Leyes obsoletas

Dominio público y deberes de autor

Desde el 1 de enero de 2024, año nuevo en Occidente y también el Día Mundial del Dominio Público, son numerosas las publicaciones acerca de la importancia del paso de Steamboat Willie, el primer cortometraje animado con sonido de la historia y protagonizado por una versión primitiva de Mickey Mouse, al dominio público en los Estados Unidos. Esta columna explora la relación entre dicho concepto, la autoría y el incierto escenario de los derechos de autor en el siglo XXI frente al avance de los sistemas de inteligencia artificial.

CC:BY (Gilda Martini)

Internet es colonial. No hay ninguna novedad en ello ni tampoco drama en decirlo: es la principal razón por la que Mickey Mouse adquirió (más) protagonismo durante los primeros días de este año que comienza. La pérdida de protección por derechos de autor de Steamboat Willie (1928) que, en la práctica, marca su llegada al dominio público es tema porque así es, en efecto, en los Estados Unidos de América.

Nuestra región, provista de sus propias legislaciones sobre derechos de autor, ofrece algunas pistas sobre cómo se percibe este hito en la Mayoría Global: en Brasil, un buen ejemplo, la primera iteración de Mickey Mouse que protagoniza esta cinta es libre desde el 1 de enero de 1999; Bolivia, Argentina y Uruguay, en tanto, podrán contar con cuantas reproducciones de este ratón permita la creatividad humana, aunque bajo la figura de dominio público pago, es decir, de todas maneras hay que pagar una comisión, solo que esta no va a las arcas de Disney, la compañía, sino que al Estado, a través de una entidad de gestión cultural.

De estos temas nos encargamos usualmente en la Alianza para el Acceso Justo al Conocimiento, en asociación con Fundación Karisma, Fundación Vía Libre, InternetLab, Hiperderecho, Red en Defensa de los Derechos Digitales, Datysoc e IBDAutoral, y cuyo fin es defender y promover el dominio público y los bienes comunes culturales en América Latina. Las últimas noticias provenientes del norte sobre Mickey Mouse, sin embargo, permiten abrir el espacio de discusión sobre autores, titulares y gestoras hacia otros ámbitos. Uno de ellos tiene que ver con el actual panorama de los famosos derechos de autor, que los devela insuficientes para los desafíos del siglo XXI.

El afortunado

Alguna vez, un joven caricaturista de Chicago llamado Walt Disney, junto con el igualmente joven animador Ub Iwerks, fueron empleados de alguien. Por encargo de sus jefes, crearon a un conejo proclive a meterse en problemas y, a la vez, salir de estos gracias a su buena suerte. Oswald, su nombre en inglés, nació en 1927 y protagonizó un par de producciones con éxito moderado. Modesto y todo, sin embargo, dicho éxito despertó la codicia de un par de ejecutivos de la compañía distribuidora, Charles B. Mintz y George Winkler, quienes —según la versión más difundida— lograron hacerse con la propiedad intelectual del conejo.

Este suceso, dicen, es la génesis del ratón animado conocido en el planeta entero y actual rostro principal de una compañía multimillonaria. Su estreno es un hito tanto en la historia de la animación como en la del cine: es el primer cortometraje animado con sonido simultáneo. Como explica en esta entrevista un no-tan-joven Walt Disney, su proceso creativo implicó la sincronía, prolijidad y voluntad de un vasto equipo de artistas; no solo de dibujantes sino también de una orquesta completa que debió ejecutar tanto la música como los efectos sonoros del corto en tiempo real.

Lo que siguió es relativamente conocido: parques de diversiones, un imperio audiovisual cuya punta de lanza, hoy en día, es su plataforma de streaming, millones y millones de dólares generados por The Walt Disney Company. No obstante, entre toda esta maraña corporativa y las diversas alusiones que se han realizado en estos días al golpe que significaría, contra la avaricia de Disney®, la liberación de Steamboat Willie hay dos temas muy importantes: el primero es que las grandes producciones animadas de la compañía están inspiradas, de hecho, en obras que habitan el dominio público: Blanca Nieves, Pinocho y El Rey León son algunos de los ejemplos más ubicuos; el segundo es que, de acuerdo con documentos oficiales, el mismísimo Walt Disney solía decir que esperaba nunca perder de vista que todo comenzó con un ratón.

