No bombardeen Buenos Aires: reconocimiento facial en CABA hoy

No hay dudas de que estamos ante un crecimiento exponencial en el uso de tecnologías automatizadas de reconocimiento facial en América Latina. El abaratamiento de la tecnología, junto con la expansión de los fines utilizados ha incrementado los casos de su uso por parte de Estados y empresas.

Sin embargo, la tecnología ha sido ampliamente cuestionada por organismos internacionales y por la sociedad, ya sea a través de manifiestos, protestas e incluso demandas. Por ejemplo, en algunas ciudades de los Estados Unidos se decidió prohibir el uso de reconocimiento facial, ya que no existen garantías para el respeto de derechos humanos.

En el caso de los Estados, ciudades como Salvador, São Paulo, Río de Janeiro, Lima, Nueva York, Londres y Buenos Aires han adoptado este tipo de sistemas para monitorear la población en diferentes lugares, alegando fines de seguridad pública.

Esta semana surgió un prometedor avance regulatorio en la ciudad de Buenos Aires, Argentina.

Críticas y acciones contra el sistema de reconocimiento Facial en la Ciudad de Buenos Aires

El “Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos” (SRFP) consiste en 300 cámaras de vigilancia en las calles y estaciones de metro,  siempre siguiendo la línea que más tecnología aumentaría la seguridad y cuidaría a las personas. A pesar de las severas críticas, tomó 22 días la implementación del sistema.

El relator especial de Naciones Unidas sobre el Derecho a la Privacidad, criticó la falta de evaluación previa a su implementación y proporcionalidad de las medidas. Además, mostró preocupación respecto a la base de datos que alimenta la SRFP (Sistema de Consulta de Rebeldías y Capturas-CONARC), ya que fue realizada una inserción desproporcionada en la base de datos, divulgación indebida de datos, falta de información sobre qué delitos se imputan, errores y fallas y falta de actualización.

Respecto al caso específico, la ONG Human Rights Watch fue enfática sobre la existencia de graves daños a los derechos de la niñez y la adolescencia, ya que al analizar la base de datos se encontraron al menos 166 menores, incluidos niños sospechosos de haber cometido delitos de menor potencial ofensivo.

Acciones jurídicas impulsadas desde sociedad civil

Como si las críticas no fueran suficientes, el sistema fue impugnado por al menos dos juicios. Una demanda, presentada por la organización Asociación por los Derechos Civiles (ADC), solicita ante el Tribunal Superior de Justicia porteño que declare inconstitucionales los cambios legales. El otro, propuesto por el Observatorio de Derecho Informático Argentino (ODIA) pide un juicio de amparo en primer grado de competencia, que requiere el análisis del sistema a través de la constitucionalidad y convencionalidad, además de las medidas cautelares para suspender su uso.

El pasado 13 de octubre, Derechos Digitales fue admitida como amicus curiae en la demanda propuesta por ODIA. Se amplió la participación social en el caso, recibiendo también aportes de otras organizaciones, como Access Now y Asociación Trabajadores del Estado (ATE), además de la adhesión y participación de los ciudadanos como autores de la demanda.

Reflexiones sobre el caso Ciudad de Buenos Aires

Este proceso muestra claramente tres cuestiones centrales, que se reproducen de la misma manera otros países. El primero, es un tema técnico con implicancias sociales relevantes en cuanto al uso de la inteligencia artificial y lo que esto significa para la ciudadanía. El segundo tema, se relaciona con la democracia en sí y la transparencia del sistema. El tercer tema es el respeto a los derechos humanos.

Al principio, la cuestión de la velocidad con la que se desarrolló y entregó el proyecto es impresionante. Solo pasaron 22 días desde el lanzamiento del proyecto hasta su implementación, una velocidad que sería “envidiable e incluso sospechosa”, según ODIA.

1. Implicancias sociales: falsos positivos y la discriminación

Sin embargo, la cuestión técnica que tiene las mayores implicaciones sociales se refiere a la precisión y calidad de la base de datos utilizada. Los estudios más variados demuestran una menor tasa de aciertos en personas de piel oscura y mujeres.

El estudio “Gender Shades”, por ejemplo, demuestra que las tasas de error son diferentes según el grupo analizado, alcanzando más del 90% de identificación incorrecta para personas de piel oscura. Y menos del 1% de error para personas de piel más clara. Si bien puede ser un fallo en la calibración de los datos, ya sea por el uso de bases de datos sesgadas o por otros motivos, lo cierto es que hay que analizar si este tipo de tecnología incide desproporcionadamente en la garantía de igualdad a las personas tradicionalmente discriminadas y más vulnerables, como pueblos originarios, mujeres, niños, ancianos y personas trans.

2. Democracia y transparencia

En cuanto al tema de la democracia y la transparencia, parece que hay poco o ningún debate en el legislativo sobre la implementación de este tipo de sistema. Asimismo, en muchos casos existe una gran opacidad en cuanto al uso de la tecnología, bajo el argumento que el tema no debe ser debatido, que “es demasiado técnico” para una amplia participación social y que la transparencia no sería necesaria.

En el caso de Buenos Aires, tanto la ADC como el ODIA, plantearon importantes y extensas preguntas sobre la creación, contratación, uso y salvaguardas del sistema de reconocimiento facial.   Obtuvieron poca o ninguna respuesta. Si bien las investigaciones muestran que la tecnología “generalmente se crea en el exterior y se utiliza en casa”, existe una falta de transparencia sobre cuáles son las empresas responsables de la implementación de la tecnología, especialmente, en los procesos de definición de la contratación.

3. Vigilancia y derechos humanos

Finalmente, el tema de los derechos humanos involucrado en la aplicación de tecnología de vigilancia masiva. Desde 2013, luego del caso Snowden, Brasil y Alemania propusieron una resolución a la Asamblea General de la ONU, sobre “El derecho a la privacidad en la era digital”.

