El anonimato nos defiende

Defendamos el anonimato es una invitación a mirar de frente un derecho fundamental que muchas veces pasa desapercibido: la posibilidad de expresarnos, organizarnos y participar sin miedo. En un contexto de vigilancia masiva, discursos de odio y violencia digital, el anonimato se convierte en una herramienta vital para periodistas, activistas, personas LGBTIQA+, sobrevivientes de violencia y cualquiera que necesite un espacio seguro para alzar la voz.

En este sitio encontrarás por qué importa, quiénes lo necesitan y cómo protegerlo en tu vida cotidiana, además de materiales descargables con recomendaciones prácticas para resguardar tu identidad en línea. Porque defender el anonimato es también defender nuestras libertades y la diversidad de voces que hacen más fuerte la democracia.

El proyecto de ley que “protege a los niños” y habilita a la censura

Por Tedic y Derechos Digitales

Recientemente, el Senado de Paraguay aprobó (con modificación) el proyecto de ley “De protección de los niños, niñas y adolescentes contra contenidos nocivos en internet”, una iniciativa que busca regular las redes de acceso público a internet, como plazas, cibercafés y restaurantes, obligándolos a instalar filtros de bloqueo de “contenidos nocivos” para la protección de la niñez.

Aunque el fin de la iniciativa es legítimo, tiene serios problemas que afectan el principio de legalidad, el debido proceso y carece de suficientes garantías para la protección del derecho a la libertad de expresión. Además, es una medida técnicamente inviable e ineficaz que afecta también a los adultos, comprometiendo de forma desproporcionada los derechos fundamentales de las personas.

La iniciativa de ley no contempla con claridad y suficiente precisión la definición de “contenidos nocivos”, para asegurar que las personas la conozcan con anterioridad y puedan prever su aplicación, y deja su especificación en manos de la Secretaría Nacional de la Niñez y Adolescencia (SNNA) (Artículo 2).

El proyecto de ley contempla la creación del “Observatorio para la protección de los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes en internet”, compuesto por instituciones del Poder Ejecutivo y organizaciones de sociedad civil, que será el encargado de generar la lista de sitios a bloquear.

Por su parte, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) sancionará a las empresas proveedoras de servicios de internet en caso de que no cumplan con el bloqueo y la provisión de programas de filtrados contra “contenidos nocivos” a cada cliente. Es preocupante que dicha determinación pueda constituir un arma de censura previa, pues esta institución administrativa no está capacitada para tomar decisiones judiciales sobre la legalidad de la censura de las comunicaciones, las tecnologías utilizadas y los derechos humanos. ¿Por qué la carga del filtro está en los intermediarios y no en la autoridad? ¿No podría esto derivar en mayor censura previa por el temor de las empresas a ser sancionadas?

Desde un punto de vista técnico, dichos filtros no son capaces de identificar con precisión y tratar categorías específicas de contenidos encontrados en miles de millones de sitios web y otras aplicaciones de Internet, como los grupos de noticias, las listas de correo electrónico, las salas de chat, los mensajes instantáneos y los medios sociales. Ninguna de las técnicas de filtrado suelen ser efectivas, dadas la variedad de dispositivos, la cantidad de redes y los propios avances de la tecnología. Regular el acceso en “lugares públicos” es entonces altamente inefectivo.

Además, la medida también restringiría de forma desproporcionada a aquel contenido que pudiendo ser nocivo para los niños, no lo es para los adultos, coartando su derecho a acceder a ese material.

Por último, los estándares internacionales dictan que este tipo de medidas deben llevarse a cabo cuando son el único medio para alcanzar un objetivo legítimo, o bien cuando, habiendo varios medios, sea el menos propenso a vulnerar los derechos humanos. Las relatorías especiales de libertad de expresión e internet de la OEA y organizaciones internacionales, como la OECD, ISOC y UNICEF, sugieren que la medida más efectiva es a través de la formación: trabajar desde el punto de vista educativo junto a niños y jóvenes es la forma más efectiva de evitar que sean víctimas de amenazas como estafas, abusos, explotación sexual y cualquier otro tipo de vulneración de sus derechos.