La autoría es una responsabilidad

Diversas definiciones del derecho de autor suelen relevar su función social para “alimentar la rueda de la creatividad”, al otorgar protección jurídica a los autores y creadores por el solo hecho de haber creado una obra, cualquiera sea su forma de expresión, ya sea literaria o artística, esté publicada o inédita. Así, suponen redacciones como esta, el resguardo legal que tienen las y los titulares les posibilita obtener beneficios morales y patrimoniales derivados de sus creaciones. Esta justa retribución fomentaría, entonces, el surgimiento de nuevos creadores, nuevas obras, etcétera.

No obstante, Mickey Mouse nació de un movimiento opuesto y de una apuesta osada. En 1928 no había forma de prever el éxito que tuvo Steamboat Willie. Del mismo modo, es evidente el parecido que hay entre este y su antecesor: hasta se podría esbozar que el primero es un remix del segundo. Azar o no mediante, la filosofía detrás del ejercicio de los derechos de autor, esto es, la presunta promoción de la creatividad humana al garantizar compensación económica y moral de lo que resulte de ella a sus ejecutoras, no tiene mucho sentido al presumir que la autoría —el arte, inclusive— es tan solo un medio para un fin.

En esta organización se ha defendido históricamente la necesidad de más derechos para que todas puedan participar de la vida cultural y la eficacia incomprobable del derecho de autor respecto del fomento de la creatividad. En el presente, como parte de la Alianza para el Acceso Justo al Conocimiento, lanzamos un Informe sobre Políticas de Inteligencia Artificial y Derechos de Autor en América Latina que subraya la necesidad de una excepción para utilizar grandes volúmenes de libros, artículos, imágenes, bases de datos y otros materiales protegidos por derechos de autor para la investigación académica mediante recursos como minería de texto y datos, y mecanismos de aprendizaje automático.

La entrega de una obra original al acervo cultural del planeta no debería contemplar solamente protecciones para su autor sino también responsabilidades. El concepto de uso justo tiene mucho que ver con esto: en un mundo ideal, la autoría no es una cuestión de vanidad; por el contrario, debería entenderse desde la generosidad. Aun cuando cualquiera puede ser titular de derechos de autor, no cualquiera llega a ser un autor. A su vez, si bien tales derechos protegen a personas naturales o jurídicas, su concepción anglosajona no alcanza para extender dichas garantías a grupos culturales, como es el caso al que se enfrentó el pueblo maorí en relación con la “propiedad” y destino de su lengua o lo discutido en Colombia, en 2013, a partir de un proyecto de Conocimiento Tradicional y Agrobiodiversidad que visibilizó los límites de la ley occidental en cuanto a la protección de saberes ancestrales. Este tema también es trabajado por Salvador Millaleo, en Chile, en la publicación Conocimiento Mapuche y Derechos de Propiedad Intelectual.  

Dominio público para todas las personas

No es posible afirmar ni negar que Walt Disney estaría de acuerdo (en 2024, si estuviera vivo) con el ímpetu litigante que caracteriza actualmente a su compañía, asidua a retirar contenido que infringe el derecho de autor en motores de búsqueda y plataformas. No obstante, y recordando los inicios de Disney®, sí se puede sostener que es el dominio público el que de todas maneras garantiza la regeneración y reproducción de la creatividad humana. Existe antes de la invención del derecho de autor, es para todas e internet —bien lo sabemos— es crucial en el acceso a y distribución de las obras que están amparadas en esta figura.

Hasta ahora, se han anunciado películas de terror y videojuegos de acción donde el protagonista, al igual que en esta columna, es el Mickey de Steamboat Willie. Con certeza surgirán muchas obras más cuya principal razón de ser, aventuramos a decir, es la fama del personaje, pero quién sabe los rumbos que tomará la creatividad y cómo terminará por trenzarse con el uso de la inteligencia artificial en las artes. La pregunta por si lo que deriva de un prompt o comando es titular de derechos, sin embargo, es materia para una columna aparte.

Será decisión de la humanidad, entonces, determinar dónde reside el poder y la responsabilidad que viene de la mano con la capacidad de crear, sea en sus autores, como ya se entiende hasta ahora, o desde el dominio público, como se levanta sin pausa desde los activismos de la cultura libre hace mucho tiempo atrás. En cuanto a Mickey Mouse, hemos de ver cómo actuará Disney, considerando su comportamiento previo, ahora que el inspirador de su marca es patrimonio de todas y que seguramente abrirá nuevos debates en torno a la frontera entre la propiedad industrial y los derechos de autor.

Finalmente, son imperativas más instancias donde se resuelva el destino del dominio público frente a esta encrucijada: si acaso terminará siendo nada más que un repositorio para modelos de inteligencia artificial generativa o si, de una vez por todas, los Estados asumirán el deber de invertir en preservarlo y expandirlo para el bien común.