Se reporta que la historia fue así: John Willinsky estaba contándole a sus colegas de la Facultad de Educación de la Universidad de Stanford (Estados Unidos) el mandato de Open Access que la Facultad de Artes y Ciencias de la Universidad de Harvard había adoptado y ahí, instantánea y unánimemente, los profesores reunidos votaron por adoptar la misma política. El convencimiento fue cabal. El conocimiento debe ser abierto hacia la comunidad.
Concretamente, esto significa que los investigadores de esta unidad pueden conservar sus derechos para compartir su trabajo, de manera que los contenidos provenientes de esa institución ya no tienen, por defecto, un mandato de derecho de autor restrictivo sino que uno abierto.
Stanford es una de las universidades más prestigiosas de Estados Unidos, lo que implica un fuerte espaldarazo a todas las iniciativas Open Access. La importancia de esta política de publicación refiere a que los contenidos desarrollados en el seno de las universidades estén disponibles libremente a través de Internet, lo que se deriva de la conciencia de que debe haber un equilibrio entre la propiedad intelectual y el acceso al conocimiento. Aún más, en universidades no solo exclusivas por su alto nivel académico sino también económico, como el caso de Stanford y Harvard, los mandatos de Open Access también se derivan de la conciencia que el conocimiento especializado no puede estar limitado por variables económicas.
Lo cierto también es que poco a poco estamos presenciando cómo las nuevas tecnologías están cambiando las formas modernas de concebir el conocimiento (un proceso cerrado, individual y privado) e incluso las universidades (instituciones paradigmáticas de este tipo de saber) hoy entienden que las TIC son una oportunidad para que el conocimiento vuelva a la comunidad y deje de ser un campo exclusivo de ciertas clases privilegiadas.
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Artículo hecho con la colaboración de Francisco Argel, pasante Derechos Digitales.