En esta etapa del proceso legislativo, el Presidente de la República del Paraguay es el único que puede vetar el proyecto de ley para salvaguardar los derechos humanos en internet y evitar la censura previa. Esperemos que comprenda la importancia de esta decisión y actué de acuerdo a ello.

¿Por qué medios y periodistas deberían involucrarse en el debate de la ciberseguridad?

Durante más de una semana fue muy difícil entrar a Página 12, un medio de comunicación argentino que, días después de asumir el nuevo gobierno de Mauricio Macri, recibió un ataque de DDoS (Ataque Distribuido de Denegación de Servicios). Se trata de uno de los ataques informáticos más simples y efectivos: se provoca artificialmente una demanda tal al servidor del sitio web que este no tiene capacidad de responder, por lo que el sitio web aparece caído. Días después, el diario Clarín denunció otro ataque DDOS (que se suma a los cuatro sufridos el 2014).

Pero este año la prensa sufrió además ataques más sofisticados; en El Salvador, por ejemplo, se clonó el diario La Prensa Gráfica y se publicaron dos entrevistas falsas al presidente del periódico, José Roberto Dutriz. Luego de identificar al supuesto culpable, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) se mostró satisfecha y destacó la importancia de denunciar estos delitos contra los medios y el periodismo libre. En Guatemala ocurrió algo similar: el diario Prensa Libre fue clonado y, según el periódico, se “registró el dominio Prensallibre.com (con doble l) en el cual se copiaron ilegalmente notas del diario y se insertaron ataques contra críticos y rivales del partido Líder, así como una supuesta encuesta”.

En Brasil, el sitio web de Repórter Brasil -una organización de periodistas, educadores y científicos sociales que lucha contra el trabajo forzado y promueve los derechos humanos- fue hackeado y una serie de reportajes de investigación que denunciaba a importantes sectores económicos sufrieron modificaciones. Los orígenes del ataque y sus objetivos están siendo investigados por las autoridades. Para esta organización:

“Los ataques de este tipo son cada vez más frecuentes, tanto en los medios de comunicación grandes y pequeños grupos independientes. Es importante saber quiénes son los autores y sancionarlos de acuerdo a la ley, así como educar a los lectores a ser capaz de juzgar qué información puede haber sido falsificada. También es importante para defender la libertad de prensa como un pilar fundamental de la democracia”.

Los ataques pueden provenir de múltiples fuentes interesadas, desde organizaciones criminales, agrupaciones particulares, individuos, como también del Estado. Recientemente, un nuevo caso de interceptación ilegal de equipos de telecomunicación se destapó en Colombia, donde la misma policía habría interferido y eliminado información del computador de un periodista. Todo gracias a las capacidades brindadas por diversos softwares espías que el Estado ha adquirido en los últimos años.

El reconocido aumento y complejidad de este tipo de ataques en la región exige que los medios de comunicación y organizaciones afines estén a la altura y puedan debidamente proteger y fortalecer el libre ejercicio de la prensa a través de distintos cursos de acción.

Por un lado, es imprescindible que los medios de comunicación y los periodistas comprendan la necesidad de invertir en la seguridad informática de todas las plataformas online que utilizan. Muchas veces los ataques pueden provenir de esfuerzos programados para afectar la libertad de expresión de un medio, mientras que en otras ocasiones son ataques aislados que deberían encontrar resistencia suficiente desde sus potenciales víctimas.

¿Pero qué ocurre con medios independientes que no cuentan con recursos para fortalecer su seguridad digital? Una posibilidad es que exploren modelos de cooperación entre medios y otras organizaciones afines en este sentido, tanto a nivel local, regional e internacional.

Por otra parte, es necesario que los periodistas se formen en capacidades de seguridad digital. Acciones tan simples como el uso de cifrado en sus comunicaciones puede resguardar no solamente la información, sino también asegurar la protección de sus fuentes.

Pero por sobre todo, debido a la la importancia vital que tiene el ejercicio de la prensa libre y la existencia de medios de comunicación independientes para una democracia moderna, es imprescindible su involucramiento en la discusión de políticas públicas sobre ciberseguridad. En un contexto donde la seguridad nacional también pasa por proteger los sistemas, la información y las personas en los entornos digitales, son los medios y organizaciones afines las llamadas también a defender el rol clave de la continuidad del ejercicio periodístico independiente en la red, garantizando derechos como la libertad de expresión y la privacidad.