Con la actualización de la citada resolución en octubre de 2021, se dio mayor robustez a las cuestiones sobre el uso de datos biométricos, con el reconocimiento expreso que los usos de la inteligencia artificial (IA) pueden suponer graves riesgos para el derecho a la privacidad, citando como ejemplo, el empleo de IA para identificación, reconocimiento facial, seguimiento, elaboración de perfiles, predicción de comportamiento y puntuación de personas.

La conclusión de la asamblea de la ONU es que los Estados deben garantizar que las tecnologías de identificación y reconocimiento biométrico —incluidas las tecnologías de reconocimiento facial por parte de actores públicos y privados— no permitan la vigilancia arbitraria o ilegal, incluidos quienes ejercen su derecho a la libertad de reunión pacífica.

¿Qué es peor: un sistema de reconocimiento facial que no funciona o uno que sí lo hace?

La semana pasada, el portal América Transparente publicó un reportaje realizado por María Fernanda Leiva y Tamara Silva, donde se denuncia una inversión millonaria realizada por dos municipalidades del sector oriente de la ciudad de Santiago de Chile por un sistema de reconocimiento facial que no funciona.

En total, la investigación consigna el pago de USD $582.880 (aproximadamente 390 millones de pesos chilenos) por el software de la empresa francesa INDEMIA, uno de los principales proveedores de esta tecnología en la región. Del total, la comuna de Las Condes habría aportado USD $517.880 y Lo Barnechea USD $65.000.

Cada comuna cuenta actualmente con diez cámaras de vigilancia conectadas al software de INDEMIA. Según la información recopilada por Leiva y Silva, a diciembre de 2020, un año después de su implementación, el sistema habría reconocido a diez personas. Al parecer, la pandemia habría hecho estragos en los modestos resultados del sistema: citado en el reportaje, el alcalde de Lo Barnechea dice que, debido al “uso masivo de mascarillas desde marzo de 2020, no han existido en ese periodo las condiciones necesarias que permitan evaluar la eficacia de las cámaras de reconocimiento facial”.

El reportaje además establece que el contrato se habría gestado por medio de una adjudicación directa, firmada la Asociación de Municipalidades para la Seguridad Ciudadana de la Zona Oriente (AMSZO), entidad que está siendo cuestionada por el manejo de miles millones de pesos sin ningún tipo de control o fiscalización.

Hasta acá, el reportaje es interesante porque contiene prácticamente todos los elementos ya característicos de las polémicas en torno a la implementación de tecnologías de reconocimiento facial en la región: sistemas incapaces de hacer lo que se espera de ellos, poca transparencia respecto a los procesos de contratación y puesta en marcha, la inexistencia de procesos de evaluación adecuados y ni hablar de evaluaciones de impacto en derechos humanos.

Además, toca un punto central que usualmente es dejado fuera del discurso de fabricantes y políticos ávidos de figuración pública: las tecnologías de reconocimiento facial no son mágicas y requieren de ciertas condiciones que permitan hacer capturas adecuadas para efectuar la comparativa de los rostros; cuestiones tan elementales como la ubicación de la cámara o si la persona usa sombrero o lentes pueden alterar la eficacia del sistema, lo que puede traducirse en que el sistema simplemente no sea capaz de reconocer o que reconozca equivocadamente.

Y sin embargo, la pregunta que me parece más importante plantear es la siguiente: ¿sería preferible que el sistema funcionara? ¿Estaríamos hablando de ello si en vez de 10 personas el sistema hubiese reconocido a 100 o a 10 mil? No quiero minimizar la importancia del concepto de transparencia, especialmente respecto al gasto de fondos públicos y todavía más cuando se ha gastado en algo que además no funciona. Pero lo que parece más grave acá es que dos comunas hayan decidido omitir cualquier debate respecto a la legalidad de implementar un sistema de estas características, que además no puede estar escindido de una discusión sobre derechos humanos.  

Como hemos mencionado en otras ocasiones, la ley vigente en Chile sobre datos personales, en su artículo 10, prohíbe el tratamiento de datos sensibles, a menos que esté autorizado por la ley, exista consentimiento del titular o sean datos necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud que correspondan a sus titulares. Queda a la vista que la creación de una infraestructura de vigilancia masiva no está considerada en este listado y, por lo tanto, es ilegal. Así, cualquier intención en esa dirección debería canalizarse por medio de una discusión legislativa respecto a si como sociedad estamos de acuerdo con el desarrollo de este tipo de tecnologías en el espacio público. Y no son pocos los municipios y ciudades alrededor del mundo que han respondido a esa pregunta con una prohibición o una moratoria.

Utilizar tecnología de reconocimiento facial para la vigilancia masiva y el combate de delitos comunes implica invertir el principio de presunción de inocencia en favor de un sistema totalitario de control del espacio público, mediante la gestión técnica de la identidad que tiene como consecuencia la alienación del propio cuerpo, por medio de la pérdida de control y autonomía sobre nuestros rostros, los que pueden ser utilizados en contra de nuestros intereses. ¿Es esa la sociedad en la que queremos vivir?

Incluso si la respuesta a esa pregunta es sí, la discusión legislativa permite establecer límites y controles respecto de sus usos, así como el listado de requisitos previos y posteriores a la implementación que deben ser satisfechos. No puede ser una cuestión que quede a la discreción y los recursos disponibles de una autoridad comunal. Más todavía cuando hemos visto que la implementación de este tipo de tecnologías, a pesar de presentar escasos resultados en términos de seguridad pública, sí puede constituir una efectiva técnica de marketing político. El mejor ejemplo de ello en Chile es precisamente el ex alcalde de Las Condes, Joaquín Lavín, como demostró en su más reciente (y fallida) incursión presidencial.

No podemos seguir permitiendo que estas discusiones se realicen por medio de subterfugios, apelando a áreas grises o lisa y llanamente ignorando la ley. Necesitamos responder desde una convicción democrática y comprometida con los derechos humanos. ¡No al reconocimiento facial en el espacio público!

