DICOM v/s ESTOYENDICOM o cómo la propiedad intelectual amenaza la libertad de expresión

Una idea bastante extendida, pero equivocada, es que en una democracia como la chilena no existen atentados a la libertad de expresión en Internet. Que eso es para dictaduras o gobiernos lejanos. Sin embargo, de manera contraria a esa poco informada visión, en los últimos días hemos visto en la prensa un caso elocuente sobre cómo se puede utilizar abusivamente derechos de propiedad intelectual teniendo por objeto la censura de discursos en Chile. Se trata claro, de formas de censura menos violentas pero con los mismos resultados.

Breve síntesis del caso: Una empresa que es titular de la marca y del producto por todos conocido como DICOM, ha presentado diversas acciones legales contra el equipo detrás de la película en producción llamada ESTOYENDICOM, por un supuesto uso indebido de marca, tanto en la inscripción de su nombre de dominio estoyendicom.cl, como una querella por el uso del nombre ESTOYENDICOM.

La empresa Equifax, dueña de DICOM, reclama que el nombre de dominio estoyendicom.cl confunde a los usuarios y fue inscrito de mala fe por la razón antes señalada. La Ley de Propiedad Industrial, en relación con las marcas comerciales, les otorga a los titulares de las mismas un derecho exclusivo para ser reconocidos con un nombre o símbolo en un rubro de actividad determinado. Sin embargo, la dueña de la marca DICOM sostiene que cualquier utilización directa o indirecta del nombre debe contar con su venia y autorización.

En tanto, el equipo detrás de la película ESTOYENDICOM se defiende señalando que la Constitución Política de Chile, en el mismo artículo que consagra los derechos de propiedad intelectual (19 Nº25), e incluso antes de referirse a ellos, entrega el derecho consistente en “La libertad de crear y difundir las artes”. Por otra parte, indica que la utilización que hacen del nombre DICOM no es de mala fe, sino solamente una referencia a una institución que los chilenos sobradamente conocemos. Se trata, entonces, de un nombre común y, por ende, no existe riesgo alguno de confusión.

Para ONG Derechos Digitales resulta particularmente grave que se busque criminalizar la conducta del equipo de ESTOYENDICOM, mediante la interposición de una querella criminal debido al nombre de la película, basándose en una muy extraña acusación de plagio por parte de abogados pertenecientes a la dueña de la marca DICOM.

Más allá del prestigio o aceptación que posea la marca DICOM a nivel popular, esta clase de conducta ciertamente no contribuye a mejorar su imagen de cara a la ciudadanía. Menos lo hace el intento de emplear abusivamente los derechos de propiedad intelectual en su poder en contra de proyectos artísticas, yendo en contra de importantes Derechos Fundamentales como la libertad de expresión, que comprende expresamente la protección de la creación cultural y artística en nuestro país.

Este particular caso hace patente la necesidad de un necesario equilibrio entre la propiedad intelectual y derechos fundamentales tales como la libertad de expresión, tanto a nivel de regulación legal como en su debida aplicación en tribunales chilenos. Los ciudadanos de nuestro país necesitamos esas garantías fundamentales para desenvolvernos libremente en una democracia sana y moderna.