En tiempos de creciente persecución al anonimato, tecnologías de cifrado y whistleblowers por parte de algunos Estados y otros actores, es fundamental que los medios de comunicación y periodistas de la región comprendan la complejidad del debate sobre la libertad de expresión en las tecnologías digitales y se involucren crecientemente en la defensa de los derechos humanos en el contexto digital: local, regional e internacionalmente.

Un reto urgente en la discusión de derechos humanos en la red

Hace solo algunos días, a pocas cuadras del intercambio “Gobernanza de internet y género” organizado en la Ciudad de México por la Asociación por el Progreso de las Comunicaciones (APC) y en el que estábamos invitados, hubo un tiroteo que terminó con el asesinato de cinco personas, cuatro de ellas mujeres. Entre las víctimas están Nadia Vera, parte del movimiento #Yosoy132, y el fotoperiodista Rubén Espinosa -amenazado de muerte por su labor-, por lo que algunos activistas han calificado estos asesinatos como un crimen contra la libertad de expresión y la defensa de los derechos humanos en México.

El asesinato de las mujeres fue especialmente macabro: fueron violadas y presentaron signos de tortura, además de un tiro de gracia en sus nucas. Como si alguien hubiese decidido, al igual que en tantos otros femicidios en México, que los cuerpos de las mujeres son un lienzo ideal para machacar mensajes de terror a la sociedad.

En este contexto, donde el patriarcado se desenvuelve con una violencia e impunidad angustiante, en el intercambio de APC hubo testimonios sobre mujeres y miembros de la comunidad LGBTI que encuentran en internet un espacio de reunión, información, organización, exploración y libertad de expresión, al mismo tiempo que  ven cómo la red se ha transformado en un lugar de amenazas, acoso, vigilancia y miedo, al punto de afectar la estabilidad emocional tanto de sus familias como de ellas y ellos mismos.

La sincronía macabra de sus testimonios de acoso en internet con la violación, tortura y asesinato de las cuatro mujeres logró dejar algo claro: es indiscutible que la violencia de género que ocurre en el mundo off-line se reproduce también en el online, con la salvedad que el impacto comunicativo de este último es aún más amplio.

Cuando se enfrenta este tipo de testimonios tan desgarradores, se deja claro que la discusión sobre los derechos humanos en internet tiene que decantar a un nivel más complejo que su defensa sin consideraciones de clase social, etnia, edad o género. La defensa de los derechos humanos por default, sin hacer estas salvedades, muchas veces termina siendo colonizada por y para personas privilegiadas.

Por ejemplo, con mucha razón se ha criticado el mal llamado “derecho al olvido” en internet porque podría atentar contra la libertad de expresión; no obstante, aquello no nos puede dejar sin pensar en respuestas para que mujeres o integrantes de la comunidad LGBTI que han sido víctimas de filtraciones no consentidas de material íntimo en internet o de campañas de desprestigio por el solo hecho de su género, tengan legítimo derecho a solicitar el borrado de esa información.

En este contexto, si la defensa de los derechos humanos termina siendo la excusa para que internet sea otro espacio más de las personas privilegiadas, es tiempo de forzar el cambio. De extender puentes entre los distintos defensores de derechos humanos (organizaciones de mujeres, género, derechos digitales, entre otras) para resolver la posible tensión en nuestras posiciones y proyectar políticas públicas que busquen la armonización de derechos acordes al reto. No es fácil hacerlo, pero la discusión llega a una madurez tal que es tiempo de  buscar soluciones locales y regionales que den cuenta de nuestras realidades y trabajar para que internet sea un espacio de desarrollo y tolerancia para todos y todas.

Ese fue el llamado que hicimos a un salón casi lleno -que denota el creciente interés en el tema- en la mesa de discusión “Ciberacoso: ¿cómo enfrentar la violencia de género en línea?” que organizamos en Ciudad de México junto a APC y Social TIC. Y si ese compromiso termina con que nos califiquen como “feminazis” (?), como ocasionalmente nos han increpado cuando en nuestras redes sociales levantamos temas de género y tecnología, será el signo inequívoco de que vamos por el buen camino.