Afganistán: cuando lo que compartes en internet te puede costar la vida

Una de las cosas más difíciles de tomar acciones para proteger nuestra información es convencernos de que estamos frente a un problema real, que se trata de algo cuyas probabilidades de afectarnos no son bajas y que no se trata de esas cosas que solo le pasan a los demás, nunca a nosotros. ¿A quién le puede interesar mi información? Es la típica pregunta de los escépticos, junto con el conocido “quien nada hace nada teme” o “no tengo nada que esconder”.

Pero no necesitamos ser personajes públicos para que nuestra información sea recolectada, almacenada, procesada y compartida por terceros. La tecnología actual permite el tratamiento automatizado de grandes volúmenes de datos, de manera que poco importa que los detalles de nuestra vida nos parezcan o no de interés. La información que pongamos a disposición de terceros será tratada, inevitablemente.

Todos tenemos algo que esconder, lo queramos o no. Es normal. Un placer culpable, alguna adicción, algo de lo que nos arrepintamos, aunque no sea ilegal; alguna mentira, compras irracionales, un pariente cercano que preferimos ocultar, un amante, una historia que no queremos contar, una opinión políticamente incorrecta, nuestras deudas o lo que buscamos en internet. Incluso puede ser algo que en un momento y contexto determinado era —personal y socialmente—aceptado, pero ya no.

Sin embargo, hoy, de diferentes maneras e incluso sin saberlo, compartimos nuestras vidas con internet y vamos dejando un que podría volverse en nuestra contra, con efectos que ni siquiera somos capaces de dimensionar. Esa es la situación de muchas personas en Afganistán, especialmente gente joven que nació y creció en un país ocupado por fuerzas militares estadounidenses y que, de la noche a la mañana, se vieron gobernados por un régimen que creían superado; y con ello, la necesidad de borrar todo rastro que pudiera hacerlos objeto de represalias por parte del régimen Talibán. Todo aquello que hicieron cuando las reglas eran otras.

No se trata aquí únicamente de disidentes políticos que serán perseguidos, sino de padres, madres, hijes y hermanes que serán castigados por haber apoyado a los gobiernos anteriores o incumplir reglas impuestas por fanáticos religiosos. Y aquí —cómo siempre— las mujeres son las que mayor riesgo corren, porque a ellas se les castiga simplemente por existir.

Por ello, la fundación Human Rights First ha puesto a disposición de la comunidad distintos documentos para que las personas puedan proteger su historial digital de abusos. Pero no es una tarea fácil: el trabajo de eliminación de historial implica revisar email, redes sociales, aplicaciones de mensajería, buscadores y muchas otras plataformas a las que probablemente ni siquiera recordemos haber accedido. Y en el caso de Afganistán, el solo hecho de haber creado una cuenta en una aplicación usada por organizaciones extranjeras podría ser considerado sospechoso.

Algunas de las recomendaciones

Algunas plataformas, como Google, permiten elevar solicitudes para la eliminación de información, pero debe tratarse de casos justificados relacionados con enlaces perjudiciales, por lo que no pareciera ser la medida más efectiva. En relación a las aplicaciones o páginas web cuyo uso no recordemos, una de las recomendaciones es revisar el listado de contraseñas guardadas en el navegador. Otra opción es buscar en el correo electrónico los emails recibidos al momento de registrarse en aplicaciones o páginas en internet.

Por su parte, Access Now ha puesto a disposición de las usuarias una guía para “autoidentificarse”, que sirve para hacer el camino que probablemente recorrería alguien que quisiera obtener información sobre una cuenta anónima.

Sin duda habrá quienes piensen que lo más fácil sería borrarlo todo y deshacerse del teléfono y el computador. Pero en la actualidad no tener tecnología ni vida digital resulta de por sí sospechoso. Por ello podría ser recomendable crear una vida digital paralela, para lo cual Human Rights First también dispone de un documento con recomendaciones. Aunque sin duda es algo que resulta complejo pues requiere tiempo y recursos con los que no todos cuentan en el marco de la emergencia.

Datos personales colectivos

Nuestra historia no solo se cuenta gracias a la información que nosotros damos a conocer. Cualquiera que haya sido etiquetado por Facebook en una foto subida por un desconocido sabe que su privacidad también depende de la información que comparten otras personas. Y así, por mucho que nos esforcemos por eliminar nuestro pasado digital, necesitamos de un esfuerzo colectivo. De ahí el llamado hecho en Twitter por la directora de Democracia y Tecnología de la organización National Democratic Institute, Moira Whelan, a los encargados de redes sociales del Gobierno de EEUU para conseguir permiso para purgar todas las cuentas y canales con imágenes y pies de foto de socios afganos.

El peligro existe también en aquella información que puede ser obtenida sin más intervención por nuestra parte que el hecho de salir a la calle. Tal es el caso de la tecnología de videovigilancia, la misma que en los últimos años hemos visto tomarse los espacios públicos en América Latina sin mayor resistencia, protegida por el discurso anti delincuencia. Pero esta tecnología no ataca a la delincuencia, solo invierte el principio de inocencia: todos somos sospechosos hasta que probemos lo contrario y por ello debemos aceptar ser vigilados

En el caso de Afganistán todo apunta a que los talibanes se han apoderado de los dispositivos biométricos de los militares estadounidenses y que están haciendo uso de los datos biométricos recolectados durante años para encontrar a quienes colaboraron con los gobiernos anteriores y las ONGs extranjeras. No son sospechas, son hechos: los talibanes ya comenzaron la búsqueda casa a casa de sus disidentes.

Por lo mismo, Human Rights First publicó un documento sobre cómo evitar ser reconocidos por sistemas de reconocimiento facial, aunque lograrlo es inmensamente complejo.

Todo suma

Sin duda, resulta desgastante intentar proteger nuestra información y la tentación de ceder por agotamiento está siempre latente. Resulta extenuante revisar las políticas de cookies cada vez que ingresamos a una página o discutir con desconocidos por no querer entregar nuestro número de identificación único, cuando no hay motivo para ello.

