Violencia de género

Resoluciones por parte de la ONU sobre la violencia en línea hacia las mujeres y niñas

La violencia en línea es una perpetuación de la discriminación y la desigualdad que existe hacia las mujeres en los espacios no digitales. Ante esto, es fundamental que se adopte una perspectiva de derechos humanos para contener y desactivar estas manifestaciones de violencia.

CC:BY-NC (Cristian Newman)

La violencia contra las mujeres y niñas como lo hemos mencionado, anteriormente, es un problema estructural que afecta su pleno desarrollo y su derecho a vivir una vida digna. “Proteger los derechos humanos de las mujeres y eliminar la violencia contra ellas en la vida pública y privada en el “mundo real” sigue siendo un desafío global que ahora se ha extendido al espacio digital”.

Con respecto a esto, la relatora de la ONU sobre violencia de género Dubravka Simonovic, en su reciente informe,  dió una serie de resoluciones sobre violencia en línea contra la mujeres, sus causas y consecuencias desde una perspectiva de derechos humanos. Estas resoluciones fueron construidas con los insumos que aportaron diferentes organizaciones de América Latina en las que identificaron tendencias en los ataques, marcos legales, y documentaciones sobre los casos. 

El informe tiene como objetivo que la población identifique y comprenda que la violencia en línea es una forma de desigualdad y discriminación sistemática hacia las mujeres y a través de un enfoque de derechos humanos se combata este tipo de violencia ejercida a través de las TIC.

En este trabajo se identificó que a las comunicadoras, periodistas y defensoras se les ataca de maneras específicas, en algunas ocasiones son amenazadas a través del uso de TIC y pueden llegar a ser asesinadas por su labor. Todas estas agresiones son  de “naturaleza misógina y a menudo sexualizadas”. 

Asimismo identificaron que “todas las formas de violencia en línea basadas en el género se utilizan para controlar, atacar a las mujeres, para mantener y reforzar las normas, roles y estructuras patriarcales. Generan una relación de poder desigual  que se manifiestan e en diferentes formas y por diferentes medios, como el acceso no consensuado, el uso, la manipulación, la difusión o el intercambio de datos privados, información y/o contenido, fotografías y/o videos, incluidas las imágenes sexualizadas, clips de audio y/o video clips o imágenes de Photoshop”.

De igual forma reconocieron que la violencia en línea fue abordada hace apenas 15 años; sin embargo, señalan que los mismos derechos reconocidos en el mundo offline deben de ser reconocidos en el espacio online. Por lo que los Estados tienen la obligación y el compromiso de promover y proteger los derechos humanos de las mujeres y niñas en cualquier ámbito mediante la ratificación y la aplicación de todos los tratados básicos de derechos humanos.  También exhortó a los Estados  a alertar sobre  esta forma de violencia a través de la prevención, la protección de las víctimas, y el enjuiciamiento y castigo de los agresores.

Es esencial que los Estados alienten al sector privado -empresas nacionales y transnacionales- a adoptar medidas necesarias para eliminar cualquier forma de violencia y asumir responsabilidades si contribuyen a su perpetuación. Señalaron que “deben cumplir con las normas de derechos humanos al mantener los datos seguros, y deben ser responsables de la piratería de datos si no se cuenta con salvaguardias suficientes.”

Además de eso reconocieron la importancia del anonimato para la protección de las mujeres y niñas ya que las coloca en  “una zona de privacidad para proteger la libertad de expresión y para facilitar la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas, independientemente de las fronteras.”

Amnistía Internacional se sumó a las resoluciones e instó al Consejo de Derechos Humanos a que haga un llamamiento a los Estados para:

1.Reafirmar el principio de que los derechos humanos y los derechos de las mujeres protegidos fuera de línea también deben protegerse en línea.

2. Cumplir con las recomendaciones formuladas por la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias en su reciente informe sobre la violencia contra la mujer en línea.

3.Reconocer la violencia contra las mujeres en línea y facilitada por las TIC como un abuso de los derechos humanos y una forma de discriminación y violencia de género contra las mujeres, y aplicar debidamente los instrumentos internacionales básicos de derechos humanos.

4.Asegurar que las reglamentaciones sobre los intermediarios de Internet respeten el marco internacional de derechos humanos, incluido el derecho a la libertad de expresión y la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos.

5.Empujar y aplicar una legislación adecuada, que incluya, cuando corresponda, sanciones penales (en consonancia con el derecho y las normas internacionales de derechos humanos) en relación con la violencia y los abusos contra la mujer en línea.

6. Priorizar e invertir en el desarrollo de capacidades y capacitación de los cuerpos de seguridad en la legislación pertinente, la igualdad de género, los daños de la violencia y el abuso en línea, y las mejores prácticas para apoyar a aquellos que han experimentado violencia y abuso en línea.