La difícil misión de un proyecto de ley necesario

El poder de la red para amplificar el impacto de los actos de expresión ha servido como herramienta para la actividad en línea de grupos sociales oprimidos, para revelar abusos de la autoridad o para organizar el disenso político masivo. Pero ese potencial no obsta a la habitual reproducción de patrones culturales y sociales propios del entorno analógico: como ya hemos expresado, los males del mundo “offline” se replican en Internet, permitiendo también la amplificación de actitudes discriminatorias.

Ellas incluyen la violencia de género, a través de prácticas como la difusión de imágenes de mujeres con la intención de cosificar, humillar, hacerlas sentir inferiores o culpables, como en el triste caso de una teniente de ejército o la filtración de imágenes de actrices famosas, poniendo en evidencia, además, la invasión de la privacidad de la que algunos son capaces.

Es por ello que es importante que la sociedad en su conjunto reconozca que la violencia de género es un problema real, cuyo impacto puede ser exacerbado gracias a las herramientas que otorga Internet: la cosificación, el acoso, la transgresión de la privacidad e incluso de la violación de la intimidad mediante la intervención de las comunicaciones, de sus interlocutores o de los servicios que alguien utiliza. Y no solo eso, sino que la afrenta pública se magnifica en la red.

Una respuesta a ese problema intenta dar el proyecto de ley anunciado hace algún tiempo por dos diputadas de la Unión Demócrata Independiente, que busca sancionar a quienes divulgan contenidos sexuales o eróticos ajenos. No se trata de la grabación o las fotografías privadas no consentidas, sino de aquellas que, capturadas en la intimidad con el fin de quedarse allí, son divulgadas en Internet.

Pero a pesar de sus buenas intenciones, una revisión minuciosa del proyecto revela varios de los problemas que conlleva regular el comportamiento en línea.

Por una parte, la referencia a “imágenes” podría restringir otra clase de grabaciones o registros (por ejemplo, videos); el “contenido sexual o erótico” parece excluir formas de intimidad sin intención erotizante (como la desnudez casual), y la privacidad “de la pareja” parece dejar fuera la divulgación de “selfies” o autofotos.

Por otra parte, el acto de difusión o publicación podría implicar sanciones excesivamente amplias para quienes no realizan el primer acto de divulgación. Así, la última persona en repetir la publicación de imágenes en su sitio, sería tan responsable como la que las puso por primera vez en conocimiento público, aun cuando la lesión de la intimidad sea sustancialmente distinta en uno y otro caso.

Del mismo modo, la difusión de la imagen no parece estar unida a la territorialidad de la misma, pudiendo sancionarse aun en desconocimiento de los afectados. En otro extremo, la difusión de una imagen íntima recibida, pero no solicitada, podría estar penada, obligando a guardar reserva respecto de actos que a su vez constituyen acoso.

El retiro de las imágenes

El segundo inciso de la propuesta extiende la misma pena de quien divulga a los “administradores de sitios de Internet que no bajen estas imágenes de manera inmediata a solicitud del afectado”. Comprensiblemente, la propuesta busca detener la diseminación del contenido lesivo.

Esto es altamente problemático. Cualquier sistema que considere la obligación de retiro de contenidos de Internet debería, idealmente, incluir resguardos para evitar que esa solicitud sea fundamento de un acto de censura privada; por ejemplo, una orden judicial. Pero no existe en el derecho chileno un procedimiento general para estos casos, quedando los intermediarios de Internet en una incómoda posición respecto de contenidos ilícitos o nocivos de distinta naturaleza. Las garantías que se requieren no solamente deben apuntar a dar respuesta a los afectados, sino también, a asegurar que a lo menos exista una correcta identificación del ofendido, del contenido infractor y su ubicación, de la razón de esa infracción, y de la necesidad de su retiro.

Una oportunidad de mejora legal

Los problemas asociados al proyecto de ley no deben llevarnos a concluir que no es necesario legislar en la materia, ni que basta con dejar de usar los dispositivos en formas que son lícitas y legítimas. Por el contrario, el proyecto de ley da un primer paso para regular conductas lesivas de la intimidad de las personas, que además se muestra como una de las formas más frecuentes de violencia de género en la red.