Pero eliminar información es mucho más difícil que evitar entregarla, porque aquello que compartimos con terceros suele ser compartido con otros, que a su vez la vuelven a compartir. Por eso, siempre más vale intentarlo. Aun si hasta ahora nos hemos descuidado, nunca es tarde para empezar a proteger nuestra información ni para exigir que nuestro derecho a la privacidad y a la protección de nuestros datos sean respetados.

#CriptoAgosto: Nuevos ataques al cifrado

Mientras la sociedad civil brasileña celebra por segunda vez el #Criptoagosto, una invitación a defender y promover el uso de las tecnologías de cifrado, parece ser que las figuras del poder hacen un esfuerzo significativo por atacarlo.

¿De dónde nacen todas estas amenazas? Si revisamos noticias, vemos que la pugna ocurre paralelamente ante tribunales, en la discusión legislativa, en la pretensión de vigilancia y hasta en los planes comerciales globales de un fabricante de teléfonos a sobreprecio.

Hace un año comentábamos que se acercaba el fin de dos importantísimas causas judiciales críticas para la supervivencia de comunicaciones cifradas de punto a punto, pese a los discursos gubernamentales que lo asocian a la actividad criminal o exigen herramientas para desactivarlo. Existen todavía esfuerzos legislativos en Brasil, a nivel federal, que reflejan ese discurso a favor de la seguridad nacional o del orden público, a costa de la seguridad de las comunicaciones.

Al mismo tiempo, se mantenía una presión importante por desactivar las peores provisiones del proyecto de «Ley de fake news», que exigían la trazabilidad de las fuentes de los mensajes vitalizados en mensajería privada, aun tratándose de comunicaciones cifradas. Esta última amenaza no ha desaparecido: el artículo 10 de la propuesta aún significaría la exigencia de que los proveedores de aplicaciones de mensajería mantengan registros de «reenvíos masivos» de mensajes por tres meses, con el fin de trazar el origen de posibles fuentes de desinformación en redes de mensajes cifrados. Registros que incluirían no solo datos del mensaje, sino de quienes lo han reenviado con fecha y hora y número de receptoras.

Aunque el proyecto mantiene resguardos a favor del contenido de los mensajes y restricciones al acceso a los registros, sigue tratándose de un arma de vigilancia masiva en manos privadas: implica mantener un registro de los reenvíos al menos por 15 días en caso de que puedan convertirse en «reenvíos masivos» y, si lo son, cada mensaje registrado estará vinculado a cada usuaria que lo haya enviado o recibido. Con ese nivel de acceso a la información sobre la circulación del mensaje, el cifrado mismo se vuelve inútil.

Adicionalmente, encontramos el avance del Código de Procedimiento Penal, también objeto de atención de la sociedad civil para asegurar una mejor protección de los derechos fundamentales en la persecución criminal. La amenaza al cifrado se produjo mediante propuestas para incorporar mecanismos de intercepción de dispositivos y la explotación de vulnerabilidades, como medios para generar evidencia, lo que generó inmediato rechazo: la reforma amenazaba así con requerir la creación de puertas traseras y con legalizar la rotura del cifrado.

Aun cuando todo lo anterior estuviera restringido al debate jurídico y técnico, los intentos reales por comprometer la seguridad de los equipos también son parte de la historia reciente: hace algunos años el Citizen Lab identificó a Brasil como posible cliente de NSO Group; ahora un reporte señala que durante 2021 la empresa israelí participó de un proceso de licitación del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública para la adquisición de Pegasus, para luego retirarse cuando se reportó que el hijo del presidente intervino en la negociación con la aparente intención de crear un aparato de inteligencia (y de vigilancia) paralelo a la institucionalidad de inteligencia actual.

Todo eso ocurre en momentos en que la búsqueda de alternativas —es decir, puertas traseras—para el acceso a comunicaciones y datos cifrados es defendida por las propias compañías fabricantes de equipos, con el objetivo loable de prevenir la circulación de material audiovisual de abuso sexual infantil. Pero las puertas traseras no sirven: comprometen la privacidad y la seguridad de todas las personas sin hacerse cargo del abuso real que ocurre más allá de pantallas y nubes de almacenamiento. Esta es la clase de medidas que abre aún más el apetito de los Estados por conocer el contenido de las comunicaciones de las personas, probablemente bajo los mismos discursos falaces sobre seguridad que se usan hasta para las peores conductas de vigilancia.

Con un panorama global tan complejo y tantas discusiones en curso dentro de Brasil, se hace más necesario que nunca que en los niveles local, regional y global exista mayor coordinación, no solamente de sociedad civil, sino de todas las partes interesadas en la promoción y la defensa del cifrado, la seguridad y la privacidad. Que el #CriptoAgosto brasileño sirva como motivación para avanzar en ello.

Las puertas traseras no protegen la privacidad

Para frenar la difusión de material de abuso sexual infantil (CSAM), Apple ha anunciado importantes cambios y nuevas funcionalidades en sus sistemas, incluyendo el análisis de las imágenes enviadas y recibidas por parte del software instalado en los dispositivos, un mecanismo de clasificación de imágenes con contenido sexual para el control parental en cuentas familiares y cambios en algunas funciones de Siri y Search para bloquear términos de búsqueda que tengan relación con el abuso sexual infantil. Estas funciones, que inicialmente regirán para usuarios en Estados Unidos de las versiones más recientes de iOS, iPadOS, watchOS y macOS, sientan un peligroso precedente para la privacidad y la seguridad de las personas en todo el mundo.

El uso de sistemas de identificación de contenidos por medio de inteligencia artificial para levantar alertas supone un tratamiento por lo menos opaco del problema. Por último, aunque sea legítima la búsqueda de soluciones frente a crímenes como el abuso sexual infantil, cualquier funcionalidad técnica que permita que terceros accedan a contenidos privados pone en riesgo a todas las personas que utilizan dichos sistemas. En este caso, a quienes utilizan cualquier dispositivo conectado a internet.  

