Derecho de autor v/s autor
Por Claudio Ruiz, presidente de ONG Derechos Digitales.

Es ya un lugar común en nuestros días decir que son tiempos de crisis para el derecho de autor. A través de la prensa, constantemente vemos cifras que no hacen sino demostrar que las industrias culturales que se han sostenido durante décadas en un sistema de derecho de autor pensado para un mundo analógico, se encuentra sobrepasado por la emergencia de nuevas tecnologías y en particular las provenientes del mundo digital.
Pero dicho cambio no sólo tiene que ver con modelos industriales, sino que también con cómo se han modificado las formas en las que los autores expresan su arte. Probablemente uno de los cambios más interesantes en este sentido, sea el de la democratización de la creación artística. Ya a partir de mediados del siglo XX, distintos movimientos artísticos de vanguardia no sólo pusieron en jaque anticuadas concepciones de autoría y de propiedad intelectual, sino que también ayudaron a rescatar el valor de lo popular en un mundo artístico de elites.
Hoy la masificación de las nuevas tecnologías suponen de alguna forma nuevos desafíos tanto o más importantes. Algunas formas de creación que se generan al amparo de estas nuevas tecnologías cuestionan profundamente la manera en la que comprendíamos la protección de los derechos de autor. Mientras el derecho de autor tradicional se esforzó por controlar la distribución de reproducciones, de copias de obras originales, los formatos digitales nos enseñan que desde el punto de vista del formato, dichas diferencias han desaparecido. Más aún, aparecen nuevas manifestaciones culturales que surgen en los pliegues de la cultura oficial, y cuestionan además conceptos clásicos como apropiación, ilegalidad y copia.
Pero los cambios en la regulación irán casi siempre a una velocidad menor que los cambios culturales, y en este caso, al ritmo de los grandes intereses comerciales involucrados de las empresas titulares de derechos de autor. Es así como se explican las paradojas del derecho de autor desde el punto de vista normativo, donde hoy tenemos un sistema legal que so pretexto de defender y proteger a los autores, se ha transformado en un sistema que apunta a estas nuevas formas de expresión artística como ilegales e ilícitas. Mixtapes, remixes, obras audiovisuales de vanguardia, y en general reinterpretaciones creativas de obras ya existentes son codificadas por el sistema legal como infractoras al derecho de autor. Algo así como el derecho de autor versus el autor.
En la reflexión actual sobre esta materia, suele entregársele especial énfasis en la relevancia comercial que tendrán determinadas excepciones o la configuración de ciertas hipótesis normativas. Pero la verdad es que a estas alturas del partido, resulta necesaria una reflexión desde la verdadera cara de la autoría, aquella que se encuentra oculta tras los esfuerzos de la industria y de las entidades de gestión colectiva para resguardar condiciones comerciales favorables a sus intereses, tras la corrección política del argumento de defensa de los artistas.










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