usados para la vigilacia sistemática “legal” por parte del Estado.

En materia de violencia de género en línea México tiene un gran trabajo qué hacer. Según el informe La violencia en línea contra las mujeres en México al menos 9 millones de mujeres han sufrido alguna forma de ciberacoso y no existe una estadística oficial que le de seguimiento a este tipo de agresiones. 

Es importante recalcar que a las mujeres se les agrede de formas diferentes, a los hombres no se les sextorsiona, o se les amenaza con difundir imágenes íntimas sin su consentimiento, las campañas de desprestigio orquestadas en redes sociales contra mujeres -casi siempre- tienen connotaciones sexuales.

Además de eso la vigilancia por parte del Estado a comunicadoras, periodistas y defensoras tuvieron componente de género.  Ejemplo de esto fue la agresión a la periodista Carmen Aristegui; el software pegasus también infectó el dispositivo de su hijo, Emilio Aristegui, tuvieron acceso a la cámara del celular, microfono,  mensajes de texto y lista de contactos del hijo de la comunicadora.

Para la creación de la ENCS el gobierno tiene un trabajo muy importante al incorporar  a las mujeres y niñas en temas de derechos humanos. Es importante que se les informe sobre sus derechos humanos en línea y offline para que puedan aprenderlos y hacerlos valer, solo de esta manera las mujeres tendrán más oportunidades en  mejorar su pleno desarrollo, su derecho a la información, a la educación y tener una vida digna.

No obstante a todas estas recomendaciones y casos que surgieron durante la administración de Enrique Peña Nieto la ENCS se construyó bajo un enfoque empresarial, económico y gubernamental.  En el cuerpo del texto de la propuesta de la estrategia no mencionaron de qué forma se trabajaría la perspectiva de derechos humanos de la que hablan, ni cómo sería el diálogo con la sociedad civil. Lo que sí recalcan es cómo promoverán buenas prácticas en el uso de TICs por parte de la población y cómo combatirán los ataques cibernéticos a empresas y organismos gubernamentales, este enfoque puede traer como consecuencia un  incremento a la vigilancia y pérdida de derechos fundamentales como son la privacidad, libre expresión y participación política.

Estos planteamientos demostraron que minimizaron los ataques a individuos/ sociedad civil, ya que dejaron de lado la violencia contra las mujeres, el acoso contra comunicadores, periodistas y activistas en derechos humanos pero sí priorizan el “cuidado”  en los ataques económicos, gubernamentales y empresariales.

El gobierno de Andrés Manuel López Obrador tiene el reto de continuar con la propuesta de la Estrategia pero con un enfoque que integre a toda la  población  civil y no solo a los pequeños grupos élite. También tiene el reto de esclarecer y nombrar a los responsables que han ejercido vigilancia contra todos estos sectores de la población.

Nosotros nos cuestionamos: ¿Para la cuarta transformación será prioridad preservar los derechos humanos de la población en materia de seguridad digital?

Por una ley de delitos informáticos que proteja y respete los derechos de las ciudadanas en internet

Esta semana ingresó al Senado de Chile, a través del Boletín 12192-25, el tan esperado proyecto de ley que modifica la legislación sobre delitos informáticos y deroga la actual Ley 19.223. El proyecto también busca cumplir con los compromisos internacionales adquiridos por Chile al ratificar el Convenio de Budapest, instrumento internacional que busca homogeneizar la regulación de los delitos informáticos a nivel internacional y mejorar la capacidades de colaboración de los distintos países en la persecución del crimen en línea.

El proyecto de ley se presenta como una oportunidad para subsanar las falencias que la doctrina y la jurisprudencia han apuntado hace más de una década en materia de delitos informáticos. Sin embargo, el proyecto en su forma actual desperdicia las oportunidades de flexibilidad en la implementación del Convenio de Budapest, para que la regulación de los delitos informáticos se pueda promover la seguridad de las personas en línea y a la protección de sus derechos fundamentales.