Escaneo de imágenes en el dispositivo

Una de las funcionalidades presentadas consiste en la detección de imágenes que se capturan y comparten entre dispositivos Apple mediante un algoritmo hash, es decir, una cadena fija de caracteres que identifica de manera única cada imagen.

A partir de ahora los dispositivos analizarán todas las imágenes que pasen por ellos, generarán un hash para cada una y lo contrastarán con una base de datos dispuesta por el National Center for Missing and Exploited Children(NCMEC), organización estadounidense que colabora con la justicia en la persecución de delitos de abuso sexual infantil. Así, dentro de cada dispositivo el sistema se encargará de escanear y contrastar todas las imágenes con esa base de datos, para identificar cualquier coincidencia. Una vez las imágenes se suben a iCloud, se agregan los resultados del cotejo a través del hash. Si se supera un umbral predefinido en la cantidad de coincidencias, un humano dentro de la compañía revisará manualmente el caso, luego de descifrar el contenido. Vale decir que, hasta hoy, Apple ofrece cifrado e2e en todos los contenidos que se comparten en sus sistemas.

Esta implementación es problemática porque la base de datos de hash de imágenes preparada por el NCMEC no es auditable, y si es manipulada arbitrariamente no hay manera de detectar dicho cambio, por lo que podría utilizarse, por ejemplo, para fines de persecución política, cultural o de género. Una vez el sistema está diseñado para cumplir una función, los fines y medios para ejecutarla pueden fácilmente salirse de las manos de quienes la diseñaron.

Por otra parte, existe la probabilidad matemática de que dos imágenes totalmente distintas o lejanamente similares coincidan en el hash generado, provocando falsos positivos, que solamente serán verificados luego de la intervención humana de alguien afiliado a la compañía, y habiendo roto la promesa de cifrado e2e, esto es, la promesa de privacidad sobre la que sustenta su oferta de valor.

Aprendizaje automático para clasificación de imágenes

Otra funcionalidad es la implementación de un algoritmo de aprendizaje automático que se aplicará a las cuentas de iMessage para menores de 18 años y sus tutores, en el marco de una cuenta “Familiar”. El algoritmo clasificará las imágenes, enviadas o recibidas, en cuanto al contenido sexual explícito que puedan contener. El sistema enviará una alerta a las personas usuarias menores de 18 años sobre el tipo de contenido que están compartiendo. Si la persona es menor de 13 años, el sistema alertará también a sus tutores y la imagen quedará almacenada en el dispositivo del menor, sin posibilidad de remoción.

Como se ha demostrado muchas veces en el pasado, los algoritmos de aprendizaje automático, sin supervisión humana, presentan muchos problemas de funcionamiento en la clasificación de contenidos. Así, los tutores de niños, niñas y adolescentes que no estén compartiendo contenidos sexuales explícitos pueden recibir alertas y los menores pueden ser sujetos de vigilancia e intromisión a su privacidad. Además, frente a una definición vaga de “infancia” —como menores de 18 y 13 años—existe el riesgo de atentar contra la normal expresión sexual y corporal, así como al acceso a la información, por ejemplo, en el caso de personas LGBTQ+.

Además, tal como está planteado el funcionamiento del sistema podría ocurrir la siguiente paradoja: en caso de que un menor que no tiene una cuenta Familiar enviare una fotografía calificada por el sistema como “sexualmente explícita” a un menor de 13 años que sí es parte de un plan Familiar,  la fotografía del primer menor quedaría indeleblemente almacenada en el dispositivo del segundo menor y podría ser revisada por sus tutores, sin que el emisor original lo supiera. ¿En manos de quién queda definir la legitimidad de las imágenes compartidas en el marco de una comunicación que se garantiza como privada?

Finalmente, como hemos mencionado, el desarrollo de una tecnología con fines legítimos puede ser perfectamente aplicable a otros fines. Así, la modificación mínima de parámetros en el algoritmo de aprendizaje automático permitiría identificar, bloquear y perseguir, contenidos no solamente ilegales, sino que necesarios, con fines represivos.  

Algunas conclusiones

Bajo la premisa de su compromiso en la lucha contra la explotación sexual infantil, y aunque defiendan la idea de que sus soluciones técnicas respetan la privacidad y el principio de cifrado extremo a extremo, la verdad es que Apple está abriendo una brecha de seguridad importante, con el potencial de atentar contra el derecho a la intimidad de niños, niñas y adolescentes, así como generando un precedente que podría facilitar la persecución política y la vigilancia a todo tipo de grupos vulnerables y emisores de discursos incómodos.

Cabe recordar que uno de los principales ganchos publicitarios de Apple ha sido precisamente ofrecer los más altos estándares de privacidad y seguridad en las comunicaciones, lo que sin duda ha llevado a muchas personas a preferirles. Un ecosistema cerrado, no interoperable era lo que había que transar en favor de dicha protección. Sin embargo, hoy, cuando la continuidad de esa promesa está en entredicho, a aquellas personas que confiaron en la marca les será muy difíciles migrar a alternativas más respetuosas de su privacidad. Así, el monopolio de los sistemas operativos (OS, iOS, iPadOS) genera una dependencia directa que ata a las personas a las arbitrariedades del fabricante.

Vivir internet siendo queer: Autoexpresión, comunidad y problemáticas

En un grupo de Facebook cerrado alguien escribe para consultar por dudas legales. Cuenta que quiere cambiarse el nombre registral y que le gustaría acceder a una mastectomía. Comenta que se siente cómode con pronombres femeninos y masculinos, pero plantea lo siguiente: “¿Algune lo ha hecho siendo no binarie? ¿Cómo ha solucionado el tema con su nombre?”. Les participantes del grupo dan consejos amables.