Por otro lado, el proyecto abre una discusión necesaria: el rol de los intermediarios en la diseminación de contenidos ilícitos o nocivos, y la necesidad de alcanzar un equilibrio entre el resguardo del debido proceso y los derechos de los posibles afectados, que garantice el pleno ejercicio de todos los derechos fundamentales a través de la red.

¿Es necesaria una ley contra la porno venganza?

Pocas veces advertimos cómo los males del mundo “offline” se replican también en Internet. Clasismo, racismo, abusos empresariales y otros trastornos sociales ocurren también en la red y tienden a ser aún más impunes que fuera de ésta, adoptando modalidades donde la tecnología facilita las instancias de odio.

La violencia de género no es la excepción. Hace algunos días atrás en Chile, las diputadas UDI Andrea Molina y Claudia Nogueira anunciaron un proyecto de ley que pretende castigar el “revenge porn” o “porno venganza”, práctica que consiste en difundir por Internet material de connotación sexual, sin el consentimiento del involucrado, tratándose usualmente de hombres que publican videos y fotografías de sus ex parejas mujeres.

Leyes similares existen en otras partes del mundo: En Israel, Filipinas, Francia y Alemania se trata de un delito. En Estados Unidos, los estados de Nueva York, Nueva Jersey, Texas y California lo penalizan con cárcel, mientras que en Reino Unido el tema se está tramitando en la Cámara de los Lores. El proyecto propuesto en Chile contempla sanciones de presidio y multas, tanto para el perpetrador como para los intermediarios que se nieguen a la eliminación de estos contenidos.

Una ley de este tipo permitirían instalar un marco regulatorio que proteja a las mujeres, principales afectadas por esta forma de violencia, cuyo daños, consecuencias y estigmas se extiende más allá de Internet. Es el caso de una joven estadounidense que demandó a Facebook por no dar de baja un perfil falso de ella, con su rostro superpuesto en fotografías pornográficas, publicadas por un ex novio y enviado a todos sus conocidos.

La violación sobre el cuerpo que es exhibido y sexualizado públicamente contra su voluntad, se extiende también a situaciones como la narrada hace un par de semanas por The Guardian, que advertía sobre la retirada del topless en Francia, en parte, debido al temor de las mujeres por ser fotografiada y terminar en Internet.

Una práctica que era considerada símbolo de igualdad entre hombres y mujeres, como tomar el sol sin camiseta, se pierde y con ella, décadas de avance en lo que concierne a la liberación femenina. Y es en parte por culpa de las prácticas abusivas que existen en Internet, un espacio del que nos enorgullecemos, pero que facilita conductas impresentables.

Este escenario nos demuestra, con vergüenza, cómo es necesario tomar cartas de la manera tradicional para enfrentar un problema que se desarrolla en un entorno virtual. Evidentemente es necesario debatir aspectos técnicos de una medida como la presentada por las parlamentarias chilenas, para evitar que una ley de este tipo ponga en jaque otros derechos.

Es también un reflejo de la profunda podredumbres de una sociedad patriarcal, donde la mujer es vulnerable al acoso masivo.

Los derechos digitales merecen una discusión más amplia, que incluya las dimensiones discursivas de Internet: desafiar su supuesto carácter “neutral” donde en aras del “progreso” y una mal entendida “libertad” validamos – u obviamos – prácticas violentas y discriminadoras, que atentan contra derechos fundamentales como la igualdad.

Por qué algunas iniciativas contra la pornografía infantil en la red son una mala idea

El año pasado les contábamos las iniciativas en Inglaterra y Perú que buscaban perseguir la pornografía infantil de maneras que solo ponían en riesgo los derechos de los ciudadanos. Chile tampoco es ajeno a esta tendencia: hace algunos años se aprobó un proyecto de ley buscando obligar el registro de usuarios de cibercafés con la excusa de combatir la pornografía infantil (artículo que después de la intervención de Derechos Digitales fue declarado inconstitucional).

La última muestra de esta tendencia se produjo hace solo algunas semanas en Argentina, donde la senadora Sandra Giménez presentó un proyecto de ley que busca obligar a las empresas proveedoras de Internet (ISPs) a la instalación de filtros que permitan bloquear el acceso a sitios con pornografía y que serán determinados por la Comisión Nacional de Comunicaciones.