En los siguientes párrafos nos enfocaremos en tres elementos particularmente problemáticos del proyecto que, sin ser los únicos y más allá del perfeccionamiento de la técnica legislativa, requieren un cambio sustantivo de aproximación durante el debate legislativo, para que las normas que se aprueben protejan efectivamente a las personas y el ejercicio de sus derechos en línea.

Ausencia de una regulación que garantice la legalidad de las investigaciones de seguridad informática

La capacidad para formar, capacitar y entrenar a profesionales dedicados a la seguridad informática se ha transformado en una prioridad de los países que buscan mejorar la ciberseguridad de su industria local, del aparato público y sus ciudadanos. Es por ello que la detección y el reporte de vulnerabilidades informáticas se han transformado en actividades que los Estados se han propuesto promover, al punto en que ciertas industrias han prometido premios en dinero a aquellos que detecten y reporten dichas vulnerabilidades en sus sistemas.

Para cumplir su labor, los expertos de seguridad informática deben contar con la certeza de que su actividad es lícita y de que no serán perseguidos por su actuar de buena fe y en función del interés público. Lamentablemente, la tipificación del delito de acceso ilícito del proyecto está redactada de forma que abre la puerta para la criminalización de esta actividad necesaria y deseable.

El artículo 2 del proyecto solo exige que el acceso a un sistema informático se haga de forma indebida, independiente de si este acceso se realiza de buena o mala fe, o con la intención de apoderarse o conocer indebidamente la información ahí contenida. Al considerarse el requisito de “indebido” como sinónimo de “sin permiso”, el experto en seguridad informática que acceda a un sistema para probar la seguridad del mismo en búsqueda de vulnerabilidades estará cometiendo un delito, Incluso si su actividad es realizada de buena fe y con la intención reportar la vulnerabilidad al administrador del sistema.

El proyecto también establece que vulnerar, evadir o transgredir medidas de seguridad informática para lograr dicho acceso constituye una agravante para la comisión del delito. Sin embargo, esta agravante debería ser en realidad un requisito del delito de acceso ilícito, ya que no puede existir un delito informático si el perpetrador no ha superado algún tipo de barrera técnica. De lo contrario, la simple infracción de una obligación contractual o de los términos y condiciones de un sitio web pasarían a constituir un delito castigado por la ley, desnaturalizando el bien jurídico protegido de los delitos informáticos y entregando menos incentivos para que los actores del ecosistema digital establezcan medidas de seguridad efectivas para sus sistemas.

Para subsanar estas imprecisiones y evitar que la legislación criminalice a quienes se dedican profesional o voluntariamente a mejorar la seguridad de los sistemas informáticos, se hace necesario que el delito de acceso ilícito tenga como requisito un componente volitivo que apunte a la mala fe de la acción. Del mismo modo, es necesario que el proyecto defina qué entiende por “indebidamente”, aclarando que la mera infracción de obligaciones contractuales o términos y condiciones no son suficientes para cumplir esta condición. Por último, la superación de una barrera técnica debe ser un requisito del tipo penal y no un agravante del mismo.

El problema de cifrado

El cifrado de punto a punto es una tecnología clave para promover la seguridad de los sistemas, la inviolabilidad de las comunicaciones y la privacidad de las personas. El rol del cifrado de punto a punto en la promoción de la ciberseguridad es tal que la Política Nacional de Ciberseguridad chilena explícitamente llama a promover su adopción como forma de mejorar la resiliencia de los sistemas de tratamiento de la información.

Sin embargo, el proyecto se encuentra mal encaminado en esta materia al establecer que el uso de tecnologías de cifrado se considerará como un agravante de cualquiera de los delitos contenidos en la ley, en la medida que tenga por principal objetivo obstaculizar la acción de la justicia. Esta propuesta es preocupante por varias razones.