Este tipo de situaciones se replica en otras redes, es un intercambio que ocurre en algunos barrios de TikTok cuando alguien muestra un binder –prenda de ropa interior usada para comprimir el pecho–, y en los comentarios se leen recomendaciones de cómo usarlos y dónde conseguirlos. A pesar de que internet es un espacio en que la comunidad LGBTQIA+ puede apoyarse para construir confianzas (a veces complejas de emular en el mundo físico), la estructura de los servicios web, es limitada porque no considera una diversidad más allá de lo binario y reproducen problemas de la vida offline. Tanto al llenar formularios de inscripción en las que se consideran género masculino o femenino únicamente, o al intentar editar tu nombre visible, entre otras. 

Antes de reconocerme como una persona queer, sentía miedo de ser aceptada. Primero por mi familia, entre mis amigues, en mi trabajo y de igual modo en internet. ¿He sentido miedo de exponer que me identifico como parte de las disidencias sexuales y de género en redes sociales? Sí. ¿He temido por mi seguridad en la vía pública por expresar mi orientación de género o por manifestar mi sexualidad de forma libre? Sí. Con el paso del tiempo, aprendí a desenvolverme con más confianza, porque existo todo el año (no solo en junio) y estoy orgullosa de amar y ser amada. 

Una vez que se toma conciencia de la interseccionalidad de las problemáticas que aquejan a la comunidad LGBTQIA+, es posible entender que el mundo online no está exento de una mirada heterocispatriacal, donde en términos género prima lo masculino y lo femenino, pero también la heteronorma obviando otras identidades. Lo vemos en las grandes compañías de servicios de internet, que acaparan la mayor cantidad de tráfico, como Facebook, Google y terminan dominando las interfaces y algoritmos de los dispositivos que excluyen otras experiencias.

Entonces, ¿qué podemos exigir a las tecnologías para visibilizar, incluir y proteger las experiencias de la comunidad LGBTQIA+? ¿qué problemáticas, riesgos, amenazas, existen? y ¿qué posibilidades ofrece internet para nuestras vivencias? Estas son algunas reflexiones.

Búsqueda de espacios seguros

Según un estudio de discriminación y violencia hacia personas LGBTQIA+ (2020) de la Dirección de Estudios Sociales (DESUC) para la Subsecretaria de Prevención del Delito de Chile, un 89% de les encuestades dijo haber sufrido algún tipo de discriminación en su vida. Más de un 38% de les encuestades ha sido víctima de algún “delito cibernético, como hostigamiento por redes sociales”, y más de un 22% declaró que este tipo de vulneraciones habría ocurrido en el último año. 

En un intento por averiguar la visión de mis seguidores en Instagram, hice una encuesta a través de historias para conversar acerca de la forma en que las personas queer habitamos internet. Spoiler: la vida online no difiere mucho de la vida offline. 

A pesar de las posibilidades de conectarnos y construir espacios seguros, hay quienes se enfrentan a violencias en el entorno digital, como acoso digital, doxing, la proliferación de discursos transodiantes, descalificaciones por lesbodio o biodio, cuestionamientos y ataques a la visibilidad a diario. En este contexto, es pertinente citar el estudio de la Agrupación Lésbica Rompiendo el Silencio, tras la agresión que sufrió Carolina Torres en Chile en 2019. En el caso de Estados Unidos, esta temática se advierte en el Índice de seguridad en redes sociales de la Alianza de Gays y Lesbianas contra la difamación (GLAAD). Es por eso que es relevante exigir la urgencia de la moderación de contenidos en las plataformas digitales, para combatir ejércitos de trolls, evitar que proliferen discursos odiantes, que se siembre la desinformación, o la viralización de mitos en torno a las disidencias. 

Al momento de configurar las biografías de Twitter, Instagram, aplicaciones de citas o plataformas, incluir o no el emoji de la banderita LGBTQIA+, compartir fotos o usar ciertos hashtags puede involucrar lidiar con ansiedades debido a la exposición. En ocasiones, es una forma de autoexpresión, una reafirmación y, así mismo, una forma de encontrarse, pero también un riesgo que muches no quieren correr. Si bien la visibilidad puede ser una opción, pero no una obligación como pretenden las plataformas web. Es necesario entender el derecho al anonimato como una forma de tener control sobre esa visibilidad. 

Entre los testimonios que recopilé (en su mayoría identidades lésbicas, no binarias  y bisexuales), hubo una lesbiana que dijo que tras googlear “lesbiana”, la llevaron a una psicóloga para que se rehabilitara. Según su relato, encontrar espacios en internet antes de 2008 era complicado, pero logró dar con un foro en el conoció a sus primeras parejas. Otra persona, cuyos pronombres son ella/elle, aseguró que cuando era niña todas las actividades las realizaba en soledad. Escuchaba programas de radios gays a escondidas, antes que existieran los podcasts. “Ahora se pueden hacer redes de una forma muy sencilla y bonita. Es fácil encontrar a alguien que esté pasando por lo que tú, nunca estás sola”, escribió. Alguien bisexual comentó que se siente fuera del closet con amigues, en su entorno laboral, pero que no así con su familia. Aunque cree que en los últimos años gracias a infografías en Instagram, ahora hay más bi-visibilidad.

Otras problemáticas

Cuando hablamos de internet, las brechas de acceso y conectividad son una clara barrera. De acuerdo a cifras de la Alliance for Affordable Internet, a nivel mundial cerca de 4 mil millones de personas no cuentan con conexión. La dificultad para mantenerse conectade en algunas latitudes se suma a bloqueos de internet, a censura y respuestas desde violencias a multas por difusión de contenido LGBTQIA+ .

Así como hablamos de identidad y representación, también vale la pena mencionar otros obstáculos que tienden a la exclusión, relacionados al abordaje de políticas públicas. Así se documenta en “Sistemas de identificación y protección social en Venezuela y Bolivia: Impactos de género y otras formas de discriminación”. Este reporte de Derechos Digitales, plantea cómo los sistemas biométricos afectan de forma directa a mujeres y población LGBTQIA+, familias homoparentales y en mayor medida a personas transgénero. No solo en cuanto a derechos a la identidad, a la privacidad de datos, si no también afecta directamente el acceso a ítems de desarrollo social como el acceso a la alimentación, la salud, la integridad y la dignidad, entre otros. 