Vale detenerse en su descripción para su posterior reflexión.

Según la propuesta de la senadora, el proyecto se sustenta en que Internet también ha traído aparejada “conductas desviadas”: “Una de ellas, quizás, la de mayor alarma social, es la distribución y consumo de contenidos de pornografía infantil, puesto que se trata de un fenómeno criminal que se ha multiplicado con la multitud de canales de distribución que ofrece la red”.

En el proyecto se establece además que “aquellos usuarios del servicio de acceso a internet que decidan no bloquear los sitios de acceso restringido deberán solicitar expresamente y por escrito al proveedor de acceso a internet que no le sea instalado el filtro”.

El proyecto de ley argentino fue calificado por Eduardo Bertoni, director del Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información de la Universidad de Palermo, como un “muy mal proyecto” que establece “censura previa» debido a la labor que se le encarga a la Comisión Nacional de Comunicaciones. Y es que efectivamente, lo de la senadora Giménez es una muestra paradigmática de los problemas comunes con que cuentan este tipo de iniciativas y que terminan minando los derechos humanos de las personas. Solo un par de ejemplos:

¿Qué se entiende por pornografía infantil?: cuando se pide bloquear sitios web con pornografía infantil, ¿estamos seguros que los encargados tienen una definición clara de qué expresiones caben en esa definición? ¿Y si nos encontramos con un nuevo Lolita de Nabokov? Este hecho no es menor, porque si no hay una definición clara y consensuada, se pone en peligro un derecho fundamental como el de la libre expresión. Como el abogado Alberto Cerda expresó hace algún tiempo:

“¿Debe el sistema legal pasar por alto la creatividad, haciendo tabla rasa para evitar la propagación de la pornografía infantil? ¿Debe la ley sortear aquellos casos en que la intencionalidad no ha sido explotar sexualmente a un menor de edad? ¿Debe para ello atender a las intenciones de quien elabora el material, o a las múltiples interpretaciones que de él hagan los usuarios del contenido? Son preguntas que no tienen una respuesta inequívoca”.

¿Dónde está el derecho a la intimidad y privacidad?: lo que pasó con el registro de usuarios de cibercafés en Chile es una muestra de cómo, gratuitamente, muchos de estos proyectos de ley acaban con la presunción de inocencia de las personas y tampoco respetan su derecho a la intimidad. En muchas de estas iniciativas legales se repite la creación de registros de personas que no desean el filtro antiporno, opciones que no hacen más que intimidar a las personas que deseen optar por el desbloqueo y no aseguran la privacidad de esos registros que, en el caso argentino, deben solicitarse por escrito al ISP.

La pornografía infantil debe perseguirse, de eso no hay dudas. Pero antes de hacerlo en una plataforma como Internet, es necesario comprender las complejidades de ese ecosistema y de los derechos implicados en esa persecución; además de estudiar seriamente las iniciativas en este sentido alrededor del mundo (sin ir más lejos, en Chile los ISPs están obligados a brindar filtros de este tipo de manera gratuita y son los interesados los que optan por ellos).

Sin embargo, si detrás de esas iniciativas solo hay un afán moralista como el bloqueo a cualquier tipo de pornografía, es más que probable que las legislaciones solo terminen por cercenar derechos humanos tan imprescindibles como el de la privacidad y la libertad de expresión de todos los ciudadanos.

La pornografía, Internet y el peligroso ataque de lo «políticamente correcto»

En las últimas semanas y en distintas partes del mundo, hemos visto el endurecimiento del ataque a la pornografía en Internet, con excusas que casi siempre apuntan al combate contra la pedofilia y/o el acceso a este material por parte de menores de edad. Pero un análisis a cada una de esas medidas, hace pensar más bien que se trata de un ataque de puritanismo que, con excusas políticamente correctas, quiere atentar contra varios derechos ciudadanos.

CC BY(Eric Constantineau)-NC
CC BY(Eric Constantineau)-NC

Lo políticamente correcto no significa que sea ni adecuado, ni preferible, ni menos concordante con los derechos ciudadanos. Quizás ese sea el principal principio que pueda ayudar a analizar los últimos ataques contra la pornografía por parte de gobiernos, congresistas y compañías, y que más bien dejan entrever posiciones ultra conservadoras en lo moral, y un desconocimiento total no sólo de cómo atacar asuntos condenables como la pedofilia, sino también de cómo funciona Internet.