En primer lugar, criminalizar el cifrado atenta contra el principio de derecho penal que considera no condenable el auto encubrimiento. Castigar el que la persona oculte su identidad, acción que formaría parte de la comisión del ilícito, equivale a castigarlo por no favorecer su propia persecución penal. A lo anterior se suma la dificultad que implicaría el discernir cuando una tecnología es utilizada “principalmente” para obstaculizar a la justicia, en particular -como veremos a continuación- cuando el cifrado se ha transformado en el estándar para la industria a nivel global para garantizar la mayor protección de las personas en sus comunicaciones. En tal sentido, en un futuro inmediato simplemente será imposible cometer un delito informático sin haber utilizado alguna forma de tecnología que involucre cifrado. Así, la redacción del proyecto implicaría que todos los delitos informáticos estarían -por defecto- agravados por esta causal.

Más allá de la deficiencia de técnica legislativa y la perspectiva del interés jurídico por la mayor protección de las personas en el uso de las tecnologías, a cuya protección está orientada la ley de delitos informáticos, la criminalización de la utilización del cifrado de punto a punto va en el sentido inverso a dicho interés, colocando un severo desincentivo a las empresas y proveedores de tecnología que utilizan el cifrado como un elemento que mejora la seguridad de las personas y los sistemas informáticos, lo que es necesario promover y no desincentivar, como lo reconoce la Política Nacional de Ciberseguridad y la Resolución sobre Promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en Internet de las Naciones Unidas.

Retención de metadatos: el fantasma del Decreto Espía

Actualmente las empresas proveedoras de internet tienen la obligación de almacenar y tener a disposición del Ministerio Público un listado actualizado anualmente de los números IP involucrados en las conexiones que realicen sus clientes. Esto implica que las empresas de internet tienen que crear gigantescas bases de datos con los datos de tráfico de las comunicaciones (o metadatos) de todos sus usuarios.

Los metadatos son, como su nombre lo indica, “datos sobre un dato”. No se trata del contenido de la comunicación, sino de la información que acompaña a dicha comunicación: fecha, hora, duración, geolocalización, intervinientes e información del dispositivo. Si bien los proponentes de las políticas de retención de metadatos tratan de convencernos de que se trata de información inofensiva, que no tienen el carácter de dato personal, lo cierto es que el análisis de la información de tráfico agregada de una persona permite inferir elementos sensibles como sus rutinas, hábitos, redes de interacción, sitios con los que interactúa, perimitiendo inclusopredecir su comportamiento.

Es por ello que en 2014 la Unión Europea declaró inválida la directiva sobre retención de metadatos  por resultar desproporcionada, al aumentar innecesariamente la capacidad de vigilancia del Estado y vulnerar los derechos de las personas. Del mismo modo, las políticas de retención de metadatos invierten el principio de inocencia: se recolecta información sensible de toda la población ante la posibilidad de que alguno de nosotros cometa un crimen y esa información hipotéticamente pudiese resultar útil en un proceso penal. Se nos trata a todos como sospechosos hasta que demostremos lo contrario, contraviniendo lo establecido en el artículo 4 de nuestro código de procedimiento penal.

Por último, la retención de metadatos es contradictoria con la finalidad buscada por la ciberseguridad. La ciberseguridad se trata de generar la condiciones para que las personas estén más seguras en el uso del ciberespacio. La retención de metadatos no solo es una medida desproporcionada que aumenta los costos de las empresas de internet, sino que implica que estas tendrán que almacenar innecesariamente el historial de nuestras comunicaciones. Estos datos sensibles serían expuestos innecesariamente a ser mal utilizados por quienes los almacenan o robados por delincuentes informáticos. Se trata, en definitiva, de una medida técnico-organizativa contraria a la ciberseguridad.

En Chile ya tuvimos una amplia discusión pública sobre las consecuencias adversas de la implementación de este tipo de medidas el año 2017, cuando se discutió la eventual aprobación del llamado Decreto Espía. Esta iniciativa fue rechazada por la Contraloría e incluso fue rechazada por actores de la academia, la sociedad civil, la comunidad técnica y de todo el espectro político.  