No es un secreto que en lo que respecta al uso de tecnologías de reconocimiento facial, las que se vuelven más cada vez más cotidianas, solemos tenerlas a mano, pero también se utilizan a nivel de gobiernos e incluso en aeropuertos. El principal problema es que se construyen en base a sesgos de diseño, que discriminan a la población no hegemónica y entran en conflicto aspectos como género y raza, según reportes de Coding Rights en Latinoamérica. 

En un mundo en que cada vez más la tecnología determina cómo se organiza la sociedad, los sesgos en los sistemas como tecnologías automatizadas, inteligencia artificial, o en base a algoritmos, moldean y disciplinan las identidades a partir de los cuerpos. Esto determina qué corporalidades están permitidas, y cuáles no, dejando fuera a personas trans, o no binarias. Así, la forma de subvertir las estructuras vigentes, es cambiarlo todo, o en palabras de Audre Lorde: “las herramientas del amo nunca desmantelarán la casa del amo”. Desde ahí, la concepción del diseño es la clave para abolir las desigualdades entre grupos excluidos, con el objetivo de co-crear herramientas y prácticas de transformación social, tal como explica Sasha Costanza-Chock en Design Justice.

Ante las diversas problemáticas vigentes, el escenario se vuelve complejo y desesperanzador. Pero a pesar de los obstáculos, decido creer en un futuro más auspicioso, que se construirá únicamente de la mano de una perspectiva feminista interseccional, que busque hackear los parámetros que limitan las posibilidades de ser de las personas. 

Para ello, es vital construir espacios seguros, en el mundo online y en el offline, que nos permitan aprender y encontrarnos. Identificando problemas, documentando violencias, visibilizando nuestras vivencias y liderando conversaciones, a fin de descolonizar el impacto de las estructuras que han sido gestadas desde la mirada del hombre blanco y heterocis. 

¿Quién defiende tus datos? Cómo protegen la privacidad de sus clientes las compañías proveedoras de internet

En una sociedad hiperconectada, donde gran parte de nuestras vidas transcurre en línea (y más todavía en un contexto de pandemia y cuarentena), la manera en que las empresas de telecomunicaciones protegen nuestra privacidad es un condicionante para nuestro desarrollo, conforme a un sistema democrático y respetuoso de los derechos humanos.

En este contexto, ¿Quién defiende tus datos? cobra especial relevancia. Se trata de un estudio realizado por Derechos Digitales con apoyo de la Electronic Frontier Foundation, que analiza las prácticas de las principales compañías proveedoras de internet en Chile.

En la cuarta edición del reporte, el balance es positivo: nos alegra ver cómo ha subido el estándar de la industria, a pesar de que ello dependa en gran medida de su autorregulación. Este año mantuvimos los criterios de evaluación utilizados en la versión pasada del informe, optando por analizarlos desde un estándar más crítico, lo que por un lado nos permitía ver si las empresas que ya cumplían optaban por continuar mejorando, así como darles tiempo a las empresas más atrasadas para ponerse al día.

Afortunadamente, la tendencia general ha sido a la mejora de las prácticas de las compañías en comparación a años anteriores.  Por tercer año consecutivo, Claro Chile es la empresa mejor posicionada y es la que cuenta con el mejor informe de transparencia entre las empresas estudiadas. Le siguen WOM y Entel. El criterio más estricto de evaluación hizo que algunas empresas disminuyeran su puntaje a pesar de tener un grado de cumplimiento similar al del año anterior, como en el caso de WOM.

Resulta gratificante también ver la evolución de compañías como GTD Manquehue, que pasaron de no tener política de privacidad, informe de transparencia ni protocolos, a elaborar y hacer públicos dichos documentos. Situación similar a la de Movistar, que progresa de tener 1 estrella en la versión anterior a tener 3,25 este año, donde se destaca su transparencia, al ser la única que da a conocer públicamente las alianzas públicas y privadas que tiene en materia de investigación y los términos en que se desarrollan dichas iniciativas.

El caso de VTR nos parece preocupante, pues la compañía ha demostrado escaso interés por mejorar sus prácticas de transparencia y protección de derechos hacia sus clientes. VTR no ha hecho eco de cuestiones básicas como fechar su política de privacidad y es la única empresa que no cuenta con un informe de transparencia actualizado, además de otorgar los datos personales de los clientes para efectos de publicidad o comunicaciones comerciales.

Con todo, la mejora generalizada mostrada por el resto de las empresas de telecomunicaciones demuestra que  ¿Quién defiende tus datos? ha resultado ser una valiosa herramienta para incentivar a los proveedores de internet a perfeccionen sus estándares de protección y transparencia, además de ser una buena instancia para la discusión académica acerca de los desafíos en la autoregulación de estas empresas en la oferta de sus servicios, más allá del marco regulatorio que fija la línea de base en la materia.

Puedes revisar el reporte aquí. El video del lanzamiento se encuentra disponible acá.

¿Quién defiende tus datos? 2021

Cuarta edición del reporte ¿Quién defiende tus datos? evaluación periódica realizada por Derechos Digitales sobre el modo en que las compañías proveedoras de internet defienden la privacidad de sus clientes en Chile.

Contra el tratamiento abusivo y desleal (*) de nuestra información personal: Sociedad civil por una autoridad autónoma de protección de datos personales en Chile

Las organizaciones e individuos firmantes expresamos nuestro rechazo y preocupación por la postura del Consejo para la Transparencia (CPLT) pronunciada el pasado 30 de abril de 2021, mediante el oficio N°127, mediante el que se dio respuesta a un requerimiento de ATELMO (Asociación de Telefonía Móvil A.G.), marcando un precedente relevante y problemático.