Hace pocos días atrás, el primer ministro británico, el conservador David Cameron, con la excusa de ir contra “la corrosiva influencia de la pornografía en los niños” y con el fin de “proteger a nuestros menores y su inocencia” (!), presentó un paquete de ideas que van de bloquear la pornografía en el Internet de los británicos (a no ser que los usuarios le comuniquen a sus proveedores de Internet -ISPs- que quieren eliminar el bloqueo y, por ende, que sí quieren recibir porno), obligar a los motores de búsqueda a censurar los resultados relacionados con pornografía infantil y declarar ilegal la posesión de la llamada “pornografía violenta”.

Casi como si la teoría de la comunicación no hubiese avanzado desde los años 40, Cameron considera que todo lo que dice un medio de comunicación como Internet, influye directamente en el comportamiento de las personas. Por eso, antes de evaluar contextos sociales y culturales (donde un gobierno sí tiene mucho que hacer), para Cameron es preferible la absurda medida de querer eliminar todo tipo de pornografía en la red.

CC BY(Libertinus)-SA
CC BY(Libertinus)-SA

Los cuestionamientos son diversos, incluso en forma de rap. Por ejemplo: lo poco funcionales que son las “listas de pervertidos” pues están pensadas en intimidar a las personas que opten por el desbloqueo; la falta de claridad de cómo se asegurará la privacidad de estos usuarios; las razonables dudas sobre cómo los ISPs asegurarán la limitación de esa censura pues nada dice que material que toque estos temas y que no tenga ánimo pornográfico no sea bloqueado;  lo absurdo que es pensar que las redes de pedofilia usan buscadores comunes de Internet; o, simplemente, que ni todo el bloqueo del mundo impedirá que todos los días, por distintos métodos, estos contenidos seguirán circulando por la red pues su naturaleza no es centralizada.

En Perú pasa algo parecido. Hace pocos días, el congresista Omar Chehade y la bancada Nacionalista de ese país, presentaron un proyecto de ley que busca terminar con el acceso de menores de edad a contenido pornográfico por la red, a través del establecimiento de filtros obligatorios a los proveedores de Internet. Como en Reino Unido, este filtro estaría implementado por defecto y para evitarlo habría que ponerse en contacto con el ISP correspondiente. Además, un comité de representantes de entidades públicas sería el encargado de determinar qué contenidos serían objeto de censura (!).

Nuevamente, las críticas van desde el peligro a la libertad de expresión o el desconocimiento total de las autoridades sobre cómo funciona Internet. Con todo, Miguel Morachimo de Hiperderecho lo resume así: “Crear una lista negra obligatoria de páginas web y servicios bloqueados por defecto es una idea que, además de imposible, atenta contra los derechos fundamentales. Sería equivalente a que todos los programas de televisión y publicaciones pasen por una revisión previa antes de hacerse públicos”.

Si bien quizás sea un poco más “aceptable” que gobiernos y congresistas no sepan (o no quieran saber) cómo funciona Internet, parece injustificable que una compañía como Yahoo! quiera bloquear los contenidos pornográficos de Tumblr a través de su etiquetado. Sobre todo, porque el etiquetado no resulta necesariamente descriptivo del contenido (¿se acuerdan de la folk taxonomy?) y, aún peor, porque a través de este sistema, Yahoo! está dejando fluir todos sus prejuicios morales al bloquear etiquetas como #gay, #lesbian y #bisexual.

Todos los ejemplos citados, recientemente acaecidos, demuestran que detrás de lo políticamente correcto no necesariamente se desprende algo deseable. Muchas veces, este tipo de proyectos amenazan importantes derechos ciudadanos como la presunción de inocencia, la libertad de expresión o la privacidad; y manifiestan cierta ignorancia de qué es y cómo funciona Internet. Pero tal vez, lo más importante, es que dejan de manifiesto la poca voluntad de atacar de forma eficiente un problema real como la pedofilia, y más bien se desprenden las enormes ganas de imponer, a través de un ejercicio de poder, ideas puritanas a todos los ciudadanos a costa de nuestros derechos humanos.