Sin embargo el proyecto de ley busca, en definitiva, aprobar los principales elementos contenidos por el Decreto Espía a través de la ampliación de la definición de “datos relativos al tráfico” para incluir información no contemplada hoy en nuestra legislación, incluyendo la localización de las comunicaciones. Del mismo modo, el proyecto pretende extender el período de retención de datos de tráfico de uno a dos años -al igual que el decreto espía- y mantiene que este sería un período mínimo y no máximo.

Las políticas de retención de metadatos han demostrado ser ineficaces para el combate del delito, vulneratorias de los derechos fundamentales de las personas, costosas para la industria, contrarias a los principios de ciberseguridad y han sido consistentemente cuestionadas en diferentes jurisdicciones alrededor del globo. Es por ello que su propuesta no debería tener lugar en un proyecto de ley que busca generar las condiciones para mantener la seguridad de las personas.

Aún estamos a tiempo

La buena noticia es que en el proceso legislativo existe la oportunidad de enmendar el rumbo del proyecto de ley y que se ingresen las enmiendas necesarias para subsanar sus falencias. Es labor de los parlamentarios modificar la iniciativa de forma tal que se eliminen sus elementos contradictorios y se perfeccionen todos aquellos que requieren ser afinados.

El Convenio de Budapest otorga a los países la flexibilidad necesaria para que implementen sus obligaciones de una manera consistente con el ejercicio de los derechos fundamentales. Es responsabilidad del gobierno y de los parlamentarios aprovechar esa flexibilidad para legislar protegiendo los derechos de los ciudadanos, un compromiso fue expresamente afirmado en la discusión parlamentaria sobre la ratificación del Convenio de Budapest, tanto en la comisión de relaciones exteriores de la Cámara como del Senado. El ejecutivo se comprometió a que la implementación del Convenio de Budapest no iba a significar un debilitamiento de los estándares procesales, derechos y garantías al interior del proceso penal. Algunos parlamentarios, como el diputado Vlado Mirosevic, incluso condicionaron su voto a dicho compromiso explícito.

Esperamos que el ejecutivo honre la palabra empeñada y se abra a modificar el proyecto a fin de que este cumpla su objeto de proteger los derechos de los ciudadanos en el ciberespacio.  

 

La delgada línea roja del cifrado y la desinformación en Brasil

En septiembre, el New York Times reportó sobre la existencia de una habitación en las oficinas de Facebook cuya función era combatir la interferencia en las elecciones. Este lugar es denominado el “cuarto de guerra” de Facebook y monitoriza las tendencias en los diferentes sitios que la compañía maneja, tales como artículos que se hacen virales o alzas en la adquisición de anuncios políticos.

El 7 de octubre, durante la primera jornada de las elecciones presidenciales brasileñas, los expertos notaron un alza en los reportes de discurso de odio orientados hacia usuarios específicamente en la zona noreste de Brasil, región donde -según las encuestas- el candidato de izquierda, Fernando Haddad, llevaba ventaja. Según Facebook, todo el contenido infractor fue removido, lo que la compañía consideró un éxito que demostraba cuán efectivos son al responder a este tipo de amenazas. Sin embargo, Brasil es apenas el caso más reciente en una larga serie de países donde la desinformación a través de redes sociales ha sido utilizada como una herramienta política.

A pesar de los esfuerzos de Facebook en hacer visible su trabajo en el combate de contenido relativo a las elecciones, Brasil sigue enfrentando un grave problema de desinformación, y la mayor parte de ésta parece estar siendo distribuida no través del sitio principal de Facebook, sino mediante otro de sus servicios: WhatsApp, la aplicación de mensajería más usada en el país, cuyos mensajes son difíciles de monitorear dado que se transmiten bajo un protocolo de cifrado. Según señaló el New York Times, 120 millones de usuarios brasileños están en WhatsApp, y en meses recientes han enfrentado una ola sin precedentes de spam en torno a las elecciones, incluyendo desde información falsa hasta instructivos sobre cómo votar.

