Un Caso de Copyright como Herramienta de Censura Política

Sibusiso Mhlanga, miembro del prohibido Congreso Juvenil de Swazilandia, fue arrestado días tras por infracción a los derechos de autor, tras solicitar dos copias de un artículo adverso al gobierno publicado en el periódico local City Press en un negocio de fotocopias, de acuerdo a Times of Swaziland. El artículo refería al escándalo sexual que envuelve al ex Ministro de Justicia y a una de las trece esposas del actual gobernante del pequeño país africano, el rey Mswati III.

Tras ser detenido por la policía, Sibusiso, quien asegura que el ejemplar original del diario lo encontró en el tarro de la basura, fue conducido a la estación de policía local, donde fue interrogado y, posteriormente, su hogar fue allanado. Sin embargo, la policía no encontró mayores evidencias del delito. Incapaces de formular cargos por otro delito, las autoridades han iniciado un procedimiento por infracción a los derechos de autor en contra de Sibusiso.

Para Alan Story, profesor de propiedad intelectual de la escuela de Derecho de la Universidad de Kent, la experiencia de Sibusiso no es inusual, pues ella “nos muestra como el copyright puede ser empleado como un mecanismo de censura”. De hecho, de acuerdo al académico, casos como este no se presentan tan sólo en países en desarrollo, en Inglaterra la llamada iglesia de la Cienciología ha hecho uso de las leyes de copyright para acallar la disidencia dentro del grupo religioso. Algo que también ha acontecido en los Estados Unidos.

Para Alberto Cerda Silva, director de estudios de ONG Derechos Digitales y profesor de la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile, la ley chilena es ambivalente en un caso como el de Sibusiso. Por un lado, la nueva ley ha adoptado una serie de excepciones y limitaciones a los derechos de autor que autorizan a hacer uso de una obra sin permiso de su titular y sin mediar pago. Pero esta autorización tiene ciertas restricciones. Por otro lado, la ley criminaliza la infracción a los derechos de autor, aun cuando no se ocasione perjuicio económico y se haga un uso sin fines comerciales. Este último es un exceso de la ley, pues eventualmente se puede emplear para criminalizar la libertad de expresión.

El caso nos trae a la memoria que los derechos de autor, desde sus inicios, son y han sido una herramienta de censura. Ayer, para permitir al rey controlar la crítica sobre la corona; hoy, para permitir a los titulares de derechos controlar a la ciudadanía.