ATELMO solicitó el pronunciamiento del organismo respecto de la legalidad de dos acciones que ha realizado Subtel: 

La primera acción tiene que ver con las disposiciones establecidas en el Reglamento y la Norma Técnica para la implementación de la ley sobre obligación de una velocidad mínima garantizada de acceso a internet (Ley Nº 21.046), mediante las que SUBTEL pretendía llevar a cabo un intensivo tratamiento de datos personales de suscriptores de empresas de telecomunicaciones. 

Respecto de ese requerimiento, el CPLT señaló que no existiría una base de legalidad que habilite a la SUBTEL para efectuar el tratamiento de datos personales y sensibles recolectados por el Organismo Técnico Independiente sin consentimiento de los titulares, pretendido mediante el Reglamento y la Norma Técnica de la Ley Nº 21.046 dictados por el mismo organismo público.

La otra acción está vinculada al requerimiento de ATELMO contra la entrega de datos personales por SUBTEL para la realización de encuestas de satisfacción. El CPLT manifestó que existiría base legal para que SUBTEL solicite a las empresas de telecomunicaciones que le entreguen datos personales de sus clientes con el objeto de llevar a cabo estas encuestas, y que procedería no solo pedir la entrega datos de 15 millones de suscriptores, sino entregarlos a las empresas encuestadoras. 

Frente a esta posición, las organizaciones de la sociedad civil firmantes consideramos que:

  1. Es preocupante que un organismo público como SUBTEL puede exigir a empresas privadas todos los números de teléfono asociados a sus clientes con el propósito de realizar encuestas de satisfacción y que ello sería conforme a la ley. Se trata de una autoridad pública autorizando un traspaso gigante de datos personales y sentando precedente para que ello pueda ser replicado por otros organismos públicos.
  2. Si bien la ejecución de encuestas de satisfacción podría enmarcarse en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley a SUBTEL, ésta no es la única forma para lograr su cometido, existiendo medios menos invasivos y que deben ser preferidos para resguardar la privacidad y la protección de los datos personales de la población. No se necesita esa cantidad de información  para realizar encuestas.
  3. La Ley Nº 19.628 indica que el tratamiento de datos personales por parte de un organismo público solamente puede realizarse con autorización legal, respecto de materias de su competencia, y para ello no sería necesario el consentimiento de su titular (artículo 20). Sin embargo, ello no supone concluir que SUBTEL cuenta con una base de legalidad habilitante para requerir a las empresas de telecomunicaciones la cantidad de datos que pretende, ni menos aún entregar a un tercero su tratamiento. Al verse involucrados los derechos fundamentales de las personas titulares de estos datos, necesariamente su aplicación debe ser restrictiva (artículo 19 Nº 4 de la Constitución Política de la República).
  4. Si a lo anterior sumamos el hecho de que el CPLT tiene dentro de sus atribuciones velar por el adecuado cumplimiento de la ley de protección de los datos personales, por parte los organismos de la administración (Art. 33 lit. m, Ley Nº 20.285), la situación se torna insostenible, especialmente considerando que ello implica ignorar el amplio desarrollo de la protección de datos personales, en particular respecto  a los principios de finalidad, proporcionalidad y seguridad.
  5. Si aceptamos que la finalidad para las que las personas autorizan el tratamiento de sus datos personales —especialmente por entes privados— puede cambiar en virtud del tratamiento de datos pretendido por un organismos públicos, entonces ¿qué pasa con una de las características esenciales de este derecho a determinar para qué se usan sus datos o, al menos, saber para qué se están usando? No es acorde con el principio que la finalidad misma cambie al arbitrio de quien trata los datos.
  6. En relación con el principio de proporcionalidad, no es posible aplicarlo a las técnicas de investigación estadística en sentido estricto. Como es presentado en el oficio, el principio excusa al CPLT para no hacerse cargo de limitar el actuar abusivo de la SUBTEL. Como bien señala el voto de disidencia, en virtud de este principio, el volumen y naturaleza de los datos recolectados debe tener relación con el objetivo buscado, de manera que los datos solicitados por la SUBTEL debieron limitarse a los estrictamente necesarios para la realización de las encuestas de satisfacción. No creemos que dicho límite sea de aquellas cuestiones que solo puede ser llevada a cabo por organismos técnicos dedicados a la realización de encuestas.
  7. El oficio desconoce la necesidad de cumplir con medidas estrictas para cubrir el principio de seguridad, exponiendo una cantidad enorme de datos a riesgos de vulneración. Esto va más allá del quiebre de los deberes de confidencialidad, pues se trata de las personas que nos encontramos detrás de cada uno de esos datos personales, cuyo posterior tratamiento y transferencia a terceros quedan fuera de nuestro conocimiento y control.

Este caso visibiliza las limitaciones en las facultades y los recursos de la institucionalidad actual. Los esfuerzos del CPLT hasta la fecha no son suficientes y necesitamos con urgencia un órgano especializado en la protección de datos personales con facultades de fiscalización, recursos suficientes e independencia constitucionalmente garantizada. 

Actualmente, cuando  gran parte de la vida cotidiana de millones de personas en Chile depende de los servicios de telecomunicaciones y de las plataformas digitales de servicios, es preocupante que el proyecto de ley que viene a modernizar la actual ley sobre protección de datos personales se encuentre durmiendo en el Senado desde hace más de un año, sin ningún avance en la materia. Como organizaciones firmantes hacemos un llamado a poner suma urgencia a finalizar su tramitación. 

Chile tiene una oportunidad histórica de redactar hoy una Constitución para el siglo XXI y avanzar, al mismo tiempo, hacia una regulación acorde a los cambios tecnológicos, poniendo en primer lugar a las personas  y garantizando la efectiva protección de sus derechos fundamentales. Esperamos que el poder político aproveche esta oportunidad.

Si tu organización quisiera suscribir a esta carta, haz clic aquí. 

ORGANIZACIONES FIRMANTES 

Derechos Digitales

Fundación Datos Protegidos

Fundación Abriendo Datos


* El término desleal hace alusión al concepto “leal”, que en esta situación debe entenderse dentro de los principios de licitud, lealtad y transparencia.