En el contexto de las elecciones presidenciales brasileñas, esta ola de desinformación parece haber beneficiado a Jaír Bolsonaro, el candidato de derecha que enfrenta denuncias de fraude por parte de su contendiente, Fernando Haddad, quien lo ha señalado por difundir noticias falsas, por uso inadecuado de WhatsApp y por recibir donaciones corporativas ilegales para su campaña. No existen dudas de que Facebook y WhatsApp han jugado un rol significativo durante la campaña, según escribe Taisa Sganzerla para Global Voices:

Los productos de Facebook han aparecido de manera destacada en la marejada de apoyo a Bolsonaro. Junto con la amplia cobertura de medios regionales y nacionales que reflejan diversas perspectivas sobre Bolsonaro y los demás candidatos, Facebook y WhatsApp han visto oleadas de publicaciones falsas y engañosas que promocionan al candidato de extrema derecha.

Un documental reciente de VICE Brazil entrevista a integrantes de las fuerzas que apoyan a Bolsonaro, mostrando a un usuario que administra varios grupos de WhatsApp donde se difunde contenido político a favor del candidato; dicho usuario declara que la mayor parte de este contenido es recibido directamente de la plataforma electoral de Bolsonaro.

Debido a la característica cerrada de Whatsapp, que se origina tanto en su cifrado como en su carácter de aplicación de mensajería (en lugar de red social u otro tipo de plataforma), se dificulta en gran medida verificar o confirmar si el contenido que se difunde es falso o engañoso de manera deliberada. Un estudio reciente analizó el contenido de 347 chats de Whatsapp abiertos al público, encontrando que de 50 imágenes seleccionadas (consideradas las “más compartidas” en estos grupos) el 56% eran engañosas de alguna manera, y solo un 8% podían ser clasificadas como completamente veraces.

No obstante, en días recientes, WhatsApp declaró haber identificado y eliminado 100.000 cuentas “fraudulentas”, en las cuales habría detectado cuentas que llevaban a cabo prácticas de spam y comportamiento identificado como “anormal”. Por otro lado, a pesar de que el Tribunal Superior Electoral de Brasil había prometido tomar medidas contra la difusión de información falsa en el contexto de las elecciones y anunciado planes de crear un Consejo Consultivo sobre Internet y Elecciones en diciembre de 2017, las medidas anunciadas no fueron ejecutadas y desde la fecha de su creación el Consejo solo se ha reunido en dos ocasiones. Además, el tribunal no llegó a aprobar ninguna directiva en cuanto a la información falsa, ni a lanzar las herramientas y aplicaciones que había ofrecido para que los usuarios pudieran denunciar el contenido infractor.

La segunda vuelta de las elecciones en Brasil se llevará a cabo el 28 de octubre y son pocas las personas que parecen tener fe alguna en que estas medidas pudieran resarcir el daño a tiempo para tener cualquier tipo de efecto sobre los resultados. Por otra parte, como señalan Francisco Britto Cruz y Mariana Giorgiani Valente en El País, no sería inteligente pretender que manipular la opinión pública es tan sencillo como entregar el mayor número de mensajes de propaganda al mayor número de personas: la eficiencia de la campaña de Bolsonaro viene irremediablemente ligada al hecho de haber sabido apelar a las emociones de un grupo político.

Si bien no es posible ignorar las consecuencias reales de la desinformación y la manipulación de información sobre la opinión pública -particularmente sobre el derecho a la libre expresión e información de los ciudadanos- es importante no perder de vista la relevancia de proteger el cifrado y el anonimato: herramientas indispensables para la supervivencia de periodistas, activistas y ciudadanos trabajando en situaciones de riesgo. Muy probablemente la solución no se encuentre en qué plataformas o redes sociales se conviertan en mediadoras y en filtros del contenido que los usuarios reciben, sino en ofrecerle a las personas herramientas y mecanismos para diferenciar, verificar y reportar ese contenido bajo un criterio informado y crítico.